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Archivo del 11 de mayo de 2012

Consejo de Ministros. 11 de mayo de 2012. Fomento

Viernes, 11 de mayo de 2012

Enlace a La Moncloa

REDUCIDO EL PLAZO DE LOS CONTRATOS DE ALQUILER DE CINCO A TRES AÑOS

Se incentiva la adquisición de vivienda hasta el final de año con una exención del 50 por 100 de la plusvalía.
Se mejora el régimen de las Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario.
El Consejo de Ministros ha recibido un informe de la ministra de Fomento sobre el Anteproyecto de Ley de medidas para dinamizar el mercado del alquiler de viviendas mediante su flexibilización con una reducción de los plazos de duración del contrato, mejora de la seguridad jurídica a través de la inscripción registral de los arrendamientos y la agilización del procedimiento de desahucio.

Además, se adoptarán determinadas medidas en el ámbito fiscal, con la misma finalidad de impulsar el mercado de alquiler.

Con este Anteproyecto de ley, que introduce modificaciones en la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, y en la Ley de 7 de enero de 2000, se busca potenciar el mercado de la vivienda en alquiler en España, país con el menor parque de viviendas de este tipo de toda la Unión Europea.

Los cambios que se introducen servirán para reformar aquellos elementos del marco jurídico actual que impiden un funcionamiento dinámico del mercado de vivienda en alquiler.

FLEXIBILIZACIÓN DEL MERCADO DE ALQUILER

Para conseguir este objetivo, la reforma incide sobre dos aspectos fundamentales:

Se fortalece, en primer lugar, la libertad de las partes para llegar a todos aquellos acuerdos que, razonablemente, no deban formar parte de un régimen impuesto directamente por la Ley, preservando en todo caso un adecuado equilibrio entre los intereses de arrendador y arrendatario.

Por ello, se garantiza que el arrendador pueda recuperar su vivienda, sin necesidad de que esté previsto en el contrato de arrendamiento ni hubieran transcurrido cinco años desde su firma, siempre que necesite la vivienda para sí, sus familiares en primer grado o su cónyuge tras el divorcio o nulidad matrimonial.

Además, se permite que el arrendatario pueda desistir del contrato en cualquier momento, siempre que lo comunique con un mes de antelación, pudiendo preverse en el contrato una indemnización específica para el arrendador en caso de producirse dicho desistimiento anticipado.

REDUCCIÓN DE LOS PLAZOS DE DURACIÓN DEL CONTRATO

El segundo aspecto sobre el que incide la reforma es el de los plazos legales de duración del contrato de arrendamiento. Así, se reduce de cinco a tres años la denominada “prórroga forzosa” del contrato, que es aquella que permite que el inquilino, sea cual fuera el tiempo de duración pactado en el contrato, opte por prorrogar su duración, prórroga que debe respetar el arrendador.

Asimismo, se reduce de tres a un año la denominada “prórroga tácita automática” del contrato, que es aquella que permite que, una vez transcurrido el tiempo pactado para la duración del contrato y su posible prórroga forzosa, el contrato pueda entenderse prorrogado tácitamente si las partes no señalan no contrario.

De esta forma, el límite legal para la duración de los contratos de arrendamiento se reducirá de los 8 (5+3) años actuales, a 4 (3+1) años, es decir, exactamente la mitad.

MEJORA DE LA SEGURIDAD JUR͍DICA

La reforma mejora la seguridad jurídica mediante el incremento de los efectos de la inscripción de los arrendamientos en el Registro de la Propiedad.

Para preservar el necesario equilibrio de derechos e intereses entre las partes del contrato de arrendamiento y los terceros con derechos sobre la vivienda objeto de dicho contrato resulta imprescindible que el arrendamiento esté sometido al régimen general de seguridad del tráfico jurídico inmobiliario.

La inscripción en el Registro de la Propiedad impedirá la comisión de fraudes, tanto en la adquisición de viviendas o locales comerciales como en la ejecución hipotecaria.

En este apartado se introducen las siguientes reformas:

Un comprador que adquiera una vivienda, siempre que sea un adquirente de buena fe, estará obligado a permitir que el arrendatario continúe con su contrato siempre que dicho contrato de arrendamiento esté inscrito en el Registro.

Si el contrato de arrendamiento no está inscrito, el comprador de buena fe no estará obligado a respetar el arrendamiento concertado por el anterior propietario y el arrendatario perderá su derecho. Este criterio, que se aplica en este momento para los arrendamientos de locales de negocio, modifica la situación actual, en la que los compradores de una vivienda arrendada deben permitir la continuación del arrendamiento al menos hasta el período de cinco años que exige la Ley vigente.

Por su parte, una vez inscrito el derecho del arrendatario, la transmisión a un tercero de la vivienda arrendada no podrá afectar a sus derechos legales (prórroga forzosa y prórroga tácita) derivados del contrato de arrendamiento, pues el tercero adquirente tendrá que respetar el contrato.

AGILIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE DESAHUCIO

Los procedimientos de desahucio por impago de rentas, pese a las reformas introducidas en 2009 y 2011, son lentos e ineficaces. Por ello, resulta necesaria la agilización de este procedimiento, reduciendo la intervención judicial al mínimo imprescindible.

En la línea de favorecer la inscripción en el Registro de la Propiedad, se prevé un procedimiento más sencillo de actuación en caso de impago de rentas siempre que se trate de arrendamientos inscritos en el mismo.

En ese caso, siempre que así se señale en el contrato, la falta de pago de la renta podrá dar lugar a la resolución del arrendamiento, sin más exigencia que un previo requerimiento notarial o judicial, sin necesidad de obtener una sentencia declarativa.

Una vez cancelada la inscripción del arrendamiento, se podrá ordenar la ejecución, lo que implica la restitución del inmueble a su propietario.

Se crea, además, un procedimiento judicial acelerado para que en el plazo de diez días se proceda al pago de la renta debida y se simplifican los procedimientos judiciales para efectuar los desahucios, duplicando la capacidad de los juzgados.

MEDIDAS DE CAŔCTER FISCAL

Las medidas en el ámbito fiscal se centran en la modificación del régimen fiscal de las Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI) y en nuevas exenciones para equiparar el Impuesto sobre la renta de no residentes y el IRPF.

Las Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI) nacieron en el año 2009 con la finalidad de crear un nuevo instrumento de inversión destinado al mercado inmobiliario del arrendamiento, no sólo de viviendas, sino de cualquier inmueble urbano; pero su régimen jurídico y fiscal se ha demostrado inoperante. Los cambios introducidos buscan flexibilizar los requisitos exigidos a este tipo de entidades, entre los que cabe destacar:

Se reduce el plazo exigido para que los bienes inmuebles que hubieran sido promovidos por la entidad se mantuvieran en arrendamiento, de siete a tres años.
Se eliminan los requisitos de diversificación (que la Sociedad tenga al menos tres inmuebles en su activo)
Se reducen las obligaciones de distribución de beneficios con el objeto de favorecer la reinversión.
Se flexibilizan los requisitos mínimos exigidos para acceder a la negociación en un mercado regulado.
Se reduce la cifra de capital social mínimo exigido, de quince a cinco millones de euros.
Se elimina el requisito de que la financiación ajena de la entidad no supere el 70 por 100 del activo de la misma.
MEJORA DEL RÉGIMEN FISCAL DE LAS SOCIMI

Además, las SOCIMI tributarán en función del resultado del ejercicio, se incrementan las rentas exentas del 20 al 25 por 100 y el tipo de gravamen se fija en el 19 por 100.

INCENTIVACIÓN DE LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS

Por otra parte, para incentivar la adquisición de activos inmobiliarios se establece, en el Real Decreto Ley sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero aprobado hoy, una exención del 50 por 100 de las rentas derivadas de la transmisión de inmuebles urbanos que sean adquiridos hasta el 31 de diciembre de 2012, siempre que no exista vinculación entre las partes.

Consejo de Ministros. 11 de mayo de 2012. Economía y Competitividad

Viernes, 11 de mayo de 2012

ELEVADAS LAS PROVISIONES DE LA BANCA PARA ASEGURAR LA SOLIDEZ DEL SISTEMA FINANCIERO
Se amplían las coberturas para los activos inmobiliarios clasificados como no problemáticos.
El proceso exigirá provisiones adicionales por unos treinta mil millones de euros.
El conjunto de las provisiones cubrirá un 45 por 100 de los activos ligados al sector promotor.
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto Ley que eleva la provisión genérica de la cartera de créditos y activos inmobiliarios no problemáticos de la banca (123.000 millones de euros), lo que supondrá en torno a 30.000 millones de euros de nuevas dotaciones que tendrán que ser realizadas antes del 31 de diciembre de este año. Estos saneamientos se unen a los 54.000 millones de euros ya realizados tras la aprobación del Real Decreto Ley de reforma financiera de febrero, por lo que el saneamiento total realizado se situará cerca de los 84.000 millones de euros.
Se trata de avanzar y profundizar en el saneamiento del sector financiero español con el objetivo de recuperar la confianza y garantizar la solvencia en un entorno difícil para la economía española. Las nuevas medidas abordan de forma preventiva nuevas dotaciones para activos ligados al crédito promotor que aún no se consideran problemáticos.
Se trata de una segunda fase de la reforma financiera emprendida en febrero pasado y el objetivo final es que los balances de los bancos estén más saneados y protegidos ante el riesgo promotor, para que puedan dedicarse a su actividad principal y volver a conceder créditos a familias y empresas.
Elevación de la cobertura con provisiones
Con la norma aprobada hoy, las entidades bancarias tendrán que elevar la cobertura con provisiones de sus suelos al corriente de pago (que suman 25.000 millones de euros) del 7 por 100 al 52 por 100; la de las promociones en curso (16.000 millones de euros) del 7 por 100 al 29 por 100; la de las viviendas terminadas (61.000 millones de euros) del 7 por 100 al 14 por 100; y la de aquellos créditos sin garantía real (18.000 millones de euros) del 7 por 100 al 52 por 100. Los bancos deberán presentar ante el Banco de España sus planes para cumplir con las nuevas exigencias antes del 11 de junio.
Aquellas entidades que tras este saneamiento presenten déficit de recursos propios o de capital principal de acuerdo con la normativa vigente tendrán que capitalizarse en el mercado o, en su defecto, podrán solicitar al FROB, la suscripción de bonos convertibles contingentes (“cocos”) o de capital para fortalecer su balance. En el caso de acudir al FROB no se trata de ningún tipo de ayuda o subvención pública. Los “cocos” pagarán al FROB un tipo de interés de mercado, que será, aproximadamente, el doble del coste de la financiación del Tesoro al mismo plazo (cinco años). Las entidades que recurran al FROB deberán presentar un plan de reestructuración.
El objetivo de la medida es situar al sector financiero en disposición de hacer frente a un hipotético empeoramiento de la situación de su cartera inmobiliaria sin que se vea afectada su solvencia. Es decir, se anticipan provisiones para una eventual entrada en morosidad de estos créditos sanos, según las pruebas de estrés realizadas. El nuevo esfuerzo en provisiones sitúa a España entre los países más exigentes de Europa en esta materia.
Reubicación de la cartera de activos
Las entidades financieras estarán obligadas a reubicar su cartera de activos adjudicados en una sociedad gestionada de forma independiente antes del 31 de diciembre de 2012 (el 31 de diciembre de 2013 para las que estén inmersas en un proceso de fusión), con el fin de delimitar de forma clara y precisa el riesgo promotor del sector financiero.
Con estas dos medidas, el Gobierno inicia la segunda fase de la reforma financiera. En la primera, el Ejecutivo elevó considerablemente las provisiones y capital de los activos inmobiliarios problemáticos (184.000 millones de euros), que tendrán que ser realizadas este año. Las entidades presentaron el pasado 30 de marzo sus planes de saneamiento ante las autoridades supervisoras y deberán detallar antes del próximo 30 de junio sus planes de saneamiento basados en una integración.

ENCOMIENDA DE INFORMES DE VALORACIÓN EXTERNOS SOBRE EL SANEAMIENTO DE LOS BALANCES BANCARIOS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se instruye al Ministerio de Economía y Competitividad la encomienda de elaboración de dos informes de valoración externos e independientes sobre el grado de saneamiento de los balances bancarios.

Esta valoración sobre la cartera de activos del sistema financiero español está en línea con los criterios de la Comisión Europea, el Banco Central Europeo y el Fondo Monetario Internacional. Se trata de una medida de transparencia en aras de mejorar la credibilidad del sistema financiero español, garantizar su solvencia y despejar dudas e incertidumbres sobre los balances bancarios.

Consejo de Ministros. 11 de mayo de 2012. Justicia

Viernes, 11 de mayo de 2012

ELEVADOS A SEIS AÑOS LA PENA ḾXIMA POR DELITO FISCAL Y A DIEZ AÑOS EL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN

El Consejo de Ministros ha recibido un informe, presentado por los ministros de Justicia, Hacienda y Administraciones Públicas y Empleo y Seguridad Social, sobre la modificación del Código Penal en materia de delito fiscal y contra la Seguridad Social para crear en ambos casos un subtipo agravado para las conductas más graves.

Para los delitos fiscales agravados la pena máxima será de prisión de dos a seis años en vez de uno a cinco años. Además, el plazo de prescripción pasa a ser de diez años frente a los cinco años de los restantes supuestos de delito fiscal. El nuevo tipo agravado de delito fiscal se aplicará cuando la cuantía de la cuota defraudada exceda de seiscientos mil euros o cuando la defraudación se haya cometido en el seno de una organización o grupo criminal. También se aplicará cuando se utilicen negocios, entes o territorios que dificulten u oculten la identidad del obligado tributario o la determinación de la cuantía defraudada.

Mejoras técnicas

Además, se fijan una serie de mejoras técnicas destinadas a favorecer la regularización voluntaria del contribuyente o la recaudación. Entre ellas figura un atenuante (rebaja importante de la pena) por reparación del perjuicio económico causado a la Hacienda Pública. Se aplicará en los casos de regularización dentro de los dos primeros meses tras haber recibido una citación judicial y en los casos en que el contribuyente colabore en la identificación de otros sujetos responsables.

Por otro lado, se faculta a la Administración Tributaria a no paralizar un procedimiento recaudatorio por la existencia de un proceso penal. En la actualidad, se exige el pronunciamiento expreso del juez.

Por último, se da una mayor operatividad en los supuestos de tramas al no ser necesario esperar al transcurso del año cuando se defraude más de 120.000 euros. En la actualidad se debe atender a lo defraudado en todo el año natural y por ello esperar a la finalización del mismo para denunciar el hecho como delito fiscal.

SEGURIDAD SOCIAL

En los delitos agravados contra la Seguridad Social se delimitan nuevos supuestos de fraude en los que se ha verificado que la sanción administrativa no es suficientemente efectiva y que la gravedad de estas conductas exige una sanción penal. Tal es el caso de empresas ficticias y talleres clandestinos.

Los cambios introducidos buscan la mejora técnica del tipo delictivo, así como la incorporación al mismo de los criterios jurisprudenciales y técnicos sentados a lo largo de su aplicación.

En esta línea, se endurecen las penas máximas por defraudar a la Seguridad pasando de cinco a seis años y se pretende la ampliación del período de prescripción de cinco a diez años de los supuestos delictivos más graves, como, por ejemplo, las “empresas fantasma” sin actividad real que simulan relaciones laborales, con el único propósito de que los trabajadores obtengan una prestación pública.

Cuantías mínimas

Asimismo, se reduce la cuantía mínima de la defraudación, que pasa de 120.000 euros a 50.000 euros, y se incluye dentro de esa cuantía toda la deuda no prescrita. También se sancionan penalmente aquellos casos de defraudación dolosa en prestaciones de Seguridad Social que causen un perjuicio grave al patrimonio de la Seguridad Social, introduciendo un nuevo apartado 307.ter.

Por otra parte, se plantea la modificación del Código Penal para sancionar a aquellos que empleen simultáneamente a una pluralidad de trabajadores sin comunicar su alta en la Seguridad Social, o sin haber obtenido la correspondiente autorización de trabajo.

Por último, se modifica la redacción del artículo 398, relativo a la falsificación de certificaciones por terceros de documentos de la Seguridad Social, que se considerarán delitos de falsedad documental, y se introduce un nuevo delito que tipifica los supuestos de falseamiento de la contabilidad de las Administraciones Públicas, cuando de este modo se crea un peligro para el patrimonio público administrado.

La especial trascendencia de los bienes jurídicos protegidos (los derechos de los trabajadores y los recursos económicos de la Seguridad Social) motivan las modificaciones propuestas del Código Penal en relación con los delitos contra la Seguridad Social y contra los derechos de los trabajadores.

Telefónica presenta Tu Me, una mezcla de Whatsapp, Skype y Foursquare

Viernes, 11 de mayo de 2012

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9 de Mayo de 2012 En espaciodircom
Frente a la proliferación de servicios gratis de mensajes y llamadas desde el móvil que utilizan la voz sobre IP, Telefónica ha lanzado una nueva aplicación, propia y gratuita, que pretende arañar parte del pastel. Bajo el nombre de Tu me, el operador ha anunciado su disponibilidad “a nivel mundial”, aunque de momento sólo en inglés.
Esta nueva aplicación permite hacer llamadas gratis entre usuarios de la aplicación (como Viber o Skype) y enviar mensajes de voz, así como el envío de mensajes de texto, (como Whatsapp), fotos y localizaciones (como Foursquare).
La compañía ha destacado que todas estas funcionalidades se pueden utilizar “desde un único control y una única pantalla, sin necesidad de abrir otras aplicaciones o pestañas”. Una de las diferencias que remarca Telefónica es que la actividad de la aplicación queda registrada y guardada en un timeline en el que se pueden realizar búsquedas para repescar un mensaje antiguo. Además, la plataforma almacena el contenido en un servidor remoto para mantenerlo disponible “incluso si se extravía el dispositivo móvil”.
Jamie Finn, director de Producción de Comunicaciones de Telefónica Digital, ha confirmado a través de Twitter que las comunicaciones a través del sistema van ecriptadas, y que “en este momento en TU Me guarda mensajes de audio, fotos y mensajes de texto”.
Estos contenidos estarán almacenados en data centers de Telefónica en Europa, pero más adelante se utilizarán servidores en otras regiones
Este servicio tiene vocación global, es decir, podrá funcionar en todas las plataformas. Por el momento estará disponible sólo para iOS (iPhone), y ya es descargable gratis a través de la AppStore. “Pronto” estará disponible para teléfonos con sistema operativo Android. También está pensada para funcionar en todos los operaradores del mundo, no sólo en Telefónica.
De hecho, sólo requiere que el dispositivo esté conectado a Internet, bien a través de la red de datos, bien mediante WiFi. De momento la aplicación sólo está en inglés, aunque Jamie Finn confirmó que la versión española es “prioridad uno para el equipo”. La aplicación ha sido desarrollada por equipos de la compañía en España, Reino Unido e Israel.

La escritura no puede inscribirse sin probar que se pagó a Hacienda

Viernes, 11 de mayo de 2012

Lucía Sicre 10/05/2012 – El artículo en El Economista
La presentación de una escritura ante el registro de la propiedad deberá incluir justificación del pago del impuesto correspondiente para que el registrador pueda calificarla e inscribirla, por lo que, en caso contrario, sólo se podrá extender el asiento de presentación.
La Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) cambia de rumbo con esta resolución y vuelve a su doctrina clásica, “más conforme” con la literalidad de la Ley Hipotecaria y a las últimas sentencias en esta materia, en las que se entiende que prima el cumplimiento de las obligaciones fiscales sobre la protección de los intereses del administrado.
En este caso se presentó en el Registro de la Propiedad telemáticamente copia autorizada de una escritura de préstamo hipotecario, de forma que, en garantía de un préstamo, se hipotecaban dos fincas, distribuyéndose la responsabilidad entre ambas. El registrador practicó el asiento de presentación y suspendió la calificación, de acuerdo con lo dicho en el artículo 255 de la Ley Hipotecaria, al no haberse acreditado la liquidación del impuesto.
Interpretación de la ley
El artículo 255 de la Ley Hipotecaria establece que “podrá extenderse el asiento de presentación antes de que se verifique el pago del impuesto”, si bien en ese caso “se suspenderá la calificación y la inscripción u operación solicitada, y se devolverá el título al que lo haya presentado, a fin de que pague el impuesto”.
Sin embargo, la DGRN venía entendiendo que este artículo, en relación con el 224, debía interpretarse en “un sentido favorable al administrado”, permitiendo al registrador calificar e inscribir la escritura, y negándose por tanto que éste pudiera simplemente extender el asiento de presentación.
Esta postura, ahora revocada, se basaba en agilizar el tráfico y su seguridad, ya que, admitiendo la calificación e inscripción, “el otorgante del título o cualquier interesado en su inscripción podrían conocer la totalidad de los defectos sin necesidad de esperar a nuevas decisiones del registrador.
Sin embargo, esta interpretación “se ha visto desvirtuada por reiteradas sentencias judiciales que han declarado la nulidad de varias de las resoluciones que consagraban dicha doctrina”. Así, la DGRN entiende ahora que es “claro y determinante” el veto a cualquier actuación registral “si no se cumplen previamente determinadas obligaciones fiscales”.
La conclusión es que, en caso de falta de acreditación de la liquidación, el registrador podrá practicar el asiento de presentación y suspender la calificación, y sólo cuando se acredite tal requisito, deberá calificar globalmente en el plazo de quince días.

Montoro prepara una rebaja de las cotizaciones sociales por 5.000 millones

Viernes, 11 de mayo de 2012

Plan de Estabilidad 2012-2015
09/05/2012 EuropaPress – La noticia en Finanzas.com
El Gobierno no se plantea subidas de impuestos que no sean compensadas con rebajas en otros tributos
comentarios
El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, ha desvelado que el Gobierno plantea en el Plan de Estabilidad 2012-2015 que la subida de impuestos indirectos del 0,8% prevista se compense con una bajada de cotizaciones que detraería ingresos en un 0,5%, el equivalente a 5.000 millones de euros.
Así lo ha indicado en respuesta a una interpelación del senador de CiU Ferrán Salvado en la sesión de control al Gobierno, en la que recordó que tras la rueda de prensa del Consejo de Ministros del pasado 27 de abril toda la atención se centró en la subida de impuestos indirectos con la que el Gobierno podría recaudar 8.000 millones.
Si bien, Montoro aseguró en la tribuna del Senado que el Gobierno no se plantea subidas de impuestos que no sean compensadas con rebajas en otros tributos porque “el contribuyente no tiene que pagar más”, aunque haya una preocupante caída de la recaudación, y añadió que en el Plan de Estabilidad, además de la referencia a un incremento de la imposición indirecta, “a continuación se dice que la recaudación de las cotizaciones sociales se reducen un 0,5%”. “Eso no aparece en la prensa, claro que hay una estrategia”, añadió.
Fuentes del Ministerio de Hacienda aclararon que la subida de impuesto indirectos se produciría en caso de que produjera una mejora de la situación económica.
Tiene que acabarse el “con iva o sin iva”.
Por otro lado, Montoro ha señalado que los ingresos impositivos cayeron en 2011 hasta el 35,1% del PIB en 2011, a lo que añadió que una cifra así “no se ve por el mundo desarrollado”.
Dicho esto, Montoro puso el acento en la lucha contra el fraude fiscal, ya que, según dijo, tras la pregunta de “con IVA o sin IVA”, que se ha hecho habitual al cobrar un servicio, se esconde la falta de recursos para financiar los servicios públicos.
“Hay que acabar con este vicio o manía de preguntar con IVA o sin IVA. Se tiene que acabar esa pregunta y lo vamos a perseguir, porque por las buenas no se consigue todo y los gobiernos estamos para tomar decisiones”.

Nuevas comisiones bancarias

Viernes, 11 de mayo de 2012

La noticia en ABC.es

Nuevas comisiones bancarias: 1,50 euros por escribir el concepto en un ingreso
Los bancos recurren al cobro de nuevas tarifas para afrontar la mala situación del sector
Teresa Sánchez Vicente/ Madrid Día 09/05/2012 -
Los bancos recurren cada vez más al aumento e introducción de nuevas tarifas en plena reestructuración del sistema financiero. La organización de consumidores OCU ya advirtía a finales de 2011 de esta tendencia y denunciaba que las operaciones que más habían subido eran las transferencias de una entidad bancaria otro, un 44,2% respecto a principios de año.
Así, el valor medio de una transferencia en plaza distinta se situaba en marzo de 2012 en 4,53 euros, según datos del Banco de España. En el caso de BBVA, tiene un coste mínimo de 3,25 euros con un complemento de tres euros por pago en efectivo, según las tarifas actualizadas ayer. En otras entidades, como el Santander, las comisiones son de 3,50 euros por operación a un banco diferente; y en Bankia, de 3,25 euros.
Pero no solo de transferencias viven los bancos, algunos como el Banco Popular incorporaron a mediados de febrero nuevos sobrecostes como el cobro de un 1,5 euros por indicar el concepto al realizar un ingreso bancario. La entidad presidida por ́ngel Ron también ha introducido como novedad el cargo de 0,50 euros cada vez que se retira efectivo en la ventanilla de cualquier oficina. Otros, como BBVA, aplican una tarifa de 1,50 euros por pagos en efectivo en plazas distintas a donde esté domiciliada la cuenta.
Las entidades financieras también recurren a cobros por cada apunte o movimiento, siempre y cuando no se tenga domiciliada la nómina. Barclays y Santander cargan 0,60 euros y por su parte, BBVA y Popular, 050.
Desde la organización de consumidores Facua advierten de que las entidades sí pueden modificar de forma unilateral las comisiones de mantenimiento y administración, pero siempre y cuando se comunique al cliente y se exponga en el tablón de anuncios de las entidades.

Arcos. Urbanismo acelera la legalización de viviendas

Viernes, 11 de mayo de 2012

09/05/2012 Jose Antonio Benítez Macías – La noticia en arcosinformación.es
La Delegación de Urbanismo ha anunciado una amplia agenda de reuniones sectoriales, siendo la más destacada la programada para el próximo jueves con los propietarios de viviendas ilegales y con los presidentes de asociaciones afectadas por el proceso de regularización.

El objetivo es informar sobre el decreto a este respecto de la Junta de Andalucía y de la redacción del próximo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), aunque el delegado del área, Manuel Erdozain, espera que el encuentro sea “el pistoletazo de salida definitivo” para el proceso de regularización. Urbanismo aprovechará para entregar a los afectados una ficha técnica de cara a la elaboración de un inventario sobre el número de viviendas y parcelas ilegales de Arcos, que se estiman en más de 1.000.

El proceso será “complicado, difícil y largo”, según el delegado, quien añadió que “ya no hay camino de retorno” en este asunto. Por lo pronto, estas viviendas tendrán que ponerse al día en la contribución, por lo que tendrán que darse de alta en servicio esenciales como la recogida de basuras (en la actualidad casi ninguna paga este servicio), con lo cual aumentarán los ingresos municipales. También se les exigirá un alta en el catastro y en otros servicios.

A partir de ahora, en el plazo de un mes y medio o dos, se preparará un plano del término municipal que contemple estas viviendas ilegales; un trabajo que servirá de base para el futuro avance del PGOU y del que se espera sea una realidad una vez se aprueben los próximos presupuestos, posiblemente a lo largo del mes.
Antes, el próximo lunes tendrá lugar una reunión con los vecinos de El Jadramil para escuchar sus demandas y atender a la inquietud de los propietarios de viviendas fuera de ordenación, como también el martes se celebrará otra con los vecinos de El Portichuelo para departir sobre los cambios introducidos en la circulación de vehículos y en los servicios prestados; una barriada que cuenta ya con su propio servicio de parques y jardines y donde se ha ordenado el tráfico con la incorporación de todo tipo señales. Para el miércoles se ha programado una reunión en La Pedrosa para tratar con los vecinos de El Drago la regularización de viviendas y la dotación de agua potable, entre otros temas, ya que este núcleo rural se encuentra en vía pecuaria y requieren una actuación a este respecto.
Por lo pronto se realizará un levantamiento topográfico, y la idea es incorporar el expediente al de la Vega de los Molinos, para que Patrimonio regularice y ordene el territorio, para que a su vez el Ayuntamiento pueda emitir licencias de ocupación y tratar la posible dotación de agua. Y para el jueves, nueva reunión con los vecinos de Las Sierpes para tratar otras demandas.

Erdozain señaló que “este Gobierno no para de trabajar, de mañana, de tarde y de noche”, pero sobre todo lamentó que el grupo socialista critique aspectos de la gestión en su tratamiento con las barriadas “cuando algunos no han dado palo al agua en ocho años”. En este sentido, dijo no entender que se critique el retraso en la escrituración de viviendas en la Vega de los Molinos cuando el equipo de Gobierno ha entregado las fichas técnicas de Patrimonio para un trabajo coordinado entre este organismo, la Empresa Pública del Suelo de Andalucía y Urbanismo, con lo cual todo el proceso está ya en el catastro de Jerez, donde estos días se termina el expediente. El próximo paso será inscribir las viviendas en el registro de la propiedad, y en poco tiempo los arquitectos de la Junta y municipales abordarán el proceso de reparcelación de la barriada rural; una medida que el delegado consideró “histórica”.

Erdozain agradeció en esta dirección el trabajo “codo con codo” con el presidente de la asociación vecinal, José Luis Heras, y rechazó las críticas del PSOE, al que acusó de desconocer la gestión que realiza el equipo de Gobierno.