Los chiringuitos (financieros) no son para el verano

INFORMACIÓN AL INVERSOR

CNMV

14 de julio de 2026

• Al tener más tiempo de ocio y de actividad online, aumenta la exposición al fraude y el riesgo para sus datos: los ‘data brokers’

• ¿Qué son los chiringuitos financieros?

• Extreme las cautelas en vacaciones, ya que estas entidades son muy activas en zonas turísticas del litoral 

• Si le contactan informe a la CNMV

Más ocio, más oportunidades para el fraude

Durante las vacaciones, aumenta el tiempo de ocio y también el que dedicamos a navegar por internet y las redes sociales. De esta manera, estamos más expuestos a los intentos de captación de nuevas víctimas por parte de estafadores y chiringuitos financieros. 

¿Qué son los chiringuitos financieros?

Los chiringuitos financieros son entidades que ofrecen y prestan servicios de inversión o de criptoactivos sin estar registradas en la autoridad supervisora correspondiente (CNMV en el caso de España). 

¿Por qué hay que aumentar las cautelas?

Durante el verano, con el aumento del tiempo disponible para el ocio, también aumenta la afluencia de turistas en el litoral español en general. En este período existe un mayor riesgo de ser contactado por un “chiringuito” financiero, aunque el peligro perdura durante todo el año. Las llamadas telefónicas y los correos electrónicos son seguidos de contactos cada vez más agresivos para captar a las víctimas. Los grandes hoteles o los centros sociales de reunión son puntos en los que los “chiringuitos” pueden desplegar su actividad.

¿Cómo actúan?

Su ‘modus operandi’ es casi siempre el mismo: primero llaman o contactan para tantear a los clientes, presentándose como entidades autorizadas. A continuación, realizan un segundo contacto para ofrecer productos financieros con una propuesta clara de inversión. Una vez captado el cliente con técnicas agresivas, la transacción se lleva a cabo.

Aunque se trata de una estrategia cada vez menos usada, también pueden organizar reuniones “sin compromiso” o a jornadas informativas en hoteles donde se encuentran los potenciales clientes.

En ocasiones se ganan la confianza de los clientes hablando en su idioma (inglés, francés, alemán y ruso) y también, a través de páginas web atractivas y conabundante información, que muestra las empresas cotizadas con las que supuestamente trabajan.

Cuide también sus datos personales en internet: los “data brokers”

Los intermediarios de datos, conocidos como “data brokers”, son empresas o  páginas web que recopilan información personal de los usuarios a través de  formularios, tests de “perfil inversor”, sorteos o contenidos gratuitos (guías, simuladores de rentabilidad, webinars). También acceden a potenciales inversores a través de redes sociales o falsas noticias, a menudo hechas con Inteligencia Artificial y técnicas de ‘deepfake’. Esa información se cede o se vende después a terceros, entre los que pueden encontrarse “chiringuitos” financieros.

El riesgo de estas páginas radica en que, aunque la promesa inicial sea un informe gratuito o el acceso a un contenido exclusivo, la verdadera finalidad es alimentar bases de datos que luego se explotan con fines comerciales agresivos o directamente fraudulentos.

Aumenta el riesgo porque pasamos más tiempo online

Extreme las cautelas en vacaciones, ya que en verano aumenta el tiempo de navegación en internet y redes sociales. 

También prestamos menos atención al origen real de las páginas que solicitan datos personales. Ese contexto de mayor exposición y menor vigilancia es aprovechado por estas plataformas para captar el mayor número posible de contactos.

¿Cómo identificar posibles fraudes?

Tras rellenar uno de estos formularios, es habitual recibir en pocos días llamadas insistentes desde números desconocidos o de apariencia internacional, con propuestas de inversión y rentabilidades muy superiores a las del mercado convencional. 

A este primer contacto telefónico se suma, cada vez con más frecuencia, la invitación a grupos de WhatsApp o Telegram donde supuestos “expertos” comparten capturas de pantalla de ganancias, con el fin de generar una sensación de comunidad y urgencia que reduce la desconfianza natural del inversor. El mayor riesgo es que desde estos grupos deriven al inversor a una plataforma fraudulenta (web o app) para operar replicando señales de ‘trading’. 

¿Qué hacer?

Si le contactan, informe a la CNMV para actuar lo antes posible, llamando al teléfono de atención al inversor de la CNMV 900 535 015 o envíe una consulta mediante el formulario que puede encontrar en la Sección del Inversor de la CNMV Además, compruebe si la entidad está registrada o si ha sido objeto de advertencias a través de la página web de la CNMV www.cnmv.es.

Ante cualquier incidente sospechoso de fraude, además de informar a la CNMV, denuncie lo ocurrido a la Policía o al Juzgado correspondiente.

La CNMV ha elaborado un decálogo con las principales claves para que los

En la web de la CNMV se puede consultar el listado de advertencias nacionales e  internacionales.

El empleo turístico supera los 3 millones de trabajadores afiliados en el sector tras aumentar un 3% en junio

Industria y Turismo – 21.7.2026

Los afiliados en el sector turístico crecieron interanualmente en 87.830 trabajadores en alta laboral en el sexto mes del año.

En el mes de junio, los afiliados vinculados a actividades turísticas aumentaron en términos absolutos en 87.830 personas, alcanzando una cifra total que supera ligeramente los 3 millones de trabajadores, según datos publicados por Turismo. Esto supone un incremento del 3% respecto al mismo mes del año anterior. En relación con el mercado laboral del conjunto del país, que en dicho mes creció un 2,8% interanual, el empleo turístico supone el 13,7% del total de afiliados.

La variación de los afiliados fue positiva en hostelería donde se registra un aumento de 49.825 afiliados (19.418 en los servicios de alojamiento y 30.407 en los servicios de comidas y bebidas). Por otro lado, en agencias de viajes fue negativa y ha registrado un descenso de 1.719 trabajadores.

Debe aclararse, como se precisa en una nota al pie incluida en la ficha técnica enlazada al final de esta nota de prensa, que es una cifra que no refleja una caída real, ya que está influida por las modificaciones realizadas en los CNAE, que han reclasificado en otras categorías algunas actividades que anteriormente se clasificaban bajo el epígrafe de ‘agencias de viaje’.

Los asalariados crecen un 3,2%

En junio, la cifra de asalariados en el sector turístico (que representan el 83,1%) aumentó un 3,2% respecto al mismo mes del año anterior. Por ramas de actividad, el empleo asalariado descendió en Agencias de viajes y operadores turísticos (cayó un 1,6%) y aumentó en hostelería (2,8%), y dentro de ésta, se incrementó un 3,3% en los servicios de alojamiento y un 2,6% en los servicios de comidas y bebidas.

Por su parte, el empleo autónomo en turismo, que representa el 16,9% del total de trabajadores afiliados, se incrementó en un 1,8%. En la actividad de hostelería se aprecia un incremento de 1,4% debido al aumento en los servicios de alojamiento (17,5%) y de comidas y bebidas (0,1%). En las agencias de viajes se observa un descenso interanual del 4,3% en el número de autónomos, caída influida también por el cambio en los CNAEs.

Comunidad Valenciana, donde más crece el empleo

En junio de 2026, el empleo en el conjunto de hostelería y agencias de viajes y operadores turísticos aumentó en todas las Comunidades Autónomas.

En este mes, tanto en términos absolutos (9.556 afiliados) como en cifras relativas (4,3%), el mayor aumento se dio en la Comunidad Valenciana.

La instructora del caso Novo Banco procesa al gestor financiero y a la entidad bancaria como responsables penales de la estafa que dejó 84 perjudicados

viernes, 31 de julio de 2026

Declara partícipes lucrativos a la esposa, al padre y a los tres hermanos del gestor, quienes presuntamente recibieron 1,7 millones de euros. Los perjudicados -particulares y personas jurídicas- reclaman cuantías que suman 38,5 millones de euros. Celebrada hoy la última indagatoria, ya se han practicado todas las diligencias en fase instructora, paso previo al auto de conclusión del sumario y a su traslado a sede de enjuiciamiento

Autor Comunicación Poder Judicial

La titular de la Plaza n.º 1 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Santander ha acordado procesar como responsables penales al gestor de la oficina de Novo Banco en Santander que presuntamente se benefició de inversiones de sus clientes, y a la propia entidad financiera por incumplimiento grave de sus deberes de supervisión, vigilancia y control. 

En un auto que no es firme porque ha sido recurrido en apelación, la magistrada también procesa a la esposa, al padre y a los tres hermanos del gestor financiero como partícipes a título lucrativo, pues presuntamente recibieron cantidades que suman 1.680.300 euros. 

Además, la resolución acuerda la celebración de las declaraciones indagatorias de todos ellos.

La última ha tenido lugar en el día de hoy, por lo que ya se han practicado todas las diligencias acordadas por la instructora, paso previo al auto de conclusión del sumario y a su traslado a sede de enjuiciamiento. 

Un total de 84 perjudicados que reclaman 38,5 millones de euros 

Los hechos investigados “revisten por ahora, y salvo ulterior calificación, los caracteres de un delito continuado de estafa, falsificación por particular de documento mercantil y administración desleal” y de los mismos se desprenden “indicios racionales de criminalidad” en la persona física del gestor y en la persona jurídica de Novo Banco, señala el auto. 

En total, son 84 los perjudicados, entre particulares y entidades, que reclaman cantidades que suman 38.497.283 euros. 

Operativa del gestor financiero 

El auto de procesamiento relata la presunta operativa delictiva del gestor financiero de Novo Banco. 

Según explica, “desde el año 2006 habría ocultado presuntamente el resultado negativo de las inversiones realizadas por él mismo en el mercado de derivados, de gran riesgo inversor, informando falsamente a sus clientes”. 

Así, hacía “creer a algunos de ellos (principalmente con quien más confianza tenía) que sus inversiones estaban otorgando una buena rentabilidad, cuando la realidad era que habían perdido gran parte de su capital”. 

Para ello, “presumiblemente confeccionó informes bancarios falsos en orden a informar a sus clientes en el sentido ya expuesto, creando con ello una suerte de ‘contabilidad paralela’ a la del propio banco”. 

“Tal operativa permitió al investigado continuar desempeñando sus servicios para Novo Banco, sin que los clientes llegasen a retirar sus fondos al actuar bajo la falsa creencia de que sus inversiones estaban siendo realmente rentables”, añade el auto. 

Y continúa: “Dentro de la presunta dinámica comisiva, realizó supuestamente múltiples traspasos con conceptos potencialmente engañosos entre cuentas de diferentes clientes que no tenían ninguna vinculación familiar o económica aparente entre sí, y ello con el único fin de proporcionar los fondos necesarios para cubrir necesidades de liquidez en la cuenta de un cliente concreto que creía tener un saldo superior al real”. 

Además, esas “miles de operaciones de inversión” generaron para la entidad bancaria “los correspondientes beneficios en forma de comisiones”. 

El procesado actuó de ese modo “al parecer con total y absoluta libertad, consecuencia de la relación de confianza que tenía con sus clientes, empleando órdenes firmadas en blanco o a posteriori, no firmadas en ningún caso o incluso simulando la firma de algunos de sus clientes”, y  “en algunos casos sin el conocimiento, ni consentimiento, ni autorización de sus clientes”. 

Beneficiaba a sus familiares 

Cuando llegaba el vencimiento de las inversiones, el procesado “procedía de forma arbitraria a distribuir los retornos de tales inversiones, originando con ello perjuicios económicos a la mayoría de sus clientes y beneficiando a sus familiares, en concreto a su esposa, a su padre y a sus tres hermanos”. 

Para lograr su objetivo, “habría creado, aparentemente, una particular estructura financiera, de forma que, a partir del mes de mayo de 2010, activa una serie de cuentas bancarias abiertas a nombre de sus familiares (Grupo 1) que utilizaría para llevar a efecto su operativa inversora en productos derivados”. 

A continuación, “habría realizado múltiples transferencias bancarias a un segundo grupo de cuentas (Grupo 2), también abiertas a nombre de tales familiares directos, si bien manejadas directamente por él mismo, de forma que fueron él y su esposa quienes presuntamente dispusieron en todo momento de tales fondos en forma de disposiciones en efectivo, transferencias con destino a cuentas de la esposa, o sufragando viajes y otros gastos de carácter personal”. De ese modo, daba salida al flujo económico procedente de las cuentas del Grupo 1. 

A su vez, desde las cuentas del Grupo 2, “el investigado habría efectuado transferencias periódicas a favor de otras cuentas (Grupo 3) de las que también eran titulares sus familiares más directos en forma de asignaciones mensuales, en cuantías que oscilan entre los 1.000 y los 2.000 euros, coincidiendo en su mayoría con fechas de principios o finales de mes”. 

En este caso, “los titulares de tales cuentas disponen directamente de tales fondos para atender sus gastos personales (recibos, pagos por tarjetas, extracciones de cajero, pago de préstamos, etc.)”. 

Las cantidades que a título lucrativo habrían percibido los familiares ascienden a: 592.181 euros la esposa, 570.174 euros el padre, 328.739 uno de los hermanos, 104.777 euros la hermana y 84.450 euros el otro hermano. 

Incumplimiento grave de Novo Banco 

La resolución explica que existen indicios suficientes para creer que el gestor financiero, “sometido a la autoridad de los órganos de administración de la entidad bancaria Novo Banco, y por ello del Comité de Control y Seguimiento del Plan Compliance, por cuenta y en beneficio indirecto de tal entidad bancaria, pudo realizar la conducta presuntamente delictiva como consecuencia del incumplimiento grave por parte de aquellos de los deberes de supervisión, vigilancia y control de su actividad”. 

Y es que no parece que el plan de cumplimiento normativo de la entidad “resultare eficaz y adecuado para prevenir delitos de la naturaleza del que fue cometido o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión”. 

“Es más, las diligencias practicadas apuntan a la posible existencia de deficiencias relevantes en el funcionamiento del modelo de prevención de delitos de la entidad”, añade el auto. 

En este sentido, explica que un informe de auditoría de 2019 aportado por la entidad ya advertía de “graves irregularidades en una operativa que no se puede circunscribir a un periodo temporal ni a un grupo de clientes, sino a una práctica habitual de inobservancia de cualquier política, norma y procedimiento interno”. 

Por todo ello, la instructora concluye que, “de forma indiciaria, los mecanismos de prevención y control implantados por Novo Banco para detección y evitación de conductas susceptibles de integrar un delito de estafa no alcanzaron, en la práctica, el nivel de eficacia que cabría exigir de un sistema de cumplimiento normativo adecuadamente implementado y supervisado”. 

Además, “resulta especialmente relevante que el conocimiento por parte de la entidad de las irregularidades investigadas no tuviera su origen en la activación de los controles internos previstos al efecto, sino en la confesión realizada por el propio gestor financiero en febrero de 2020”, que dio origen al procedimiento judicial. 

Por tanto, la magistrada considera que “tal circunstancia constituye un indicio de que los procedimientos de supervisión y monitorización establecidos no habrían funcionado de manera efectiva para identificar las anomalías existentes ni para activar en tiempo oportuno los mecanismos de reacción correspondientes”.

Comunicado CEOE, CEPYME y ATA sobre la crisis en Ceuta

03 Agosto 2026

CEOE, CEPYME y ATA quieren trasladar su cercanía, solidaridad y apoyo a todos los ciudadanos ceutíes, a sus empresas, autónomos, trabajadores e instituciones que, durante estos días, están afrontando unas circunstancias de extraordinaria complejidad ante los graves acontecimientos ocurridos en los últimos días en la Ciudad Autónoma de Ceuta, que atentan contra la seguridad nacional.

Ceuta es una ciudad española y europea y garantizar la seguridad de sus ciudadanos, la convivencia y el desarrollo de la actividad económica constituye una responsabilidad esencial de cualquier Estado democrático y una condición indispensable para preservar la confianza de la sociedad. Por eso, lo ocurrido estos días resulta preocupante y genera indignación.

Los empresarios españoles defendemos el pleno respeto al Estado de derecho, a la Constitución y a los principios que hacen posible una sociedad libre, abierta y próspera: la seguridad, la legalidad, la convivencia, la libertad de empresa, la seguridad jurídica y el respeto a la dignidad de todas las personas.

Desde el inicio de esta crisis, CEOE, CEPYME y ATA mantienen un contacto permanente, con la presidenta de la Confederación de Empresarios de Ceuta (CECE),  Arantxa Campos, y con el Gobierno de Ceuta, a través de su presidente, Juan Jesús Vivas, para ponernos a su disposición y atender sus necesidades en un momento crítico como el que están viviendo y apoyar a trabajadores y empresarios en el ejercicio de su actividad profesional.

En este sentido, CEOE, CEPYME y ATA quieren destacar la responsabilidad demostrada, en todo momento, por los empresarios de Ceuta y su compromiso con todos los ciudadanos para garantizar y poner a su disposición los bienes y servicios que necesitan con la mayor rapidez posible.

Queremos también expresar nuestro reconocimiento y agradecimiento a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a las Fuerzas Armadas, a los servicios de emergencia y al conjunto de los servidores públicos que, con profesionalidad y serenidad, trabajan para proteger a los ciudadanos y recuperar la normalidad de la ciudad.

Asimismo, lamentamos profundamente la pérdida de vidas humanas registrada durante estos días, una tragedia que recuerda la necesidad de seguir impulsando respuestas eficaces y ordenadas.

Las empresas españolas defendemos el valor de la estabilidad. No puede haber inversión sin confianza, ni empleo sin seguridad, ni crecimiento sin certidumbre. La actividad empresarial, el comercio, el turismo, los servicios y la vida cotidiana de miles de familias dependen de un entorno de normalidad institucional, seguridad jurídica y convivencia.

Ceuta representa, además, una frontera exterior de España y de la Unión Europea. La protección eficaz de las fronteras exteriores constituye un elemento esencial para preservar el espacio europeo de libertad, seguridad y prosperidad sobre el que se asienta el mercado único, uno de los principales motores de crecimiento, competitividad y bienestar para las empresas y los ciudadanos europeos.

Como organización empresarial española integrada en BusinessEurope, CEOE trasladará esta reflexión a las organizaciones empresariales europeas para seguir defendiendo una respuesta común que refuerce la integridad de las fronteras exteriores de la Unión Europea, la protección del mercado único, la seguridad jurídica y la competitividad. La fortaleza económica de Europa depende, también, de su capacidad para preservar un espacio de estabilidad, confianza y libre empresa que favorezca la inversión, el empleo y el crecimiento sostenible.

Los empresarios españoles reiteramos nuestro compromiso con Ceuta y con todos sus ciudadanos. Las empresas seguirán contribuyendo a la creación de empleo, al desarrollo económico y a la cohesión social, desde el convencimiento de que la actividad empresarial es uno de los principales factores de estabilidad y prosperidad de la sociedad.

CEOE, CEPYME y ATA hacen un llamamiento a actuar con unidad, firmeza y responsabilidad institucional, así como a recuperar plenamente la confianza, reforzar la seguridad de los ciudadanos, garantizar el funcionamiento ordinario de la ciudad y permitir que la actividad económica y social vuelva a desarrollarse con normalidad.

Ceuta ha demostrado históricamente ser un ejemplo de convivencia, diversidad y dinamismo empresarial. Preservar ese modelo es una responsabilidad compartida de las instituciones y del conjunto de la sociedad.

Los empresarios españoles vamos a seguir defendiendo una España y una Europa seguras y prósperas. Una Europa que protege sus fronteras exteriores, garantiza la seguridad jurídica, fortalece el mercado único y crea las condiciones necesarias para generar inversión, empleo y oportunidades para todos.

Este es, y seguirá siendo, el compromiso de CEOE, CEPYME y ATA con Ceuta, con España y con Europa.

UGT expresa su solidaridad con el pueblo de Ceuta y Melilla, y reclama el restablecimiento del orden, la seguridad y la convivencia en la ciudad autónoma, con pleno respeto a los derechos humanos y a la legalidad

El sindicato defiende que la paz en Ceuta y Melilla exige reforzar los recursos públicos, actuar conforme al Estado de derecho y ofrecer una respuesta coordinada del conjunto de las administraciones y de la Unión Europea

Migración

Secretaría General

 31 Julio 2026

La Unión General de Trabajadoras y Trabajadores (UGT) quiere trasladar, en primer lugar, toda su solidaridad y su apoyo al pueblo de Ceuta, que está afrontando con serenidad y enorme generosidad una situación de una gravedad excepcional. El sindicato lamenta profundamente la muerte de, al menos, veintisiete personas que han perdido la vida ahogadas en los últimos días intentando alcanzar la ciudad autónoma desde Marruecos. Ninguna persona debería perder la vida en una frontera, y ninguna ciudad debería verse abandonada ante una crisis de esta magnitud.

UGT expresa su honda preocupación por la situación que atraviesan las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. La llegada en pocos días de decenas de miles de personas, entre ellas miles de menores, muchas en condiciones de extrema vulnerabilidad, ha desbordado los dispositivos de acogida, tensionado los servicios públicos esenciales y alterado gravemente la vida cotidiana, la convivencia y la actividad económica y laboral de la ciudad. Esta presión, que amenaza con extenderse también a Melilla, exige una respuesta inmediata, coordinada y proporcional a la dimensión del desafío.

El sindicato quiere expresar su reconocimiento y gratitud a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado —Guardia Civil y Policía Nacional— y a las Fuerzas Armadas desplegadas en la playa del Tarajal en apoyo de la Guardia Civil, que están desarrollando una labor extraordinaria tanto en el control de la frontera como en el rescate y auxilio de personas que arriesgan su vida en el mar, así como en el mantenimiento del orden público y la protección de la ciudadanía. Este reconocimiento se extiende igualmente al conjunto de las empleadas y empleados públicos —Oficinas de Extranjería, Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI), sanidad, servicios sociales, educación— y a todos los profesionales que, con medios claramente insuficientes, están sosteniendo la atención humanitaria y el funcionamiento de los servicios públicos, tal y como ha puesto de manifiesto UGT Ceuta.

El sindicato valora positivamente, asimismo, el desplazamiento del presidente del Gobierno a Ceuta, acompañado del ministro del Interior, para atender sobre el terreno la evolución de la crisis. Esta presencia expresa la implicación del Estado al más alto nivel y el reconocimiento de la gravedad de la situación que vive la ciudad. El sindicato confía en que esta visita se traduzca con la máxima rapidez en decisiones, medios y recursos concretos que permitan restablecer el orden y devolver la normalidad a Ceuta.

UGT defiende que la respuesta a esta crisis debe asentarse en el pleno respeto a la legalidad, tanto nacional como internacional. Las devoluciones deberán tramitarse con respeto a las leyes, a los derechos humanos y a la dignidad de las personas, y habrán de adaptarse a la interpretación que de la normativa vigente ha realizado el Tribunal Supremo. Ese respeto a los derechos ha de ir acompañado, al mismo tiempo, de la firme determinación de hacer valer la soberanía nacional también en cuanto al acceso a nuestro país: la entrada en España debe producirse con estricto cumplimiento de las leyes que la regulan en nuestro Estado. No se puede acceder a España incumpliendo sus leyes, vulnerando su soberanía o forzando sus fronteras. España debe trasladar, interna e internacionalmente, el respeto a su territorio, a sus leyes y a las personas que lo habitan, y exigir a los países vecinos, singularmente a Marruecos, la leal cooperación en el control fronterizo y la lucha contra las redes de tráfico de personas.

Ante esta situación, UGT reclama al Gobierno de España la adopción urgente de las siguientes medidas:

  • Restablecer cuanto antes el orden y la seguridad en las ciudades autónomas, dotando a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y a las Fuerzas Armadas de los efectivos y medios necesarios para desarrollar su labor con eficacia y con pleno respeto a los derechos fundamentales.
  • Reforzar de manera inmediata todos los dispositivos de primera acogida y atención humanitaria, ampliando la capacidad del CETI, garantizando la protección de los menores no acompañados y dotando a los servicios públicos —sanidad, servicios sociales, extranjería— de los recursos humanos y materiales imprescindibles.
  • Garantizar que la gestión de las personas llegadas se realice conforme a la Ley de Extranjería y a los convenios internacionales suscritos por España, con las garantías legalmente previstas y de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo, recordando al mismo tiempo que la entrada en territorio español solo puede producirse por los puestos habilitados y con arreglo a la legislación vigente.
  • Exigir, en el plano diplomático y en el marco de la Unión Europea, el respeto a la integridad territorial de España y a sus fronteras, que son también frontera exterior de la Unión, reclamando a Marruecos una cooperación leal y efectiva en la gestión migratoria.
  • Preservar la convivencia y la cohesión social, condenando cualquier agresión contra los empleados públicos y los trabajadores de los dispositivos de atención, y evitando todo discurso que fomente la confrontación, el odio o la estigmatización de las personas migrantes.

Consideramos que la respuesta a una situación excepcional debe combinar orden, legalidad y humanidad: pleno respeto a los derechos humanos y a la dignidad de las personas, y firmeza en la defensa de la soberanía, de las leyes y de las fronteras de España. Recuperar la paz y la tranquilidad en Ceuta y Melilla exige reforzar los recursos públicos, actuar con pleno respeto al Estado de derecho y ofrecer una respuesta coordinada del conjunto de las administraciones y de la Unión Europea. Solo desde estos principios será posible proteger la convivencia, garantizar la seguridad jurídica y de las personas, y evitar que tragedias como las vividas estos días vuelvan a repetirse.

Las exportaciones de bienes españolas alcanzan 34.694 millones de euros en mayo, un 3,3% más en términos desestacionalizados

Economía, Comercio y Empresa – 21.7.2026

Por sectores, en mayo destacaron los superávits en alimentación, bebidas y tabaco (1.538 millones de euros), semimanufacturas no químicas (478 millones de euros) y otras mercancías (452 millones de euros).

Además, los datos de exportaciones de mayo de 2026 se vieron afectadas por el efecto base derivado de una operación puntual en mayo de 2025 de insumos farmacéuticos a Países Bajos de más de 1.300 millones de euros. Sin tener en cuenta esa operación, las exportaciones habrían aumentado en un 3,1% interanual.

Las exportaciones españolas de los últimos doce meses superaron los 389.296 millones de euros, lo que representa un aumento del 0,9% interanual, dos décimas más que a cierre de 2025, lo que consolida la idea de la fortaleza del sector exterior español en un contexto de elevada complejidad.

Por su parte, las importaciones alcanzaron los 42.939 millones de euros y aumentaron un 14,4%. En términos desestacionalizados y con la corrección de calendario, las importaciones crecieron un 19% interanual. Destaca el dinamismo de las importaciones de bienes de equipo y del automóvil, así como el impacto del encarecimiento de las importaciones energéticas, debido al cierre del Estrecho de Ormuz. Las importaciones de petróleo costaron casi el doble que en mayo de 2025.

Ese encarecimiento ha incidido en el deterioro del déficit comercial, que se amplió en 5.702 millones de euros en mayo respecto al mismo mes del año anterior. De esta manera, la tasa de cobertura (cociente entre las exportaciones y las importaciones en porcentaje) se situó en el 80,8%, es decir, 12,4 puntos porcentuales menos que el mismo mes del año anterior.

España continuó manteniendo en mayo un superávit comercial con la Unión Europea, que se situó en 2.075 millones de euros y continúa de forma ininterrumpida desde enero de 2017, reflejando la fortaleza sostenida de los intercambios comerciales con el mercado comunitario.

Los mercados de destino donde se alcanzaron los mayores superávits en mayo fueron Portugal (1.777 millones de euros), Francia (1.647 millones de euros) y Reino Unido (567 millones de euros).

Fuera de los mercados europeos, destaca el incremento del intercambio comercial con Estados Unidos. Las exportaciones españolas a Estados Unidos aumentaron un 2,5%, manteniendo esta tendencia por tercer mes consecutivo. En términos desestacionalizados, las exportaciones no energéticas progresaron un 6,5%, destacando las semimanufacturas. Las importaciones procedentes de este país también crecieron en mayo un 19,9%. Por otra parte, las exportaciones a China progresaron un 15,3% respecto al mismo mes del pasado año.

Cabe señalar que mayo ha sido el primer mes de la aplicación provisional del acuerdo interino UE-Mercosur y los intercambios comerciales con la región han reflejado una evolución positiva: las exportaciones españolas a los países del Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay) aumentaron un 4,2% interanual y las importaciones procedentes de esta zona crecieron un 1,8%.

Sectores y mercados de destino

En mayo, los sectores con las mayores contribuciones positivas a la tasa de variación anual de las exportaciones fueron: productos energéticos (4,1 puntos), materias primas (0,8 puntos), otras mercancías (0,5 puntos) y bienes de equipo (0,1 puntos).

Destacaron los superávits en alimentación, bebidas y tabaco (1.538 millones de euros), semimanufacturas no químicas (478 millones de euros) y otras mercancías (452 millones de euros). El sector del automóvil y el de productos químicos, que fueron superavitarios en mayo de 2025, tuvieron saldo negativo.

Por mercados de destino, las exportaciones dirigidas a la Unión Europea-27 representaron el 62,4% del total. Se alcanzaron cifras récord del mes en 11 destinos comunitarios, entre ellos: Portugal, Italia, Polonia y República Checa.

Por su parte, las exportaciones dirigidas a destinos extracomunitarios alcanzaron el 37,6% del total y aumentaron un 1,2% respecto al mismo mes del año anterior. Se obtuvieron máximos históricos para el mes en mercados de relevancia para España como Canadá, Ucrania, Andorra y Libia.?

Datos del comercio exterior de enero a mayo de 2026

En el acumulado del año 2026 hasta mayo, las exportaciones de bienes españolas alcanzaron 165.588 millones de euros, la segunda mayor cifra para el periodo, y con un crecimiento interanual del 1,3% en el periodo. Por su parte, las importaciones registraron 190.682,6 millones de euros, lo que representa un aumento del 3,1%.

El déficit comercial aumentó en los cinco primeros meses del año en 3.570 millones de euros, hasta los 25.094 millones de euros, debido tanto al crecimiento del déficit no energético, que aumentó en 3.018 millones de euros, como del déficit energético, que creció en 552 millones de euros. La tasa de cobertura se situó en el 86,8%.

Los sectores con mayores superávits fueron: alimentación, bebidas y tabaco (8.386 millones de euros), semimanufacturas no químicas (2.599 millones de euros) y otras mercancías (2.492 millones de euros).

El superávit comercial con la Unión Europea aumentó hasta 11.190 millones de euros en el periodo. Los países respecto a los cuales la economía española registró los mayores superávits fueron: Francia (7.931 millones de euros), Portugal (7.825 millones de euros) y Reino Unido (5.681 millones de euros).

También destaca el dinamismo exportador hacia mercados menos tradicionales como África (+5,5%), Canadá (+16,5%), Vietnam (21,7%) o Australia (+65,8%). Por el contrario, las exportaciones a Oriente Medio, muy dinámicas en 2025, sufren un deterioro.

El número de exportadores regulares (aquellos que han exportado más de 1.000 euros en el año de referencia y en cada uno de los tres años inmediatamente precedentes) siguió creciendo un 0,6% en el acumulado hasta mayo de 2026, hasta los 42.605 exportadores. Estos exportaron por valor de 159.503 millones de euros, el 96,3% del total, un 1,1% más que el mismo periodo del año anterior.

Sentencias del Tribunal de Justicia en los asuntos C-523/24 | Sociedad Civil Catalana y C-666/24 | Associació Catalana de Víctimes d’Organitzacions Terroristes (ACVOT)

COMUNICADO DE PRENSA n.º 112/26

Luxemburgo, 16 de julio de 2026

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

El Derecho de la Unión no se opone a la ley española de amnistía para la normalización de la situación en Cataluña

La aprobación y la aplicación de una ley de amnistía son competencia de los Estados miembros, por lo que el control del Tribunal de Justicia se limita a identificar problemas de tutela judicial que presenten carácter sistémico y a verificar la observancia del efecto útil de las normativas del Derecho de la Unión concretamente afectadas, como la Directiva relativa a la lucha contra el terrorismo y el procedimiento prejudicial

El Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional han planteado al Tribunal de Justicia cuestiones sobre la compatibilidad con el Derecho de la Unión de la ley española de amnistía aprobada en junio de 2024, mediante la que se amnistían determinados actos ejecutados en el contexto del proceso independentista catalán. En sus sentencias, la Gran Sala del Tribunal de Justicia declara que el Derecho de la Unión no se opone a dicha ley de amnistía. Esta tiene por objeto reducir tensiones institucionales y políticas y facilitar un escenario de reconciliación:

 – imponiendo a los órganos jurisdiccionales nacionales la adopción de una resolución de extinción de la responsabilidad en un plazo máximo de dos meses, sin valorar las alegaciones y pruebas exculpatorias y sin dar audiencia a todas las partes del procedimiento, y

 – determinando que no se enjuicien ciertos delitos de terrorismo cometidos exclusivamente en el contexto particular del movimiento en favor de la independencia de Cataluña, con excepción de los actos que hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos.

En cuanto a la regulación procesal que la ley de amnistía contempla en un ámbito que es competencia de los Estados miembros, el Tribunal de Justicia indica que su control se limita a los problemas de tal envergadura que presenten un carácter sistémico capaz de comprometer el buen funcionamiento del sistema judicial nacional. Pues bien, según el Tribunal de Justicia, la regulación procesal de la ley española de amnistía no puede generar ese tipo de problemas.

Esta ley respeta asimismo el efecto útil de la Directiva relativa a la lucha contra el terrorismo, puesto que, en consonancia con sus propios objetivos, se limita a disponer, con posterioridad, que no se enjuicien ciertos delitos de terrorismo cometidos exclusivamente en el contexto particular del movimiento en favor de la independencia de Cataluña.

El Tribunal de Justicia subraya, no obstante, que la referida ley de amnistía no debe privar de efecto útil al procedimiento prejudicial. Así ocurriría si el plazo máximo de dos meses en el que los órganos jurisdiccionales nacionales deben dictar la resolución de extinción de la responsabilidad y alzar las medidas cautelares que se hayan acordado fuera aplicable incluso cuando se haya planteado al Tribunal de Justicia una petición de decisión prejudicial, sin que sea posible esperar a que este dicte resolución. Si se demostrara que la ley de amnistía contiene disposiciones que dan lugar a este efecto, deberían dejarse inaplicadas.

El 10 de junio de 2024, las Cortes Generales aprobaron una ley de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña. (1) Esta ley amnistía los actos determinantes de responsabilidad penal, administrativa o contable ejecutados en el marco del referéndum ilegal de autodeterminación de Cataluña de 1 de octubre de 2017, así como las acciones ejecutadas en el contexto del proceso independentista catalán.

Mediante sentencia de 26 de junio de 2025, el Tribunal Constitucional declaró que esta ley, con excepción de dos preceptos, se ajusta a la Constitución española.

En cambio, el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional tienen dudas acerca de la compatibilidad de dicha ley con el Derecho de la Unión, por lo que han planteado al Tribunal de Justicia diversas cuestiones prejudiciales.

Asunto C-523/24, Sociedad Civil Catalana

El Tribunal de Cuentas tiene que pronunciarse sobre unas acciones de responsabilidad ejercitadas contra diversas personas encargadas de la gestión de fondos públicos, a las que se acusa de haber causado daños en el patrimonio público de la Generalidad de Cataluña. Esos daños derivan de los gastos en que se incurrió para llevar a cabo el referéndum y promover internacionalmente la independencia de Cataluña durante el período comprendido entre 2011 y 2017.

El Tribunal de Cuentas desea que se dilucide, en primer término, si la extinción de la responsabilidad por esos daños puede afectar a los intereses financieros de la Unión. El Tribunal de Justicia responde negativamente. En efecto, la eventual incidencia en el presupuesto de la Unión no puede derivarse de un perjuicio ocasionado únicamente al presupuesto nacional debido a que la contribución del Estado miembro al presupuesto de la Unión podría verse afectada. En concreto, no puede considerarse que los intereses financieros de la Unión se vean afectados por la mera disminución de la renta nacional bruta que podría potencialmente derivarse de la secesión de una parte del territorio nacional.

En segundo término, el Tribunal de Cuentas tiene dudas acerca de la compatibilidad de la ley de amnistíacon la obligación general de los Estados miembros, contemplada en el Tratado UE, de establecer las vías de recurso necesarias para garantizar la tutela judicial efectiva en los ámbitos cubiertos por el Derecho de la Unión. (2)

En su sentencia, el Tribunal de Justicia indica que, en un ámbito que es competencia de los Estados miembros, su control se limita a los problemas del tal envergadura que presenten un carácter sistémico capaz de comprometer el buen funcionamiento del sistema judicial nacional en los ámbitos cubiertos por el Derecho de la Unión.

Desde este prisma, la obligación de garantizar la tutela judicial efectiva no se opone a las disposiciones procesales que, exclusivamente en el ámbito de aplicación concretamente delimitado de la ley de amnistía, imponen a los órganos jurisdiccionales nacionales la obligación de dictar una resolución de extinción de la responsabilidad en un plazo máximo de dos meses, sin valorar las alegaciones y las pruebas exculpatorias y sin dar audiencia a todas las partes del procedimiento. Según el Tribunal de Justicia, estas disposiciones no pueden generar problemas de tal envergadura que presenten un carácter sistémico capaz de comprometer el buen funcionamiento del sistema judicial nacional en  os ámbitos cubiertos por el Derecho de la Unión.

En tercer término, el Tribunal de Cuentas alberga dudas sobre la compatibilidad de la ley de amnistía con el procedimiento de remisión prejudicial ante el Tribunal de Justicia.

En su sentencia, el Tribunal de Justicia señala que la ley española de amnistía podría privar de efecto útil al procedimiento prejudicial. Así ocurriría si el plazo máximo de dos meses que se impone a los órganos jurisdiccionales nacionales para dictar la resolución de extinción de la responsabilidad y alzar las medidas cautelares acordadas se aplicara aun cuando el Tribunal de Justicia no haya dictado todavía resolución sobre una petición de decisiónprejudicial que se le haya planteado.

No obstante, ante el Tribunal de Justicia, el Gobierno español sostuvo que la ley de amnistía se presta a una interpretación conforme con el Derecho de la Unión, según la cual el procedimiento puede suspenderse y las medidas cautelares pueden mantenerse mientras sea necesario para garantizar el efecto útil de la respuesta del Tribunal de Justicia.

Asunto C-666/24, ACVOT

En respuesta a las cuestiones prejudiciales planteadas por la Audiencia Nacional, el Tribunal de Justicia recuerda,  para empezar, que la Directiva relativa a la lucha contra el terrorismo 3 obliga a los Estados miembros, en primer término, a tipificar como delitos de terrorismo una serie de actos cometidos con finalidad terrorista, en segundo término, a castigar delitos relacionados con un grupo terrorista o con actividades terroristas, así como la complicidad, inducción y tentativa de comisión de estos, y, en tercer término, a establecer sanciones penales eficaces, proporcionadas y disuasorias, que deben ser superiores a las previstas por el Derecho nacional para esos delitos cuando no concurra la intención terrorista.

En cambio, el Tribunal de Justicia observa que la Directiva no contiene ninguna disposición específica sobre los mecanismos nacionales de extinción de la responsabilidad penal, como la amnistía, y que, en consecuencia, no determina expresamente los límites de estos mecanismos. Ahora bien, la aplicación de una amnistía como la establecida en la ley española de amnistía supone que ciertos actos susceptibles de ser calificados de terrorismo que están comprendidos en el ámbito de aplicación de dicha ley ya no puedan enjuiciarse en España. Se trata de actos ejecutados entre el 1 de noviembre de 2011 y el 13 de noviembre de 2023 en el contexto específico del movimiento en favor de la independencia de Cataluña.

No obstante, según el Tribunal de Justicia, la ley española de amnistía no menoscaba el efecto útil de la Directiva relativa a la lucha contra el terrorismo. En efecto, en consonancia con sus objetivos de reducir tensiones institucionales y políticas y de facilitar un escenario de reconciliación, esta ley se limita a disponer, con posterioridad, que no se enjuicien determinados delitos de terrorismo cometidos exclusivamente en el contexto particular del movimiento en favor de la independencia de Cataluña, al tiempo que excluye de la amnistía los actos que hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos.

Corresponde a los órganos jurisdiccionales competentes identificar los actos concretos que quedan excluidos de la amnistía.

A este respecto, el Tribunal de Justicia señala que la definición abstracta de los actos comprendidos en esta exclusión de la amnistía, y en particular la circunstancia de que la ley de amnistía no precise con detalle la naturaleza exacta del conjunto de estos actos ni fije un umbral de gravedad para ellos, no quebranta las exigencias del principio de seguridad jurídica. En efecto, una técnica legislativa que consiste en recurrir a formulaciones abstractas o a categorías generales, en vez de a listas exhaustivas, respeta este principio, siempre y cuando la interpretación de dichas formulaciones y categorías sea razonablemente previsible. Pues bien, la referida disposición de exclusión remite a conceptos jurídicos del Derecho penal, como la intención, la causalidad y la gravedad de una violación de los derechos humanos, los cuales no deberían plantear dificultades de aplicación para los órganos jurisdiccionales competentes, a fin de excluir un acto, en su caso, del beneficio de la amnistía.

A continuación, el Tribunal de Justicia destaca que la ley española de amnistía respeta los principios de igualdad de trato y de no discriminación, puesto que, a la luz de su finalidad expresa de favorecer la reconciliación política únicamente en el contexto de un movimiento político particular, no puede considerarse que los delitos cometidos en ese contexto y los delitos cometidos en otros contextos se correspondan con situaciones comparables.

Por último, dado que la ley española de amnistía no menoscaba el efecto útil de la referida Directiva, a la luz de los principios de seguridad jurídica y de igualdad de trato y de no discriminación, el Tribunal de Justicia concluye que esta ley tampoco viola el principio de primacía, en virtud del cual todos los órganos de los Estados miembros deben dar plena eficacia a las distintas normas de la Unión, o el principio de cooperación leal, que obliga a los Estados miembros, en particular, a abstenerse de toda medida que pueda poner en peligro la consecución de los objetivos de la Unión.

1 Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña (BOE n.º 141, de 11 de junio de 2024, p. 67764).

2 Principio de tutela judicial efectiva, consagrado en una disposición general del Derecho primario de la Unión, el artículo 19 TUE, apartado 1, párrafo  segundo.

3 Directiva (UE) 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativa a la lucha contra el terrorismo y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/475/JAI del Consejo y se modifica la Decisión 2005/671/JAI del Consejo.

Tráfico prevé 5,6 millones de desplazamientos para la segunda operación especial de tráfico del verano

Interior – 29.7.2026

Confluirán en carretera el relevo entre quienes comienzan y quienes terminan sus vacaciones junto con los desplazamientos habituales del fin de semana. Durante todo el mes hay previstos 54,5 millones de desplazamientos de largo recorrido.

La Dirección General de Tráfico pone en marcha el segundo dispositivo especial de la Operación Verano 2026, el mes del año con mayor movilidad y en el que hay previsto que se realicen 54,5 millones de desplazamientos de largo recorrido.

29072026-mapa-españa-trafico.jpgP

revisión del número de movimientos y su distribución

En los últimos años, los desplazamientos vacacionales han dejado de concentrarse en un único día para repartirse de forma más escalonada entre fines de semana. No obstante, el primer fin de semana de agosto continúa siendo uno de los periodos de mayor intensidad circulatoria del verano, con una previsión de 5,6 millones de desplazamientos por carretera. En esta ocasión, además es previsible que una parte de esos viajes se adelanten, ya que la posibilidad de teletrabajar en determinados sectores puede favorecer que muchos ciudadanos inicien sus vacaciones con antelación y distribuyan mejor sus desplazamientos.

El aumento de la movilidad previsto durante el primer fin de semana de agosto responde a la coincidencia de tres flujos de tráfico: el relevo entre quienes comienzan y quienes terminan sus vacaciones, junto con los desplazamientos habituales del fin de semana. Además, seguirá la afluencia de vehículos tanto portugueses como magrebíes, estos últimos hacia las zonas de embarque. Esta convergencia hará que las principales carreteras de salida de las grandes ciudades y los itinerarios hacia los destinos turísticos registren una elevada intensidad circulatoria.

En la siguiente gráfica se pueden ver las vías de alta capacidad que presentarán más intensidad circulatoria (rojas) y otras vías, también de alta capacidad, pero con menor tráfico (naranjas y verdes) que pueden ser rutas alternativas para llegar a nuestro lugar de vacaciones.

29072026-mapa-trafico-interior.jpgVías de alta capacidad que presentarán más intensidad circulatoria

El operativo diseñado combina vigilancia, regulación del tráfico y medias para aumentar la capacidad de la vía, con el apoyo de los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, el personal de los Centros de Gestión de Tráfico, de la Unidad de Medios aéreos y personal encargado del mantenimiento de equipos y de la instalación de medidas en carretera.

Para ello, Tráfico desplegará todos los medios de control y vigilancia, entre los que destacan los radares fijos y móviles, helicópteros equipados con el sistema Pegasus, drones y cámaras instaladas en pórticos de carreteras para vigilar distracciones y uso de cinturón de seguridad. El objetivo es detectar las principales infracciones al volante, reforzar el cumplimiento de las normas de circulación y contribuir a una movilidad más segura.

Entre las medias de regulación previstas figuran la habilitación de carriles reversibles y adicionales en determinados puntos, la recomendación de itinerarios alternativos para descongestionar las vías, la suspensión temporal de obras en carretera y restricciones a determinados vehículos y eventos que puedan afectar a la circulación. Todas estas medidas, junto con los dispositivos específicos de cada comunidad autónoma, pueden consultarse en el siguiente enlace: https://www.dgt.es/conoce-el-estado-del-trafico/recomendaciones-de-trafico/.

29072026-intinerarios-alternativos-trafico.jpgItinerarios alternativos

Una responsabilidad de todos

Aunque el operativo especial cuenta con todos los recursos necesarios para facilitar la movilidad, el éxito del mismo pasa también por la responsabilidad de los usuarios de la vía, por eso la DGT hace un llamamiento a los conductores para que revisen su vehículo, planifiquen sus desplazamientos con antelación, extremen el cumplimiento de las normas de circulación y se informen del estado del tráfico.

  • Vehículo a punto, la diferencia entre un viaje seguro y un contratiempo. Preparar el automóvil antes de salir no solo reduce riesgo de averías, sino que también contribuye a prevenir siniestros. Por ello, los agentes reforzarán la vigilancia para comprobar el estado de los neumáticos, elemento determinante para garantizar la adherencia, la capacidad de frenado y la estabilidad del vehículo; el sistema de alumbrado, no solo para ver sino para ser vistos y señalizar maniobras; así como comprobar que se dispone de la documentación obligatoria (permiso de conducción, de circulación e ITV en regla) y de los elementos de seguridad exigidos por la normativa. Además, los conductores deberían revisar, antes de realizar el viaje, el estado de los frenos, los niveles de aceite y liquido refrigerante, batería y sistema de climatización, especialmente en una época en la que las altas temperaturas pueden afectar al rendimiento del vehículo.
  • Planificar el viaje reduce riesgos. Concentrar un gran número de desplazamientos en un corto espacio de tiempo provoca retenciones y una mayor probabilidad de incidentes y siniestros. Elegir horarios de menor intensidad circulatoria o utilizar los itinerarios alternativos propuestos por la DGT puede contribuir tanto a mejorar la fluidez como a incrementar la seguridad vial.
  • Las normas salvan vidas. La mejor medida de seguridad sigue siendo el comportamiento responsable de cada conductor. Por ello la DGT recuerda la importancia de cumplir las normas de circulación y hace hincapié en cuatro aspectos fundamentales:

Alcohol y drogas. Al volante solo existe una tasa segura: la tasa cero. Cualquier consumo, por pequeño que sea, disminuye la capacidad para conducir y multiplica el riesgo de sufrir un siniestro.

Velocidad. Los límites de velocidad establecidos no son arbitrarios. Respetarlos y adaptar la velocidad a las circunstancias del tráfico y de la vía son esenciales para reducir tanto la probabilidad de sufrir un siniestro como la gravedad de sus consecuencias. Durante el mes de agosto se llevará a cabo una campaña específica de control de la velocidad.

Evitar distracciones. La atención debe centrarse exclusivamente en la conducción. Manipular el teléfono móvil puede convertirse en tragedia.

Sistemas de seguridad. Cada desplazamiento sin cinturón supone asumir un riesgo innecesario que puede tener consecuencias irreversibles.

  • Mantenerse informado es una herramienta más de seguridad. Consultar el estado de la circulación a través de los navegadores o de los canales habituales de información de la DGT permite anticiparse a retenciones, siniestros o cualquier otra incidencia. Además, la conectividad de la V16 hace posible que los conductores reciban en tiempo real avisos sobre vehículos inmovilizados y otras incidencias presentes en su ruta, favoreciendo una conducción más segura y una mejor gestión de los desplazamientos.

Uso obligatorio de la V-16

Por otro lado, este será el primer verano con obligación de llevar la V-16 para preseñalizar cualquier incidencia que se produzca en carretera y obligue a detener el vehículo.

Desde el pasado 1 de enero, debe utilizarse este dispositivo para avisar al resto de usuarios de la vía, no sólo de manera física a través de la luz sino, aún más importante, de manera virtual a través de los navegadores de vehículos y teléfonos móviles y de los paneles de mensajería variable situados en las carreteras. De este modo, se facilita que puedan adoptar medidas de prevención ante la incidencia que se van a encontrar en carretera.

La implantación de la V-16 conectada está suponiendo un salto cuantitativo en el conocimiento de las incidencias que se producen en las carreteras. Gracias a la transmisión automática de información en tiempo real, la plataforma DGT 3.0 dispone de una visión mucho más completa y actualizada de lo que sucede cada día en la red viaria, lo que mejora la gestión el tráfico y contribuye a reforzar la seguridad vial.

Los datos reflejan claramente ese avance. Mientras que en 2025 la DGT registraba una media mensual de 8.600 incidencias en las vías interurbanas, en la actualidad esa cifra supera las 69.000 incidencias al mes.

018, teléfono de atención a víctimas de tráfico

Como novedad también este verano, está disponible el teléfono 018, un teléfono de asistencia a aquellas personas que sufran directa o indirectamente un siniestro de tráfico en cualquier lugar de España. A través de este teléfono podrán recibir información personalizada sobre los recursos psicológicos, sociales, legales o médicos que tiene a su disposición.

Este servicio gratuito y confidencial de atención a víctimas de siniestros viales se presta en más de cincuenta idiomas, es accesible a personas con discapacidad y está disponible los 365 días del año entre las 8:00 y las 21:00 horas para ofrecer información, orientación y acompañamiento a víctimas, familiares y personas allegadas ante las dudas o las dificultades que puedan surgir después del siniestro.

Contactar con el 018 es muy sencillo y puede hacerse a través de diferentes canales: marcando directamente este número de teléfono, hacerlo por WhatsApp en el 645 713 823, a través del correo electrónico victimastrafico@dgt.es o del formulario en la página web de la DGT.

Es importante destacar que no es un teléfono de urgencias para usar en el momento de siniestro, sino para recabar orientación psicológica, social, legal o médica en la fase posterior al mismo.

La alta velocidad duplicó los viajeros y redujo los precios más de un 40 % desde la liberalización

17 Julio 2026

CNMC

  • Tras la incorporación de Ouigo en los corredores del Sur, los viajeros aumentaron más de un 10 % y los precios bajaron un 12 % en 2025.
  • Desde la liberalización, los precios de los billetes bajaron a la mitad en el corredor Madrid-Valencia, y alrededor de un 40 % en el resto.
  • Tras dos años de fuertes descensos, el transporte de mercancías creció un 7 % en toneladas.km netas.

 44,5 millones de viajeros utilizaron la alta velocidad comercial en 2025, un 12 % más que el año anterior y el doble que en 2019, último año prepandemia y pre-liberalización, según el Informe anual del sector ferroviario de 2025 (INF/DTSP/039/26). 
Durante 2025, se registraron 547 millones de viajeros (+0,3 %) en todos los servicios ferroviarios, un 5 % más que en 2019. La gran mayoría (el 82 %) fueron usuarios de Cercanías.

Más viajeros y precios más baratos

Los corredores abiertos a la competencia batieron récords en 2025, entre un 10 y un 14 % más de viajeros, salvo el Madrid Barcelona, donde disminuyeron por primera vez desde la liberalización (un 1,7 %). Los viajeros fueron 14,4 millones en el corredor Madrid-Barcelona, 6,2 millones en el Madrid-Valencia, 5,9 millones en el Madrid-Sevilla, 5,8 millones en el Madrid-Málaga y 4,5 millones en el Madrid-Alicante. 

La entrada de Ouigo, el tercer competidor en los corredores Madrid-Sevilla y Madrid-Málaga en enero de 2025  hizo bajar el precio de los billetes un 12 %.

El corredor Madrid-Barcelona, tras el incremento de precios del 15,2 % entre 2024 y 2025, fue el único en el que los ingresos por venta de billetes superaron los costes (en un 6 %). En el resto, los operadores incurrieron en pérdidas. Los pagos por cánones supusieron el 46 % de los costes totales en el Madrid-Barcelona, el 38 % en los corredores a Andalucía y el 30 % en los corredores a Levante. 

Respecto de antes de la liberalización (2019), los precios bajaron en términos reales (teniendo en cuenta la inflación), un 50 % en el corredor Madrid-Valencia, y alrededor del 40 % en los demás corredores.

El precio medio del trayecto Madrid-Barcelona fue en 2025 de 52,89 euros, del Madrid-Valencia 27,04 euros, del Madrid-Sevilla 38,41 euros, del Madrid-Málaga 37,61 euros, del Madrid-Alicante de 31,34 euros y del Madrid-Zaragoza 41,57 euros.

Cuotas de mercado y cuota del tren frente al avión

Renfe retuvo entre el 50 y el 67 % de cuota en los corredores con competencia. Iryo alcanzó una cuota del 20-26 % en todos los corredores, salvo en el Madrid-Alicante, donde fuera del periodo estival solamente opera los fines de semana. Ouigo alcanzó cuotas del 13-14 % en los corredores del Sur .



El tren ganó cuota al avión en los principales trayectos de estos corredores, especialmente en el Madrid-Sevilla y el Madrid-Málaga. La cuota más baja del tren corresponde al trayecto Madrid-Barcelona (el 83,1 %).

Transporte de mercancías

Tras dos años de caídas pronunciadas hasta llegar a niveles inferiores al año de la pandemia, el sector creció un 7 % en toneladas.km netas y alrededor de un 3 % en toneladas netas. La cuota de mercado de Renfe Mercancías bajó 8 puntos porcentuales, hasta el 35 %, que es menos de la mitad de la que tenía en 2011. 



Servicios públicos y Media Distancia

Los viajeros en Media Distancia Convencional fueron 34,6 millones (-11 %), en Media Distancia Alta Velocidad 13,2 millones (-0,7 %) y en Cercanías 446 millones (-0,4 %).

La Seguridad Social suma 280.403 afiliados en la primera quincena de julio y supera los 22,5 millones en la serie diaria

Inclusión, Seguridad Social y Migraciones – 17.7.2026

La Tesorería General de la Seguridad Social registra el día 14 de julio de 2026 la cifra más alta de la quincena con 22.541.990 ocupados.

El dinamismo en el ritmo de creación de empleo se constata un mes más con un total de ocupados a mitad de mes que se sitúa por encima de los 22,5 millones. En concreto, son 22.539.603 afiliados a 15 de julio de 2026; tras sumar 280.403 trabajadores desde el día 30 de junio.

El día 14 de julio de 2026 se registra la cifra más alta de esta primera quincena con 22.541.990 ocupados y se mantiene por encima de los 22,4 millones todos los días de este mes.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, explica que «la realidad de nuestro mercado de trabajo ha cambiado en los últimos años gracias a la reforma laboral; hay más puestos de trabajo y son de mayor calidad. Reflejo de esto es la creación de casi 2,5 millones de empleos desde que entró en vigor. Un aumento que eleva los registros hasta alcanzar los 22,5 millones de afiliados en la primera quincena de julio».

Si se descuenta la estacionalidad y el efecto calendario, se han alcanzado los 22.255.325 afiliados a mitad de julio, gracias al aumento de 92.990 afiliados en las últimas dos quincenas.

En el último año, la afiliación ha crecido en 611.995 personas. Esto implica que el número total de ocupados haya aumentado en 1.414.921 en la serie ajustada desde diciembre de 2023 y en 2.497.083 desde diciembre de 2021, antes de la entrada en vigor de la reforma laboral.

CEOE celebra la buena acogida del Gobierno a sus propuestas para abaratar el precio final de la energía

22 Jul 2026

  • La organización empresarial ha conseguido que el Gobierno asuma la eliminación definitiva del Impuesto del 7 % sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica.
  • Los empresarios reclaman abordar la fiscalidad del gas, los peajes para los grandes consumidores gasintensivos y medidas frente a la volatilidad de precios.

CEOE celebra la buena acogida por parte del Gobierno de buena parte de sus medidas encaminadas a reducir el precio final de la energía. Entre ellas la eliminación definitiva del Impuesto del 7 % sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE), que será efectiva en 2028, según recoge el Real Decreto-Ley 18/2026.

Se trata de una reclamación histórica del mundo empresarial, ya que este impuesto penaliza la producción eléctrica en España frente a los países de nuestro entorno, por lo que su supresión abaratará de forma estructural el coste de la electricidad para empresas y hogares.

La medida responde al planteamiento empresarial de convertir los apoyos coyunturales en un marco estructural, estable y predecible.

El Consejo de Ministros celebrado el lunes 29 de junio acordó la eliminación progresiva, en un plazo de 18 meses, de este impuesto a la generación eléctrica. Este proceso ha comenzado ya con una reducción del 30% para este tercer trimestre de 2026, que aumentará hasta el 40% en el cuarto trimestre y al 50% para el ejercicio 2027, cuando se situará en el 3,5%.

Industria electrointensiva y compensación por costes de CO?

De las 16 medidas propuestas por CEOE, una se ha incorporado íntegramente -la eliminación del IVPEE, la principal reivindicación fiscal- seis se han incorporado parcialmente o con carácter temporal y cinco están pendientes de otros instrumentos normativos, como los Presupuestos Generales del Estado, circulares de la CNMC, desarrollo reglamentario, o del marco europeo.

Entre las que Real Decreto-ley prorroga o mantiene con carácter temporal, están el tipo reducido del Impuesto Especial sobre la Electricidad, la exención del 80% de los peajes para la industria electrointensiva y el refuerzo de la compensación por costes indirectos de CO?. Asimismo, incorpora mecanismos de salvaguarda ante repuntes de precios y avanza en la dirección propuesta por CEOE en materia de redes eléctricas, almacenamiento y desarrollo del biometano.

Para CEOE es imprescindible consolidar estas medidas, ya que buena parte de ellas finalizan en 2026.  Por ejemplo, la exención de peajes electrointensivos, -con fin en diciembre-, o están además condicionadas al comportamiento del IPC, como en el caso del tipo reducido del Impuesto Especial sobre la Electricidad, que además termina en septiembre.

CEOE reclama asimismo abordar las medidas relativas al gas natural planteadas en su documento de propuestas, como la fiscalidad del gas, los peajes para los grandes consumidores gasintensivos y los instrumentos frente a la volatilidad de precios, en un momento en que el diferencial de coste frente a Estados Unidos y Asia sigue lastrando la competitividad industrial.

Palanca de crecimiento

Las empresas españolas están convencidas de que España tiene una enorme oportunidad, ya que sus recursos energéticos autóctonos, renovables y competitivos pueden convertirse en una gran palanca de crecimiento, atracción de inversión industrial y creación de riqueza y empleo del país. Activar plenamente esa palanca exige trasladar las ventajas de nuestro mix energético a los precios finales que pagan las empresas.

CEOE seguirá trabajando con el Gobierno y con todas las administraciones, desde la posición consensuada del conjunto del tejido empresarial, para que los próximos hitos normativos consoliden un marco energético estable que refuerce la competitividad de España.

Las comercializadoras eléctricas deben reforzar sus garantías para prestar servicio a los consumidores

17 Julio 2026

CNMC

  • En los últimos años, el sistema eléctrico ha registrado unos 250 millones de euros en impagos por la falta de solvencia de algunas compañías.
  • Demostrar suficiente capacidad técnica y económica antes de iniciar su actividad es una de las medidas que propone la CNMC.
  • Entre 2022 y 2025, 39 comercializadoras fueron inhabilitadas porque incumplieron los requisitos exigidos.

El procedimiento actual de alta de comercializadoras ha facilitado la entrada de nuevas compañías en el mercado. Sin embargo, algunas de ellas han generado problemas a los consumidores y al propio sistema eléctrico por su falta de solvencia financiera o medios técnicos, según un reciente informe de la CNMC (INF/DE/040/26).

La CNMC propone reforzar los requisitos de acceso y permanencia en el mercado para asimilarlos a la regulación de otros países europeos, especialmente tras la crisis de elevados precios registrados en los años 2021-2022.

Impagos e inhabilitación

Entre 2022 y 2025, 39 comercializadoras fueron inhabilitadas por incumplir los requisitos legales. En consecuencia, se produjeron impagos para el sistema eléctrico —impagos de las liquidaciones del operador del sistema, no cubiertos con garantías)— cercanos a los 250 millones de euros. A ello, se sumaron las deudas con las distribuidoras por impago de los peajes de acceso a la red y cargos.

El Real Decreto 88/2026 reforzó los requisitos e incorporó nuevas obligaciones relativas a la capacidad técnica y económica para ejercer la actividad de comercialización. A pesar de ello, la CNMC realiza varias recomendaciones.

Reforzar la solvencia económico-financiera

Es esencial exigir un capital social desembolsado mínimo para ejercer la actividad. Además, propone impedir el acceso a empresas en fase preconcursal, concursal o inhabilitadas previamente o que no hayan cumplido las condiciones y evaluar los antecedentes de administradores y directivos para evitar nuevas irregularidades e incumplimientos.

Es importante desarrollar el mecanismo que exige a los comercializadores depositar las correspondientes garantías a los operadores del mercado y del sistema por impagos de compras, liquidaciones del sistema, y peajes y cargos, previsto en el Real Decreto 88/2026. 

Requisitos técnicos más exigentes

Se proponen medidas adicionales para asegurar que las comercializadoras gestionan adecuadamente su cartera de clientes y cumplen las obligaciones en el mercado eléctrico. Entre otras, disponer de medios técnicos y recursos humanos suficientes, cualificados y formados. Además, se sugiere que cuenten con un plan de previsión de suministro y aprovisionamiento para verificar que son viables.

Supervisión continua y medidas cautelares

Como novedad del Real Decreto 88/2026, los comercializadores que no dispongan de las garantías exigidas no podrán captar nuevos clientes. Se propone que esta medida se aplique ante cualquier incumplimiento —no solo ante la falta de garantías correspondientes— para lo que se requiere la rápida aprobación del correspondiente procedimiento de operación.

Transportes lanza un indicador para conocer la temperatura del mar en costas españolas y analizar los efectos del cambio climático

Transportes y Movilidad Sostenible – 17.7.2026

Este nuevo indicador aporta un valor adicional al análisis de la temperatura marina y su evolución, y se suma a la información oceanográfica ya disponible en la web de Puertos del Estado.

  • El Ministerio de Transportes y Movilidad, a través de Puertos del Estado, ha lanzado un indicador que permite conocer la temperatura media diaria del agua del mar en las costas españolas, así como su evolución desde el año 2005. Se trata de un parámetro cuya medición es clave para el análisis y seguimiento de los efectos del cambio climático en los ecosistemas marinos.

Este indicador estadístico se elabora a partir de los datos horarios registrados por las redes de boyas de Puertos del Estado, tanto de la Red Costera como de la Red Exterior, y que en su conjunto suman casi una treintena.

A partir de estos registros, el nuevo indicador permite diferenciar geográficamente por Demarcaciones Marinas, facilitando de este modo el análisis y el seguimiento de un dato tan relevante como es la temperatura marina. En concreto, la información se procesa calculando las medias diarias en cada una de las Demarcaciones Marinas establecidas en la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de Protección del Medio Marino, como áreas representativas de unas condiciones oceanográficas similares. Se muestra también el valor estadístico correspondiente a la media nacional ponderada, según los kilómetros de costa de cada Demarcación.

Asimismo, el indicador muestra la evolución temporal de la temperatura media diaria del agua desde el año 2005 y se actualiza diariamente. Según los datos procesados hasta ahora, a nivel nacional el valor máximo del indicador corresponde al 25 de agosto de 2023, con 25,22º de temperatura registrada. En el año 2025, el último año con medición completa, el valor máximo fue de 24,15º, registrado el 13 de agosto.

Por ámbito geográfico, los valores máximos de temperatura media diaria son los siguientes:

– Mediterráneo (zona levantino-balear), 28,67º el 23 de agosto de 2023.

– Canarias, 25,78º el 7 de octubre de 2024.

– Estrecho-Alborán, 25,50º el 31 de agosto de 2024.

– Zona Sudatlántica, 25,10º el 18 de agosto de 2025.

– Zona Noratlántica, 22,26º el 25 de agosto de 2023.

Los cambios en la temperatura del mar pueden afectar a los ecosistemas marinos, la calidad del agua o la actividad pesquera, así como a determinados procesos industriales que utilizan el agua de mar. La evolución de este parámetro constituye, además, uno de los indicadores utilizados para el análisis del cambio climático.

Servicios de oceanografía

El nuevo indicador lanzado por Puertos del Estado se añade así a los servicios que ya presta el Organismo Público a través de sus sistemas de medida y previsión de parámetros relativos al medio marino.

Este organismo dependiente del Ministerio cuenta con una Red Exterior de Boyas (o boyas de aguas profundas) compuesta por 15 posiciones de medida, una Red Costera de Boyas con 14 posiciones de medida, una Red de 45 Mareógrafos en toda la costa española y una red de radares de alta frecuencia que cuenta con nueve estaciones de titularidad y gestión compartida con otras instituciones.

Toda la información sobre parámetros como altura de ola, corrientes, temperatura del agua, etc. se recibe en tiempo real en Puertos del Estado, que se encarga de su gestión y de su distribución. Los datos horarios medidos por las boyas están disponibles en abierto a través de la aplicación PORTUS de Puertos del Estado.

La Seguridad Social suma más de 350.000 afiliados extranjeros en un año y supera los 3,4 millones en junio

Inclusión, Seguridad Social y Migraciones – 14.7.2026

Los cotizantes de otros países ya suponen más del 15,4% del total de afiliados a la Seguridad Social. «La afiliación extranjera sostiene sectores estratégicos como los cuidados, la agricultura, la construcción, la hostelería, el transporte o la sanidad y lo vemos en los datos de afiliación por sectores», explica la ministra Elma Saiz.

  • La Seguridad Social ha vuelto a registrar un nivel máximo de afiliados extranjeros tanto en términos de afiliación media, como desestacionalizada. En concreto, hay 3.446.178 afiliados de media en junio, lo que suponen 86.630 ocupados más que en el mes anterior y 350.163 más que hace un año. Este dato sitúa la variación interanual en un 11,31%, cuando el conjunto de la afiliación ha crecido un 2,8%.

Si se descuenta la estacionalidad y el efecto del calendario, la Seguridad Social cuenta ya con 3.329.979 afiliados extranjeros, tras sumar 330.754 en los últimos doce meses.

«La afiliación extranjera sostiene sectores estratégicos como los cuidados, la agricultura, la construcción, la hostelería, el transporte o la sanidad y lo vemos en los datos de afiliación por sectores», explica la ministra Elma Saiz.

En conjunto, el número de afiliados extranjeros ha sumado más de 980.000 ocupados desde junio de 2022. De hecho, el 44,5% del empleo creado desde la puesta en marcha de la reforma laboral corresponde a trabajadores extranjeros.

Si bien la afiliación de trabajadores extranjeros a la Seguridad Social muestra un gran dinamismo en el primer semestre del año, el ritmo de aumento se ha ido acelerando desde finales del mes de abril, cuando se puso en marcha el proceso de regularización de personas extranjeras.

A 30 de junio, ya había 159.097 afiliados a la Seguridad Social como consecuencia del proceso de regularización, la inmensa mayoría, un 83,4%, en el Régimen General de la Seguridad Social. Además, el contrato indefinido es la modalidad que predomina entre las nuevas altas (77,3%).

Por tipo de actividad, estas nuevas altas que se producen en el marco de la regularización se concentran en: Hostelería (38.776), Comercio (20.195), Actividades Administrativas (19.327) y Construcción (18.310).

Afiliación media

De los 3.446.178 afiliados extranjeros, cerca de 2 millones son hombres (1.965.796), mientras que el número de mujeres se acerca a los 1,5 millones (1.480.382). La presencia de mujeres trabajadoras procedentes de otros países avanza en el conjunto y representa el 43% del total de trabajadores foráneos.

El 28,5% de las personas afiliadas extranjeras procede de países de la Unión Europea.

Marruecos sigue siendo el país con más afiliados a la Seguridad Social española y supera ya los 422.000 cotizantes (422.347). Le sigue Rumanía (353.974), Colombia (316.460), Venezuela (239.892), Italia (223.500), China (133.098), Perú (122.633) y Ucrania (84.020).

«Vemos que su presencia se diversifica y crece cada vez más en todos los sectores» explica la ministra. «Están muy presentes en aquellos de alto valor añadido como Telecomunicaciones, Programación e Informática, en el que suponen ya más de un 14% del conjunto de afiliados del Régimen General».

Sectores de los trabajadores por cuenta ajena

Si en el conjunto de la afiliación representan un 15,4% de los trabajadores, la aportación de los trabajadores extranjeros resulta especialmente relevante en algunos sectores del Régimen General de la Seguridad Social. En Hostelería representan el 31,5% de los afiliados; en Agricultura, el 28,9%; en Construcción suponen el 25,9%; en Actividades Administrativas, el 18,6% y en Transporte, el 18,2%. Además, en el Sistema Especial del Hogar, suponen el 45,5% y en el Agrario, el 41,7%.

Además, es preciso resaltar el elevado porcentaje de trabajadores extranjeros con contrato indefinido, un 87,8% del total. Si lo comparamos con el porcentaje promedio del periodo 2017-2021, previo a la reforma laboral (41,1%) el dato resulta aún más llamativo.

En paralelo, la tasa de temporalidad de este colectivo de trabajadores cae a mínimos históricos, al bajar hasta el 12,2% mientras que el porcentaje de afiliados nacionales con contrato temporal es del 12,3%.

Emprendimiento en sectores de alta cualificación

Por otro lado, el número de trabajadores autónomos sigue creciendo y se sitúa en por encima de los 525.000 (525.478), lo que supone un 7,9% más que hace un año.

Hay que señalar la presencia creciente de trabajadores extranjeros que emprenden en sectores altamente cualificados como Telecomunicaciones y Programación Informática, donde ya representan el 32,7% de los ocupados dados de alta en esta sección de actividad, es decir, ya son uno de cada tres emprendedores. También es muy importante su representación en otras actividades, como Actividades de los hogares (27,5%), Hostelería (25,5%), Actividades Administrativas (18,9%) Actividades Inmobiliarias (18,4%) y Construcción (18,3%).

Isabel Rodríguez anuncia que ya se ha remitido a las CCAA la documentación para pagar los primeros 800 millones del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030

Vivienda y Agenda Urbana – 8.7.2026

Se cumple con el compromiso de formalizar en julio el pago de la primera anualidad correspondiente al Estado. El PEV 2026-2030 triplica los fondos en relación con el anterior plan y por primera vez blinda la vivienda pública para que no se pueda especular con ella.

  • La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, ha anunciado que el departamento que dirige ya ha remitido a las comunidades autónomas la documentación necesaria para efectuar el pago de la primera anualidad del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, que asciende a 800 millones de euros.

Lo ha anunciado ante los medios durante una visita a Almagro (Ciudad Real), que estos días celebra la 50 edición del Festival Internacional de Teatro Clásico de Almagro. A la ministra la han acompañado el alcalde de Almagro, Francisco Ureña, el subdelegado del Gobierno en Ciudad Real, David Broceño, y la directora del festival, Irene Pardo.

Rodríguez ha destacado que el ministerio ha cumplido con el compromiso de formalizar en julio el pago de la primera anualidad del Plan correspondiente al Estado, y ya solo falta que los gobiernos autonómicos firmen la documentación que se les ha enviado para que el pago sea efectivo.

La documentación remitida consiste en una propuesta de resolución y un modelo de conformidad en el que las comunidades autónomas deben ratificar de nuevo, como ya han hecho en dos ocasiones en Conferencia Sectorial, que aceptan los requisitos del Gobierno para acceder a estos fondos.

Las condiciones son:

  • Que con la vivienda que pagamos con los impuestos de todos no se puede especular ni se puede vender a un fondo buitre. Que tiene que servir para hoy y para mañana.
  • Que todos tenemos que cofinanciar el Plan (60% Estado- 40% CCAA)
  • Que hay que ser transparentes con los datos.

El ministerio confía en que las comunidades autónomas firmen cuanto antes para que los fondos del Plan Estatal de Vivienda se ejecuten cuanto antes para garantizar el derecho de acceso a la vivienda de la ciudadanía.

Mirada específica al mundo rural y ayudas para cascos históricos

El Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, que triplica hasta los 7.000 millones de euros los fondos en comparación con el anterior plan, incluye por primera vez una mirada específica al mundo rural.

«El medio rural es una oportunidad de una vida distinta, de cohesión territorial y de dar respuesta al problema de la vivienda», ha expuesto.

La ministra de Vivienda y Agenda Urbana ha subrayado que con esa atención singular, así como con las ayudas adicionales para la rehabilitación en cascos históricos, el ministerio está dando respuesta a la demanda de alcaldes como el de Almagro.

Algunas de estas ayudas son:

  • Para rehabilitar:

– Se contemplan ayudas para reformas estructurales de los edificios, para hacer las viviendas más accesibles y eficientes energéticamente.

– Ayudas para actuaciones estructurales, hasta 8.000 euros por vivienda.

– Ayudas de accesibilidad hasta 13.000 euros por vivienda.

– Ayudas para la rehabilitación energética hasta 20.500 € por vivienda, en función de la reducción de consumo de energía primaria, el tamaño de la vivienda y el coste.

  • Para preservar el patrimonio:

– Se incorporan ayudas adicionales de hasta 30.000 euros para la rehabilitación de viviendas ubicadas en cascos históricos o con protección patrimonial. Así, una vivienda en un casco histórico que tenga actuaciones en su estructura, que se mejore su accesibilidad y la eficiencia energética, pueden obtener una ayuda de hasta 50.000 euros por vivienda.

  • Para movilizar vivienda vacía para alquiler asequible:

– Los propietarios que cedan a sus comunidades autónomas una propiedad para que la pongan en alquiler asequible durante 7 años, recibirán una compensación económica por esta cesión. Además, el Gobierno invertirá hasta 12.000 euros en reformarla si es necesario, rehabilitarla o hacerla accesible al inicio del alquiler. Al finalizar los 00 euros para devolverla en condiciones óptimas al propietario. Se crean unas ayudas a la rehabilitación de viviendas vacías con ayudas de hasta 35.000 euros si después se pone en alquiler residencial (mínimo 5 años) a un precio asequible.

  • Facilitar la compra a jóvenes:

– Ayuda de hasta 15.000 euros para jóvenes de hasta 35 años que compren o construyan su primera vivienda en municipios de hasta 10.000 habitantes. Se podrá amplía a municipios de hasta 20.000 habitantes cuando estos sufran pérdida de población.

La CNMC aprueba modificar dos procedimientos de operación para incentivar que las renovables participen en el control de tensión

10 Julio 2026

CNMC

  • Se trata de los procedimientos de operación eléctricos PO 7.4 y PO 14.4.
  • Contar con nuevos proveedores renovables contribuirá a reducir el coste de la operación del sistema que hoy se realiza con ciclos combinados.
  • Se solicita el lanzamiento de un proyecto demostrativo para mejorar la gestión de las infraestructuras compartidas de evacuación de generación.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado una modificación de los procedimientos de operación eléctricos PO 7.4 y PO 14.4 (DCOOR/DE/006/26). El objetivo es fomentar una prestación más dinámica del servicio de control de tensión e incentivar la participación de las instalaciones renovables.  

Se trata nueva fase en la adaptación del marco regulatorio del control de tensión iniciada en 2025, en un contexto caracterizado por una elevada penetración de generación renovable basada en electrónica de potencia y por la necesidad de disponer de recursos adicionales para gestionar la tensión de forma más eficiente. La CNMC, en su resolución, introduce las siguientes novedades:

1.    Nueva modalidad de prestación con consigna fija

Entre las principales novedades, la CNMC incorpora una nueva modalidad de prestación básica basada en el seguimiento de consignas fijas de tensión o potencia reactiva. Permitirá que determinadas instalaciones que no disponen de los sistemas de comunicación necesarios para recibir consignas variables en tiempo real puedan contribuir de forma más activa al control de tensión del sistema. Podrán acogerse instalaciones de generación y almacenamiento con potencia igual o superior a 1 MW, tanto conectadas a la red de transporte como a la de distribución.

La medida pretende facilitar la transición desde el actual control mediante factor de potencia hacia esquemas más avanzados de regulación de tensión.

2.    Mejora de los incentivos económicos

Revisa el esquema retributivo del servicio para incentivar la participación de las instalaciones capaces de proporcionar control dinámico de tensión.

  • Se incrementa la retribución asociada al servicio voluntario de seguimiento de consignas en tiempo real.
  • Se establece una retribución específica para las horas en las que las instalaciones prestan el servicio sin producir energía activa, compensando así los costes que soportan para suministrar potencia reactiva.
  • Se introduce una compensación ligada a la potencia instalada para cubrir costes de adaptación tecnológica y costes asociados a peajes y cargos necesarios para prestar el servicio en ausencia de recurso primario.

Las medidas buscan acelerar la habilitación de nuevas instalaciones y aumentar la disponibilidad de recursos capaces de contribuir a la estabilidad de la tensión.

3.    Más transparencia sobre las necesidades del sistema

La CNMC considera necesario incrementar la visibilidad sobre las necesidades futuras de control de tensión. Por ello, requiere al operador del sistema (Red Eléctrica) que elabore y publique información periódica sobre las necesidades zonales de control de tensión, los recursos disponibles y previstos y las soluciones más adecuadas para cubrir esas necesidades.

4.    Financiación de las restricciones técnicas

En relación con el coste del servicio de control de tensión, se han recibido alegaciones de los comercializadores en las que se plantea que dicho coste debería financiarse mediante un precio regulado incluido en peajes y cargos, y no como un componente del coste de adquisición de la energía en el mercado. Asimismo, en un ámbito más amplio, solicitan que este enfoque se extienda también a la financiación de las restricciones técnicas de la operación del sistema.

Actualmente, los comercializadores trasladan estos costes al consumidor, bien incorporando una estimación en el precio fijo de sus contratos, bien repercutiendo directamente en factura el resultado del proceso de restricciones técnicas (contratos indexados). En los contratos a precio fijo, los comercializadores señalan la dificultad de estimar estos costes con un horizonte anual, lo que les expone al riesgo de asumir incrementos no previstos.

Sobre esta cuestión, la resolución señala que el establecimiento de un precio regulado para recuperar el coste de las restricciones técnicas podría aportar estabilidad y previsibilidad a los comercializadores. No obstante, no eliminaría la incertidumbre económica subyacente, sino que la trasladaría de los comercializadores a los consumidores. En caso de establecerse un precio regulado, este debería revisarse con la frecuencia necesaria para evitar la aparición de déficits o superávits derivados de la evolución real de la operación del sistema. En consecuencia, el consumidor con contrato a precio fijo pasaría de tener un precio asegurado durante un año a estar expuesto a las variaciones derivadas de estas revisiones, perdiendo la estabilidad que actualmente le ofrece el comercializador a través de un precio fijo y sin disponer, además, de capacidad para gestionar ese riesgo.

Si bien es cierto que esa estabilidad puede implicar una prima de riesgo que se refleje en un mayor precio de los contratos, el consumidor ya puede elegir si asume o no dicha prima de riesgo, contratando productos indexados.

Asimismo, dado que los contratos vigentes ya incorporan actualmente la reciente evolución del coste de las restricciones técnicas —incluidos los incrementos registrados durante el último año—, la introducción de un precio regulado debería abordarse con cautela. En particular, sería necesario garantizar que los precios de los contratos ya formalizados se incrementen por la incorporación de un nuevo término regulado sin una reducción equivalente del componente de energía implícito en dichos contratos.

Por todo ello, se considera que la eventual transición hacia un precio regulado exige un análisis detallado de su correcta implementación operativa, con el fin de garantizar que aporte una ventaja clara para el consumidor.

Por el contrario, se consideran más prioritarias para el consumidor otras actuaciones, como continuar trabajando en la reducción de los costes de las restricciones técnicas y revisar el mecanismo de imputación entre la demanda.

En relación con la primera cuestión —la reducción de los costes de las restricciones técnicas—, cabe destacar que esta resolución tiene precisamente por objeto incentivar que las instalaciones renovables presten el servicio de control de tensión, con el fin de reducir la programación de restricciones técnicas mediante ciclos combinados.

Asimismo, se prevé continuar los trabajos regulatorios mediante una revisión más amplia del PO 7.4, orientada a seguir mejorando la eficiencia del servicio. En este marco, se han iniciado nuevos trabajos para profundizar en la problemática asociada al control de tensión en las infraestructuras de evacuación compartidas y en los nudos frontera transporte-distribución, con la participación del operador del sistema, generadores, distribuidores.

También se está analizando la propuesta conjunta del operador del sistema y de los distribuidores relativa a un posible proyecto piloto de control de tensión, con el objetivo de fomentar una participación más dinámica de la demanda en la prestación de este servicio.

En cuanto a la segunda cuestión —la forma de imputación del coste—, se considera igualmente necesario iniciar un análisis sobre si el actual mecanismo de financiación de las restricciones técnicas ofrece señales adecuadas al consumidor. 

El paro cae por la campaña estival y la afiliación supera los 22,4 millones

USO

2 julio, 2026  

  • La precariedad y la temporalidad encubierta condicionan el mercado laboral
  • Baja el paro en servicios, pero sube entre quienes buscan su primer empleo

Los datos de los registros del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) correspondientes al mes de junio de 2026 reflejan una bajada del desempleo y un incremento en la contratación. Sin embargo, el análisis detallado de las cifras vuelve a encender las alarmas sobre la calidad del empleo creado.
Caída estacional del desempleo
El paro registrado se ha reducido en 28.739 personas respecto al mes anterior, situando el total de desempleados en 2.291.982. Este descenso está fuertemente vinculado a factores estacionales. El sector servicios lideró con creces la bajada con 28.498 parados menos, motivado por el inicio de la temporada de verano y la hostelería. Por el contrario, el colectivo “Sin Empleo Anterior” aumentó en 4.298 personas debido al fin del curso académico y la incorporación de jóvenes al mercado.

Contratación al alza, pero marcada por la precariedad

Aunque las cifras absolutas mejoran, el tipo de jornadas y modalidades contractuales revela una notable fragilidad en el mercado laboral. La temporalidad sigue siendo elevada: los contratos temporales alcanzaron el 58,54% del total.
Dentro de la contratación indefinida, una parte muy significativa corresponde a fijos discontinuos. En concreto, casi el 38% de toda la contratación indefinida del mes, se realizaron bajo esta modalidad intermitente que no garantiza ingresos estables durante todo el año.
A esto se suma el aumento de la parcialidad: los contratos indefinidos a tiempo parcial crecieron avanzando a un ritmo anual del 22,08%, por encima del crecimiento de la jornada completa.
En palabras Joaquín Pérez, secretario general de USO: “Celebramos la cifra récord de afiliados a la Seguridad Social, pero la caída del desempleo en junio, fuertemente vinculada a los contratos estacionales del sector turístico, vuelve a poner de manifiesto las debilidades del mercado laboral”. Y continua: “En definitiva, la estacionalidad de junio maquilla un problema de fondo”.

El TSXG multa a un abogado con 1.800 euros por el uso sin verificar de IA en un recurso

Miércoles, 15 de julio de 2026

La Sala subraya que su conducta supone “una vulneración de los deberes deontológicos más elementales” y “una falta de respeto” al órgano judicial

Autor Comunicación Poder Judicial

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) multa con 1.800 euros a un abogado por presentar un recurso elaborado con Inteligencia Artificial (IA) con reiteradas “incoherencias o invenciones”. En total, el magistrado ponente identificó 24 citas -y sus textos adicionados- “de libérrima creatividad jurídica”. La Sala de lo Social dará traslado de la resolución al Ilustre Colegio de Abogados de A Coruña, “a los efectos disciplinarios que procedan”.

En el auto, explica que, si bien el letrado “ha reconocido los hechos, ha pedido disculpas y ha informado de lo ocurrido a su propio cliente –según indica-”, no ha ofrecido “explicación suficiente sobre el modo en que tal resultado pudo haberse producido ni sobre la herramienta empleada (qué IA utilizó)”.

Los magistrados indican que “el uso de sistemas de inteligencia artificial generativa en el ejercicio de la abogacía no es, en sí mismo, una práctica vedada”, pero advierten de que, tanto en el Libro Blanco sobre Inteligencia Artificial y Abogacía, como la Instrucción 2/2026 del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, señalan que debe de haber un “control humano consciente y efectivo”, así como que su uso está “restringido a la preparación o estudio -no a la elaboración del cuerpo del escrito procesal debido-”.

“La conclusión es clara: el uso de herramientas generativas obliga no solo a un control ex ante (evaluación del sistema de IA que se pretende utilizar), sino también ex post (verificación de los resultados arrojados: reserva de humanidad)”, subraya la Sala.

Partiendo del marco normativo y deontológico sobre el uso de la IA, el TSXG concluye que la conducta del abogado constituye una infracción merecedora de una corrección. Así, señala que tuvo “una forma de actuar poco diligente, al menos, cuando no directamente reveladora de una mala fe procesal, dado que no se ha comprobado la veracidad de las citas, su existencia y su literalidad, sino que o bien se han inventado directamente o bien se han asumido como válidas, tras la perniciosa –y habitual- alucinación de la inteligencia artificial utilizada para su redacción”.

Así, el TSXG recuerda que la buena fe procesal “impone a los profesionales que actúen ante los tribunales el deber de comportarse con lealtad, veracidad y coherencia, absteniéndose de conductas que, aun sin dolo, resulten contrarias a los deberes de honradez y rigor que presiden las relaciones entre las partes, sus representantes y el órgano jurisdiccional”, por lo que destaca que “la presentación de un recurso sustentado sobre una fundamentación jurisprudencial fabricada –al margen de que ello obedezca a simple negligencia y no a un propósito de engaño- constituye una infracción objetiva de dicho principio”.

A ello añade que la conducta analizada “supone una vulneración de los deberes deontológicos más elementales que el ejercicio de la abogacía impone”. Además, incide en que “traiciona la confianza que su cliente ha depositado en él”, así como que “supone una falta de respeto” al TSXG, pues advierte de que suministrarle “una fundamentación jurisprudencial íntegramente inventada, con apariencia de rigor y de autenticidad, aumenta la carga de trabajo del Tribunal, desvirtúa la función del recurso y compromete la credibilidad del propio proceso, con independencia de la intención que hubiera guiado al autor del escrito”.

A la hora de fijar la cuantía de la sanción, los magistrados resaltan que el propio artículo 75.4 de la LJS les faculta para imponer una multa de 600 hasta 6.000 euros. “Como ya advertíamos, y para determinar su importe, se ponderarán la gravedad de la conducta, los perjuicios causados al procedimiento, a la parte contraria y a la Administración de Justicia, la capacidad económica del infractor y la posibilidad de reiteración”. Todo ello, según manifiestan en el auto, les conduce a fijarla en 1.800 euros, pues tienen en cuenta “no solo el alcance del incumplimiento, sino también de la reprobación que la conducta merece, de cuál ha sido su evidente causa y de su palmario remedio: una IA generativa especializada de pago”.

“En otras palabras, y al igual que se hizo en el precedente del ATSJ Canarias/Las Palmas de Gran Canaria 10/02/26, queremos utilizar como fiel el coste de una herramienta de inteligencia artificial diseñada específicamente para la investigación jurídica –y verificada-, cuyo uso habría eliminado o reducido drásticamente el riesgo de que se produjeran las alucinaciones constatadas”, explica el TSXG, quien señala que “las principales editoriales jurídicas del mercado español ofrecen suscripciones a soluciones de inteligencia artificial integradas con bases de datos jurisprudenciales verificadas, con planes de acceso anual que oscilan, en  modalidades básicas, entre 1.500 y 3.000 euros”. De esta forma, afirma que “la contratación de cualquiera de estas herramientas (o, en su defecto, la simple comprobación de las citas a través del CENDOJ, de acceso gratuito y muy intuitivo) habría impedido el resultado que ahora se enjuicia”.

En definitiva, asegura que ese coste es el que le parece adecuado “para cumplir las dos facetas que tiene toda multa: la sancionadora, para castigar el comportamiento inadecuado –vulneración de la buena fe procesal-; y la disuasoria, a fin de evitar que se reitere en el futuro”. Por otra parte, la Sala considera, como factores atenuantes, “tanto el reconocimiento expreso de los hechos por parte del letrado implicado, como la comunicación espontánea de la situación a su propio cliente, pasando por una acreditada ausencia de antecedentes similares”.

Las comercializadoras eléctricas deben reforzar sus garantías para prestar servicio a los consumidores

17 Julio 2026

CNMC

  • En los últimos años, el sistema eléctrico ha registrado unos 250 millones de euros en impagos por la falta de solvencia de algunas compañías.
  • Demostrar suficiente capacidad técnica y económica antes de iniciar su actividad es una de las medidas que propone la CNMC.
  • Entre 2022 y 2025, 39 comercializadoras fueron inhabilitadas porque incumplieron los requisitos exigidos.

El procedimiento actual de alta de comercializadoras ha facilitado la entrada de nuevas compañías en el mercado. Sin embargo, algunas de ellas han generado problemas a los consumidores y al propio sistema eléctrico por su falta de solvencia financiera o medios técnicos, según un reciente informe de la CNMC (INF/DE/040/26).

La CNMC propone reforzar los requisitos de acceso y permanencia en el mercado para asimilarlos a la regulación de otros países europeos, especialmente tras la crisis de elevados precios registrados en los años 2021-2022.

Impagos e inhabilitación

Entre 2022 y 2025, 39 comercializadoras fueron inhabilitadas por incumplir los requisitos legales. En consecuencia, se produjeron impagos para el sistema eléctrico —impagos de las liquidaciones del operador del sistema, no cubiertos con garantías)— cercanos a los 250 millones de euros. A ello, se sumaron las deudas con las distribuidoras por impago de los peajes de acceso a la red y cargos.

El Real Decreto 88/2026 reforzó los requisitos e incorporó nuevas obligaciones relativas a la capacidad técnica y económica para ejercer la actividad de comercialización. A pesar de ello, la CNMC realiza varias recomendaciones.

Reforzar la solvencia económico-financiera

Es esencial exigir un capital social desembolsado mínimo para ejercer la actividad. Además, propone impedir el acceso a empresas en fase preconcursal, concursal o inhabilitadas previamente o que no hayan cumplido las condiciones y evaluar los antecedentes de administradores y directivos para evitar nuevas irregularidades e incumplimientos.

Es importante desarrollar el mecanismo que exige a los comercializadores depositar las correspondientes garantías a los operadores del mercado y del sistema por impagos de compras, liquidaciones del sistema, y peajes y cargos, previsto en el Real Decreto 88/2026. 

Requisitos técnicos más exigentes

Se proponen medidas adicionales para asegurar que las comercializadoras gestionan adecuadamente su cartera de clientes y cumplen las obligaciones en el mercado eléctrico. Entre otras, disponer de medios técnicos y recursos humanos suficientes, cualificados y formados. Además, se sugiere que cuenten con un plan de previsión de suministro y aprovisionamiento para verificar que son viables.

Supervisión continua y medidas cautelares

Como novedad del Real Decreto 88/2026, los comercializadores que no dispongan de las garantías exigidas no podrán captar nuevos clientes. Se propone que esta medida se aplique ante cualquier incumplimiento —no solo ante la falta de garantías correspondientes— para lo que se requiere la rápida aprobación del correspondiente procedimiento de operación.