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- Rusia: declaración del Alto Representante, en nombre de la Unión Europea, sobre la condena de Alexei Navalny
- El empleo continuó recuperándose en el cuarto trimestre de 2020 y la tasa de paro se redujo hasta cerrar el año en el 16,1%, mejorando las previsiones del Gobierno
- El Gobierno apuesta por la recuperación de los humedales con el objetivo de alcanzar, en 2030, las cerca de 40.000 hectáreas restauradas
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- Estado de situación del COVID-19
- Campo: «El ordenamiento jurídico ya tiene herramientas precisas para hacer frente de forma eficaz al fenómeno de la ocupación»
- Proyecto Curtis en España: el BEI debe pronunciarse sobre la solicitud de revisión de ClientEarth
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- La Vicepresidenta de la CNMV presidirá el comité de sostenibilidad de ESMA
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- La Agencia Tributaria reforzará con ‘big data’ el control de españoles que simulan residir en el extranjero
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- Ábalos reafirma que el Gobierno sigue trabajando para hacer efectivo el derecho a una vivienda digna y adecuada, especialmente para los más vulnerables
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- Estado de situación del COVID-19
- El Tribunal Supremo dictamina que los ERTE por fuerza mayor a causa del COVID-19 son compatibles con el derecho concesionario a solicitar el restablecimiento económico del contrato
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- Estado de situación del COVID-19
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Archivo de diciembre de 2016
sábado, 31 de diciembre de 2016
Tribunal Constitucional
Gabinete del Presidente
Oficina de Prensa – tribunalconstitucional.es
Nota informativa Nº 100/2016
EL TC reitera que las nuevas medidas previstas en la LOTC tienen como finalidad velar por el cumplimiento de sus resoluciones
El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña contra la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), que incluyó nuevas medidas para velar por el cumplimiento de las resoluciones del Tribunal. Ha sido ponente de la resolución el Magistrado Pedro González Trevijano. Emiten voto particular discrepante la Vicepresidenta, Adela Asua, y los Magistrados Fernando Valdés Dal-Ré y Juan Antonio Xiol.
El recurso interpuesto por la Generalitat presenta palmarias similitudes con el formulado contra la misma ley por el Gobierno del País Vasco, que fue resuelto por la STC 185/2016, el pasado 3 de noviembre, lo que determina que, en relación con esas alegaciones coincidentes, el Tribunal se remita a los argumentos de dicha resolución.
A diferencia del Gobierno vasco, la Generalitat impugnó el art. 92.4 a) LOTC, que prevé la imposición de “multas coercitivas de tres mil a treinta mil euros a las autoridades, empleados públicos o particulares que incumplieren las resoluciones del Tribunal (…)”. Los demandantes alegan que este precepto vulnera los principios constitucionales de seguridad jurídica (art. 9.3 CE) y de legalidad en materia sancionadora (art. 25.1 CE). En su opinión, el “excesivo y desproporcionado importe” de las multas les confiere un carácter sancionador o de castigo; asimismo entienden que se han vulnerado las garantías que deben ofrecer las normas sancionadoras porque no existe “parámetro alguno de gradación de las multas ni de los plazos para reiterarlas”.
La sentencia explica que la LOTC autoriza al Tribunal a imponer multas coercitivas desde su redacción originaria, de 1979. La reforma de 2015, ahora impugnada, mantiene las multas coercitivas como una de las medidas que el Tribunal puede adoptar en los supuestos de incumplimiento de sus resoluciones y con una configuración “sustancialmente similar a la que tenían en la anterior redacción de la LOTC”. La diferencia estriba en el incremento de su cuantía.
El Tribunal rechaza que las multas coercitivas tengan carácter sancionador, como alega la demanda. En este punto, reitera lo afirmado en la STC 185/2016 en el sentido de que no todas las medidas cuya finalidad es la de disuadir de determinados comportamientos pueden ser consideradas sanciones.
El carácter sancionador de la medida deriva de si, además de la finalidad que se persigue con su imposición, “hallamos en ella la presencia de la ‘finalidad represiva, retributiva o de castigo’”. Según explica la Sentencia, las multas coercitivas previstas en la LOTC obedecen a una función de “estímulo respecto a la obligación de todos los ciudadanos y poderes públicos de cumplir las resoluciones del Tribunal Constitucional (arts. 9.1 CE y 87.1 LOTC), tendente a la modificación del comportamiento de quien incumple” una resolución del TC pese a estar obligado a ello. Por lo tanto, “no se trata de una medida sancionadora en sentido propio, pues no se impone con una finalidad represiva o retributiva por la realización de una conducta antijurídica, sino como coerción o estímulo para el cumplimiento de un deber jurídico o, lo que es lo mismo, como disuasión para su incumplimiento”. Su finalidad no es imponer una sanción sino “garantizar la efectividad y el cumplimiento de las resoluciones del Tribunal Constitucional”.
La demanda sostiene, por otra parte, que la cuantía de las multas resulta desproporcionada en relación con la capacidad económica de los sujetos que pueden ser multados. La alegación es desestimada porque el demandante se limita a denunciar dicha desproporción sin especificar qué precepto constitucional considera vulnerado. La sentencia recuerda que será con ocasión de la imposición de una multa cuando el Tribunal decida la cuantía, respetando en cualquier caso el principio de proporcionalidad.
La demanda denuncia la inconstitucionalidad del art. 92.5 LOTC, que faculta al Tribunal para adoptar de oficio o a instancia del Gobierno, sin oír a las partes y cuando concurran circunstancias de “especial trascendencia constitucional”, las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de las resoluciones que acuerdan la suspensión de las disposiciones, actos o actuaciones impugnados. El precepto establece que en la resolución en la que se acuerden dichas medidas, el Tribunal dará tres días a las partes y al fiscal para que formulen alegaciones; tras la audiencia a las partes, el Tribunal deberá dictar una nueva resolución manteniendo, levantando o modificando las medidas previamente adoptadas.
El Pleno explica que el precepto impugnado habilita al Gobierno para instar la actuación del Tribunal cuando considere que se está incumpliendo una resolución de suspensión; pero sólo a eso, pues “es al Tribunal al que en exclusiva le corresponde” tanto apreciar si concurren o no las circunstancias de especial trascendencia constitucional, como qué medidas han de tomarse para garantizar el cumplimiento de sus resoluciones. La finalidad del art. 92.5 LOTC es “claramente la de asegurar y garantizar la efectividad de las resoluciones del Tribunal a las que se refiere el precepto”.
Por tanto, no puede apreciarse, como alega la demanda, ni una “ampliación del ámbito y los efectos de las facultades suspensivas del Tribunal Constitucional” ni tampoco “un fortalecimiento de la prerrogativa conferida al Gobierno por el art. 161.2 CE, que continúa teniendo idéntico carácter y alcance”.
Tampoco puede afirmarse, añade la sentencia, que el margen de apreciación que la reforma otorga al TC respecto a la existencia o no de “circunstancias de especial trascendencia constitucional” resulte arbitrario; asimismo, resulta justificado que sólo se confiera al Gobierno la posibilidad de instar la adopción de medidas en casos de incumplimiento de resoluciones de suspensión, pues el art. 161.2 CE atribuye únicamente al Gobierno “la prerrogativa de instar con la iniciación del proceso constitucional la suspensión automática de las disposiciones o resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas”.
En sus respectivos votos particulares, la Vicepresidenta, Adela Asua, y los Magistrados Fernando Valdés Dal-Ré y Juan Antonio Xiol se remiten a los argumentos que expusieron en relación con la STC 158/2016.
Madrid, 30 de diciembre de 2016.
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sábado, 31 de diciembre de 2016
CCOO insiste en que en 2017 debe garantizarse el poder adquisitivo de las pensiones
El sindicato apela al Congreso para desbloquear la revalorización de las pensiones, en el marco de un acuerdo que aúne el doble objetivo de garantizar el equilibrio financiero del sistema, reforzando sus ingresos, y la suficiencia de las prestaciones, mediante una fórmula de revalorización que garantice el mantenimiento de su poder adquisitivo
30/12/2016. ccoo.es
El secretario confederal de Protección Social y Políticas Públicas de CCOO, Carlos Bravo, ha valorado la inminente aprobación de la revalorización de pensiones que el Consejo de Ministros previsiblemente acordará hoy, señalando que “los datos de 2016 confirman los efectos que preveíamos de la reforma de 2013, abocando en el futuro a una pérdida progresiva de poder adquisitivo de las pensiones coincidiendo con la vuelta a una senda normal de inflación”, como la que se registra en este momento.
En lo relativo al mantenimiento de su poder adquisitivo, CCOO señala que las pensiones públicas han resistido mejor que otras rentas el envite de la crisis, especialmente en el caso de las cuantías más bajas (pensiones mínimas y pensiones no contributivas), principalmente como consecuencia de la revalorización de 2009 y 2013.
Sin embargo, las congelaciones sufridas en 2011 y 2012, han contribuido a consolidar una pérdida global de poder adquisitivo del 1,55% en lo que llevamos de crisis desde 2007, concentrando sólo en 2016 una pérdida del 0,45%.
En opinión de Carlos Bravo, “se trata de una brecha que continuará creciendo de no corregirse la estructura de ingresos del sistema y la fórmula de revalorización”. De hecho, a causa de la reforma impuesta a partir de 2013 en la fórmula de revalorización de pensiones, si el Gobierno finalmente aprueba una subida del 0,25% de las mismas en 2017 las pensiones pueden perder más de un punto porcentual de poder adquisitivo en ese año, dado que la previsión oficial de inflación se sitúa en 1,3%.
CCOO recuerda que las movilizaciones sindicales llevadas a cabo en diciembre tienen como objetivo superar los límites señalados por el Gobierno en el proceso de Diálogo Social, entre ellas, en la propuesta sindical de revalorización de pensiones. En este sentido, Bravo señala que “los sindicatos promovimos una proposición de ley para el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones que contó con el voto favorable de 180 diputados y diputadas, es decir, la mayoría absoluta del Congreso”. Así, ha instado a las fuerzas políticas a que, pese al veto del gobierno, defiendan esta iniciativa en el marco del debate parlamentario que se abrirá tras el anuncio de revalorización para el próximo ejercicio, reforzando también desde este ámbito la necesidad de abordar un acuerdo político y social amplio que aúne el doble objetivo de garantizar el equilibrio financiero del sistema, reforzando sus ingresos, junto con la suficiencia de las prestaciones, mediante una fórmula de revalorización que garantice el mantenimiento de su poder adquisitivo.
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viernes, 30 de diciembre de 2016
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viernes, 30 de diciembre de 2016
Estadística de Precios de Suelo del tercer trimestre de 2016
Las transacciones de suelo urbano aumentan un 11,1% en tasa interanual
Viernes 16 de diciembre de 2016 lamoncloa.gob.es
En este trimestre se realizaron 4.656 transacciones de suelo urbano, un 11,1% más que en el tercer trimestre de 2015. El valor del suelo transmitido fue de 648,6 millones de euros, un 17,9% menos respecto al tercer trimestre de 2015.
El precio medio del metro cuadrado del suelo descendió en el tercer trimestre de 2016 un 3,5% en tasa interanual (tercer trimestre de 2016/tercer trimestre de 2015), al situarse en 150,9 euros. Frente al trimestre anterior, el precio medio del m2 experimentó un descenso del 7,7%.
Ministerio de Fomento
En los municipios de más de 50.000 habitantes el precio medio del m2 ha descendido en tasa interanual un 17,6% tras situarse en 272,9 euros por metro cuadrado.
Los precios medios más elevados, dentro de los municipios de más de 50.000 habitantes se dieron en las provincias de Barcelona (474,1 €/m2), Madrid (Comunidad de) (449,6 €/m2), y Balears (Illes) (368,4 €/m2). Los precios medios más bajos, dentro de los municipios de más de 50.000 habitantes, se registraron en las provincias de Cuenca (67,8 €/m2), Ávila (75,9 €/m2) y Rioja (La) (77,2 €/m2).
Transacciones de suelo. Superficie y valor trasmitidos
El número de transacciones realizadas en el tercer trimestre de 2016 fue de 4.656, un 5,0% más que las realizadas en el segundo trimestre de 2016, que ascendieron a 3.435 y un 11,1% más que las realizadas en el tercer trimestre de 2015, donde se transmitieron 4.192 solares.
Según el tamaño del municipio, las transacciones se distribuyen de la siguiente forma: en los municipios menores de 1.000 habitantes se realizaron 354 transacciones, un 20,8% menos que en el mismo trimestre del año anterior; en los municipios entre 1.000 y 5.000 habitantes, se vendieron 808 solares, lo que representa un aumento del 16,4% en tasa interanual; en los municipios entre 5.000 y 10.000 habitantes, el número de transacciones fue de 889, un 63,4% más que en el mismo trimestre del año anterior; en aquellos municipios cuya población está comprendida entre 10.000 y 50.000 habitantes, las transacciones ascendieron a 1.579, un 9,1% menos en tasa interanual. Finalmente, en los municipios con una población superior a 50.000 habitantes, el número de solares vendidos fue de 1.026, un 33,4% más que el tercer trimestre del año anterior.
La superficie trasmitida en el tercer trimestre de 2016 asciende a 5,4 millones de metros cuadrados, por un valor de 648,6 millones de euros. Respecto al tercer trimestre de 2015, las variaciones interanuales representan un 41,3% menos de superficie transmitida y un 17,9% menos del valor de las mismas.
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viernes, 30 de diciembre de 2016
Banco Central Europeo Dirección General de Comunicación
División de Relaciones con los Medios de Comunicación Globales, Sonnemannstrasse 20, 60314 Frankfurt am Main, Alemania
Traducción al español: Banco de España.
Nota de prensa – bde.es
23 de diciembre de 2016
Resultados de la segunda edición de la encuesta del Eurosistema sobre la Situación Financiera y el Consumo de los Hogares
● Según la encuesta del Eurosistema, entre 2010 y 2014, la riqueza neta mediana de los hogares de la zona del euro se redujo alrededor de un 10%, debido principalmente a la caída de los precios de la vivienda.
● El incremento del valor de la deuda contribuyó en menor medida a la disminución de la riqueza neta.
● De acuerdo con algunos indicadores, la desigualdad en la zona del euro aumentó ligeramente.
La riqueza neta de los hogares de la zona del euro se redujo alrededor de un 10% entre 2010 y 2014, debido principalmente a la caída de los precios de la vivienda, según los resultados de la segunda edición de la Encuesta sobre la Situación Financiera y el Consumo de los Hogares (HFCS, en sus siglas en inglés). En conjunto, los precios inmobiliarios descendieron durante la crisis económica y financiera.
Asimismo, la encuesta muestra que la desigualdad en la zona ha aumentado ligeramente desde la primera edición de la encuesta, realizada en 2010.
La segunda edición de la encuesta se ha basado en 84.000 entrevistas llevadas a cabo en 18 países de la zona del euro y en Polonia y Hungría en 2013 y 2014. La encuesta recopila información sobre los activos y pasivos, la renta y el consumo de los hogares. Los datos proporcionan información sobre el comportamiento y la situación financiera de los hogares, que tiene gran relevancia para la política monetaria y la estabilidad financiera.
Los datos muestran que, al igual que en la primera edición de la encuesta y en otras regiones desarrolladas, la distribución de la riqueza es asimétrica. El hogar mediano es decir, el hogar que separa la mitad más rica de la población de la mitad más pobre posee una riqueza neta por valor de 104.100 euros. En cambio, la riqueza neta del percentil 90 esto es, el hogar que separa al 90% más pobre de la población del 10% más rico asciende a 496.000 euros.
La disminución de la riqueza neta estuvo impulsada fundamentalmente por la reducción del valor de los activos. El grado de disminución varía de unos países a otros por las diferencias existentes en los mercados de la vivienda y en las tasas de viviendas en propiedad. También se debió, en menor medida, al aumento del valor de la deuda, que tuvo su origen principalmente en los hogares en los tramos altos de la distribución de la riqueza neta.
Los resultados de la encuesta muestran que la desigualdad de la riqueza ha aumentado ligeramente entre 2010 y 2014. El coeficiente Gini, un indicador de la desigualdad de la riqueza en su conjunto utilizado con frecuencia, se incrementó del 68% al 68,5%, lo que está dentro del margen del error de medición. Un valor de 0 corresponde a la igualdad completa, mientras que un 100% refleja la desigualdad máxima (un hogar posee toda la riqueza).
El informe completo está disponible en el sitio web del BCE.
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jueves, 29 de diciembre de 2016
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jueves, 29 de diciembre de 2016
Túnel hipotecario (de collejas)
Como la Justicia siga tumbando cláusulas abusivas, cualquier día fallan que el negocio hipotecario entero era abusivo
Isaac Rosa
22/12/2016 – eldiario.es
Cláusulas suelo, intereses de demora excesivos, vencimiento anticipado, redondeo al alza, IRPH, imposición de todos los gastos al hipotecado… Como la Justicia siga tumbando cláusulas abusivas, cualquier día va a acabar fallando que la hipoteca entera es abusiva, y que todo el negocio hipotecario era un enorme abuso: desde la banca abusona hasta la abusiva ley hipotecaria, pasando por constructores, notarios, supervisores y por supuesto gobernantes.
La última es la cláusula suelo, ese paracaídas que los bancos usaban para seguir ganando aunque el Euribor bajase. Entre los eufemismos y tecnicismos que la banca usaba para disfrazar la tramposa cláusula suelo, mi favorita es esa de «túnel hipotecario». Pura poesía financiera, no me digan.
Con lo que ya sabemos del negocio bancario, cuando oigo hablar de «túnel hipotecario», la imagen que me viene a la cabeza es la del doloroso «túnel de collejas» que todos sufrimos alguna vez en el colegio; cuando los compañeros hacían pasillo y al pasar por medio te iban sacudiendo sopapos. Pocas imágenes definen mejor lo que ha sido la compra de una vivienda para millones de familias: un túnel hipotecario de collejas donde recibías desde el primer día y tenías que correr sin tropezar para llegar vivo al final.
Tú querías una casa para vivir, y ante ti se colocaban en fila los repartidores de hostias frotándose las manos: «Venga, venga, pasa por aquí…». Política de vivienda que empuja a comprar (zas, colleja), especulación inmobiliaria que dispara los precios (zas), vendedor que pide una parte en negro (zas), notario que hace la vista gorda (zas), banco que te cuela letra pequeña (zas), cláusula suelo que no baja tu letra mensual (zas), ley hipotecaria que te deja a merced del banco (zas), desprotección total de las familias ante una ejecución hipotecaria (zas), Euribor manipulado por grandes bancos (zas), laberinto judicial para defender tus derechos (zas), Tribunal Supremo que se pone de parte de la banca (zas), Gobierno que se desentiende de los afectados (zas, zas y zas)…
Con suerte, al final del túnel hipotecario de collejas te encuentras un juez europeo que en vez de colleja te ofrece una mano amiga, pero para cuando has llegado ya tienes el cuello en carne viva. Por no hablar de los que han caído a mitad del túnel a base de collejas. ¿ Cuántos desahucios se habrán jugado en el límite de esos 200 euros mensuales de diferencia que los bancos cobraban de más con la cláusula suelo? ¿Cuántas familias, sin llegar a perder la casa, han pasado años con el agua al cuello por no beneficiarse de la bajada de tipos?
Ni siquiera cuando la justicia te da la razón te libras del túnel. Ahora que el tribunal europeo ha dicho a la banca que tiene que devolver todo el dinero cobrado de más, los bancos preparan un nuevo túnel de collejas para quien pretenda recuperar su dinero: vayan pasando de uno en uno, búsquense un abogado de esos que han hecho de la estafa bancaria una industria, esperen a ver si les toca un juez favorable, esquiven las propuestas de acuerdo (con letra pequeña también, claro), y a lo mejor al final del túnel consigues algo. Pero las collejas del camino no te las quita nadie.
La alternativa ante tanto abuso, y vista la dejación de los gobernantes, la vienen enseñando colectivos como la PAH desde hace años: autoayuda colectiva, sumar fuerzas para cuidarte de tanta colleja.
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jueves, 29 de diciembre de 2016
Martes, 27 de diciembre de 2016 cgpj.es
El CGPJ otorga dos de los premios Calidad de la Justicia a Juzgados de Madrid y de Vitoria por su elevado rendimiento y rápida respuesta
Una iniciativa del Ayuntamiento, el Colegio de Abogados y el Juzgado de Primera Instancia número 12 de Valladolid para asesorar a las familias en situación de grave endeudamiento obtiene otro de los galardones. El Consejo también premia el sistema de subastas del Consejo General de los Procuradores, la modernización de los archivos judiciales de Extremadura y la relación con los ciudadanos y con los medios de comunicación de la Audiencia de Valladolid.
Autor:Comunicación Poder Judicial
El Consejo General del Poder Judicial ha acordado conceder el premio Calidad de la Justicia en la modalidad de Justicia más eficaz al Juzgado de lo Social número 31 de Madrid y al Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vitoria, que han acreditado un tiempo de respuesta extraordinariamente bajo y un elevado rendimiento.
El jurado reconoce así la labor, dedicación, esfuerzo y profesionalidad de los magistrados que están al frente de esos órganos judiciales –María del Carmen López Hormeño en el de Madrid y José Luis Núñez Corral en el de Vitoria- y de quienes trabajan día a día con ellos, como la letrada de la Administración de Justicia del Juzgado madrileño, Amalia del Castillo, y los funcionarios del de la capital alavesa Margarita Gómez de Segura y Luis Fernando Sánchez.
En la categoría destinada a otros organismos relacionados con la Administración de Justicia, el premio en la modalidad de Justicia más eficaz ha sido para el Consejo General de los Procuradores de España por su sistema de realización de bienes como entidad especializada a través del portal de ventas y subastas www.subastasprocuradores.com
Los miembros del jurado han acordado también premiar, en la modalidad del Justicia más accesible, la ordenación y modernización de los archivos judiciales en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que permite a los órganos judiciales y al resto de los profesionales relacionados con el mundo de la Justicia un mejor acceso a la documentación.
Turno de segunda oportunidad
También en la modalidad de Justicia más accesible, el jurado ha premiado una iniciativa conjunta del Ayuntamiento, el Ilustre Colegio de Abogados y el Juzgado de Primera Instancia número 12 de Valladolid, cuyo titular es el magistrado Ignacio Martín Verona.
Se trata de un mecanismo de colaboración interinstitucional que permite detectar a los ciudadanos y familias que se encuentran en situación de grave endeudamiento, procurarles un asesoramiento adecuado y encauzarles hacia esa segunda oportunidad que les brinda la ley.
Modalidad Justicia más transparente
Por último, la Audiencia Provincial de Valladolid, presidida por Feliciano Trebolle, ha sido galardonada en la modalidad Justicia más transparente por su iniciativa, llevada a cabo desde hace ya bastantes años, de acercar la Justicia a los ciudadanos y facilitar la información adecuada a los medios de comunicación para que estos constituyan la vía adecuada de transmisión de las noticias judiciales a la sociedad.
Los premios Calidad de la Justicia se crearon en 2009 y se concedieron por primera vez al año siguiente. En esta edición, el jurado ha estado integrado por los vocales del CGPJ Gerardo Martínez Tristán –que lo ha presidido-, Mar Cabrejas y Juan Martínez Moya y por un representante de cada una de las siguientes profesiones jurídicas: abogado, procurador, fiscal, letrado de la Administración de Justicia y graduado social.
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miércoles, 28 de diciembre de 2016
Las Autoridades europeas de Protección de Datos aprueban varias directrices sobre la aplicación del Reglamento
Las orientaciones adoptadas versan sobre el derecho a la portabilidad, la figura del delegado de protección de datos y los criterios de identificación de la autoridad líder
(Madrid, 19 de diciembre de 2016). agpd.es
El Grupo de Autoridades europeas de protección de datos, también conocido como Grupo de Trabajo del Artículo 29, ha debatido diversas cuestiones relacionadas con la aplicación del Reglamento General de Protección de Datos durante su última reunión plenaria y ha aprobado varias directrices y documentos de preguntas frecuentes dirigidas a responsables y encargados de tratamiento. El Reglamento General de Protección de Datos será aplicable el 25 de mayo de 2018.
Las directrices aprobadas hacen referencia al derecho a la portabilidad de datos, los delegados de protección de datos (DPO, por sus siglas en inglés) y los criterios de identificación de la ‘autoridad líder’.
Las Autoridades reconocen la contribución y cooperación de las diferentes partes interesadas en la elaboración de estas directrices, en particular a través de un FabLab celebrado el pasado mes de julio y las consultas nacionales llevadas a cabo por algunos reguladores, y saludan las aportaciones que los interesados puedan hacer hasta finales de enero de 2017.
Respecto a la aplicación del acuerdo ‘Privacy Shield’, el Grupo ha adoptado herramientas de comunicación específicas para particulares y empresas. Éstas serán publicadas en la página web de las Autoridades y podrán ser utilizadas por cada autoridad nacional como base para su propia comunicación.
Asimismo, las Autoridades confirman que asumirán el papel del «órgano centralizado de la UE», encargado de canalizar las solicitudes de reclamación relativas a los accesos por razones de seguridad nacional a datos transferidos a EEUU con fines comerciales, que se den en el marco del mecanismo del ‘Privacy Shield’.
Finalmente, el Grupo ha confirmado el restablecimiento del llamado ‘Subgrupo de Enforcement’, que coordina las acciones de supervisión y cumplimiento que efectúan las Autoridades de protección de datos en los casos transfronterizos. Este subgrupo ha aprobado la carta que remitirá a WhatsApp siguiendo el procedimiento de investigación iniciado por las Autoridades en octubre de 2016. La Agencia Española de Protección de Datos y la Autoridad holandesa coordinarán este subgrupo.
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martes, 27 de diciembre de 2016
22 de diciembre de 2016 mineco.gob.es
Las exportaciones marcan un nuevo máximo histórico y el déficit comercial cae un 26,6%
El déficit bajó hasta los 15.060 millones de euros, el segundo menor desde 1997
España exportó entre enero y octubre por valor de 210.292 millones de euros
La ventas al exterior evolucionan mejor que en la UE y en la zona euro
Las exportaciones españolas de mercancías subieron un 0,9% entre enero y octubre de 2016 respecto al mismo periodo del año anterior y alcanzaron los 210.292 millones de euros, máximo histórico de la serie para el periodo. Las importaciones cayeron un 1,6%, hasta 225.352 millones de euros. Como resultado, el déficit comercial de los diez primeros meses de 2016 se situó en 15.060 millones de euros, 26,6% menos que en el mismo periodo de 2015 y el segundo mejor saldo en esos meses desde 1997, solo superado en 2013. Las exportaciones españolas evolucionaron mejor que las de la zona euro y la Unión Europea.
En volumen, las exportaciones subieron un 3,0%, ya que los precios, aproximados por los Índices de Valor Unitario, cayeron un 2,0%; y las importaciones aumentaron un 2,4%, al caer los precios 3,8%.
La tasa de cobertura (exportaciones sobre importaciones) se situó en el 93,3% (2,3 puntos porcentuales más que en enero-octubre de 2015). Es el segundo mejor registro de la serie histórica, sólo superado en 2013.
El saldo no energético arrojó un déficit de 1.797 millones de euros (2.163 millones de euros de superávit en el acumulado hasta octubre de 2015) y el déficit energético bajó un 41,6% por la sustancial caída de precios de la energía.
La evolución positiva de las exportaciones españolas entre enero y octubre contrasta con la del entorno: en la zona euro bajaron un 0,4% y en la Unión Europea, un 1,2%. También descendieron las exportaciones de Francia (-2,2%) y Reino Unido (-3,2%), en tanto que los crecimientos en Alemania (0,3%) e Italia (0,2%) fueron menores. Igualmente, decrecieron las ventas de EE.UU (-4,6%), China (-6,9%) y Japón (-9,3%).
Sectores económicos
Los principales sectores experimentaron crecimientos en sus exportaciones. Los bienes de equipo (representan un 20,1% del total) subieron un 1,5%; el sector del automóvil (18,0% del total) aumentó un 7,4%; y alimentación, bebidas y tabaco (16,7% del total) creció un 5,9%.
Las principales contribuciones positivas a la exportación procedieron del automóvil (aportó 1,3 puntos porcentuales); alimentación, bebidas y tabaco (0,9 puntos); manufacturas de consumo (0,5 puntos) y bienes de equipo (0,3 puntos). Los que más detrajeron fueron los sectores de otras mercancías (-1,6 puntos), semimanufacturas no químicas (-0,4 puntos), materias primas (-0,1 puntos) y productos químicos (-0,1 puntos).
En importaciones, la consolidación de la recuperación económica explica el crecimiento de la mayoría de los sectores. Así, las de bienes de equipo (21,7% del total) aumentaron un 7,3%; las del automóvil (13,8% del total) crecieron un 4,4%; las compras de manufacturas de consumo, un 6,4%; las de alimentación, bebidas y tabaco, un 4,1%; y las de bienes de consumo duradero un 8,6%.
Las principales contribuciones positivas a las importaciones en enero-octubre provinieron de los bienes de equipo (aportación de 1,4 puntos), manufacturas de consumo (0,8 puntos), sector automóvil (0,6 puntos) y alimentación bebidas y tabaco (0,5 puntos). Las mayores contribuciones negativas fueron las de productos energéticos (-4,2 puntos), productos químicos (-0,5 puntos) y materias primas (-0,4 puntos).
Áreas geográficas
Las exportaciones a la Unión Europea (66,4% del total) aumentaron un 3,3% en los diez primeros meses del año. En particular, las ventas a la zona euro (51,7% del total) y al resto de la Unión Europea (14,7% del total) se incrementaron un 3,2% y un 3,5%, respectivamente.
La desfavorable coyuntura en los países emergentes explica que las ventas a terceros destinos (33,6% del total) cayeran un 3,5% en este periodo, con descensos en las dirigidas a América del Norte (-2%), América Latina (-11,3%), Oriente Medio (-5,5%), África (-1,1%) y Oceanía (-20%). Por contra, aumentaron las destinadas a Asia excluido Oriente Medio (+3,8%).
Pese al descenso general de ventas a terceros países, destacan los aumentos de exportaciones a mercados con gran potencial como Canadá (+7,4%), China (+12,8%), Hong Kong (+8,1%) y Marruecos (+13,6%).
Las comunidades autónomas con mayores crecimientos en sus exportaciones fueron Castilla yLeón (9,2%), Castilla-La Mancha (7,5%) y Galicia (4,3%). Los mayores descensos se dieron en Canarias (-16,1%), Principado de Asturias (-12,2%) e Illes Balears (-4,4%).
Datos del mes de octubre
En el mes de octubre las exportaciones españolas de mercancías se redujeron un 1,6% sobre el mismo mes de 2015, hasta los 21.806 millones de euros. Sin embargo, en volumen las exportaciones crecieron un 1,0%, porque los precios aproximados por los índices de valor unitario bajaron un 2,6%. En términos desestacionalizados aumentaron un 0,9%.
Las importaciones en octubre de 2016 cayeron un 1,7% en términos interanuales hasta los 23.640 millones de euros. En volumen disminuyeron un 0,9%, por la caída de los precios de las importaciones en ese mismo porcentaje.
En consecuencia, en octubre de 2016 se registró un déficit de 1.833 millones de euros, un 2,9% inferior al del mismo mes de 2015. La tasa de cobertura se situó en el 92,2% (la misma que en octubre de 2015).
El saldo no energético arrojó un déficit de 619 millones de euros (superávit de 129 millones en octubre de 2015) y el déficit energético disminuyó un 39,8%.
La caída de las exportaciones en octubre en España (-1,6%) es menor que la registrada en la zona euro (-4%) y en la Unión Europea (-4,5%). También descendieron en mayor magnitud las exportaciones de Francia (-8,2%), Alemania (-4,1%) e Italia (-2,2%). Mejor evolución tuvieron en Reino Unido (+6,7%). Fuera de la UE, las exportaciones decrecieron de Estados Unidos (-1,2%), China (-7,6%) y Japón (-10,3%).
Sectores económicos
En octubre, las principales contribuciones al crecimiento de las exportaciones provinieron de los productos energéticos (aportación de 1,5 puntos), alimentación, bebidas y tabaco (0,5 puntos) y materias primas (0,4 puntos). Por el contrario, los sectores que más contribuyeron negativamente fueron otras mercancías (-1,4 puntos); semimanufacturas no químicas (-1,3 puntos); bienes de equipo (-0,8 puntos) y productos químicos (-0,3 puntos).
Áreas geográficas
En octubre de 2016, las exportaciones a la Unión Europea representaron el 65,7% del total (65,9% en octubre de 2015). Esta pérdida de peso se debió a que el resto de la Unión Europea disminuyó su peso hasta el 14,1% del total (frente al 15,0% en octubre 2015), ya que la zona euro aumentó su peso en el total (51,5% frente al 50,9% de octubre de 2015).
Las exportaciones a la Unión Europea se redujeron un 2,0%, las destinadas a la zona euro cayeron un 0,4%, y las dirigidas al resto de la Unión Europea disminuyeron un 7,2%. De los principales socios, destacan los descensos de ventas a Alemania (-2,3%), Francia (-1,7%), Italia (-1,6%) y Reino Unido (-10,3%).
Las ventas a países no pertenecientes a la Unión Europea representaron un 34,3% del total (34,1% en octubre de 2015) y cayeron un 1,0% respecto al mismo mes del año anterior. Por regiones, retrocedieron en América del Norte (-10,9%), América Latina (-11,4%), Oriente Medio (-10,2%) y África (-0,7%). La excepciones fueron Asia excluido Oriente Medio (+10,4%), por los aumentos de las exportaciones a China (+21,8%), Japón (+13,5%), Hong Kong (+12,1%), y Oceanía (+5,2%). Además de estos países de Asia, destacan los aumentos de ventas a Egipto (+15,2%) y Sudáfrica (+14,9%) y, en sentido negativo, Estados Unidos (-11,2%), Brasil (-16,3%), Argentina (-36,9%), Corea del Sur (-30,9%) y Arabia Saudí (-10,3%).
El superávit comercial de España con la Unión Europea se situó en los 888 millones de euros en octubre de 2016 (superávit de 735 millones en octubre de 2015). Con la zona euro, el saldo comercial registró un superávit de 547 millones de euros (superávit de 200 millones en el mismo mes del año anterior). Por su lado, el déficit comercial con los países extracomunitarios se incrementó un 3,7% respecto a octubre de 2015, hasta los 2.722 millones de euros.
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lunes, 26 de diciembre de 2016
Viernes, 23 de diciembre de 2016 cgpj.es
Un juzgado de Oviedo dicta la primera sentencia en Asturias tras la resolución de Luxemburgo sobre las cláusulas suelo
La magistrada de Primera Instancia nº 10 aplica la nulidad de dicha cláusula y obliga a la entidad bancaria a devolver cerca de 15.000 euros
Autor:Comunicación Poder Judicial
La magistrada titular del Juzgado del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Oviedo, Carolina Serrano, ha dictado la primera sentencia de Asturias desde que se tuvo conocimiento de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la nulidad de las cláusulas suelo bancarias.
La sentencia que no es firme, declara, fundamentándose en las características del contrato bancario suscrito y en la mencionada resolución de Luxemburgo la nulidad de dicha cláusula, condenando a la entidad bancaria, el Banco de Sabadell, a devolver todas las cantidades indebidamente cobradas, que deberán ser incrementadas en el interés legal desde cada cobro indebido y hasta la fecha de la presente sentencia y desde esta hasta el completo pago, en total cerca de 15.000 euros, imponiendo a la parte demandada las tasas judiciales. La magistrada considera que evidentemente la limitación fijada por el Tribunal Supremo «no resulta compatible con el Derecho Europeo».
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lunes, 26 de diciembre de 2016
Seguridad Social
La nómina de pensiones contributivas de diciembre alcanza 8.623 millones de euros
Jueves 22 de diciembre de 2016 – lamoncloa.gob.es
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
La nómina mensual de pensiones contributivas de la Seguridad Social alcanzó los 8.623,2 millones de euros el pasado 1 de diciembre. El incremento interanual se sitúa en el 3,14%.
La pensión media de jubilación se sitúa en 1.050,82 euros, lo que representa un aumento del 2,07% respecto al año pasado. En cuanto a la pensión media del Sistema, que comprende las distintas clases (jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y a favor de familiares), es de 910,2 euros, lo que supone un ascenso interanual del 1,92%.
En síntesis, el conjunto del Sistema público cuenta hoy con 9.473.482 pensiones contributivas, un 1,20% más respecto al año pasado. Más de la mitad, 5.784.748 concretamente, son por Jubilación; 2.364.388 corresponden a Viudedad; 944.600 a Incapacidad Permanente; 339.471 a Orfandad y 40.275 a Favor de Familiares
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domingo, 25 de diciembre de 2016
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sábado, 24 de diciembre de 2016
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sábado, 24 de diciembre de 2016
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viernes, 23 de diciembre de 2016
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viernes, 23 de diciembre de 2016
Martes, 20 de diciembre de 2016 cgpj.es
El CGPJ elige a Juan Carlos Cerón presidente de la Audiencia Provincial de Alicante
Desde abril de 2015 estaba destinado como magistrado en la Sección Primera de este órgano judicial
Autor:Comunicación Poder Judicial
El CGPJ elige a Juan Carlos Cerón presidente de la Audiencia Provincial de Alicante
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha elegido hoy a Juan Carlos Cerón Hernández nuevo presidente de la Audiencia Provincial de Alicante, en cuya Sección Primera estaba destinado como magistrado desde abril de 2015.
Cerón ha obtenido trece de los 21 votos del Pleno, frente a los ocho conseguidos por la magistrada de la Audiencia Provincial de Madrid María Catalina Pilar Alhambra Pérez, que también optaba al puesto.
El nuevo presidente de la Audiencia de Alicante, que sucederá en el cargo a Vicente Magro, ingresó en la Carrera Judicial en 1990 y tuvo su primer destino en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Alcázar de San Juan, desde el que pasó al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Eivissa.
En 1994 se incorporó al Juzgado de Primera Instancia número 8 de Alicante y cuatro años más tarde se hizo cargo del Juzgado de Instrucción número 6 de la misma ciudad, donde permaneció hasta su nombramiento para la Audiencia Provincial.
Juan Carlos Cerón fue decano de los jueces de Alicante desde febrero de 2008 hasta marzo de 2015 y desde diciembre de 2014 es miembro electo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Magistrado coordinador provincial de Mediación para la provincia de Alicante, es miembro de la Sección Española del Grupo Europeo de Magistrados para la Mediación (GEMME).
Cerón cuenta con experiencia docente como profesor de prácticum en la Facultad de Derecho de la Universidad de Alicante durante varios cursos, ha participado como ponente en numerosos cursos, jornadas y seminarios y es autor de distintas publicaciones, entre ellas “Los nuevos juicios rápidos y de faltas. Doctrina, jurisprudencia y formularios” y “Guía práctica sobre la reforma penal en materia de juicios rápidos”.
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viernes, 23 de diciembre de 2016
16 de diciembre de 2016 ine.es
Cifras Población 1-julio-2016 / Estadística Migraciones 1er semestre 2016 (1/15)
Cifras de Población a 1 de julio de 2016
Estadística de Migraciones. Primer semestre de 2016
Datos Provisionales
Principales resultados
La población de España aumentó en 22.274 personas durante la primera mitad del año y se situó en 46.468.102 habitantes a 1 de julio de 2016.
El número de extranjeros bajó un 0,5% hasta situarse en 4.396.871 personas debido, principalmente, a la adquisición de nacionalidad española.
Durante el primer semestre España registró un saldo migratorio positivo de 30.504 personas. Este saldo es consecuencia de una inmigración de 186.059 personas frente a una emigración de 155.555.
En el caso de los españoles, el saldo migratorio fue de –20.002 personas. Por su parte, la población extranjera continuó con saldo migratorio positivo (de 50.506 personas), por segundo año consecutivo, tras experimentar saldos negativos desde 2010.
Las comunidades con mayor crecimiento de población en términos relativos durante el primer semestre fueron Illes Balears (0,77%), Canarias (0,42%) y Comunidad de Madrid (0,27%).
La población residente en España se situó en 46.468.102 habitantes a 1 de julio de 2016, lo que supuso un aumento de 22.274 personas respecto a comienzos de año. Con este incremento se consolida la tendencia creciente iniciada en el segundo semestre de 2015.
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jueves, 22 de diciembre de 2016
Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Comunicado de prensa n.° 144/16 curia.europa.eu
Luxemburgo, 21 de diciembre de 2016
Sentencia en los asuntos acumulados C-154/15,
Francisco Gutiérrez Naranjo/Cajasur Banco, S.A.U., C-307/15, Ana María Palacios Martínez/Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., y C-308/15, Banco Popular Español, S.A./Emilio Irles López y Teresa Torres Andreu
La jurisprudencia española que limita en el tiempo los efectos de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo contenidas en los contratos de préstamo hipotecario en España es incompatible con el Derecho de la Unión
Tal limitación da lugar a una protección de los consumidores incompleta e insuficiente, por lo que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas
En España, muchos particulares han iniciado procesos judiciales contra entidades financieras solicitando que se declarara que las cláusulas suelo incluidas en los contratos de préstamo hipotecario celebrados con los consumidores eran abusivas y que, en consecuencia, no vinculaban a los consumidores. Las cláusulas en cuestión prevén que, aunque el tipo de interés se sitúe por debajo de un determinado umbral (o «suelo») fijado en el contrato, el consumidor seguirá pagando unos intereses mínimos que equivalen a ese umbral y sin que le resulte aplicable un tipo inferior al mismo.
Mediante sentencia de 9 de mayo de 2013, el Tribunal Supremo consideró abusivas las cláusulas suelo, ya que los consumidores no habían sido adecuadamente informados acerca de la carga económica y jurídica que les imponían esas cláusulas. No obstante, el Tribunal Supremo decidió limitar los efectos en el tiempo de la declaración de nulidad de esas cláusulas, de modo que sólo produjera efectos de cara al futuro, a partir de la fecha en que se dictó la sentencia.
Consumidores afectados por la aplicación de esas cláusulas reclaman las cantidades que alegan haber pagado indebidamente a las entidades financieras a partir de la fecha de celebración de sus contratos de crédito. El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada y la Audiencia Provincial de Alicante, ante quienes se han planteado pretensiones de esa índole, preguntan al Tribunal de Justicia si la limitación de los efectos de la declaración de nulidad a partir de la fecha en que se dictó la sentencia del Tribunal Supremo es compatible con la Directiva sobre cláusulas abusivas, 1 ya que, según esta Directiva, tales cláusulas no vincularán a los consumidores.
En la sentencia que dicta en el día de hoy, el Tribunal de Justicia considera que el Derecho de la Unión se opone a una jurisprudencia nacional en virtud de la cual los efectos restitutorios vinculados a la nulidad de una cláusula abusiva se limitan a las cantidades indebidamente pagadas con posterioridad al pronunciamiento de la resolución judicial mediante la que se declare el carácter abusivo de la cláusula.
El Tribunal de Justicia recuerda en primer lugar que, según la Directiva, las cláusulas abusivas no podrán vincular al consumidor, en las condiciones estipuladas por los Derechos de los Estados miembros, incumbiendo a éstos la obligación de prever medios adecuados y eficaces para que cese el uso de tales cláusulas. El Tribunal de Justicia explica que incumbe al juez nacional, pura y simplemente, dejar sin aplicación la cláusula abusiva, de tal manera que se considere que dicha cláusula no ha existido nunca y que, de este modo, no produzca efectos vinculantes para el consumidor. La declaración judicial del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula. Por consiguiente, la declaración del carácter abusivo de las
1 Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores (DO 1993, L 95, p. 2).
www.curia.europa.eu
cláusulas suelo debe permitir la restitución de las ventajas obtenidas indebidamente por el profesional en detrimento del consumidor.
Según el Tribunal de Justicia, el Tribunal Supremo podía declarar legítimamente, en aras de la seguridad jurídica, que su sentencia no afectaba a las situaciones definitivamente decididas por resoluciones judiciales anteriores. En efecto, el Derecho de la Unión no puede obligar a un tribunal nacional a dejar de aplicar las normas procesales internas.
Sin embargo, habida cuenta de la exigencia fundamental de una aplicación uniforme y general del Derecho de la Unión, el Tribunal de Justicia es el único que puede decidir acerca de las limitaciones en el tiempo que hayan de aplicarse a la interpretación que él mismo haya hecho de una norma del Derecho de la Unión. En este contexto, el Tribunal de Justicia precisa que las condiciones estipuladas por los Derechos nacionales no podrán afectar a la protección de los consumidores garantizada por la Directiva.
Pues bien, la limitación en el tiempo de los efectos derivados de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo priva a los consumidores españoles que celebraron un contrato de préstamo hipotecario antes de la fecha del pronunciamiento de la sentencia del Tribunal Supremo del derecho a obtener la restitución de las cantidades que pagaron indebidamente a las entidades bancarias. Por consiguiente, de tal limitación en el tiempo resulta una protección de los consumidores incompleta e insuficiente que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas, en contra de lo que exige la Directiva.
NOTA: La remisión prejudicial permite que los tribunales de los Estados miembros, en el contexto de un litigio del que estén conociendo, interroguen al Tribunal de Justicia acerca de la interpretación del Derecho de la Unión o sobre la validez de un acto de la Unión. El Tribunal de Justicia no resuelve el litigio nacional, y es el tribunal nacional quien debe resolver el litigio de conformidad con la decisión del Tribunal de Justicia. Dicha decisión vincula igualmente a los demás tribunales nacionales que conozcan de un problema similar.
Documento no oficial, destinado a los medios de comunicación y que no vincula al Tribunal de Justicia.
El texto íntegro de la sentencia se publica en el sitio CURIA el día de su pronunciamiento
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jueves, 22 de diciembre de 2016
Recomendaciones a los usuarios de Yahoo
La Agencia te ofrece algunas pautas que seguir si tienes una cuenta abierta en Yahoo. La AEPD, además, ha iniciado una investigación para determinar las circunstancias en las que se habría producido la brecha de seguridad anunciada por la compañía.
–16 de diciembre—agpd.es
Yahoo ha hecho público que ha sufrido un hackeo. Este podría haber afectado a más de mil millones de cuentas de sus usuarios.
La Agencia Española de Protección ha iniciado una investigación para determinar las circunstancias en las que se habría producido dicha brecha de seguridad y analizar las medidas adoptadas por la empresa para proteger de los datos de carácter personal de sus usuarios.
En el caso de que tengas o hayas tenido una cuenta de correo en Yahoo, la Agencia te recomienda que realices las siguientes acciones con el fin de intentar minimizar posibles daños:
• Cambia la contraseña de tu cuenta Yahoo
• Habilita la verificación en dos pasos
• Actualiza las preguntas de seguridad de contacto en caso de haberlas facilitado
• En el caso de que utilices las mismas contraseñas o preguntas de control en otros servicios de internet, es importante que actualices dicha información en cada uno de los servicios
• Evita hacer clic en enlaces o descargar archivos adjuntos de correos electrónicos sospechosos
• Repasa las bandejas de correo de entrada, salida, spam, elementos eliminados y lista de contactos para localizar qué información podría haber sido comprometida
• Borra todos los mensajes que no sea necesario conservar, incluyendo los que están en la carpeta de eliminados, así como los contactos obsoletos
• Si utilizas o utilizaste tu cuenta de Yahoo como cuenta alternativa de contacto o de recuperación de contraseña en otros servicios, cambia también la dirección de correo utilizada en dichos servicios
• En el caso de que hubieras proporcionado información sobre números de cuenta o tarjetas de crédito, contacta con tus servicios financieros para congelar y controlar las solicitudes de crédito
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miércoles, 21 de diciembre de 2016
Martes, 20 de diciembre de 2016 cgpj.es
El CGPJ nombra a Lourdes García Ortiz y Juan Carlos Cerón presidentes de las Audiencias de Málaga y de Alicante
José Luis Seoane repite como presidente de la Audiencia Provincial de A Coruña
Autor:Comunicación Poder Judicial
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha nombrado hoy a Lourdes García Ortiz y a Juan Carlos Cerón nuevos presidentes de las Audiencias Provinciales de Málaga y de Alicante, respectivamente.
El órgano de gobierno de los jueces también ha elegido para un nuevo mandato a José Luis Seoane Spiegelberg como presidente de la Audiencia de A Coruña.
Lourdes García Ortiz -que ha recibido once de los 21 votos del Pleno, frente a los diez conseguidos por el magistrado Antonio Alcalá Navarro- ingresó en la Carrera Judicial en 1986 y estaba destinada en la Audiencia malagueña desde el año 2000, donde presidía la Sección Segunda desde junio de 2015.
En el ámbito académico, Lourdes García es profesora de la Escuela de Práctica Jurídica del Colegio de Abogados de Málaga y profesora del Master en Abogacía, en colaboración con la Universidad de Málaga.
El CGPJ también ha elegido hoy a Juan Carlos Cerón nuevo presidente de la Audiencia de Alicante, a la que se incorporó como magistrado el año pasado desde su anterior destino en el Juzgado de Instrucción número 6 de esa ciudad.
El nuevo presidente de la Audiencia alicantina, que ingresó en la Carrera Judicial en 1990, fue decano de los jueces de Alicante entre 2008 y 2015 y es miembro electo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana desde diciembre de 2014.
Cerón ha obtenido trece de los 21 votos del Pleno, frente a los ocho recibidos por la magistrada de la Audiencia Provincial de Madrid María Catalina Pilar Alhambra Pérez, que también optaba al puesto.
Por último, el Pleno del órgano de gobierno de los jueces ha elegido hoy para un nuevo mandato de cinco años al frente de la Audiencia Provincial de A Coruña al magistrado José Luis Seoane Spiegelberg, que ha conseguido dieciséis votos, frente a los cinco del también candidato y magistrado del tribunal coruñés Ignacio Alfredo Picatoste Sueiras.
Seoane, que fue nombrado por primera vez para el cargo en 2006, por lo que éste será su tercer mandato, ingresó en la Carrera Judicial en 1981 y tuvo sus primeros destinos en los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Martos (Jaén) y de Cambados (Pontevedra).
En 1990 se incorporó como magistrado a la Sección Primera de la Audiencia de A Coruña y desde 1997 hasta su primer nombramiento como presidente del órgano judicial presidió la Sección Cuarta de la misma Audiencia.
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miércoles, 21 de diciembre de 2016
La AEPD elabora un decálogo con consejos prácticos de privacidad y seguridad en dispositivos conectados
Con motivo de la cercanía de las navidades, la Agencia ha elaborado un listado de claves imprescindibles a tener en cuenta si te regalan o vas a regalar un dispositivo con conexión a internet
agpd.es
(Madrid, 15 de diciembre de 2016). Uno de los ejes principales de actuación de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es apostar de forma decidida por la prevención para que los ciudadanos sean más conscientes de los derechos que les asisten y cómo ejercerlos. Con motivo de la cercanía de las navidades, la Agencia ha elaborado un listado de 10 claves imprescindibles en materia de privacidad y seguridad a tener en cuenta si te regalan o vas a regalar un dispositivo conectado.
1. Tu cuerpo dice más de lo que crees. La tecnología ‘vestible’ (pulseras, relojes, podómetros, etc.) incorpora sensores que registran y pueden transferir información sobre hábitos y costumbres del usuario, tanto al fabricante como a terceros. Si los utilizas para monitorizar tu actividad física, es recomendable comprobar quién está recogiendo los datos que aportas, para qué los va a utilizar y si los va a ceder a otros. Si vas a subir estos datos a una red social intenta dar la menor información personal posible al registrarte y elimina o limita el acceso a tu ubicación siempre que puedas, ya que a partir de este dato se puede inferir mucha más información sobre ti de la que imaginas.
2. Una ventana indiscreta. Buena parte de los dispositivos incorporan cámaras que aportan funcionalidades añadidas. Desconéctala o tápala con una cinta adhesiva si no la estás utilizando para evitar que un extraño pueda verte si se hace con el control del dispositivo sin que te des cuenta. Por otro lado, si te han regalado un dron, además de la normativa aeronáutica, ten en cuenta que si difundes por internet imágenes en las que se pueda identificar a las personas que aparecen en ellas, necesitarás tener su permiso o consentimiento.
3. Dispositivos vulnerables. Bloquea la pantalla de inicio y utiliza un código de desbloqueo lo más largo posible. Además, actualiza el software de tus dispositivos siempre que sea posible para evitar que sean vulnerables ante un posible hackeo y valora instalar algún programa que te proteja ante el software malicioso. Desactiva el bluetooth si no vas a utilizarlo y la conexión automática a wifis abiertas, ya que pueden ser una puerta de entrada para posible ataques.
4. Protege tus datos ante pérdidas o robos. Localiza en las opciones de configuración del terminal la forma en la que podrías acceder a distancia a su contenido para eliminarlo y piensa si te interesa utilizar una aplicación para realizar el borrado remoto. Valora si además quieres bloquear algunas aplicaciones que contengan información sensible y, en cualquier caso, realiza copias de seguridad con frecuencia.
5. Apps: no aceptes sin leer. Antes de instalar una aplicación, consulta su política de privacidad para comprobar quién va a recoger qué datos sobre ti y qué va a hacer con ellos. Valora también los comentarios de otros usuarios, ya que en ocasiones pueden aportarte información útil. Además, comprueba periódicamente las apps instaladas y qué permisos les has concedido, y elimina aquellas que ya no utilices.
6. La ubicación no siempre es necesaria. Configura tu dispositivo móvil para que las apps te pidan permiso para acceder a tu ubicación y comprueba si tus redes sociales difunden tu posición. Activa la geolocalización manualmente sólo cuando la necesites.
7. Juguetes conectados. Comprueba en primer lugar si pueden captar la voz o la imagen de los menores, entre otros datos, mientras juegan con ellos y dónde se almacenan. Revisa la política de privacidad para consultar qué permisos estás concediendo y a quién sobre esos datos. Si te piden que registres el juguete online para obtener funciones adicionales, averigua cual será el destino de la información personal facilitada y para qué se utilizará.
8. Demasiadas contraseñas. Las contraseñas deben ser robustas y es necesario utilizar una diferente para cada servicio. ¿Cómo recordarlas todas? Es recomendable utilizar un gestor de contraseñas que las almacene cifradas en el dispositivo y que, para acceder a ellas, utilices lo que se conoce como una contraseña maestra. En cualquier caso, evita tener las contraseñas almacenadas en tu correo electrónico o en un documento sin seguridad.
9. Menores: edúcales. El diálogo y la supervisión son las mejores herramientas cuando los menores entran en contacto con la tecnología. Es recomendable acordar con ellos para qué van a utilizar los dispositivos y valorar si se quieren instalar herramientas de control parental. Es aconsejable que si los padres quieren instalar un software de localización en el dispositivo para conocer la ubicación del menor, lo hablen previamente con él.
10. ¿Sabes dónde compras? Asegúrate en primer lugar de que la dirección web de la página es en la que realmente quieres comprar y, antes de facilitar tu información, comprueba quién y para qué la utilizará, revisando especialmente si la política de privacidad identifica al responsable y si muestra su domicilio social. Presta especial atención a las casillas que te piden permiso para utilizar tu información para enviarte publicidad y no las marques si no te interesa, ya que no es obligatorio. Sospecha de las páginas que ofrecen precios excesivamente bajos y si te surgen dudas busca una alternativa que te aporte más confianza y seguridad.
Se puede ampliar información sobre estos consejos, así como encontrar recomendaciones adicionales en la ‘Guía de privacidad y seguridad en internet’ realizada por la Agencia Española de Protección de Datos y el Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE), que incluye 18 fichas con consejos prácticos para reducir los riesgos en un mundo hiperconectado.
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martes, 20 de diciembre de 2016
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martes, 20 de diciembre de 2016
13 de diciembre de 2016 mineco.gob.es
La inflación se estabiliza en el 0,7%
La aceleración del IPC en servicios y alimentación no elaborada compensa las menores tasas en alimentos elaborados y energía
El diferencial de inflación favorable a España respecto a la zona euro se amplía hasta 0,1 puntos porcentuales
El Índice de Precios al Consumo (IPC) aumentó en noviembre el 0,7% en tasa interanual, al igual que en octubre, según cifras publicadas por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Esta tasa coincide con la adelantada por el INE a finales del mes pasado. La estabilidad en la tasa interanual del IPC se debe a que la aceleración de los precios de servicios y alimentación no elaborada, compensó la desaceleración de alimentación elaborada y energía, mientras que la inflación de bienes industriales no energéticos (BINE) se estabilizó. La tasa media anual se situó en noviembre en el -0,4%. En términos intermensuales, el IPC general se incrementó el 0,4%, tasa idéntica a la del mismo mes de 2015.
Los precios de los productos energéticos cayeron en noviembre un 0,5% interanual, frente a la práctica estabilización registrada en octubre (0,1%). Esta evolución se explica, principalmente, por los carburantes y lubricantes, que se desaceleraron 1,2 puntos, hasta el 0,2%, y, en menor medida, por la electricidad, que se desaceleró tres décimas, hasta el 0,6%.
La inflación de la alimentación se situó en noviembre en el 0,4%, una décima superior a la del mes precedente, debido a la aceleración de los precios de los alimentos no elaborados, cuya tasa se incrementó cuatro décimas, hasta situarse en el 0,6%. Esta evolución responde, principalmente, a los precios de las legumbres y hortalizas frescas, que moderaron su caída más de cuatro puntos, hasta el 1,1%. Los precios de la alimentación elaborada se desaceleraron una décima, hasta el 0,3% interanual.
La inflación subyacente (que excluye la alimentación no elaborada y la energía, que son los elementos más volátiles del IPC) se mantuvo en noviembre en el 0,8%, debido a que la ligera aceleración de los precios de servicios, de una décima, hasta el 1,2%, compensó la desaceleración de igual magnitud de los precios de los alimentos elaborados (hasta el 0,3%), mientras que los BINE mantuvieron su ritmo de crecimiento anual en el 0,6%.
En términos intermensuales, el IPC creció en noviembre un 0,4%, al igual que en el mismo mes de 2015. Por componentes, los precios de los productos energéticos permanecieron estables, tras el aumento del 0,7% de un año antes; los de servicios se redujeron un 0,1%, frente a la caída del 0,2% del mismo mes de 2015; los de los BINE aumentaron un 1,5%, lo mismo que en noviembre del pasado año; y los de alimentación cayeron el 0,1%, una décima menos que un año antes.
Dentro del grupo de alimentación, los precios de los alimentos no elaborados registraron una tasa intermensual en noviembre del -0,4%, cuatro décimas superior a la del mismo mes de 2015, mientras que los de los alimentos elaborados se estabilizaron, frente a la subida del 0,1% de un año antes. Dentro de la alimentación no elaborada, los precios de las legumbres y hortalizas frescas disminuyeron el 0,3%, frente a la caída del 4,8% de un año antes.
La tasa interanual del IPC disminuyó en noviembre en ocho comunidades autónomas, se mantuvo en seis y aumentó en tres, permaneciendo en niveles positivos en todas ellas. Los mayores descensos de la tasa interanual se registraron en Cantabria, que pasa de 0,8% a 0,6%, y Principado de Asturias, que pasa de 1,0% a 0,8%, y la mayor subida, en Canarias, que pasa de 0,6% a 0,8%. Las mayores tasas de inflación se registraron en Cataluña y Navarra (1% y 0,9%, respectivamente), y las menores, en La Rioja y Comunidad Valenciana (0,4%, ambas).
La tasa interanual del IPC a impuestos constantes se situó en noviembre en el 0,7%, al igual que la del IPC general.
El INE ha publicado asimismo el IPC armonizado (IPCA) correspondiente al mes de noviembre, cuya tasa de variación anual se sitúa en el 0,5%, al igual que en octubre. Esta tasa es una décima inferior a la adelantada por Eurostat para la zona euro (0,6%, frente a 0,5% en el mes previo), resultando así un diferencial de inflación favorable a España respecto a la zona euro de una décima, frente al diferencial nulo registrado en octubre.
En resumen, la tasa interanual del IPC se mantuvo en noviembre en el 0,7%, al compensarse los incrementos en las tasas registradas en los precios de los servicios y los alimentos no elaborados, con las disminuciones en las de los productos energéticos y los alimentos elaborados. La inflación subyacente se mantiene en el 0,8% y vuelve a registrarse un diferencial de inflación favorable a España frente a la zona euro, de una décima, manteniéndose la competitividad-precio de la economía española.
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martes, 20 de diciembre de 2016
Sentencia TS: reconoce que para el ejercicio de la actividad de la administración de fincas será requisito indispensable estar colegiado en nuestra Corporación profesional, tal como establece el Decreto 693/1968, de 1 de abril.
15 noviembre, 2016 cgcafe.org
El Tribunal Supremo, en Sentencia de 8/11/2016, de la Sala 3ª Contencioso-Administrativo, reconoce la exclusividad de la administración de fincas como una profesión colegiada, anulando la inscripción de la marca de la Asociación Profesional de Administradores de Fincas -APAF-.
La Sentencia reconoce que el Consejo General y sus Colegios Territoriales de Administradores de Fincas son Corporaciones de Derecho Público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, entre las que están la representación de la actividad de “administrador de fincas” para el “gobierno y conservación de bienes inmuebles, asesoramiento de las cuestiones relativas a los bienes inmuebles y muy especialmente la gestión de las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal, por lo que será requisito indispensable estar colegiado en la Corporación Profesional”.
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lunes, 19 de diciembre de 2016
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lunes, 19 de diciembre de 2016
14 dic 2016
Comunicado CEOE
Las medidas tributarias adoptadas por el Gobierno afectarán a la inversión y el empleo
CEOE quiere ampliar el AENC a otros temas para mejorar la competitividad de las empresas
La Junta Directiva de CEOE en su reunión de hoy ha estudiado las consecuencias de las últimas medidas económicas adoptadas por el Gobierno y ha hecho un balance de la marcha de las negociaciones del AENC que se están llevando a cabo con los sindicatos.
Economía y Fiscalidad Economía y Fiscalidad – ceoe.es
Medidas fiscales
En relación al anuncio de que el Real Decreto-Ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario, va a ser convalidado mañana, día 15 de diciembre, en sesión plenaria del Congreso, reiteramos nuestra oposición a los incrementos impositivos que contiene, así como, a su tramitación como Real Decreto-Ley.
Las medidas tributarias adoptadas persiguen una reducción del déficit acudiendo, una vez más, al incremento de los impuestos que recaen sobre las empresas, cuya presión fiscal, en especial las cotizaciones sociales, ya resulta superior a la de muchos países de la Unión Europeos.
La alternativa fácil de elevar impuestos, en vez de reducir el gasto no productivo de la administración, es una política cortoplacista y de escaso recorrido. Esto permitiría reducir el déficit sin tener efectos negativos sobre el crecimiento de las empresas y el aumento del empleo.
Por otra parte, los cambios incluidos en el Real Decreto-Ley afectan, en muchos casos, a decisiones de inversión tomadas hace meses y hacen imposible cualquier tipo de previsión de los costes fiscales de las empresas o la valoración de inversiones a realizar. Esta inseguridad, unida a la alta presión fiscal, crea en nuestro país un entorno desfavorable a la inversión tanto nacional como extranjera que se pone más de relieve frente a los anuncios, en otros países, de una reducción de la fiscalidad empresarial.
Negociación del AENC
Sobre las negociaciones del AENC, organizaciones empresariales y sindicatos se comprometieron a establecer una nueva recomendación salarial para el año 2017 teniendo en cuenta la evolución del PIB en 2016 y el cuadro macroeconómico del Gobierno para 2017, concretándolo en los tres meses siguientes a la publicación de este último.
Se han celebrados diversas reuniones en las que se ha puesto encima de la mesa la voluntad de la CEOE de, no sólo llegar a un acuerdo en esta materia, sino también de tratar toda una serie de aspectos que son estratégicos para la competitividad de las empresas, el desarrollo económico de España y la creación de empleo.
Entre estos temas cabe destacar: la reforma del Estatuto de los Trabajadores, la formación, la negociación colectiva, el papel de los interlocutores sociales, el Consejo Económico y Social, los sistemas de solución autónoma de conflictos, la prevención de riesgos laborales, los servicios de empleo, las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social o el sistema de Seguridad Social. Sobre estos asuntos estamos a la espera de recibir las propuestas de los sindicatos y avanzar en las negociaciones
– See more at: http://www.ceoe.es/es/contenido/actualidad/noticias/las-medidas-tributarias-adoptadas-por-el-gobierno-afectaran-a-la-inversion-y-el-empleo#sthash.BDFw2o0k.dpuf
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lunes, 19 de diciembre de 2016
Lunes, 12 de diciembre de 2016 cgpj.es
El número de lanzamientos practicados en Andalucía baja un 9,3 por ciento en el tercer trimestre del año
Los lanzamientos consecuencia de ejecuciones hipotecarias descienden un 14 por ciento y los derivados de arrendamientos urbanos bajan un 3,2 por ciento. La cifra de ejecuciones hipotecarias iniciadas fue 2.180, lo que supone una disminución interanual del 38,3 por ciento. Los procesos monitorios bajan más de un 30 por ciento y disminuyen también las demandas por despido un 11 por ciento
Autor:Comunicación Poder Judicial
El número de lanzamientos practicados en el tercer trimestre de 2016 en la Comunidad Autónoma de Andalucía experimentó un descenso del 9,3 por ciento respecto al mismo trimestre del año anterior, al pasar de 2.157 a 1.956, según el informe “Efectos de la crisis económica en los órganos judiciales”, que la Sección de Estadística del Consejo General del Poder Judicial ha hecho público hoy.
La cifra de lanzamientos practicados ha disminuido en todas las Comunidades Autónomas, excepto en Castilla y León, Extremadura, Galicia y Madrid. Los lanzamientos afectan a distintos tipos de inmuebles, no solo a viviendas y, en el caso de éstas, no solo a vivienda habitual.
Los lanzamientos por impago del alquiler disminuyeron el 3,2 por ciento respecto al tercer trimestre de 2015, mientras que los derivados de ejecuciones hipotecarias bajaron el 14 por ciento.
Cataluña –con 2.815, el 23,2 por ciento del total nacional- fue la Comunidad Autónoma en la que se practicaron más lanzamientos entre el 1 de julio y el 30 de septiembre pasados, seguida por Andalucía –con 1.956-, la Comunidad Valenciana –con 1.767- y Madrid, con 1.333. Estos cuatro territorios sumaron el 64,8 por ciento de todos los lanzamientos practicados en España en ese periodo.
Atendiendo solo a los lanzamientos consecuencia de procedimientos derivados de la LAU, en el primer lugar aparece también Cataluña, con 1.740; seguida por Madrid, con 970; Andalucía, con 856; y la Comunidad Valenciana, con 783. En cuanto a los derivados de ejecuciones hipotecarias, la clasificación la encabeza Andalucía, con 1.014; seguida por la Comunidad Valenciana, con 954; y Cataluña, con 949.
El informe incluye también el número de lanzamientos solicitados a los servicios comunes de notificaciones y embargos, aunque con la advertencia de que este servicio no existe en todos los partidos judiciales, por lo que el dato permite medir la evolución, pero no indica los valores absolutos. Además, el hecho de que un lanzamiento sea solicitado al servicio común no supone que éste lo haya ejecutado.
Con estas premisas, los datos disponibles reflejan que el número de lanzamientos solicitados a los servicios comunes en el tercer trimestre de 2016 fue de 2.763, un 14,8 por ciento menos que en el mismo periodo del año anterior. De ellos, 1.511 terminaron con cumplimiento positivo, lo que representa un descenso interanual del 6,2 por ciento.
Las ejecuciones hipotecarias bajan un 37,3 por ciento
El número de ejecuciones hipotecarias iniciadas en el tercer trimestre del año fue de 2.180, un 37,3 por ciento menos que en el mismo periodo del año anterior.
Todas las Comunidades Autónomas experimentaron descensos interanuales en el número de ejecuciones hipotecarias iniciadas, siendo superiores al 40 por ciento en Asturias, Illes Balears, la Comunidad Valenciana, Galicia, Madrid, Murcia y Navarra.
La Comunidad Autónoma con mayor número de ejecuciones hipotecarias iniciadas entre los pasados 1 de julio y 30 de septiembre fue Andalucía –con 2.180, el 24 por ciento del total nacional-; seguida por Cataluña –con 1.859- y la Comunidad Valenciana –con 1.263-.
Aumenta el número de concursos presentados
El número de concursos presentados en el tercer trimestre de 2016, contabilizando los presentados en los Juzgados de lo Mercantil y los de personas físicas registrados en los Juzgados de Primera Instancia y de Primera Instancia e Instrucción fue de 223, lo que supone una disminución del 1,3 por ciento respecto al mismo periodo del año anterior.
De esos concursos, 34 corresponden a los presentados por personas naturales no empresarios –cuya competencia corresponde desde el 1 de octubre de 2015 a los Juzgados de Primera Instancia y de Primera Instancia e Instrucción-, por lo que atendiendo solo a los 189 concursos registrados en los Juzgados de lo Mercantil se observa una disminución interanual del 16,4 por ciento.
Cataluña fue la Comunidad Autónoma con más concursos presentados en el tercer trimestre del año -376, el 23,6 por ciento del total nacional-. Le siguieron Madrid, con 317; Andalucía, con 223; y la Comunidad Valenciana, con 195.
También fue en Cataluña donde se registraron más concursos de personas físicas en ese periodo: 103, lo que supone el 30,7 por ciento del total. Le siguieron Madrid, con 74; la Comunidad Valenciana, con 49; y Andalucía, con 34.
Las demandas por despido caen un 11,1 por ciento
Las 3.726 demandas por despido presentadas en los Juzgados de lo Social de la Comunidad Autónoma en el tercer trimestre del año suponen un descenso interanual del 11,1 por ciento.
Por territorios, Madrid –con 4.745, el 20,3 por ciento del total nacional- fue la Comunidad Autónoma en la que se presentaron más demandas de este tipo, seguida por Cataluña –con 4.348, el 18,6 por ciento- y Andalucía –con 3.726, el 15,9 por ciento-.
Los procedimientos monitorios presentados en el tercer trimestre del año en los Juzgados de Primera Instancia y de Primera Instancia e Instrucción fueron 21.895, lo que supone una reducción del 30,9 por ciento respecto al mismo periodo de 2015.
La disminución se ha producido en todas las Comunidades Autónomas excepto en Cataluña, donde han aumentado un 35,9 por ciento.
Este tipo de procedimiento sirve para reclamar deudas dinerarias líquidas, determinadas, vencidas y exigibles, e incluyen las cantidades debidas en concepto de gastos comunes de comunidades de propietarios de inmuebles urbanos.
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domingo, 18 de diciembre de 2016
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sábado, 17 de diciembre de 2016
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