Archivo del 26 de mayo de 2012
Seguridad jurídica y lucha por la inversión extranjera
Sábado, 26 de mayo de 2012 25.05.2012 Ignacio Gómez-Sancha El artículo en Expansión
Hace años, en mi primera conference call con un inversor americano, me preguntó si teníamos en España un Registro de la Propiedad que garantizase la seguridad jurídica y si había riesgo de que sus normas cambiasen a posteriori.
Me dolió que creyera que éramos un país del tercer mundo, pero comprendí hasta qué punto el capital extranjero valora la predecibilidad y estabilidad de las normas; es decir, la seguridad jurídica. Por esta razón, y en un entorno mundial incierto, donde los Estados y las empresas luchan ferozmente por captar el capital extranjero, me sorprendió que en abril el Gobierno argentino presentara el proyecto de ley en cuya virtud expropia la participación de Repsol en YPF y recientemente el boliviano expropiara la filial de Red Eléctrica de España. De un lado, es preocupante la forma en que han obviado uno de los pilares sobre los que se construye toda sociedad moderna, la seguridad jurídica; de otro, no deja de sorprender cómo desprecian el perjuicio auto-infligido a su ya maltrecha reputación internacional.
En la gran mayoría de los ordenamientos jurídicos una expropiación debe ir respaldada por una ley que contemple la utilidad pública de la expropiación y regule ex ante el modo de valorar y pagar lo expropiado. A falta de esa ley, Argentina ha aprobado una sobre la marcha, que faculta al Gobierno a “adoptar todas las acciones y recaudos necesarios hasta que asuma el control de YPF S.A., a efectos de garantizar el abastecimiento de hidrocarburos”. Es una ley singular, que no expropia todos los hidrocarburos, sino sólo la inversión de Repsol. Un cambio normativo tan arbitrario, por mucho que sea bendecido por el parlamento argentino, atenta contra el principio incuestionable en un país abierto al capital extranjero: el de seguridad jurídica. Desaparecida ésta, los inversores extranjeros que se atrevan a arriesgar su capital en Argentina exigirán elevadísimos retornos.
Derechos de las empresas
En un Estado de Derecho son varios los principios que protegen los derechos de los ciudadanos y de las empresas frente a los posibles abusos del Estado. El llamado principio de protección de la confianza legítima (reconocido internacionalmente y, en España, amparado con carácter fundamental por el art. 9.3 de la Constitución) salvaguarda los derechos adquiridos, y en ocasiones aun las simples expectativas, en caso de verse truncados por modificaciones legislativas o administrativas. La protección de la confianza legítima radica, a su vez, en la exigencia de la más elemental seguridad jurídica. En virtud de ésta, los administrados tienen el derecho a que la ley garantice un mínimo de estabilidad sobre la cual construir un proyecto sin trastornos en las relaciones jurídicas ya entabladas ni cambios súbitos en las expectativas jurídicas. Por todo ello, resulta loable que el Gobierno español afirmara que “cualquier agresión violando el principio de seguridad jurídica a Repsol será considerado como una agresión al Gobierno español”.
Pero cuando al día siguiente leía que la expropiación reducirá un 20% del beneficio neto de Repsol me acordé de que muchos inversores han perdido, o temen perder, incluso más de resultas de un cambio reciente de rumbo en la regulación española: la modificación de la regulación sobre instalaciones de producción eléctrica en régimen especial, esto es, los recortes a las primas de las energías renovables. Se trata, sin duda, de dos casos distintos: en éste no hay ahí un expolio singular arbitrario, como en los casos de Repsol y Red Eléctrica, pero también está en juego la seguridad jurídica.
Bajada de la rentabilidad
Quienes en su día nos sentimos llamados por el Gobierno a una nueva era en la que se iba a primar al pequeño productor de energía fotovoltaica (¿recuerdan los 100 KW?) bajo el reclamo de una “rentabilidad razonable”, e invertimos y obtuvimos avales, hemos visto cómo mientras esperábamos la asignación definitiva se nos bajaba la rentabilidad esperada hasta hundirnos en pérdidas, que hemos tenido que cortar de golpe, sin expropiación ni justiprecio.
Muchos fondos extranjeros han presentado demandas de arbitraje por los cambios ya aprobados. Ahora el sector y los millones de euros ya comprometidos para obtener la inscripción en el Registro de preasignación de retribución creado por el Real Decreto-Ley 6/2009 están a la espera de conocer su futuro. Es una industria en la que España es líder y a la que ha atraído numerosísimas inversiones extranjeras de países tan diversos como Estados Unidos, Alemania, Japón o Emiratos Írabes. Sin embargo, el regulador parece ir en otra dirección: un reciente informe de la CNE sugiere reducir las primas para su armonización con las tarifas reguladas, modificar su senda temporal, e incluso suprimir directamente el régimen primado para inversiones actualmente operativas o en fase de ejecución (y sin justiprecio en el horizonte).
Los estudiosos siguen debatiendo la distinción entre ”˜expropiación”™ y “re-delimitación legal, no indemnizable, de la propiedad”, pero las inversiones en energías renovables eólicas, fotovoltaicas o termosolares se han hecho a partir de posiciones jurídicas consolidadas, proyectadas a 30 años en virtud de títulos jurídicos habilitantes. La inscripción de una instalación proyectada en el registro de preasignación y el consiguiente aseguramiento de una retribución constituye el contrato que cada inversor firma con el Estado.
Las condiciones pueden modificarse para proyectos ulteriores, pero ¿se pueden variar para proyectos ya inscritos, con la inversión realizada o en curso, sin al mismo tiempo destruir la seguridad jurídica y, por ende, la reputación de España? Comparto que se puede discutir si España está en condiciones de apoyar nuevos proyectos en este sector. Pero lo que no se puede permitir, porque será mucho más caro (lo pagaremos en la famosa prima de riesgo y en ausencia de inversión exterior en empresas) es cambiar las reglas del partido cuando ya ha empezado, especialmente si no media justiprecio, algo inadmisible tanto en Argentina y Bolivia como en España. Está en juego no sólo una industria en la que España es puntera, sino nuestra reputación internacional y, por tanto, el coste de capital para España y sus empresas.
Estadística Registral Inmobiliaria-1er Trimestre 2012
Sábado, 26 de mayo de 2012 Viernes, 25 de mayo de 2012
El Colegio de Registradores, a través de su Centro de Procesos Estadísticos, con el asesoramiento técnico habitual del equipo investigador de la Universidad de Zaragoza, presenta los resultados de su Estadística Registral Inmobiliaria relativos al primer trimestre del año 2012.
COMPRAVENTAS DE VIVIENDA INSCRITAS EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD
Las compraventas de vivienda registradas en el primer trimestre del año 2012 muestran una relativa recuperación, superando los últimos cuatro trimestres, con 92.211 compraventas. Estos resultados deben ser tomados con precaución por estar influenciados por diferentes factores: la reducción de precios especialmente intensa en los últimos trimestres, propiciada también por los activos inmobiliarios del sector financiero, así como el mantenimiento del IVA reducido en viviendas nuevas, que han crecido más que las usadas.
Sin embargo, en los últimos doce meses (datos interanuales hasta marzo), las compraventas de vivienda inscritas han sido 337.873, lo que supone el resultado interanual más bajo de la serie histórica (desde 2005), motivado por los bajos niveles de compraventas de trimestres precedentes.
DISTRIBUCIÓN DE COMPRAVENTAS DE VIVIENDA
El mayor crecimiento intertrimestral ha venido dado por la vivienda nueva, con 48.691 compraventas, 11.085 más que el pasado trimestre. La vivienda usada también ha aumentado, con 43.520 compraventas, 5.477 más que en el cuatro trimestre de 2011. En el primer trimestre del año las compraventas de vivienda nueva (52,80%) han obtenido un mayor margen que en trimestres precedentes con respecto a las compraventas de vivienda usada (47,20%). La vivienda nueva protegida ha mantenido el ritmo de crecimiento de los últimos años, alcanzando un peso del 9,18% del total de compraventas de vivienda.
En los últimos doce meses las compraventas de vivienda nueva han alcanzado las 170.706 y las de vivienda usada 167.167. Estos resultados suponen un descenso interanual del -25,33%, con resultados similares en vivienda nueva (-25,56%) y en vivienda usada (¿25,11%).
IMPORTE MEDIO DE CRÉDITO HIPOTECARIO SOBRE VIVIENDA
El endeudamiento hipotecario por vivienda también ha intensificado la senda descendente, dando lugar a una reducción del -4,28% durante el primer trimestre del año. El resultado medio alcanzado ha sido de 109.453 €, lo que supone un nivel de endeudamiento similar al que existía durante el año 2004. Todas las comunidades autónomas han presentado descensos durante el último trimestre, alcanzando lo mayores importes las comunidades autónomas con precios de la vivienda más elevados: Comunidad de Madrid (179.629 €), País Vasco (139.404 €), Cataluña (118.534 €), Baleares (113.783) y Navarra (113.674 €). El menor nivel de endeudamiento por vivienda ha correspondido a Extremadura (68.534 €), Murcia (69.035 €) y Canarias (79.887 €).
TIPOS DE INTERÉS CONTRATADOS EN LOS CRÉDITOS HIPOTECARIOS SOBRE VIVIENDA
Los tipos de interés contratados en los nuevos créditos hipotecarios han seguido formalizándose a tipo de interés variable en su gran mayoría, alcanzando un peso del 96,87%. Los tipos de interés fijo han presentado un ligero crecimiento, pero todavía con cuantías muy reducidas (3,13%). Del total de contratación a tipo de interés variable (96,87%), el 90,89% han utilizado como índice de referencia el EURIBOR, el 4,20% el IRPH y el 1,78% otros índices de referencia.
Las cuantías de los tipos de interés de los nuevos créditos hipotecarios en el primer trimestre del año alcanzaron un tipo de interés medio del 4,13%, mientras que el tipo de interés medio de los últimos doce meses fue del 3,98%. Estas cuantías continúan incrementándose durante los últimos meses, a pesar de la tendencia descendente del principal índice de referencia (EURIBOR), como consecuencia del incremento del riesgo que aprecian las entidades financieras debido a la situación económica del país.
DURACIÓN DE LOS NUEVOS CRÉDITOS HIPOTECARIOS SOBRE VIVIENDA
En cuanto a los plazos de contratación, El primer trimestre de 2012 se ha cerrado con un plazo medio situado en 23 años y 9 meses. El descenso del último trimestre ha sido del -3,03%, acumulando cuatro trimestres consecutivos de descensos. En el último año el descenso en los plazos ha sido del ¿5,57%.
Las comunidades autónomas con mayores plazos medios han sido Comunidad de Madrid (28 años), Navarra (27 años y 7 meses), País Vasco (25 años y 9 meses) y Cantabria (25 años).
CUOTA HIPOTECARIA MENSUAL
Durante el primer trimestre del año, la cuota hipotecaria mensual media ha sido de 603,32 € y el porcentaje de dicha cuota con respecto al coste salarial del 31,84%. Esta cuota hipotecaria resulta similar a la alcanzada durante el año 2005, mientras que el porcentaje de la misma con respecto al coste salarial se sitúa próximo a los mínimos de la serie histórica.
Las comunidades autónomas con mayores importes de cuota hipotecaria mensual media han sido Comunidad de Madrid (871,32 €), País Vasco (695,01 €), Baleares (688,47 €) y Cataluña (669,11 €). Por el contrario, los menores resultados se han alcanzado en Extremadura (389,67 €), Murcia (425,12 €) y La Rioja (489,39 €). En cuanto al porcentaje de dicha cuota con respecto al coste salarial, los niveles máximos han correspondido a Comunidad de Madrid (39,68%), Baleares (38,87%) y Cataluña (32,86%), mientras que en el extremo opuesto se encuentran Extremadura (24,05%), Murcia (24,75%) y Navarra (26,67%).
La Estadística Registral Inmobiliaria completa se puede consultar en http://www.registradores.org/estadisticas_propiedad_1682.jsp
El Gobierno aprueba las ‘licencias exprés’ para los comercios
Sábado, 26 de mayo de 2012 Las grandes empresas también podrán acogerse
25.05.2012 La noticia en Expansión.com
El Consejo de ministros ha aprobado hoy las ‘licencias exprés’ para reducir la burocracia a los comercios que esperan una licencia municipal. Consulte la información en Expansión Orbyt.
Así lo ha anunciado la vicepresidenta primera, Soraya Saénz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Entre las medidas a las que se ha dado luz verde el Gobierno se encuentra la normativa que sustituirá al actual sistema de licencias municipales para abrir un pequeño comercio por otro denominado de “autolicencia exprés” que persigue reducir los plazos de apertura de un establecimiento comercial.
“La medida busca apoyar a los emprendedores, se les pone la alfombra roja para que puedan abrir su negocio”, ha dicho Saénz de Santamaría.
Se trata de un cambio completo de modelo que reducirá los plazos actuales, que oscilan entre los 6 y los 18 meses, para la obtención de licencia, que se sustituye por un sistema ‘a posteriori’, que requerirá un plan municipal de inspección, según avanzó recientemente el secretario de Estado de Comercio, Jaime García-Legaz.
La pequeña empresa deberá firmar una comunicación declarando que cumple la normativa y acompañarla de un informe técnico expedido por un profesional acreditado. De este modo, podrá abrir al día siguiente de la presentación de la documentación y del pago de las correspondientes tasas, por lo que, en la Secretaría de Estado de Comercio prefieren denominarla de ‘autolicencia’ exprés.
Pese a que inicialmente se pensó limitar a establecimientos titularidad de un autónomo o pymes, finalmente, las grandes empresas también podrán acogerse al mecanismo, siempre que la superficie de la sala de venta del local no exceda los 300 metros cuadrados, aunque la vicepresidenta ha asegurado que esta extensión podría ampliarse.
El Ejecutivo prevé tener en marcha esta “licencia exprés” antes del verano. Según han señalado fuentes gubernamentales a Europa Press, la eliminación de las autorizaciones municipales previas a la apertura de un local cuenta con un “amplio consenso” del sector y las comunidades autónomas y responde al objetivo de crecimiento “puro y duro” y no de recorte para mantener la actividad y con ello la creación de empleo.
Con esta iniciativa, el Ejecutivo de Mariano Rajoy pretende simplificar el proceso burocrático para recuperar el tejido comercial y reactivar un sector que acumula una caída de ventas del 17,5% en los últimos cuatro años. Desde el año 2000, el comercio al por menor ha pasado de 617.000 a 606.000 establecimientos.
La nueva regulación será aplicable a las pymes, incluidas franquicias, con un local inferior a 300 metros cuadrados dedicado a la distribución alimentaria o a otras actividades especializadas como artículos de deporte, floristerías, equipamiento del hogar, droguerías, tintorerías o centros de estética, entre otros.




