Los divorcios de Gallardón
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Alfonso Álvarez Suárez, magistrado Juzgado Lo Penal nº 1 Cuenca y Presidente Sección Territorial CLM Foro Judicial Independiente
Nuestro inefable “Faraón de San Bernardo” (cariñoso apelativo que alude en primer lugar a las obras que caracterizaron su largo mandato en Madrid y en segundo a la sede madrileña del Ministerio), el Sr. Ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón, nos sorprendió la semana pasada con un nuevo globo sonda, de esos espectaculares que a él tanto le gustan, proponiendo que los matrimonios civiles y los divorcios de mutuo acuerdo puedan ser cumplimentados en las Notarías, según él para desatascar los Juzgados, medida novedosa y revolucionaria-eso sí es verdad- que tiene muchas aristas que pasamos a explicar a esa ciudadanía que de estos temas conoce más bien poco.
Para empezar, debe saber el común de los mortales que los divorcios de mutuo acuerdo son procedimientos de tramitación muy corta; se admite la demanda, se cita a los todavía cónyuges a ratificarla, se remite al Ministerio Fiscal para que dé su visto bueno solo si hay menores de edad y se dicta sentencia. Es más, como el tramitador de turno sea espabilado, hasta pone la sentencia él solito y se la pasa a firmar a Su Señoría, pues en una sentencia de este tipo lo único que varía son los nombres de los contrayentes, la fecha del matrimonio y la fecha del convenio regulador. Sentencias de modelo, vamos. ¿Y qué decir de los matrimonios civiles? Expediente al canto en el Registro Civil correspondiente y celebración ante Su Señoría que despacha la ceremonia en 3 o 4 minutos, salvo que al actuante le dé por cantar o recitar una poesía, que de todo hay en la viña del Señor (depende de la voz de cada uno y de la euforia que le entre en el trance). Ay, como no recordar aquellas bodas que uno celebraba en un anterior destino extremeño, simpar algarabía, en la que rara era la ocasión en la que el típico tío –o abuelo- rumboso y fanfarrón que todos tenemos sacaba la cartera al final de la ceremonia y le preguntaba a ese de toga negra que había celebrado la ceremonia –“oiga cuanto se debe”- contestando este sorprendido cronista que -“nada”-, a lo que contestaba el ocasional patrocinador –“ vaya, de las pocas cosas que siguen siendo gratis en España…”-.
Así que, de exclusión significativa de procedimientos a tramitar, nada de nada: si no se incluyen en la reforma los divorcios contenciosos (no podía ser de otra manera) y los divorcios de mutuo acuerdo con menores, ¿en qué queda la novedad? Como diría un castizo, en ná: aún resultando aventurado destacar una cifra, en un Juzgado de Primera Instancia puro –para entendernos, un Juzgado “solo civil”- la rebaja de procedimientos la calculo en un 5% y en un Primera Instancia e Instrucción (“civil y penal”, como los cuatro de nuestra querida ciudad de Cuenca) en un 1% como mucho. Por seguir con el ejemplo conquense, los otros 5 Juzgados de otros órdenes jurisdiccionales ni se enterarán de la reforma. Por ello, y si en serio se quieren agilizar los trámites, remítase a las Notarías la posibilidad de instruir el expediente completo de matrimonio o conocer, por ejemplo, de las modificaciones que pidan uno de los contrayentes en contra del otro, aunque claro, eso “ya no mola”; mejor celebrar un acto concreto, 5 minutos, una firmita, el dinero por delante y a correr.
Más inexactitudes: se nos dice, para justificar la medida, que será más barato para el ciudadano. Afirmación muy dudosa. El Notario cobrará la cantidad estipulada por celebrar el divorcio o el matrimonio (más concretamente, por pedir el consentimiento para ello a los contrayentes), menos de 100 euros seguro que no, cosa que el Juez no hace (va en el sueldo); de la asistencia letrada no van a prescindir los cónyuges para redactar el convenio regulador, así que, ¿ahorro? Como no sea de tiempo de espera en el caso de algún Juzgado colapsado…
Ojo, que no se trata de atizarle al Ministro sí o sí; de hecho, a mi me parece bien esta medida y estoy de acuerdo con ella, aunque la rebaja en el excesivo trabajo que pesa en los Juzgados sea nimio e inapreciable (menos da un piedra); es más, las demás medidas anunciadas –prisión permanente revisable, juicios rápidos en civil, etc- tienen muchísimos aspectos positivos y algunos hasta heroicos (¿se atreverá Rajoy a que 12 de los 20 Vocales del CGPJ sean elegidos directamente por nosotros los jueces?) y sí que son verdaderas e importantes reformas encaminadas en el camino correcto, por lo que, si las lleva a buen puerto, el Sr. Ministro tendrá en mi a uno de sus más rendidos admiradores; con lo que no puedo estar de acuerdo es con esta táctica –buenos réditos le da al Ministro, que ya figura como el más valorado del Gobierno en la última encuesta del CIS- de globos sonda semanales tendentes a considerar piedra angular de la reforma de la Justicia a algo que es simplemente un mínimo apaño, con el único objetivo de que se hable de uno. Apaño que, además, no se sabe ni como ni cuando va a entrar en vigor, pues está a expensas de la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria, texto que, desde que uno es mayor de edad judicial, se rumorea que va a salir y nunca se publica en el BOE.
Para finalizar, tirón de orejas: que los que dieron la tabarra hasta conseguir un divorcio express que se puede instar a los 3 meses de la celebración del matrimonio (tiempo, como se ve, largo y extenso para tomar una decisión meditada y certera) y pelearon hasta la muerte por esos registros administrativos de parejas de hecho que existen en los Ayuntamientos, se rasguen ahora las vestiduras porque la atribución a los Notarios de los matrimonios y los divorcios “reduce las relaciones de familia y ataca al Derecho Público” (comunicado de la Federación de Mujeres Progresistas, o algo así, que en ese mundo uno se pierde) es de traca. Debe parecerles que el término “Notario” suena bastante más arcaico y facha que “Juez”. Y es que a algunos hasta en cuestiones tan técnicas y complejas como éstas se les ve el plumero. Siempre en vanguardia hasta hacer el ridículo.
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