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- La portabilidad agregada de numeración fija y móvil volvió a rozar el millón de cambios en octubre
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- Plaza de la Constitución. Vigo
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- El Parlamento demanda medidas para proteger el derecho a la vivienda
- Comunicado CEPYME sobre los ERTE
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- Campo defiende la mediación como un modelo de Justicia que aboga por resolver conflictos antes de llegar al litigio
- Estado de situación del COVID-19
- La Audiencia Nacional absuelve a tres exdirectivos de la Caja de Ahorros del Mediterráneo y a un empresario en la pieza por la reestructuración de la deuda de la inmobiliaria Hansa Urbana
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- La fibra óptica hasta el hogar (FTTH) ya es el principal modo de acceso a Internet en los municipios españoles de más de 5.000 habitantes
- Vista desde el paseíto de Ramiro. Alicante
- El Comité Ejecutivo de Foment denuncia desidia en la planificación de las elecciones en el Parlament y exige urnas lo antes posible
- El Gobierno centra la tercera reunión de la Mesa de Diálogo Social en las principales reformas previstas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
- Aceptada una recomendación del Defensor del Pueblo para que los servicios de mantenimiento de gas cesen a la vez que el contrato de suministro
- Cámara de España crea una Unidad de Apoyo y una web informativa para ayudar a las empresas en la gestión de los fondos de recuperación
- Pandemia de COVID-19: la respuesta de la UE
- En Torrelodones .
- El Tribunal Supremo confirma la prohibición del Banco de España de exigir a sus trabajadores entregar su declaración del IRPF en el Código de Conducta
- CSIF reclama un nuevo confinamiento y un plan de contención para las Administraciones Públicas
- El TSJC anula el plan que permitía el parque acuático en el sur de Gran Canaria
- Autónomos y empresas reciben en 2020 más de 114.000 millones de euros de financiación a través de la Línea de Avales del ICO
- El Tesoro emite 10.000 millones de euros a 10 años al menor coste de su historia en ese plazo
- . Cuatro Torres .
- Marco contable y de auditoría
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- Los datos del paro en 2020 hacen necesario ampliar los ertes y el cese de actividad de autónomos para mantener la actividad y el empleo
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- La Agencia Española de Protección de Datos sanciona a Caixabank con dos multas de cuatro millones y dos millones de euros por el tratamiento ilícito de los datos de sus clientes.
- La Policía Nacional detiene a un hombre que obtuvo datos de más de 4.000 tarjetas bancarias usando el método smishing
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- Unai Sordo: «Los ERTES han logrado contener la destrucción de empleo»
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- Brexit: ¿cómo me afectan las nuevas relaciones entre la UE y Reino Unido?
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- El hundimiento del empleo apunta el camino a seguir: inyección directa de dinero a las empresas, reducción de costes fiscales y alargamiento de los ERTE
- El Tesoro reduce a 100.000 millones de euros las necesidades de financiación neta para 2021
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- Información del Ministerio del Interior a las 10:00 del día 11 de enero de 2021 sobre incidencias y respuestas frente a la ola de frío
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- Información del Ministerio del Interior a las 10:00 del día 10 de enero de 2021 sobre incidencias y respuestas frente al temporal Filomena
- Nevada en Madrid
- El Ministerio de Política Territorial y Función Pública recomienda el teletrabajo a las empleadas y empleados públicos
- Ábalos asegura que Mitma tiene activados todos los medios humanos y materiales para garantizar el abastecimiento y la movilidad de los servicios esenciales
- La Seguridad Social suma 7.350 afiliados en términos desestacionalizados en el mes de diciembre
- La COVID 19 frena la tendencia positiva de visitas a los museos estatales en 2020, cuyas cifras globales descienden un 63,55 %
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- Pastando en el norte de León
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- Excedencia voluntaria por cuidado de hijos u otros dependientes: es servicio activo
- La CNMC publica el informe de supervisión del mercado minorista eléctrico
- Los glaciares de las finanzas mundiales: La composición por monedas de las reservas de los bancos centrales
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- Protección Civil y Emergencias alerta por nevadas en amplias zonas de la Península
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- Cambios en el Índice General de la Bolsa de Madrid para el primer semestre de 2021
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- Estado de situación de COVID-19
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- La Policía Nacional detiene en Barcelona a un menor por la fabricación y venta de billetes falsos de 10, 20 y 50 euros a través de Internet
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- Programa de Justicia: la Presidencia del Consejo y el Parlamento Europeo alcanzan un acuerdo provisional
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- La reserva hídrica española se encuentra al 50,2 por ciento de su capacidad
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- Estado de situación del COVID-19
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- El Parlamento Europeo alerta de intentos de silenciar las críticas y el pluralismo de los medios
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- Luis Planas valora el paso adelante emprendido por la DOP Cava en su apuesta por la diferenciación y la creación de valor
- En el Principado de Asturias.
- Las subidas de precios del IPC de octubre solo benefician a los gigantes de internet
- La reserva hídrica española se encuentra al 47,4 por ciento de su capacidad
- Estado de Derecho: nuevo mecanismo para proteger el presupuesto y los valores de la UE
- La Marina y el Real Cub de Regatas. Alicante
- El IEE cree que son unos presupuestos de gasto expansivo en un escenario económico poco realista
- Francisco Brines, Premio Cervantes 2020
- El Gobierno invertirá 883 millones en conectividad y despliegue de tecnología 5G en 2021
- El Ministerio de Cultura y Deporte anuncia un acuerdo con Correos y libreros para abaratar los envíos de libros
- El juez rechaza la petición de sobreseimiento y continúa el procedimiento contra los dos investigados por el uso de tarjetas bancarias de la Faffe en locales de alterne
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- Estadística Registral Inmobiliaria 3T 2020
- Los fondos del plan de recuperación deben movilizarse cuanto antes
- Jornada sobre arbitraje y competitividad empresarial
- La Policía Nacional detiene a 17 personas en una operación contra el fraude en el comercio online
- Un informe científico español concluye que hay evidencia significativa sobre la transmisión de SARS-CoV-2 por aerosoles
- New York 05.12.19
- El Gobierno adopta medidas urgentes para apoyar la liquidez y solvencia empresarial
- Detenido en Tenerife el principal responsable de un fraude mediante inversiones en criptomonedas
- El redactado de la última prórroga de los ERTE provoca un nuevo atasco en el SEPE
- La pendencia en los Juzgados de cláusulas suelo disminuye un 4 % en el tercer trimestre de 2020 tras la paralización causada por el COVID-19
- Inclusión flexibiliza el acceso de los hosteleros a la prestación extraordinaria por suspensión de actividad
- Jimmy Hendrix
- El despegue de los pagos transfronterizos
- Sanidad recuerda la importancia de donar sangre
- 14 Medidas para combatir la COVID-19
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- Vista de la bahía de Santander .
- La Sala Primera del Tribunal Supremo notifica las sentencias que resuelven cuatro recursos de casación en relación con el índice IRPH de las hipotecas
- Informe “La Tributación del Ahorro y su Incidencia en la Reactivación Económica desde la Perspectiva de la Competitividad Regional”
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- El Consejo Económico y Social aprueba un Informe sobre Jóvenes y mercado de trabajo en España
- Foment constata que los datos de empleo de octubre muestran más sombras que luces
- Catedral de León,
- El Directorio Ejecutivo del Fondo Monetario Internacional concluye la Consulta del Artículo IV con España correspondiente a 2020
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- La Seguridad Social registra 18.990.364 afiliados medios en octubre, 113.974 más que en septiembre
- La CES reclama una directiva de salario mínimo más ambiciosa
- Molino. Aguilar de Campoo
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- Un contrato de prestación de servicios de telecomunicaciones que contiene una cláusula conforme a la que un cliente ha consentido en la obtención y la conservación de su documento de identidad no puede demostrar que esa persona haya dado válidamente su consentimiento cuando la correspondiente casilla haya sido marcada por el responsable del tratamiento antes de la firma del contrato
- Estado de situación del COVID-19
- La AIReF estima un déficit del 8% del PIB, tras alcanzar el 11,6% en 2020
- La reserva hídrica española se encuentra al 47,2 por ciento de su capacidad
- Llegando de Inglaterra
- Estadística Registral Inmobiliaria – Avance datos mes de septiembre 2020
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- El sector de las plataformas digitales reclama una regulación del trabajo adaptada a los nuevos tiempos
- Río Pisuerga. Aguilar de Campoo
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- El Gobierno impulsa un nuevo modelo de seguridad vial para reducir los accidentes de tráfico
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- Santander. Grúa de piedra y centro Botín
- El Tribunal Supremo se pronuncia sobre la validez de un documento en el que se contiene una reducción de la cláusula suelo con la contrapartida de renuncia al ejercicio de acciones por el consumidor
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- El primer octubre frío de los últimos diez años
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- Las limitaciones a la actividad comercial son excesivamente gravosas y de difícil aplicación
- El Tribunal Superior de Navarra autoriza al Gobierno foral la prórroga de la clausura de la hostelería y las limitaciones a los centros comerciales
- Las Administraciones Públicas registran 931.000 contratos temporales, la mayor cifra de la serie histórica
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- FEUSO supera las 600.000 firmas en contra de la Ley Celaá
- El Tribunal Supremo se pronuncia sobre el caso de un préstamo hipotecario en una vivienda de protección oficial referenciado al IRPH-Entidades
- El juez condena a un año de inhabilitación a la secretaria municipal de Fustiñana (Navarra) por negarse a tramitar expedientes de matrimonio
- El déficit del Estado se sitúa hasta septiembre en el 5,09% del PIB por el impacto de la COVID-19
- El Presidente de CEOE apuesta por la colaboración público-privada, la digitalización y el diálogo social.
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- Competitividad fiscal 2020: ¿Por qué no se pueden subir más los impuestos en España?
- Unai Sordo: “El objetivo prioritario de los PGE tiene que ser proteger a la población afectada por la pandemia y la crisis económica e impulsar la actividad económica”
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- En Biarritz
- Coronavirus: cronología de la respuesta de la UE. Viajes y transportes
- Justicia recibirá 410 millones de la UE para la recuperación económica de la crisis provocada por la COVID-19
- La Sala de Gobierno aprueba un plan de refuerzo para agilizar los pleitos por cláusulas suelo en Vigo
- Más de la mitad de las empresas prevé sufrir un incremento de la morosidad durante la Covid-19
- Prisión provisional para un joven en Teruel por agredir al juez que le había condenado
- Pensando
- Coronavirus: cronología de la respuesta de la UE. Empleo y Sociedad
- Foment: la crisis sanitaria no es excusa para no inyectar dinero directo a los sectores económicos más perjudicados y no elaborar planes de choque sectoriales
- Justicia y CCAA apuestan por gestionar los fondos europeos de recuperación bajo el modelo de cogobernanza
- El Gobierno aprueba el Real Decreto de subastas para aprovechar todo el potencial de las energías renovables en la reactivación económica
- La Bolsa negocia 27.977 millones de euros en octubre
- Bahía en calma. Santander
- Coronavirus: cronología de la respuesta de la UE. Economía
- El TSXG rechaza obligar a la Xunta a impartir clases online y permitir el absentismo escolar por la COVID-19
- El 40,6 % de las licencias de enterramiento expedidas por los registros civiles de Castilla-La Mancha entre marzo y septiembre de 2020 recoge como causa de la muerte COVID o sospecha de COVID
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- Edificio Hotel . en Madrid
- Coronavirus: cronología de la respuesta de la UE. Investigación
- El TS rechaza el recurso del Notariado contra el Registro de Titularidades
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- Coronavirus: cronología de la respuesta de la UE. Sanidad
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- Rockefeller center …
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- El Juzgado anula de nuevo una multa impuesta por pasear por Vigo durante el confinamiento
- Una política agrícola común más verde, más justa y más solida
- Castillo de Santa Bárbara y puerto de Alicante
- ¿Por qué la UE quiere regular la economía de plataformas?
- Ventilación segura en el trabajo: ventilar oficinas y espacios cerrados frente al covid
- El TSJM desestima el recurso de la Fiscalía contra el auto que anulaba el cierre perimetral de Madrid
- La reserva hídrica española se encuentra al 46,4 por ciento de su capacidad
- Paseando por el puerto pesquero. Santander
- Los concursos de acreedores inscritos aumentaron el 55% anual en septiembre
- El Tribunal Supremo declara que los concejales tránsfugas no pueden asumir nuevos cargos o retribuciones que supongan mejoras políticas y económicas
- Reyes Maroto: «La entrada de Canarias en los corredores seguros de Reino Unido es una excelente noticia»
- La Sala de lo Contencioso Administrativo ratifica el cierre perimetral de La Rioja porque “preserva la vida y la salud de los ciudadanos”
- Edificio bancario. Santander
- El Gobierno aprueba el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021
- La Audiencia de León resuelve que los accionistas de Banco Popular pueden litigar contra Banco Santander por la nulidad en la adquisición de títulos
- La economía española continúa en deflación en septiembre, acumulando seis meses de caída del IPC
- “Justicia 2030 es el plan más ambicioso jamás pensado para la administración de Justicia desde la transición española”
- Nieve en la montaña palentina
- Ábalos preside la puesta en servicio de un nuevo tramo de la línea de Alta Velocidad a Galicia, entre Zamora y Pedralba de la Pradería
- El TSJ de Castilla y León no ratifica las restricciones de movilidad adoptadas por la Junta antes de la declaración del Estado de Alarma
- El Tribunal Supremo desestima el recurso de Puigdemont contra la orden de detención y la petición de la suspensión de inmunidad al Parlamento Europeo
- La AIReF señala que los incentivos a la contratación no pueden sustituir a las reformas estructurales para combatir la temporalidad y el desempleo
- Embalse de Leurtza. Navarra
- El Gobierno decreta un estado de alarma para dar amparo constitucional pleno a las medidas contra la pandemia necesarias en las CC.AA.
- Interior refuerza el Sistema Nacional de Protección Civil con el primer Plan General de Emergencias del Estado
- La banda ancha fija, la telefonía fija y la televisión de pago, los servicios peor valorados por los hogares españoles
- Ley Europea del Clima: una reducción del 60% de las emisiones para 2030
- Surf en Biarritz
- Darias: «Uno de los objetivos del Gobierno de España es la igualdad y facilitar el acceso al empleo público es dar más oportunidades a la gente»
- El juez de la Audiencia Nacional cita como investigado al exgerente de CDC en la pieza separada de la causa ‘3 por ciento’
- Una guía del CSIC muestra cómo se deben ventilar las aulas para reducir el riesgo de contagio por Covid-19
- Los precios de la electricidad en el hogar hacen repuntar el IPC de septiembre
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- La magistrada del Tribunal Supremo Celsa Pico es elegida presidenta de la Comisión de Ética Judicial
- Darias destaca la regulación del teletrabajo en las administraciones públicas como fruto del diálogo y consenso con las CCAA, las EELL y los sindicatos
- El Tribunal Supremo considera ajustado a derecho el impuesto valenciano sobre actividades sobre el Medio Ambiente
- El Tribunal Superior de Navarra ratifica la limitación de las reuniones a seis personas y el cierre de la hostelería a las 22 horas
- Hortensia. Donamaría
- El CGPJ firma con Plena Inclusión España un convenio dirigido a garantizar el acceso a la justicia a las personas con discapacidad intelectual
- Luis Planas señala satisfecho que el acuerdo político sobre la PAC recoge las propuestas españolas
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- Campo: “Elena Górriz fue ejemplo de la deseada simbiosis entre instituciones y universidad”
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- En Donamaría. Navarra
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- El Senado aprueba definitivamente los Impuestos sobre Determinados Servicios Digitales y sobre Transacciones Financieras
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- 30 de diciembre de 1896
- Versos de Rizal. Mi último adiós
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- El Defensor celebra que el Auto del Supremo sobre la reducción de los plazos de la ITV coincida con lo recomendado por la Institución
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- ERTE, prórroga hasta enero: sectores afectados y ERTE de rebrote
- Monumento a Rizal. Madrid
- El Tribunal Supremo advierte que Hacienda no puede pedir registrar un domicilio o empresa sin un motivo debidamente justificado
- El comercio electrónico superó en España los 12.200 millones de euros en el primer trimestre de 2020, un 11,6% más que el año anterior
- El Defensor celebra que la policía acepte su recomendación para que todos sus agentes se encuentren siempre plenamente identificados
- Los órganos judiciales notificaron en septiembre un 10,7 % más de resoluciones que en 2019
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Archivo de diciembre de 2018
lunes, 31 de diciembre de 2018
Consejo de Ministros
El Gobierno aprueba la revalorización de más de 10,3 millones de pensiones
La Moncloa, Madrid, viernes 28 de diciembre de 2018 lamoncloa.gob.es
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley de medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, que incluye la revalorización de las pensiones del Sistema de la Seguridad Social, de las clases pasivas del Estado y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2019.
Con carácter general, el 1 de enero de 2019, las pensiones contributivas se revalorizarán el 1,6% y las pensiones mínimas y no contributivas un 3%. Además, a partir de la nómina de enero, se eleva la base reguladora de las pensiones de viudedad en un 4%, que se suma a la mejora en otros cuatro puntos aprobada en julio.
Además, los pensionistas recibirán en el mes de abril una paga adicional del 0,1%, que es la diferencia entre la revalorización del 1,6% aplicada en 2018 y el Índice de Precios al Consumo (IPC) de este año, que se sitúa en el 1,7%. La subida final para el presente año ha sido, por tanto, del 1,7%.
La revalorización afectará a 10.340.805 pensiones públicas, de las que 9.692.296 son contributivas. Del resto, 451.229 son de carácter no contributivo y 197.280 corresponden a prestación familiar por hijo a cargo con 18 o más años y minusvalía superior al 65%.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que ha comparecido tras la reunión del Consejo de Ministros para hacer balance de su gestión, ha resaltado que los pensionistas ganarán poder adquisitivo tras años de merma constante por el efecto del sistema anterior de cálculo de las prestaciones.
Pedro Sánchez ha afirmado que «la sostenibilidad de nuestro sistema de pensiones requiere diálogo, no más imposiciones», por lo que la voluntad del Ejecutivo es que, en el marco del diálogo social, se llegue a un acuerdo que permita la sostenibilidad del sistema público preservando el poder adquisitivo de los jubilados. «Las pensiones son para este Gobierno un derecho de la ciudadanía, no son una mercancía con la que hacer negocio», ha dicho.
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domingo, 30 de diciembre de 2018
28 de diciembre de 2018
mineco.gob.es
El PIB registra un crecimiento del 0,6% en el tercer trimestre
Se mantiene la fortaleza de la demanda nacional, con una contribución de 2,8 puntos al crecimiento interanual del PIB
El empleo crece al 2,5% en tasa interanual, lo que supone la creación de 450.000 puestos de trabajo a tiempo completo en un año
El Producto Interior Bruto (PIB) registró un crecimiento del 0,6% en el tercer trimestre del año, según los datos de Contabilidad Nacional publicados hoy por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Esta tasa es idéntica a la registrada en los dos primeros trimestres del año.
En términos interanuales, la economía española creció el 2,4% en el tercer trimestre. El INE constata el mantenimiento del crecimiento real y nominal de la economía española, en un entorno de incertidumbres internacionales. El diferencial de crecimiento sigue siendo favorable a España respecto a la zona euro, situándose en el tercer trimestre las tasas intertrimestral e interanual del PIB de la zona euro en el 0,2% y el 1,6%, respectivamente.
Se mantiene la fortaleza de la demanda nacional, con una contribución de 2,8 puntos porcentuales al crecimiento interanual del PIB, ligeramente inferior a la del trimestre anterior. Por componentes, la formación bruta de capital fijo mantiene el tono expansivo con un crecimiento del 5,5%, y una aportación equilibrada de todos sus componentes. El consumo de los hogares mantiene su tasa de crecimiento interanual en el 2,1% y la del gasto de las Administraciones Públicas se incrementa ligeramente hasta el 2,1%.
La demanda externa neta mejora su comportamiento, situándose su aportación al crecimiento interanual en -0,4 puntos porcentuales, dos décimas superior a la del trimestre anterior. Esto es debido a una desaceleración de las exportaciones (1 punto, hasta el 1,3% interanual), inferior a la de las importaciones (2,1 puntos, hasta el 2,5%)
Se mantiene el buen ritmo en la creación de empleo, con un crecimiento del 0,7% intertrimestral. Este tono positivo ha permitido que la tasa de incremento interanual se mantenga en el 2,5%, lo que supone la creación de 450.000 puestos de trabajo equivalentes a tiempo completo en el último año. La remuneración por asalariado aumenta el 1,1% interanual, tres décimas más que en el trimestre anterior, de forma que los costes laborales unitarios se aceleran cuatro décimas, hasta el 1,2% interanual.
Cuentas trimestrales no financieras de los sectores institucionales
La economía española registró una capacidad de financiación frente al resto del mundo de 3.427 millones de euros en el tercer trimestre de 2018, según los datos publicado hoy por el INE. Si se eliminan los efectos estacionales y de calendario la capacidad de financiación se sitúa en el 0,9% del PIB.
La renta nacional bruta alcanza los 295.928 millones de euros en el tercer trimestre, lo que supone un incremento del 3,6% respecto al mismo periodo del año anterior. La renta nacional disponible bruta se sitúa en 292.465 millones de euros, también superior en un 3,6% a la de un año antes.
La tasa de ahorro de los hogares se sitúa en el 5,2% de su renta bruta disponible, con series corregidas de efectos estacionales y de calendario, frente al 5% del trimestre previo.
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sábado, 29 de diciembre de 2018
Estadística de Precios de Suelo correspondiente al tercer trimestre de 2018
El precio medio del suelo urbano descendió un 4,3% en el tercer trimestre de 2018 en tasa interanual
Lunes 17 de diciembre de 2018 lamoncloa.gob.es
El precio medio del metro cuadrado del suelo descendió en el tercer trimestre de 2018 un 4,3% en tasa interanual (tercer trimestre de 2018 con tercer trimestre de 2017), al situarse en 155,1 euros. Frente al trimestre anterior, el precio medio del m2 experimentó un descenso del 4,8%.
En los municipios de más de 50.000 habitantes el precio medio del m2 ha descendido en tasa interanual un 3,7% tras situarse en 276,7 euros por metro cuadrado.
Los precios medios más elevados, dentro de los municipios de más de 50.000 habitantes, se dieron en las provincias de Madrid (Comunidad de) (583,9 €/m2), Barcelona (453,5 €/m2), Balears (Illes) (417,4 €/m2) y Zaragoza (337,9 €/m2),. Los precios medios más bajos, dentro de los municipios de más de 50.000 habitantes, se dieron en las provincias de Guadalajara (73,1 €/m2), Ourense (76,4 €/m2) y Albacete (81,2 €/m2).
Transacciones de suelo. Superficie y valor trasmitidos
El número de transacciones realizadas en el tercer trimestre de 2018 fue de 5.338, un 8,2% menos que las realizadas en el segundo trimestre de 2018, que ascendieron a 5.187 y un 17,4% más que las realizadas en el tercer trimestre de 2017, donde se transmitieron 4.545 solares.
Ministerio del Interior
Según el tamaño del municipio, las transacciones se distribuyen de la siguiente forma: en los municipios menores de 1.000 habitantes se realizaron 448 transacciones, un 22,4% más que en el mismo trimestre del año anterior; en los municipios entre 1.000 y 5.000 habitantes se vendieron 938 solares, lo que representa un aumento del 9,5% en tasa interanual; en los municipios entre 5.000 y 10.000 habitantes el número de transacciones fue de 873, un 14,4% más que en el mismo trimestre del año anterior; en aquellos municipios cuya población está comprendida entre 10.000 y 50.000 habitantes las transacciones ascendieron a 2.036, un 28,0% menos en tasa interanual. Finalmente, en los municipios con una población superior a 50.000 habitantes el número de solares vendidos fue de 1.043, un 7,7% más que el tercer trimestre del año anterior.
La superficie trasmitida en el tercer trimestre de 2018 asciende a 7,9 millones de metros cuadrados, por un valor de 932,7 millones de euros. Respecto al tercer trimestre de 2017, las variaciones interanuales representan un 24,7% más de superficie transmitida y un 21,9% más del valor de las mismas.
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viernes, 28 de diciembre de 2018
Jueves, 27 de diciembre de 2018 poderjudicial.es
El Tribunal Supremo confirma su competencia para enjuiciar los delitos de rebelión y de malversación en la causa del “procés” y remite al TSJ de Cataluña la parte que afecta a los acusados de desobediencia
La Sala Segunda del alto tribunal enjuiciará a los acusados Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull, Josep Rull, Joaquin Forn, Jordi Sánchez, Jordi Cuixart, Dolores Bassa, Carme Forcadell, Meritxell Borrás, Carles Mundó y Santiago Vila
Autor:Comunicación Poder Judicial
Tras el examen de los escritos de acusación formulados y las alegaciones de las partes en el acto de la vista, la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado por unanimidad su competencia para enjuiciar los delitos de rebelión y de malversación de caudales públicos en la conocida como causa del “procés” y ha acordado remitir al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña la parte que afecta a los procesados a los que la Fiscalía solo acusaba de un delito de desobediencia.
La Sala adopta esta decisión al razonar que «…con la obligada distancia respecto a la integridad del relato fáctico que ofrecen las acusaciones, contamos ahora con un elemento de juicio del que no podían disponer el Excmo. Sr. Magistrado instructor y la Sala de Recursos. Se trata, claro es, de las conclusiones provisionales del Fiscal y el resto de las partes, en las que se ofrece un relato histórico que, sin desbordar los límites objetivos y subjetivos del auto de procesamiento, permite valorar, ahora de forma enriquecida, la inescindibilidad del hecho y los presupuestos de la conexión procesal. Se trata, por tanto, de resolver una cuestión incidental promovida una vez abierto el juicio oral que, sin referirse a la esencia o a la existencia del delito perseguido, pone obstáculo al juicio oral y debe ser resuelta antes de entrar en el mismo».
Entiende la Sala, en una resolución de la que ha sido ponente su presidente, Manuel Marchena, que «… el rígido entendimiento histórico de la conexión ha dejado paso, a raíz de la reforma de 2015, a una desconexión procesal alentada por el legislador siempre que ello contribuya a un enjuiciamiento más ágil y sin dilaciones. La previsible duración de la causa especial que nos ocupa, la continuada presencia de los procesados durante las prolongadas sesiones del juicio oral y, en fin, el obligado desplazamiento de quienes sólo van a responder del delito de desobediencia, sugieren a la Sala desgajar esa secuencia fáctica para su enjuiciamiento en Barcelona”.
Para el tribunal, esta decisión “no implica, desde luego, cuestionar la inescindibilidad del hecho que, hasta ahora, ha venido siendo apreciada por el Excmo. Sr. Magistrado instructor, por la Sala de Recursos, por el Fiscal y por el resto de las acusaciones. Sucede, sin embargo, que el renovado mandato del art. 17.1 de la LECrim matiza la inescindibilidad del hecho, atribuyéndole ahora un marcado carácter funcional que antepone, frente a una visión causal del enlace apreciable entre los hechos, razones de operatividad ligadas a la previsible complejidad y duración del juicio. Para llegar a esta conclusión, la Sala toma en consideración elementos aportados por los escritos de calificación que, hasta ahora, no habían podido ser valorados».
Respecto a la vulneración de derechos fundamentales alegada por las defensas, la Sala considera que será al inicio de las sesiones del juicio oral cuando se podrá invocar. No obstante, rechaza que la distancia respecto del domicilio familiar, así como la imposibilidad de utilizar su lengua materna, que fue planteada en la vista, pueda ser determinante de la competencia del órgano de enjuiciamiento.
Razona la Sala que «…nuestro sistema constitucional no concede a los procesados el derecho a ser enjuiciados en las proximidades del domicilio familiar. Ningún sistema procesal contempla la cercanía domiciliaria como fuero determinante de la competencia en el proceso penal».
Petición sobrevenida de traducción simultánea
También aborda el tribunal la petición de algunos letrados que en el acto de la vista solicitaron la instalación de un sistema de traducción simultánea para el interrogatorio de los procesados. Sobre esta cuestión, la Sala argumenta que «…la sobrevenida invocación del derecho a que las sesiones del juicio se desarrollen en la lengua materna de los procesados contrasta con la ausencia de cualquier queja de indefensión durante el largo tiempo que ya han consumido la investigación y la fase intermedia de esta causa especial. La defensa anunció la presentación en los próximos días de un escrito en apoyo de esa petición. El conocimiento y la valoración de esas alegaciones condicionarán la respuesta de la Sala».
Los magistrados dejan abierta la respuesta a esa petición, pero concluyen que «…hacer depender el derecho a un proceso justo de la distancia entre la sede del propio domicilio y la del órgano jurisdiccional o del uso de la lengua materna por los profesionales que asumen la defensa, conduciría al sinsentido de negar que ese derecho tenga vigencia, por ejemplo, en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos».
La Sala aborda también las dudas planteadas por las defensas en el escrito de formalización de la declinatoria de jurisdicción sobre la designación del ponente y de los últimos miembros de la Sala Segunda. En su auto, el tribunal señala que «…la insinuación que se desliza acerca de las dudas sobre la designación del ponente y de los últimos miembros de la Sala Segunda, la afirmación de un escenario de excepción o de un derecho penal del enemigo, son tomadas por la Sala como legítimos desahogos defensivos que, al carecer del más mínimo respaldo argumental, van a limitar sus efectos a los de su simple constancia».
Los abogados de los procesados tienen un plazo de diez días hábiles, a contar desde mañana viernes 28 de diciembre, para presentar sus escritos de defensa.
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jueves, 27 de diciembre de 2018
21 de diciembre de 2018
mineco.gob.es
El Gobierno aprueba el Real Decreto que completa la transposición de la Directiva que regula los mercados de instrumentos financieros (MIFID II)
El texto tiene como objetivos básicos reforzar la protección de los clientes de servicios financieros e incrementar la transparencia y la información relativas a las operaciones que se llevan a cabo con instrumentos financieros
El Real Decreto aprobado desarrolla reglamentariamente el régimen jurídico de los mercados regulados, así como el de las Empresas de Servicios de Inversión
En relación con los incentivos y retrocesiones, se establecen los requisitos específicos para considerar que existe una mejora de la calidad del servicio ofrecido y prestado al cliente
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto de desarrollo de la Ley de Mercado de Valores para su adaptación a la normativa relativa a los mercados de instrumentos financieros, más conocida como MIFID II. Con este Real Decreto se completa la transposición al ordenamiento jurídico español del paquete regulatorio de MIFID II.
La urgencia por completar la transposición viene dada por la finalización del plazo en julio de 2017 y de la interposición de una demanda por incumplimiento ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con la correspondiente propuesta de sanción. Asimismo, es prioritaria su incorporación a la normativa española para disponer de todos los instrumentos que permitan una mayor protección del cliente y un mejor funcionamiento de los mercados, lo cual en última instancia redunda en la mejora de la financiación de las empresas y los particulares.
La Directiva MIFID II se ha transpuesto al ordenamiento jurídico a través del Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores, del Real Decreto-ley 14/2018, de 28 de septiembre, por el que se modifica el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores y del Real Decreto que se aprueba hoy.
El Real Decreto tiene como objetivos básicos reforzar la protección de los clientes de servicios financieros, aumentando el nivel de confianza en las entidades que prestan estos servicios, e incrementar la transparencia y la información disponible para los supervisores y el público en general sobre las operaciones que se llevan a cabo con instrumentos financieros en los mercados de valores.
Atendiendo a estos objetivos, el texto aprobado detalla el régimen jurídico de los mercados regulados, así como el de las Empresas de Servicios de Inversión.
Por lo que respecta al desarrollo reglamentario de los mercados de valores, se establecen un conjunto de requisitos para mejorar el gobierno corporativo de sus organismos rectores. Asimismo, se desarrollan los requisitos de acceso, pérdida y suspensión de la condición y gestión de conflictos de interés de los denominados miembros de los mercados regulados.
Se establecen límites a las posiciones en derivados sobre materias primas, con el fin de prevenir los abusos de mercado y fomentar una formación de precios y unas condiciones de liquidación correctas para evitar posiciones que distorsionen el mercado. Finamente, en relación con los proveedores de servicios de suministros de datos se desarrolla la tipología de estas entidades, que son una pieza importante para incrementar la transparencia en la negociación de instrumentos financieros que persigue la norma.
El Real Decreto aborda el desarrollo reglamentario del funcionamiento y obligaciones de las Empresas de Servicios de Inversos, también con el objetivo de reforzar la protección al inversor. En este ámbito, y por lo que se refiere a la limitación del cobro de incentivos o retrocesiones, se establecen como requisitos, entre otros, la comercialización de al menos un 25% de productos financieros de terceros y al menos dos alternativas de terceras partes en cada categoría de fondos comercializada, para que pueda estimarse que hay un incremento en la calidad del servicio ofrecido y por tanto pueda cobrarse retrocesión.
Por lo que respecta a la vigilancia y control del diseño y distribución de productos financieros, se dispone que el proceso previo de aprobación de cada producto de inversión será responsabilidad del propio consejo de administración de la empresa de servicios de inversión.
La finalidad es que las características de los productos sean las más adecuadas para cada tipo de cliente. De esta forma se refuerza el objetivo principal de protección del cliente financiero, puesto que los aspectos relativos a la idoneidad del instrumento financiero para el cliente concreto al que se dirige no están presentes únicamente en el momento de la comercialización, sino desde la propia concepción del mismo.
Otra cuestión que refuerza tanto la protección al inversor como la capacidad de supervisión de la CNMV es la relativa a la obligación de incluir en los registros de las empresas de servicios de inversión las conversaciones telefónicas y comunicaciones electrónicas relacionadas con la ejecución de órdenes por cuenta propia y con la prestación del servicio de recepción, transmisión y ejecución de órdenes.
Se desarrollan también las obligaciones que deben cumplir las empresas de servicios de inversión que lleven a cabo negociación algorítmica. En la adaptación de MIFID II al ordenamiento jurídico español se establecen requisitos con el fin de evitar el riesgo operativo derivado de la falta de intervención humana y asegurar una correcta asunción de responsabilidades.
En cuanto al acceso electrónico directo, el reglamento exige que las empresas de servicios de inversión garanticen el buen funcionamiento de esta funcionalidad, así como la adecuada asignación de responsabilidades en caso de errores o anomalías.
Finalmente, en materia de empresas de terceros Estados que prestan servicios de inversión en España, el reglamento detalla el procedimiento de autorización de la apertura de sucursales.
Adicionalmente, con este Real Decreto se completa también la transposición de la Directiva de Capital CRD IV en lo que respecta a determinadas obligaciones de las empresas de servicios financieros cuando mantienen activos de clientes en sus cuentas, ya que deben establecer los controles y recibir las autorizaciones necesarias para garantizar la adecuada protección de dichos archivos.
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miércoles, 26 de diciembre de 2018
21 de diciembre de 2018
mineco.gob.es
El Gobierno amplía dos años el plazo de desinversión en Bankia
El límite para su privatización queda fijado en diciembre de 2021
El Consejo de Ministros ha aprobado ampliar dos años adicionales el plazo de desinversión en Bankia. Con el acuerdo adoptado se prorroga hasta diciembre de 2021 la fecha límite para la privatización de la entidad.
La finalidad de esta ampliación es favorecer la utilización más eficiente de los recursos públicos maximizando la recuperación de ayudas.
La extensión del plazo permitirá al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) ejecutar su estrategia de desinversión con más flexibilidad para encontrar las condiciones propicias en los mercados de capitales. Actualmente el FROB ostenta una participación del 61,4 % del capital social de Bankia, S.A.
Esta es la segunda ampliación del plazo inicial de venta que se realiza. La primera se aprobó en diciembre de 2016, a través del Real Decreto-ley 4/2016, de 2 de diciembre, de medidas urgentes en materia financiera, por el que se extendió de cinco a siete años el plazo de desinversión. Asimismo, se establecía la posibilidad de nuevas prórrogas previo acuerdo de Consejo de Ministros.
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martes, 25 de diciembre de 2018
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lunes, 24 de diciembre de 2018
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domingo, 23 de diciembre de 2018
A instancia de la Comisión de Propiedad Intelectual
Los juzgados bloquean otras tres páginas web con contenidos ilegales
Lunes 17 de diciembre de 2018 lamoncloa.gob.es
Los juzgados han bloqueado a instancia de la Comisión de Propiedad Intelectual un total de 47 páginas con contenidos ilegales.
En las últimas semanas, a instancia de la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura y Deporte los juzgados centrales de lo contencioso-administrativo han autorizado la ejecución del bloqueo de tres webs con contenidos ilegales: verdirectotv.tv,descargamusica.me, harpofilm.com(esta última ubicada en España). Estas páginas web contaban con una importante audiencia española y su bloqueo supone la retirada de abundante y diverso contenido tanto musical, cinematográfico y de visionado online de canales de televisión de pago.
Esta actuación de la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual se ha producido a instancia de un procedimiento iniciado por los titulares de derechos de DTS (Telefónica), AGEDI, FEDICINE y UVE.
Destacar que, aunque más del 95% de las webs con contenidos ilegales afectadas por las acciones de la Sección Segunda han retirado los contenidos infractores, aquellas páginas web como ha ocurrido con estas tres páginas bloqueadas que no retiran voluntariamente los contenidos denunciados por la Sección Segunda son objeto de bloqueo por orden judicial. Los juzgados han bloqueado a instancia de la Comisión de Propiedad Intelectual un total de 47 páginas con contenidos ilegales.
Entre otros factores, la labor de Sección Segunda ha permitido considerablemente reducir a casi la mitad en un año en España la audiencia de páginas web con contenidos ilegales: en 2017 eran 19 páginas web con contenidos ilegales las que se encontraban entre las 250 más visitadas en nuestro país, y en 2018 son solo 10 páginas ilegales las que se encuentran entre las 250 más visitadas.
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sábado, 22 de diciembre de 2018
Una vivienda digna, adecuada y accesible
20 diciembre 2018 ugt.es
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UGT valora la nueva ley del alquiler, que entró en vigor en el día de ayer
• La ley recoge gran parte de las reivindicaciones del sindicato para favorecer un proyecto de vida más estable en el tiempo.
• UGT reclama un gran Parque de Viviendas en Alquiler Social en el ámbito de las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos.
La Unión General de Trabajadores valora la Ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler aprobada por el Gobierno y cuya entrada en vigor se produjo en el día de ayer.
El sindicato recuerda que la mayor parte de las medidas contenidas en esta ley son coincidentes con las propuestas defendidas por el sindicato. Una regulación que se hacía necesaria en aras de equilibrar la relación tan desigual que existía entre arrendador/arrendatario, al dotar a este último de unos periodos más largos de duración del contrato y de un alivio de las cargas que comportaba la firma del contrato, lo cual favorece el poder realizar un proyecto de vida más estable en el tiempo.
UGT recuerda que la ley recoge todo un conjunto de medidas de carácter urgente tendentes a equilibrar la posición jurídica de las partes en el contrato; mitigar la vulnerabilidad social de las familias que se encuentran en alquiler (más del 42% de ellas, destinan el 40% al pago de la renta y en los últimos años los lanzamientos por impagos han acumulado más de un 5% anual); aumentar el parque de viviendas en alquiler; y tratar de mitigar las deficiencias en materia de accesibilidad que sufren diariamente personas con discapacidad y movilidad reducida, todo ello en un contexto demográfico de envejecimiento poblacional.
El sindicato entiende que es el momento de realizar unas políticas en las que se ponga en el centro de las mismas las necesidades habitacionales de las personas, unas políticas de vivienda con un nuevo sesgo social para hacer efectivo el derecho fundamental a una vivienda digna, adecuada y accesible, capaz de poder ser invocado ante los poderes públicos y ejercitable ante los tribunales de justicia.
Por ello UGT anima al Gobierno a seguir profundizando y avanzando en este tipo de políticas públicas potenciando, preferentemente, actuaciones para la creación de una gran Parque de Viviendas en Alquiler Social en el ámbito de las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos, gestionados con instrumentos públicos, con la colaboración del ICO en cuanto a su financiación, al objeto de que el alquiler nos acerque a cifras de la UE.
Medidas positivas
Dentro de las medidas contenidas en la ley de vivienda y alquiler, UGT destaca:
•En relación al alquiler, se modifica la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos (LAU), ampliándose los plazos del contrato obligatorio de 3 a 5 años (será de 7 si el arrendador es persona jurídica), al igual que la prórroga forzosa de 1 a 3 años (caso de que ambas partes no denuncien el contrato). Igualmente se limitan las garantías que debe prestar el arrendatario, limitándolas a 2 mensualidades, como máximo. Los gastos de gestión inmobiliaria correrán a cargo del arrendador si éste es una persona jurídica (inmobiliaria).
•En relación al alquiler turístico, se saca su regulación normativa de la LAU para incluirla en la normativa del sector turístico, siendo las comunidades autónomas las encargadas de su desarrollo. Además, se habilita a las comunidades de propietarios para que, por mayoría de tres quintos puedan adoptar acuerdos que limiten o condicionen el ejercicio de esta actividad.
•Destacar las modificaciones introducidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), relativas a la reforma del procedimiento de desahucio de viviendas, ofreciendo mayor protección a las familias más vulnerables, estableciéndose unos trámites y plazos que ofrecen mayor seguridad y coordinación entre los órganos judiciales y los servicios sociales respectivos.
•Dentro de las medidas fiscales que se recogen en la norma, destacar la exención del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) cuando se suscriba un contrato de arrendamiento para uso estable y permanente. Con respecto al IBI: se elimina la obligación de repercutirlo al arrendatario en casos de alquiler social por parte de las Administraciones Públicas. Igualmente, los Ayuntamientos podrán establecer bonificaciones de hasta el 95% en el caso de viviendas sujetas a alquiler a precio limitado. También, dentro de estas medidas fiscales, se define el concepto de inmueble de uso residencial desocupado con carácter permanente para que los Ayuntamientos puedan realizar un recargo en el IBI.
•Respecto a los entes locales que, si éstos arrojan superávit en sus cuentas, podrán destinar el mismo a promover parques de viviendas públicas.
•Por último, en el tema de accesibilidad universal, se faculta a las comunidades de propietarios para que puedan aumentar, en tres períodos, hasta un 10% su fondo de reservas para la realización de obras de esta naturaleza. Estableciendo, igualmente, su obligatoriedad de realización por parte de la comunidad si las ayudas públicas alcanzan el 75% de coste de los mismos.
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viernes, 21 de diciembre de 2018
Tribunal Supremo
Sala Civil
Gabinete Técnico. poderjudicial.es
Sentencia del Pleno 725/2018, de 19 de diciembre
Intereses devengados por las cantidades que la entidad prestamista debe abonar al prestatario tras la anulación de la cláusula de gastos de un préstamo hipotecario
El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto en esta sentencia cómo deben calcularse los intereses devengados por las cantidades que el banco debe abonar al prestatario tras la anulación de la cláusula de gastos de un contrato de préstamo hipotecario. La nulidad de dicha cláusula, declarada por el Juzgado de Primera Instancia y confirmada por la Audiencia Provincial, no ha sido discutida ante el Tribunal Supremo y, por ello, el pronunciamiento de la Sala Primera se limita a la cuestión de los intereses.
El Juzgado declaró la nulidad de la cláusula y condenó a la entidad prestamista a abonar al prestatario diversas cantidades en concepto de gastos de tasación y gestoría, más sus intereses legales desde la fecha en que el consumidor hizo tales pagos. La Audiencia Provincial, en cambio, consideró que los intereses legales a abonar por el banco se devengarían desde la fecha de la reclamación extrajudicial.
El Pleno de la Sala estima el recurso de casación interpuesto por el consumidor y considera que los intereses se devengan desde la fecha en que pagó los gastos en cuestión. La consecuencia de la abusividad de la cláusula de gastos es, conforme al principio de no vinculación de la Directiva 93/13 y su interpretación por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y por la propia Sala Primera, que haya de actuarse como si la cláusula nunca se hubiera incluido en el contrato, debiendo afrontar cada uno de los gastos discutidos la parte a cuyo cargo corresponda, según nuestro ordenamiento jurídico.
El efecto restitutorio, cuando se trata de la cláusula de gastos, no es directamente reconducible a la norma del Código Civil (art. 1303) que regula la restitución de prestaciones recíprocas entre las partes, pues no se trata de abonos hechos por el consumidor al banco que éste deba devolver (como intereses o comisiones), sino pagos hechos por el consumidor a terceros (en este caso, a la gestoría y al tasador), en virtud de la imposición contenida en la cláusula abusiva. No obstante, como la declaración de abusividad obliga a restablecer la situación de hecho y de Derecho en la que se encontraría el consumidor de no haber existido la cláusula en cuestión, debe imponerse a la entidad prestamista el abono al consumidor de las cantidades que le hubiera correspondido pagar de no haber existido la estipulación abusiva.
Aunque en nuestro Derecho nacional no existe una previsión específica que se ajuste a esta obligación de restablecimiento de la situación jurídica y económica del consumidor, se trataría de una situación asimilable a la del enriquecimiento injusto, en tanto que el banco se habría lucrado indebidamente al ahorrarse unos costes que legalmente le hubiera correspondido asumir y que, mediante la cláusula abusiva, desplazó al consumidor. Y también tiene similitudes analógicas con el pago de lo indebido, en cuanto que el consumidor hizo un pago indebido y la entidad prestamista, aunque no hubiera recibido directamente dicho pago, se habría beneficiado del mismo, puesto que, al haberlo asumido indebidamente el prestatario, se ahorró el pago de todo o parte de lo que le correspondía.
En consecuencia, la entidad bancaria deberá abonar el interés legal desde la fecha en que el consumidor realizó los pagos.
Gabinete Técnico. Área Civil
Diciembre de 2018
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jueves, 20 de diciembre de 2018
Justicia aguarda el fallo judicial sobre el Registro de Titulares Reales
El recurso fue presentado por el Notariado en defensa de su base de datos
Xavier Gil Pecharromán
18/12/2018 – eleconomista.es
El Ministerio de Justicia reconoce que se encuentra a la espera de la resolución del recurso judicial del Consejo del Notariado contra la Orden JUS/319/2018, de 21 de marzo, que introduce la declaración sobre los titulares reales de las sociedades obligadas a presentar sus cuentas anuales ante el Registro Mercantil. Una vez conocido el fallo, decidirá sobre la adaptación del sistema a las nuevas exigencias de la Cuarta Directiva sobre prevención del blanqueo de capitales de la UE.
Así, se reconoce en una respuesta parlamentaria por escrito, en la que el Gobierno reconoce que está sopesando si, a la luz de la sentencia aún pendiente, la estructura del Registro Mercantil es «adecuada, como complementaria de la ya existente, creada por el Notariado, que goza de firme reconocimiento nacional e internacional, y cuya información lleva años siendo utilizada de forma intensa y muy extendida en la lucha contra el blanqueo y la corrupción».
En un replanteamiento absoluto de la decisión adoptada en la Orden, el propio Ministerio de Justicia, en principio bajo el mandato del popular Rafael Catalá, y ahora encabezado por la socialista Dolores Delgado, se inclina por impulsar la Base de Datos de Titular Real (BDTR), que se creó en marzo de 2012, con el dictamen favorable de la Agencia Española de Protección de Datos.
Considera que ésta base de datos, permite bajo una unidad de dirección, gestión y criterio a las autoridades públicas «conocer las estructuras de propiedad de todas las personas jurídicas, sean sociedades, fundaciones, asociaciones, partidos políticos o sindicatos, así como las sociedades extranjeras que actúan en España sin pasar por el Registro Mercantil, conteniendo la información sobre titularidades reales de más de 2,3 millones de sociedades».
Esta información, añade Justicia en su respuesta, que por otra parte no sólo procede de la manifestación de los representantes de dichas sociedades sino igualmente del análisis de los documentos otorgados en relación con cada una de dichas sociedades, realizado a los solos efectos de la extracción de cuál es esa titularidad real.
Finalmente, en la respuesta se anuncia que «desde el Gobierno y en concreto desde el Ministerio de Justicia se trabaja, como resulta obligado, para adoptar en cada caso la decisión que mejor sirva a los intereses generales de la sociedad, sin consideración particular al hecho de que las medidas adoptadas sean beneficiosas para uno u otro colectivo».
Y anuncia que se valorará tanto el interés del colectivo de Registradores de la Propiedad en colaborar en esta tarea, tras la reciente introducción de la normativa a la que se refiere esta consulta, por más que la misma se encuentre aun pendiente de la resolución judicial que resuelva las impugnaciones interpuestas.
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miércoles, 19 de diciembre de 2018
Real Decreto de Medidas Urgentes en materia de Vivienda y Alquiler
El Gobierno limita las condiciones para las viviendas de uso turístico
Recoge una reforma del régimen de propiedad horizontal que establece que el ejercicio de la actividad de alquiler turístico en una vivienda requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios y de las cuotas
Se requerirá esta misma mayoría cualificada para establecer cuotas especiales e incremento en la participación en los gastos comunes de la vivienda turística no superior al 20%
14.12.18. mincotur.gob.es
A propuesta del Ministerio de Fomento, el Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto-Ley de Medidas Urgentes en Materia de Vivienda y Alquiler que recoge medidas que limitan el ejercicio de la actividad de alquiler turístico de una vivienda.
Se trata, en concreto, de las modificaciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos y de la Ley de Propiedad Horizontal, que la Secretaría de Estado de Turismo ha venido elaborando a partir de los resultados de las reuniones de la Conferencia Sectorial y del grupo de trabajo de VUT, en las que han participado administraciones autonómicas y locales, la FEMP y representantes de los sectores hotelero, empresarial, de plataformas, de sindicatos, de asociaciones de vecinos y consumidores.
Para la ministra Reyes Maroto, “con las medidas recogidas en el Real Decreto-Ley se da un paso más para regular el ejercicio de la actividad de alquiler turístico de viviendas a través de modificaciones normativas, lo que ayuda a las Comunidades Autónomas a mitigar las dificultades de control de las viviendas de uso turístico y da más capacidad a las comunidades de propietarios para limitar o fijar condiciones para el ejercicio de esta actividad”.
El Título I, que recoge la modificación de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos, establece una precisión técnica en la exclusión del ámbito de aplicación de la Ley de la cesión temporal del uso que comporta la actividad de las denominadas viviendas de uso turístico, suprimiendo la limitación de que estas deban ser necesariamente comercializadas a través de canales de oferta turística y remitiendo específicamente a lo establecido en la normativa sectorial turística que resulte de aplicación.
En el Título II, correspondiente a las medidas de reforma del régimen de propiedad horizontal, se explicita la mayoría cualificada necesaria para que las comunidades de propietarios puedan limitar o condicionar el ejercicio de la actividad turística en una vivienda. Asi, se requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. También, las comunidades de propietarios, mediante mayoría cualificada, podrán establecer cuotas especiales o incremento en la participación en los gastos comunes no superior al 20%.
Para la secretaria de Estado de Turismo, Isabel Oliver, con este Real Decreto-Ley “se da respuesta a una petición muy demandada por las Comunidades Autónomas, para evitar lagunas en sus ordenamientos jurídicos. Es un paso adelante para resolver la problemática del alquiler turístico, una realidad en la que el Gobierno lleva trabajando desde el primer momento, con el fin de dar mayor seguridad jurídica”.
El Real Decreto-Ley incluye otras medidas urgentes impulsadas por el Ministerio de Fomento, cuyos objetivos generales son reforzar la cooperación con las Administraciones territoriales que tienen la responsabilidad de ejercer la competencia directa en materia de vivienda, mediante la adopción de medidas urgentes que contribuyan a mejorar el marco normativo, a fin de aumentar la oferta de vivienda en alquiler, equilibrando la posición jurídica del propietario y el inquilino en la relación arrendaticia, estableciendo los necesarios estímulos económicos y fiscales, y teniendo la meta de garantizar el ejercicio del derecho constitucional a la vivienda.
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martes, 18 de diciembre de 2018
La inflación desciende seis décimas en noviembre, hasta el 1,7%, debido a la energía
Viernes 14 de diciembre de 2018 lamoncloa.gob.es
La tasa interanual del IPC general se redujo en noviembre seis décimas, situándose en el 1,7%, tasa idéntica a la avanzada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) a finales del mes pasado, debido principalmente al avance más contenido de los precios energéticos.
Los precios de los productos energéticos moderaron más de cuatro puntos su ritmo de crecimiento, hasta el 6,4% interanual, como consecuencia de la desaceleración en noviembre de los precios de los carburantes y lubricantes, situándose en el 7,6% la tasa interanual. Los precios de la electricidad también recortaron su ritmo de crecimiento, tres puntos y medio, hasta el 0,3%.
Los precios de la alimentación no elaborada mantuvieron una tasa interanual del 3,5%, destacando el mayor incremento de los precios de las legumbres y hortalizas frescas, casi cuatro puntos hasta una tasa del 6,5%, mientras que los precios de las frutas frescas se desaceleraron dos puntos y medio, hasta el 4,5%.
La inflación subyacente, que excluye los elementos más volátiles del IPC (alimentación no elaborada y productos energéticos), se sitúa en el 0,9% interanual, una décima inferior a la de octubre.
Entre los componentes de la inflación subyacente, los precios de la alimentación elaborada, bebidas y tabaco aumentaron el 0,6% en noviembre, cuatro décimas menos que en octubre, destacando la caída de los precios del aceite de oliva, el 14,6%, superior en casi cuatro puntos a la del mes anterior.
Los precios de los bienes industriales no energéticos (BINE) permanecieron prácticamente estabilizados, en el 0,1% interanual.
Los precios del tercer componente de la inflación subyacente, los servicios, se desaceleraron una décima, hasta el 1,5%, destacando el transporte aéreo de pasajeros, cuyos precios se redujeron el 8,2% en tasa interanual, descenso casi siete puntos más pronunciado que el del mes previo, y los paquetes turísticos, que cayeron el 0,4% (frente a la subida del 1% de octubre).
La tasa anual del IPC disminuye en todas las comunidades autónomas en noviembre respecto a octubre. El mayor descenso se produce en Cantabria, con una bajada de ocho décimas, hasta el 1,6%. Por su parte, Canarias es la comunidad donde menos se ha reducido la tasa de inflación, tres décimas hasta el 1,6%.
La tasa interanual del IPC a impuestos constantes se situó en noviembre en el 1,7%, al igual que la del IPC general.
El INE ha publicado asimismo el IPC armonizado (IPCA) correspondiente al mes de noviembre, cuya tasa interanual se reduce también seis décimas, hasta el 1,7%. La tasa adelantada por Eurostat para el conjunto de la zona euro se sitúa en dicho mes en el 2%, resultando un diferencial de inflación favorable a España de 0,3 puntos porcentuales.
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lunes, 17 de diciembre de 2018
Justicia pacta con los sindicatos los criterios de acceso a las más de 10.800 plazas de empleo público de los ejercicios 2017-2019
En cumplimiento del Acuerdo Marco para la Mejora del Empleo Público firmado en 2017 para toda la Administración Pública
7 de diciembre de 2018.- mjusticia.gob.es
El Ministerio de Justicia y las organizaciones sindicales han firmado un acuerdo por el que se da luz verde a los procesos selectivos de las ofertas de empleo público de los ejercicios 2017, 2018 y 2019 y se fijan los criterios comunes que han de regir para la selección de más de 10.800 funcionarios de carrera (8.900 de turno libre y más de 1.900 de promoción interna).
Con ello se pretende conseguir el objetivo general de reducir la temporalidad en la Administración de Justicia al 8% y cumplir así con el Acuerdo Marco para la Mejora del Empleo Público pactado en marzo de 2017 entre el Ministerio de Hacienda y Función Pública y los sindicatos para dar respuesta al problema de la alta interinidad en las Administraciones Públicas.
El Ministerio de Justicia se compromete a alcanzar este objetivo a través de la convocatoria de sucesivos procesos selectivos por los sistemas de acceso libre y de promoción interna, incluyendo el 100% de la tasa de reposición y la totalidad de las plazas vacantes que sean necesarias para no superar el 8% de temporalidad en los cuerpos de letrados, cuerpos generales, médicos forenses y cuerpos especiales de la Administración de Justicia.
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domingo, 16 de diciembre de 2018
Miércoles, 12 de diciembre de 2018 poderjudicial.es
El Tribunal Supremo anula dos requisitos del Decreto de 2014 que regula los apartamentos de uso turístico en la Comunidad de Madrid
Anula la exigencia de que el plano de la vivienda firmado por un técnico competente esté además “visado por el colegio profesional correspondiente” y la obligación a hacer constar “en toda forma de publicidad” el número de referencia de su inscripción en el Registro de Empresas
Autor:Comunicación Poder Judicial
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha declarado nulos por desproporcionados dos artículos (uno de ellos de forma parcial) del Decreto 79/2014, de 10 de julio, por el que se regulan los apartamentos y las viviendas de uso turístico de la Comunidad de Madrid.
Primero, se anula la exigencia de que el plano de la vivienda firmado por un técnico competente, del que deben disponer todos los propietarios, esté además “visado por el colegio profesional correspondiente”. En segundo lugar, se anula el artículo que obliga a estas viviendas a hacer constar “en toda forma de publicidad” de las mismas el número de referencia de su inscripción en el Registro de Empresas. El Supremo resalta que el propio letrado de la Comunidad de Madrid admite que la inscripción en el Registro no es obligatoria, por lo que carece de justificación imponer que el número de registro figure en toda forma de publicidad.
Los dos artículos anulados del Decreto se unen al que ya fue declarado nulo por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en sentencia de mayo de 2016, que disponía que las viviendas de uso turístico no podían contratarse por un periodo inferior a cinco días. Esta nulidad del artículo del Decreto, el 17.3, se mantiene puesto que no fue objeto del recurso de casación.
Ahora, el Tribunal Supremo estima en parte el recurso de casación interpuesto por la Asociación Madrid Aloja y considera que tanto la exigencia del visado colegial –inciso final artículo 17.1- como la inscripción en el Registro de Empresas Turísticas –artículo 17.5-, como requisito necesario para llevar a cabo cualquier forma de publicidad, “no están justificadas” y “son contrarias a derecho”. En este sentido, afirma que dichas exigencias no superan el test de necesidad y proporcionalidad que impone las Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
Disponer de un plano, sí; pero no visado por colegio profesional
En contra de lo que sostiene el recurrente en su recurso, la Sala señala que la exigencia primera del artículo 17.1 de que el titular de la vivienda turística disponga de un plano firmado por técnico competente no resulta exorbitante ni vulnera el principio de libertad de establecimiento reconocido en el artículo 4.1 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. Añade que más bien se trata de un requisito objetivo, no discriminatorio, establecido en la norma con antelación y de forma clara e inequívoca, siendo además una exigencia accesible puesto que no resulta excesivamente gravosa.
La sentencia, con ponencia del magistrado Eduardo Calvo, indica que es una exigencia “proporcionada” a la razón de interés general a la que responde, consistente, como proclama el propio Decreto 79/2014, en la protección de los “legítimos derechos de los usuarios y consumidores turísticos de la Comunidad de Madrid”. Por ello, considera que es “un instrumento adecuado para que, a lo largo del tiempo en el que se desarrolla la actividad de alojamiento, la Administración pueda ejercer su ordinaria labor de inspección y control a fin de asegurar que el servicio se presta en condiciones adecuadas de calidad, seguridad y salubridad, sin menoscabo de los intereses de los usuarios y consumidores”.
Sin embargo, la Sala sí da la razón a esta Asociación respecto al inciso del artículo 17.1 que establece que este plano de la vivienda debe contar, además, con el visado del colegio profesional correspondiente. Así, afirma que esta exigencia “aparece contemplada de forma restrictiva en nuestro ordenamiento, tanto en el artículo 13.1 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, como en el artículo 2 del Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio”. Recuerda que este último precepto enumera los supuestos en que la obtención de dicho visado es obligatoria y que ninguno de ellos resulta incardinable en este caso.
Inscripción en el Registro de Empresas Turísticas y publicidad
Por otro lado, la Sala afirma que el artículo 17.5 no establece de manera directa y expresa que sea obligatoria la inscripción en el Registro de Empresas Turísticas; pero señala que “bien puede entenderse que alberga ese designio, pues al establecer en su inciso final que debe constar ‘…en toda forma de publicidad el número de referencia de su inscripción en el citado Registro’ fácilmente se colige que la inscripción es considerada como requisito para llevar a cabo cualquier forma de publicidad”.
Sobre esta cuestión, asegura que el propio letrado de la Comunidad de Madrid admite que la inscripción no es obligatoria, de manera que quien presenta la declaración responsable puede optar por inscribirse, o no, en dicho Registro. “Pero, si ello es así, no se explica entonces y carece de justificación el inciso del precepto en el que se establece que en toda forma de publicidad debe constar el número de referencia de su inscripción en el mismo, concluye la Sala.
Dicha exigencia, según el tribunal, sería cuestionable incluso si sólo opera como requisito de acceso a determinadas formas de publicidad oficial o institucional, como los llamados canales de oferta turística; pues, si se parte de que la inscripción en el Registro no es obligatoria, no queda clara la razón por la que, en caso de existir la inscripción (voluntaria), el número acreditativo de tal inscripción habría de figurar necesariamente en esa publicidad oficial a la que se alude.
Por ello, concluye que esa exigencia de inscripción en el Registro de Empresas Turísticas como requisito necesario para llevar a cabo cualquier forma de publicidad, recogido en el artículo 17.5, “carece de justificación y es, por ello, contraria a derecho” al vulnerar la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
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sábado, 15 de diciembre de 2018
El Corte Inglés y Alibaba firman un acuerdo para desarrollar una colaboración global
• Dentro de este acuerdo de intenciones entre el líder europeo de grandes almacenes y la compañía global de tecnología, ambos grupos desarrollarán nuevas oportunidades de negocio en el entorno del “nuevo comercio online” y la mejora de la propuesta omnicanal.
• Ambas compañías podrán colaborar en distintos proyectos de comercio global, cloud computing e innovación, y el pago por móvil, así como aprovechar las ventajas de las tiendas e infraestructuras físicas.
elcorteingles.es
Madrid (España) y Hangzhou (China), 29 de noviembre de 2018: El Corte Inglés, líder europeo de grandes almacenes, y Alibaba Group, líder mundial en tecnología, han firmado un acuerdo de intenciones para desarrollar una estrecha colaboración en las áreas de comercio minorista y distribución, servicios de cloud computing, innovación digital y pagos a través del móvil. Ambas compañías han puesto en marcha esta colaboración con el fin de aprovechar sus respectivas fortalezas y las de sus distintas unidades de negocio y empresas asociadas, incluyendo Tmall, Alibaba Cloud, Alipay y AliExpress, que podrán colaborar en el desarrollo de las iniciativas correspondientes.
Como parte de este acuerdo global e impulsados por la transformación digital, El Corte Inglés y Alibaba han acordado explorar una serie de oportunidades de colaboración, con el fin de mejorar sus respectivas propuestas omnicanales, y aprovechar lo mejor del mundo físico y del online.
Entre las principales iniciativas y proyectos de colaboración se incluyen:
Cloud computing e innovación
• El Corte Inglés tendrá la oportunidad de acceder a un paquete integral de soluciones tecnológicas proporcionado por Alibaba Cloud, el área de cloud computing de Alibaba Group, que incluye el análisis de big data para la toma de decisiones empresariales en tiempo real; y herramientas de inteligencia artificial que ofrecen la personalización de la oferta para una mejor atención al cliente.
Comercio
• El Corte Inglés tendrá la oportunidad de aprovechar las plataformas B2C de Alibaba, incluyendo Tmall y AliExpress, con el fin de ofrecer a los usuarios de Alibaba en China y en el resto del mundo sus marcas y productos, incluidas las marcas propias de El Corte Inglés. El objetivo final sería permitir a los consumidores de Alibaba acceder a una gama más amplia de grandes marcas españolas e internacionales que se venden en las tiendas de El Corte Inglés, incluyendo la posibilidad de dar a conocer nuevos productos made in Spain.
• Por su parte, AliExpress podrá desarrollar corners y otros espacios físicos en los centros comerciales de El Corte Inglés que permitan recrear nuevas y atractivas experiencias de compra así como dar a conocer al mercado español los últimos productos lanzados en la plataforma. Estas iniciativas vienen tras otro hito a principios de noviembre cuando AliExpress abrió una pop up en el centro comercial de El Corte Inglés de Sanchinarro (Madrid). Se trataba de una iniciativa pionera, ya que era la primera tienda temporal que la plataforma de origen chino inauguraba en un centro comercial en España con motivo de la celebración del 11.11, el Día del Soltero, cada vez más conocido como el Festival Mundial de las compras.
• Ambas compañías se han propuesto también trabajar estrechamente en la utilización de infraestructuras y canales logísticos. En este sentido, Alibaba se podrá beneficiar del conocimiento y capacidades logísticas de la empresa española, y utilizar sus centros físicos como puntos de recogida para compras online a través de AliExpress.
Medios de pago
• El Corte Inglés ya firmó el pasado mes de marzo un acuerdo con Alipay, la plataforma de pago móvil inteligente operada por Ant Financial, compañía asociada al grupo Alibaba, para hacer más fáciles y seguras las compras a los turistas chinos que visitan España. Ahora, tras este acuerdo, dicha alianza cobra mayor relevancia ya que podrán desarrollarse iniciativas conjuntas que permitan crear nuevas experiencias de compra para los turistas chinos.
Para Víctor del Pozo, consejero delegado de El Corte Inglés, “este acuerdo nos va a permitir aunar el mundo físico y el online, ofreciendo la mejor experiencia de compra al cliente. Juntos estamos escribiendo el futuro y situándonos a la vanguardia de la tecnología y del comercio. El Corte Inglés posee grandes almacenes en las mejores ubicaciones de las principales ciudades españolas y portuguesas, y cuenta con la confianza de los consumidores españoles e internacionales. Esto, unido a la tecnología de Alibaba, nos permitirá ofrecer una propuesta de valor imbatible”.
Rodrigo Cipriani Foresio, director de Alibaba Group para España, Italia, Portugal y Grecia , señala que “estamos encantados de haber firmado esta carta de intenciones con un grupo de distribución líder en el mercado internacional como El Corte Inglés, que involucra a cuatro de nuestras unidades de negocio. Esperamos unir fuerzas con ellos para ofrecer a los consumidores en China y en todo el mundo los mejores productos y experiencias. Como compañía global de tecnología, la transformación digital y la innovación en todos los campos son los impulsores fundamentales de la misión de Alibaba de facilitar los negocios en cualquier lugar, con el objetivo de servir mejor a nuestros clientes en todo el mundo, hoy y en el futuro. Por lo tanto, confiamos en que la experiencia y las habilidades aportadas por ambas compañías generarán un valor y unas oportunidades únicas a medida que la cooperación se materialice.”
Sobre Alibaba Group
La misión del Grupo Alibaba es facilitar los negocios en cualquier lugar. La compañía aspira a crear la infraestructura comercial del futuro. Su visión es que los clientes conozcan, trabajen y vivan en Alibaba y ser una empresa que perdure al menos durante 102 años.
Acerca de El Corte Inglés
El Grupo El Corte Inglés es la mayor cadena de grandes almacenes en Europa y un referente del comercio en España. Su estrategia de diversificación y su empeño por adaptarse a las nuevas necesidades y demandas del cliente le ha llevado a crear diferentes formatos comerciales. El Corte Inglés sustenta su relación con el cliente en cinco principios básicos: calidad, surtido, especialización, servicio y garantía. Todo ello en un marco de innovación y adecuación continua a las nuevas necesidades de la sociedad.
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viernes, 14 de diciembre de 2018
Luz verde al pago de 84 millones de euros en ayudas para la compensación de costes de CO2
Miércoles 12 de diciembre de 2018 lamoncloa.gob.es
El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha firmado las autorizaciones para el abono de 83,7 millones de euros a empresas de determinados sectores industriales dentro del mecanismo de compensación de costes de emisiones indirectas de gases de efecto invernadero, en base al Real Decreto 1055/2014, de 12 de diciembre, modificado por el Real Decreto 655/2017, de 23 de junio.
El objeto de estas ayudas es la compensación de los costes indirectos imputables a las emisiones de gases de efecto invernadero repercutidos en los precios de la electricidad, que soporta el consumidor industrial. Están dirigidas a aquellas instalaciones pertenecientes a determinados sectores expuestos a un riesgo significativo de ‘fuga de carbono’, es decir, que puedan decidir trasladar su producción a otros países debido a los costes de las políticas climáticas en la Unión Europea
Las ayudas aprobadas hoy se dividen en las correspondientes a la convocatoria ordinaria de concesión de 5,99 millones de euros para costes de 2017 y en la concesión directa de 77,7 millones de euros para complementar hasta el 100% de la ayuda máxima establecida de los costes del año 2016.
Los 151 beneficiarios de las ayudas de la convocatoria ordinaria, regulada por Orden del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de 30 de julio de 2018, desarrollan su actividad mayoritariamente en Galicia, con el 25% del total de las ayudas concedidas, seguida de Asturias con el 18% y de Cataluña con el 16%. Por sectores, la mayor cuantía corresponde al sector siderúrgico del acero, con el 38% de las ayudas recibido, seguido del aluminio con el 22%, el sector químico con el 16% y el papel con el 11%.
Con respecto a la concesión directa de 77,7 millones de euros, los 136 beneficiarios de las ayudas se encuentran de nuevo mayoritariamente en Galicia, con un porcentaje del 26% del total de las ayudas, seguida de Asturias con el 18% y Cataluña con el 16%. Por sectores, el sector del acero recibe el 32% del total, seguido del aluminio con un 23% y el sector químico con un 18%.
A estas ayudas se han acogido sociedades mercantiles del sector privado, incluidas o no en régimen de comercio de emisiones, que realizan una o varias actividades en los sectores enumerados en el Anexo II de las Directrices comunitarias. Entre ellas, se encuentra la producción de aluminio, la fabricación de prendas de cuero, la fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones, la fabricación de papel y cartón, el hilado de fibras de algodón y la extracción de mineral de hierro y de minerales para abonos y productos químicos.
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jueves, 13 de diciembre de 2018
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jueves, 13 de diciembre de 2018
Índice de Precios de Vivienda (IPV). Base 2015
Tercer trimestre de 2018
ine.es
La tasa de variación anual del Índice de Precios de Vivienda aumenta cuatro décimas y se sitúa en el 7,2%
Los precios de la vivienda suben un 2,2% respecto al trimestre anterior
Evolución anual de los precios de vivienda
La variación anual del Índice de Precios de Vivienda (IPV) en el tercer trimestre de 2018 aumenta cuatro décimas y se sitúa en el 7,2%.
Por tipo de vivienda, la tasa de los precios de vivienda nueva es del 6,1%, cuatro décimas superior a la del trimestre anterior.
Por su parte, la variación anual de la vivienda de segunda mano sube tres décimas, hasta el 7,3%.
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miércoles, 12 de diciembre de 2018
La Sanidad afronta el invierno con 52.258 puestos de trabajo menos en toda España desde agosto
CSIF exige agilizar las ofertas de empleo público y el acuerdo acuerdo para estabilizar plazas interinas
04 de Diciembre de 2018 csif.es
El sector sanitario ha perdido 52.258 puestos de trabajo desde el verano, concretamente a lo largo de septiembre, octubre y noviembre (-14.038, -35.816 y -2.404, respectivamente), coincidiendo con el inicio de la campaña de la gripe, la bajada de temperaturas en toda España y incremento de la presión asistencial, según los datos de la Seguridad Social publicados hoy.
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, advierte de que estas cifras reflejan además el abuso de la contratación de interinos y la precariedad en el empleo de nuestras Administraciones Públicas.
Esta precariedad también se refleja este mes, en términos generales del mercado de trabajo, con la pérdida de 47.000 empleos, en la afiliación de la Seguridad Social.
Para CSIF, las cifras de interinidad en la sanidad pública no son razonables, dado que se trata de un ámbito fundamental de nuestro Estado del Bienestar. Además, ponen de manifiesto la necesidad de desarrollar el plan de estabilización en el empleo que se firmado en marzo del año pasado con el Ministerio de Hacienda y las ofertas de empleo público, que llevan un retraso de hasta dos años, en función de las comunidades autónomas.
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martes, 11 de diciembre de 2018
El Gobierno aprueba medidas urgentes para el impulso de la industria española
El Real Decreto-Ley de Medidas Urgentes para el Impulso de la Competitividad Económica en el Sector de la Industria y el Comercio ha sido aprobado hoy en Consejo de Ministros
Industria | 07/12/2018 mincotur.gob.es
Su objetivo es fomentar la competitividad del sector industrial a través de acciones como la mejora de la productividad laboral, la reducción del coste energético o el refuerzo de la seguridad industrial
• El Real Decreto regula la jubilación parcial con simultánea celebración de contrato de relevo para la industria manufacturera, de especial incidencia en el sector de automoción
• La creación del Estatuto de Consumidor Electrointensivo y de la figura de la red de distribución de energía eléctrica cerrada, principales medidas de apoyo a las empresas electrointensivas
• El paquete normativo se inscribe en el Marco Estratégico para la España Industrial 2030 del Gobierno y en las Agendas Sectoriales que lo desarrollan
• Se complementa con medidas que inciden en la competitividad del sector comercial, como la limitación de la venta con pérdida y la supresión de los Registros de Franquiciadores y de Ventas a Distancia
El Gobierno ha aprobado hoy el Real Decreto-Ley de Medidas Urgentes para el Impulso de la Competitividad Económica en el Sector de la Industria y el Comercio en España, a propuesta de la Ministra de Industria, Comercio y Turismo, de la Ministra para la Transición Ecológica y del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación.
El Real Decreto-Ley aborda aspectos inaplazables que afectan a la competitividad de los sectores industrial y comercial. Según figura en el texto normativo aprobado hoy, “el cambio de paradigma hacia un modelo de economía circular y un modelo energético sostenible requiere un esfuerzo de transformación por parte del sector industrial que contribuya a mantener y potenciar su competitividad”. Así, el Marco Estratégico para la España industrial 2030 del Gobierno y las Agendas que lo desarrollan contemplan medidas a corto y medio plazo con el fin de alcanzar, en este ámbito, un crecimiento sostenible, justo e integrador, con los objetivos de incrementar la competitividad del tejido industrial español, favorecer e impulsar la adopción de la Industria Conectada 4.0,impulsar el crecimiento y desarrollo de las pymes industriales y profundizar en la generación de talento y puestos de trabajo de calidad.
Estas actuaciones deben acometerse sin demora para evitar una pérdida de competitividad que conduzca a la industria española a una situación de desventaja en los mercados internacionales y con respecto del resto de socios europeos, y que le permita hacer frente a los retos de la digitalización y globalización que la economía mundial está experimentando de manera cada vez más acelerada.
Dado que la industria es, además, el sector que genera empleo de más calidad en el conjunto de la economía española, con estas medidas se pretende con estas medidas anclar el tejido industrial en el territorio y evitar ajustes innecesarios en las plantillas.
En materia de industria, los apartados principales son:
• Regulación del contrato de relevo en la industria manufacturera, con impacto positivo en el sector del automóvil y en el empleo de trabajadores jóvenes.
• Disminución de los costes energéticos para consumidores electrointensivos, que podrán participar de redes cerradas de distribución y dispondrán de un Estatuto que los caracterice y recoja sus derechos y obligaciones en relación a su participación en el sistema y los mercados de electricidad.
• Se prorroga la vida útil de instalaciones de cogeneración que benefician especialmente a la industria.
• Seguridad industrial: Régimen Sancionador de Homologación de Vehículos y Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas
Con este conjunto de medidas, el Gobierno apuesta decididamente por la industria como sector generador de crecimiento y de cohesión social. Para la ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, “el Real-Decreto Ley establece un nuevo marco de relación con la industria española. Este Gobierno ha puesto a la industria en la agenda política; además de resolver crisis, como se ha demostrado en el caso de Vestas, también estamos trabajando para que no vuelva a repetirse una situación como la que estamos viviendo, a causa de la dejación de funciones del Gobierno anterior”.
Este paquete regulatorio se complementa con medidas que inciden en la competitividad del sector comercial. Así, se regula la limitación de la venta con pérdidas, adaptando la regulación española a la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y se suprimen los Registros de Franquiciadores y de Ventas a Distancia.
Medidas en materia de industria
Medidas de fomento de la competitividad industrial
• Contrato de relevo:
Se prorroga hasta el 1 de enero de 2023 la aplicación de la normativa relativa a la jubilación parcial con simultánea celebración de contrato de relevo, dado que el 31 de diciembre de 2018 finaliza el plazo de aplicación de la Disposición Transitoria 4ª del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre), siempre y cuando se acredite el cumplimiento de ciertos requisitos.
Es necesario y urgente alargar su período de aplicación para lograr los objetivos de esta modalidad de jubilación parcial: Procurar el rejuvenecimiento de las plantillas, fomentar la contratación indefinida e incrementar la productividad de las empresas. La medida también contribuirá a asegurar la transición ecológica de la industria, manteniendo su actividad y sus empleos.
A través de esta medida, la industria española renovará su plantilla y tendrá capacidades adicionales para abordar su necesaria digitalización y eficiencia energética. Se espera poder asegurar, al menos, 70.000 puestos de trabajo en los próximos cinco años gracias a esta prórroga.
• Régimen sancionador de homologación de vehículos
Se modifica la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria en lo que se refiere al régimen sancionador de homologación de vehículos, al objeto de estar en condiciones de adaptar las reglamentaciones estatal y autonómica, al marco comunitario de reglamentos en materia de homologación y vigilancia del mercado de los vehículos de motor y sus remolques y de los sistemas, los componentes y las unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos.
Se refuerza la supervisión y control del sistema de homologación europeo y se imponen obligaciones estrictas en cuanto a la vigilancia de los productos comercializados en el mercado.
• Instalaciones Frigoríficas:
El Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas impone una serie de requisitos administrativos que hacen que, en la práctica, el coste de una instalación con gas refrigerante de categoría 2-L sea inviable. Para evitar esta traba, se ha iniciado una reforma reglamentaria, pero mientras se concluye, es urgente llevar a cabo una actuación de carácter transitorio que elimine unos trámites y requisitos tan exigentes como los actuales (sin comprometer la seguridad), de manera que los fabricantes obtengan la certidumbre jurídica sobre la aceptación en España de estos equipos frigoríficos, en tanto no se apruebe el nuevo Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.
Medidas de apoyo para la transición justa de la industria electrointensiva
• Redes de distribución de energía eléctrica cerradas:
Se modifica la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, permitiendo la creación de redes de distribución de energía eléctrica cerradas, que permitirán una reducción de costes de la energía eléctrica para la mediana y gran industria concentrada en ámbitos territoriales reducidos, garantizando unas condiciones de conexión a la red pública de manera que esta no quede afectada.
El Real Decreto-Ley establece los principios básicos que deben regir la constitución y autorización de estas redes, y fija un plazo máximo de seis meses para que el Gobierno desarrolle el reglamento que recoja el procedimiento y los requisitos que deberán cumplirse para el otorgamiento de la autorización administrativa, de acuerdo con los principios de sostenibilidad económica y financiera del sistema, eficiencia energética y transición justa.
• Estatuto de Consumidores Electrointensivos:
El Real Decreto contempla la figura del Consumidor Electrointensivo y da un mandato al Gobierno para que, en el plazo de seis meses, elabore y apruebe un Estatuto que reconozca las particularidades de aquellos consumidores con un elevado uso de la electricidad, un elevado consumo en horas de baja demanda eléctrica y una curva de consumo estable y predecible, y recoja sus derechos y obligaciones en relación a su participación en el sistema y los mercados de electricidad.
Para estas empresas el precio de la electricidad es uno de los principales factores de producción, y con este Estatuto podrán mantener competitividad y cuota de mercado.
La creación y regulación de esta figura permitirá proporcionar a estos consumidores de escenarios predecibles para sus costes energéticos, reduciendo la volatilidad inherente a los mercados energéticos globales y dotando de seguridad a las inversiones industriales.
• Cogeneración:
En la Disposición Transitoria 3ª se establece que las instalaciones de cogeneración que utilicen combustibles renovables o gas natural y que hayan superado su vida útil regulatoria con fecha posterior al 1 de enero de 2018 podrán percibir el término de retribución a la operación correspondiente a su instalación tipo por la energía que produzcan hasta un periodo máximo de dos años.
Medidas en materia de comercio sobre precios en la distribución comercial minorista y registros específicos
• Venta con pérdida:
La nueva regulación de la venta a pérdida –mediante la modificación de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista- establece limitaciones, conforme a lo dispuesto por la Directiva sobre prácticas desleales de las empresas a los consumidores.
Las ventas con pérdida se reputarán desleales cuando sean susceptibles de inducir a error a los consumidores acerca del nivel de precios de otros productos o servicios del mismo establecimiento; tengan por efecto desacreditar la imagen de un producto o de un establecimiento ajeno, o formen parte de una estrategia encaminada a eliminar a un competidor o grupo de competidores del mercado. Vender un producto por debajo de coste no es ilícito mientras no se den uno de estos tres supuestos mencionados, esto es, una venta a pérdida engañosa, denigratoria, o predatoria.
Con esta medida no sólo se da cumplimiento a una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, sino que también se incorpora certeza y protección al conjunto de prácticas comerciales.
• Registro de Franquiciadores y Registro de Empresas de Ventas a Distancia
Se modifican los artículos 38 y 62 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista para suprimir ambos registros, ya que suponen una traba, sin aportar beneficios a consumidores y empresas. Con la eliminación de trabas administrativas innecesarias se persigue el objetivo de promocionar la actividad comercial.
Otros
El Real Decreto-Ley incluye sendas modificaciones de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria y de la Ley 28/2015, de 30 de julio, para la defensa de la calidad alimentaria, necesarias ambas a afectos de adecuar el ordenamiento jurídico estatal a los últimos pronunciamientos del Tribunal Constitucional en la materia.
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lunes, 10 de diciembre de 2018
Martes, 4 de diciembre de 2018 poderjudicial.es
El TSJ de Galicia confirma la sentencia que ordena la demolición de las 52 viviendas de una urbanización de O Grove
Situada en una zona clasificada como suelo no urbanizable de especial protección de costas
Autor:Comunicación Poder Judicial
La sección segunda de la sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG ha confirmado la orden de demolición de las 52 viviendas de la urbanización Raeiros, situada en San Vicente do Mar (O Grove), en una zona clasificada como suelo no urbanizable de especial protección de costas. El tribunal ha desestimado, de esta forma, el recurso interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra dictada el 7 de abril de 2017.
Los magistrados concluyen en el fallo que el estado actual de la urbanización “conculca la legalidad urbanística” y subrayan que la orden de demolición “se erige en la única medida posible a disposición de la Administración para eliminar la parcelación ilegal”.
El TSXG recalca en el fallo que las obras ejecutadas no están “amparadas por la licencia”, obtenida en 1993 para construir un apartahotel de uso turístico, pues resulta “clara” la existencia de los apartamentos “como fincas independientes y de propietarios individuales, en el marco de un complejo inmobiliario privado sometido al régimen de propiedad horizontal, de naturaleza residencial”. Por ello, los magistrados señalan que “la única alternativa a la pervivencia de esa situación es la de su demolición”.
Los jueces consideran acreditado en la sentencia que los compradores de las viviendas eran “conocedores de sus obligaciones de restitución de la legalidad”, pues fueron anotadas por la Xunta de Galicia en el Registro de la Propiedad. En 2007 la Administración autonómica requirió a los dueños del complejo la implantación de uso hotelero en la zona y la disolución de la parcelación mediante la unificación de todas las casas en una sola propiedad, pero ignoraron la orden.
En 2010 la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística (APLU) ordenó el derribo y volvió a exigirlo en 2014. “Ante el incumplimiento de la resolución de abril de 2007, y ante el mantenimiento de la parcelación ilegal y del uso residencial prohibido, los inmuebles siguen contraviniendo la legalidad urbanística, y como no han realizado en el plazo concedido las actuaciones de ajuste a las autorizaciones y licencia concedidas (que era para un único establecimiento hotelero), la forma de restaurar la legalidad pasa por la demolición, ya ordenada en el año 2010, obligación en la que se subrogan en cada momento quienes sean los titulares de los inmuebles a demoler”, destaca el tribunal.
Contra el fallo cabe presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo o ante la sala correspondiente del TSXG.
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domingo, 9 de diciembre de 2018
El poco empleo que se crea sigue siendo precario
4 diciembre 2018 ugt.es
Sólo un 6,2% de los contratos firmados son indefinidos a tiempo completo
Según los datos publicados hoy por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), el mes de noviembre finaliza con 3.252.867 parados registrados, una cifra que supone un leve descenso intermensual con respecto a octubre de 1.836 personas (-0,06%) y que mantiene la tendencia de reducción interanual (-6,37%, 221.414 parados menos). En términos desestacionalizados baja el paro en 26.258 personas. Por otra parte, la Seguridad Social perdió en noviembre una media de 47.449 afiliados (-0,25%).
UGT quiere llamar la atención sobre el hecho de que, tras dos años de ascensos del paro en este mes, 2018 vuelve a recoger el comportamiento estacional que muestran los meses de noviembre por el inicio de la campaña navideña, con un aumento de afiliación en las actividades de comercio.
Sin embargo, la mejora relativa del desempleo esconde una elevada precariedad y parcialidad debido al tipo de empleos que se están creando, fundamentalmente temporales y a tiempo parcial –la mayoría involuntarios-, con remuneraciones más bajas. De hecho, sólo un 6,2% de los contratos firmados en noviembre son indefinidos a tiempo completo.
Trabajar para frenar el deterioro del mercado de trabajo
En este sentido, la Unión General de Trabajadores insta al Gobierno a seguir avanzando con los interlocutores sociales para frenar el deterioro del mercado de trabajo, apostando por un empleo de calidad. Para ello será necesaria una reforma del sistema de prestaciones que de una vez mejore la cobertura y la empleabilidad de las personas que más lo necesitan ya que con casi 3,3 millones de personas en paro, sólo un 57,14% recibe protección por desempleo.
Asimismo, UGT cree imprescindible potenciar las políticas activas de empleo desde el ámbito público, dado que han sufrido las tijeras de la austeridad de manera especialmente acusada desde 2010 y subraya que hay que poner en marcha medidas de creación de empleo con recursos adicionales para los servicios públicos de empleo para mejorar la empleabilidad y la formación, y lograr la inserción permanente de los desempleados.
Datos
• En el pasado mes aumentó el desempleo masculino (2.751 parados más, un 0,21%), mientras el femenino descendió levemente (un 0,24%, 4.587 desempleadas menos). Desde noviembre de 2017 se han reducido ambos, en mayor medida entre los hombres (-8,37%) que entre las mujeres (-4,91%). El 58,7% de las personas en paro son mujeres, una tendencia estructural que se mantiene.
• En noviembre estaban registrados como desempleados 264.590 jóvenes. Ha decrecido en el mes el desempleo entre los menores de 25 años un 3,55% (-9.739 parados jóvenes menos), y son 26.885 menos en términos anuales (un -9,22%).
• Por lo que respecta a los trabajadores extranjeros, la tendencia mensual es al alza: el número de desempleados crece en el mes un 2,98%, hasta alcanzar la cifra de 401.837 personas, si bien en la variación anual se observa un descenso del 4,66%.
• Por sectores de actividad, el paro registrado en el mes se reduce en todos los sectores excepto en servicios. En industria un 0,51%, un 0,25% en agricultura y un 0,06% en construcción. Destaca el descenso del paro en el colectivo sin empleo anterior (-2,75%). En cambio, suben las cifras en el sector terciario (con 8.092 desempleados más en el mes, un 0,36%). En términos anuales, desciende el desempleo en todos los sectores: en la agricultura un 9,01%, en la industria un 7,79%, en la construcción un 11,88%, en los servicios un 5,04% y en el grupo sin empleo previo un 8,48%.
• El número total de contratos registrados en el mes se reduce un 16,77% respecto al mes anterior, situándose la cifra total en 1.867.172 contratos firmados. Disminuye un 18,47% el volumen de contratos indefinidos y un 16,57% el de temporales. Si lo comparamos con los registrados en el mismo mes del año anterior, el global de los contratos registrados se incrementa un 2,69%; en este caso el aumento de la contratación indefinida (del 15,72%) es superior al de la temporal (1,33%). No obstante, la proporción de indefinidos sobre el total de contratos se sitúa en un 10,58%.
• Destaca en la evolución anual el aumento de la contratación indefinida a tiempo completo (15,88%) y también a tiempo parcial (12,71%). No obstante, del total de contratos registrados, más del 31% son temporales a tiempo parcial y sólo un 6,2% son indefinidos a tiempo completo.
• Se han registrado 23.548 contratos para emprendedores, mostrando una subida anual del 2%, una constante en la evolución del mercado de trabajo que alerta sobre el avance de la precariedad en la contratación indefinida desde la reforma laboral de 2012.
• La afiliación a la Seguridad Social se sitúa en 18.945.624 cotizantes, un 2,87% más que en noviembre de 2017. Sin embargo, en el mes se han perdido 47.449 afiliaciones (un -0,25%), fundamentalmente por su descenso en el sector de la hostelería (cae un 7,93% en el mes), y contrarrestando el avance mensual de las actividades de comercio y de educación (18.072 y 31.503 afiliados más, respectivamente).
• El número de beneficiarios de prestaciones desciende de nuevo en octubre de 2018 frente a octubre de 2017 (un 2,9%). La tasa de cobertura llega al 57,14%, 3,3 puntos más que un año atrás. El gasto total del sistema de protección por desempleo ha aumentado levemente un 0,8% respecto a noviembre de 2017, con un cambio en cuanto a la calidad de la cobertura. Aumenta el porcentaje de prestaciones contributivas y desciende notablemente el de prestaciones asistenciales.
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sábado, 8 de diciembre de 2018
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sábado, 8 de diciembre de 2018
CCOO exige a los gobiernos más compromiso para financiar el desarrollo bajo en carbono
CCOO participa en la Cumbre del Clima que se desarrolla entre el 3 y el 14 de diciembre en Katowice, en el marco de la delegación de la Confederación Sindical Internacional (CSI). Los sindicatos abogan por impulsar un acuerdo sobre transición justa para trabajadores y trabajadoras, la creación de trabajo decente y empleos de calidad, así como un mayor compromiso de los gobiernos para financiar el desarrollo bajo en carbono.
04/12/2018. ccoo.es
Cumbre del clima
El informe especial del IPCC presentado el pasado mes de octubre ha dejado claro que se precisa más ambición para conseguir que el valor de las emisiones globales sea de un neto cero tan pronto como sea posible. Además, el informe “Brecha de Emisiones 2018” presentado el 27 de noviembre en París por el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) indica que menos de una tercera parte de los países están en el camino de reducir sus emisiones a partir de 2030 y, por tanto, deben triplicar la ambición de sus compromisos climáticos para poder limitar el calentamiento global en 2ºC a finales de siglo, como establece el Acuerdo de París. En este contexto de máxima urgencia, los sindicatos demandan aumentar la ambición en los compromisos adquiridos en dicho Acuerdo: “mantener el aumento de la temperatura media mundial muy por debajo de 2ºC con respecto a los niveles preindustriales, y proseguir los esfuerzos para limitar ese aumento de la temperatura a 1.5ºC con respecto a los niveles preindustriales”.
Esta cumbre de Katowice, número 24 de la Conferencia de las Partes del Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (COP 24), se centrará en definir los procesos para el seguimiento de las medidas y objetivos a los que están comprometidos los países firmantes del acuerdo de París y avanzar en definir una transición justa. Los sindicatos exigimos que las Partes se comprometan con la iniciativa del Gobierno polaco, la “Declaración de Silesia sobre Solidaridad y Transición Justa”, para impulsar un acuerdo sobre una transición para los trabajadores y trabajadoras así como la creación de trabajo decente y empleos de calidad. Así, la creación de empleos, la reducción de la pobreza, el desarrollo de competencias, el apoyo al empleo, la protección social, el desarrollo sostenible y la renovación de la comunidad deben tenerse en cuenta en la preparación y ejecución de las contribuciones determinadas a nivel nacional (CDN), los planes nacionales de adaptación, estrategias de adaptación y estrategias de desarrollo con bajas emisiones de gases de efecto invernadero a largo plazo.
Los sindicatos exigimos también más ambición y compromiso en financiar el desarrollo bajo en carbono. Es necesario realizar la transición baja en carbono tanto en el hemisferio norte como en el sur. Es esencial apoyar a los países en vías de desarrollo para que sigan una vía baja en carbono. La financiación climática es un imperativo para gestar estrategias de desarrollo de baja emisión y resistentes al clima, y procesos de planificación de la adaptación que creen empleos de calidad. Por tanto, deben comprometerse nuevos medios financieros, incluida la reposición del “Fondo Verde para el Clima”.
CCOO participará en varias reuniones sindicales y técnicas de la Cumbre, donde trasladaremos nuestra visión y las medidas que se están implementando en nuestro país para conseguir los objetivos de París, así como las políticas necesarias para la transición justa.
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viernes, 7 de diciembre de 2018
Jueves, 29 de noviembre de 2018 poderjudicial.es
El Pleno del CGPJ avala el anteproyecto de reforma de la legislación civil y procesal que reconoce plena capacidad jurídica a las personas con discapacidad
El informe aprobado por el órgano de gobierno de los jueces considera que el texto recoge de forma adecuada las exigencias de la Convención de Nueva York. La reforma propugna la igualdad en el ejercicio de la capacidad jurídica y la eliminación de toda discriminación por razón de discapacidad, exigencias derivadas de la dignidad inherente a la persona
Autor:Comunicación Poder Judicial
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado hoy un informe que avala el anteproyecto de ley elaborado por el Ministerio de Justicia para reformar la legislación civil y procesal en materia de discapacidad. El dictamen, que ha obtenido el voto unánime de los 21 vocales que integran el Pleno, contiene un juicio favorable en términos generales a esta reforma legislativa, especialmente desde el punto de vista del respeto a los principios y valores contenidos tanto en la Constitución como en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada en Nueva York en 2006. La reforma, concluye el informe, permitirá hacer efectivos los derechos que la Convención reconoce a las personas con discapacidad con el fin de promover la igualdad y eliminar la discriminación.
El CGPJ considera que la efectividad de la reforma y el pleno cumplimiento de los fines perseguidos con la misma demanda la introducción de mejoras en la planta judicial, al ser necesarios más órganos para dar una respuesta adecuada a la carga de trabajo que se derivará de aquella, así como seguir avanzando en la especialización de los mismos. Al mismo tiempo es preciso proveer a estos órganos de los recursos necesarios para hacer el diseño personal de las medidas de apoyo que el nuevo sistema demanda.
El objeto del anteproyecto de ley es llevar a cabo las reformas sustantivas y procesales necesarias para adecuar nuestro ordenamiento jurídico a las exigencias contenidas en el art. 12 de la Convención de Nueva York. Este precepto proclama que las personas con discapacidad tienen plena capacidad jurídica, en igualdad de condiciones con las demás personas en todos los aspectos de la vida, y obliga a los Estados a poner en marcha medidas apropiadas que permitan a las personas con discapacidad tener acceso al apoyo necesario en cada caso para ejercer de forma plena su capacidad jurídica.
El anteproyecto diseña un nuevo régimen jurídico civil y procesal de la discapacidad cuyo eje central es la consideración de que las personas que tienen alguna discapacidad, física, psíquica, intelectiva, sensorial o funcional “son verdaderos sujetos de derechos y obligaciones, con capacidad jurídica y capacidad de obrar en igualdad de condiciones que las demás personas”. Para el pleno y adecuado ejercicio de su capacidad jurídica y de obrar, debe garantizarse su acceso a medidas de apoyo adecuadas a sus necesidades.
Para adaptar el ordenamiento jurídico interno a las exigencias de la Convención, el anteproyecto acomete una profunda reforma de los Títulos IX y X del Libro I del Código Civil consistente en la desaparición de la declaración judicial de incapacidad y de la modificación judicial de la capacidad, por considerar que son mecanismos incompatibles con el pleno reconocimiento de la personalidad y capacidad jurídicas de las personas con discapacidad. Desaparecen, asimismo, los términos “incapaz” e “incapacitación” del lenguaje jurídico.
Prioridad de la voluntad de las personas con discapacidad
El anteproyecto prioriza el autogobierno y la autonomía de la persona con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, así como su voluntad, deseos y preferencias.
La intervención judicial se mantiene, pero no para modificar la capacidad sino para establecer “el régimen de guarda legal adecuado y las medidas de apoyo precisas para asistir a la persona con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica y de obrar”. Con la reforma, la curatela se convierte en el sistema de guarda legal adecuado para aquellos casos en que no exista una medida de apoyo adecuada o suficiente para la persona con discapacidad, teniendo carácter representativo solo de forma excepcional.
El dictamen considera que el anteproyecto “sirve adecuadamente” al objetivo de adaptar la legislación civil y procesal a las exigencias contenidas en el Convenio. Las reformas que contiene, añade, permitirán “hacer efectivos los derechos reconocidos en la Convención”, en particular “el reconocimiento de la personalidad y la capacidad jurídica de las personas con discapacidad”, con el fin de “promover la igualdad y eliminar la discriminación por motivos de discapacidad”. Por todo ello, desde esta perspectiva la valoración es favorable,
La reforma “supone la consagración de la discapacidad no como una limitación excluyente, sino como una realidad que requiere del tratamiento normativo adecuado para lograr la definitiva y plena participación e inclusión social de las personas con discapacidad”, una realidad que requerirá un “esfuerzo por parte de todas las instituciones y poderes públicos, de los operadores jurídicos, de los intérpretes y aplicadores del ordenamiento jurídico y, en fin, de la sociedad en su conjunto”.
El informe advierte, sin embargo, de las consecuencias que puede tener la desaparición del sistema de tutela de autoridad, pues puede generar situaciones incompatibles con el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva de las personas con discapacidad, al dejar espacios ajenos al control de los jueces.
Por esta razón, el CGPJ recomienda “conjugar el régimen de protección basado en el autogobierno y la autoorganización” de la persona con discapacidad “con el debido control judicial, que permita asegurar la protección y la tutela judicial efectiva de los derechos e intereses de las personas con discapacidad”.
La tensión entre el principio orientado hacia el autogobierno y primacía de la voluntad de la persona con discapacidad y el derecho fundamental a la tutela judicial de sus derechos e intereses debe resolverse buscando el equilibrio entre ambos extremos. El informe recomienda que la intervención judicial ante medidas de carácter voluntario no se conciba como algo excepcional, sino que se permita “en términos claros” el control judicial de la adecuación, idoneidad y suficiencia de dichas medidas, así como su efectiva puesta en marcha.
Adaptar la Administración de Justicia a un sistema nuevo
Asimismo, considera que la implantación de un sistema de autorregulación no debe significar necesariamente una disminución de la intervención judicial. Al contrario, la determinación de los apoyos necesarios en cada caso conlleva una serie de incidencias y trámites que deberían venir acompañados de “un aumento, cuantitativo y cualitativo, de la intervención judicial y de la estructura auxiliar de la Administración de Justicia”, especialmente en las primeras fases de implantación del nuevo sistema, donde deberán revisarse las medidas adoptadas con la legislación vigente.
El órgano de gobierno de los jueces alerta también de la necesidad de redimensionar y reorganizar la estructura judicial y la de la Administración de Justicia para poner en práctica el nuevo sistema, pues la reforma implica un “nuevo paradigma de la discapacidad” que, a su vez, requiere de “un cambio de paradigma en la concepción de la discapacidad por parte de todos los sectores, profesionales y sociales, implicados en su tratamiento, y en la participación en la sociedad de las personas con discapacidad, que cabalmente cabe suponer”.
Asimismo, se requerirá “un mayor grado de especialización de los órganos judiciales”; un mayor número de órganos y personal especializados; un nuevo diseño de distribución territorial de competencia, de acuerdo con el mapa territorial del tratamiento judicial de la discapacidad que suponga una mayor cercanía del órgano judicial a la persona con discapacidad; y la adopción de medidas de accesibilidad que permitan a las personas con discapacidad ejercer sus derechos en el proceso y ver plenamente satisfecho su derecho a la tutela judicial efectiva.
En cuanto al desarrollo de las medidas de apoyo, el CGPJ señala que debe evitarse que resulte gravoso para quien las ejercita y que suponga un gasto difícilmente asumible para la persona con discapacidad. Por ello, con el fin de dotarlo de eficacia, recomienda “la articulación de mecanismos asistenciales, predominantemente públicos”.
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jueves, 6 de diciembre de 2018
Manuel Azaña. Biografía
cervantes.es
Manuel Azaña Díaz. (Alcalá de Henares, 10 de enero de 1880 – Montauban, Francia, 3 de septiembre de 1940). Escritor y político español.
Estudia en el Colegio Complutense, en el Instituto Cisneros y en los Agustinos de El Escorial; licenciado en Derecho por la Universidad de Zaragoza en 1897, se doctora en 1900.
En 1909 ingresa como funcionario en la Dirección General de los Registros y del Notariado.
Dos años después viaja a París con una beca de la Junta de Ampliación de Estudios, experiencia que queda reflejada en su primer libro, Estudios de política francesa contemporánea, la política militar (1919). Es secretario del Ateneo de Madrid entre 1913 y 1920 y presidente de esta institución en 1930.
Desde el punto de vista político, milita desde 1913 hasta 1923 en el Partido Reformista de Melquíades Álvarez, pero hasta 1925 no hace explícita su vocación republicana al crear la formación Acción Republicana, que agrupa al republicanismo ilustrado y burgués. Como representante de este partido, y tras caer la dictadura de Primo de Rivera en 1930, forma parte del Comité Revolucionario que contribuye a la instauración de la República el 14 de abril de 1931, en cuyo gobierno provisional ocupa la cartera de Guerra, primero, y la Presidencia, después. Las elecciones a Cortes Constituyentes en junio de 1931 le confirmaron como Jefe del Ejecutivo, puesto del que dimitiría en septiembre de 1933.
En abril de 1934, ya en la oposición, consigue la unidad de los partidos republicanos dando lugar a Izquierda Republicana, organización política de la que es elegido presidente. En octubre del mismo año es detenido bajo la falsa acusación de estar implicado en los sucesos revolucionarios de Asturias y Cataluña. Tras su liberación en enero de 1935, inicia una campaña política que da lugar a la creación del Frente Popular, coalición que obtiene la victoria en las elecciones de febrero de 1936. En mayo de aquel año es elegido Presidente de la República, cargo que ocupa durante todo el desarrollo de la Guerra Civil española. Dimite de ese cargo en febrero de 1939, se exilia a Francia y fallece en Montauban en 1940.
Relevante escritor y periodista, colabora en los diarios El Imparcial y El Sol y dirige las revistas La Pluma y España entre 1920 y 1924. Recibe el Premio Nacional de Literatura en 1926 por su obra Vida de Juan Valera. Autor de novelas como El jardín de los frailes (1927) y la inacabada Fresdeval, también realiza incursiones en el teatro con obras como La Corona (1930).
Es también un relevante traductor y un gran ensayista, recogiéndose su producción en este campo en los volúmenes Plumas y palabras (1930) y La invención del Quijote y otros ensayos (1934). Su obra La velada en Benicarló, compuesta por una serie de diálogos sobre la guerra de España, puede considerarse como la más importante reflexión acerca de la década de los años treinta en nuestro país. De igual modo dejó escritas unas memorias que constituyen un destacado reflejo de la Segunda República Española.
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miércoles, 5 de diciembre de 2018
Manuel Portela Valladares (Pontevedra, 31 de enero de 1867 – Bandol,29 de abril de 1952) fue un político español de ideología liberal centrista Fue ministro durante el reinado de Alfonso XIII y llegó a ser presidente del gobierno durante la Segunda República Española.
Hijo de Juan Portela Dios y Teresa Valladares Rial, quedó huérfano de padre con sólo diez años. Fue acogido por su tía, Juana Portela Dios, mujer del impresor José Villas. Este matrimonio disfrutaba de una situación económica desahogada, lo que le permitió estudiar en el colegio de jesuitas de Camposancos en La Guardia, para posteriormente seguir la carrera de Derecho en la Universidad de Santiago de Compostela.
Se graduó en1889 en la universidad compostelana. Hasta 1899 residió en la ciudad de Pontevedra, donde trabajó como redactor del Diario de Pontevedra, ejerció de juez municipal y fue decano del Colegio de Abogados.
En 1898, con solo 31 años, consiguió plaza como registrador de la propiedad en Madrid.
Instalado en Madrid, entró en el mundo de la política de la mano de Montero Ríos siendo elegido diputado a Cortes en 1905. En 1910 lo fue de nuevo por el distrito lugués de Fonsagrada. En 1909 fue fundador, junto con otros intelectuales y políticos, de la Liga Agraria de Acción Gallega que lideraría Basilio Álvarez, a quien le unió una gran amistad.
Hombre de confianza de José Canalejas, fue nombrado en 1910 Gobernador Civil de Barcelona y dos años más tarde fiscal del Tribunal Supremo. En 1923 ejerció como ministro de Fomento del último gabinete liberal de García Prieto anterior a la dictadura de Primo de Rivera.
En 1924 fundó en Vigo El Pueblo Gallego, periódico democrático que abrió las puertas a intelectuales republicanos y galleguistas e hizo campaña a favor de una regeneración de la vida política española.
En 1930, Portela Valladares fue uno de los firmantes del llamado Pacto de Barrantes, en el que participaron los más destacados líderes republicanos y nacionalistas del momento en Galicia, entre ellos Alfonso Daniel Rodríguez Castelao, con quien compartía la necesidad de autonomía para Galicia y la quien lo uniría una mutua relación de amistad y confianza.
En 1931 contrajo matrimonio con la aristócrata catalana Clotilde Puig i Mir, que le dio el título de conde de Brías y le proporcionó una importante fortuna.
Durante la República fue desde 1931 a 1933 parlamentario por Lugo y en1936 salió elegido por la provincia de Pontevedra.
En 1935, bajo el gobierno derechista de Alejandro Lerroux, fue gobernador general de Cataluña (marzo-abril 1935) y ministro de la Gobernación en dos ocasiones.
A finales de año,el presidente de la República Alcalá Zamora le encomendó la presidencia del Gobierno.
El gobierno centrista que presidió ejerció sus funciones hasta la toma de posesión en febrero de 1936 del gobierno resultante de las elecciones generales. A pesar de las presiones golpistas de los grupos derechistas, reconoció la victoria del Frente Popular y entregó el poder a los vencedores legítimos el 19 de febrero.
Tras estallar ese mismo año la Guerra Civil, Portela Valladares permaneció leal a la República, siendo fiel a su ideología liberal y reformista. Desde Barcelona, donde lo cogió la sublevación del 18 de julio, se retiraría a Niza, para posteriormente retornar a España y ofrecer sus servicios al gobierno republicano de Juan Negrín. Participó en las cortes de Valencia reunidas en octubre de 1937.
Finalizada la contienda en 1939, se vio obligado a salir de nuevo para Francia, donde fue apresado por la Gestapo. Aunque el régimen franquista instalado en España solicitó su extradición, esta no fue concedida.
Falleció en el exilio en Bandol, cerca de Marsella, en 1952.
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martes, 4 de diciembre de 2018
El aumento del precio de la vivienda se modera hasta el 6,7% anual durante el tercer trimestre
Noviembre 15, 2018 Notas de prensa registradores.org
◾Entre julio y septiembre se inscribieron 133.295 compraventas, un 11,9% más que en el mismo trimestre de 2017
◾Las compras por extranjeros se frenan ligeramente, pasando del 12,9% en el segundo trimestre al 12,1% en el tercero
El precio de la vivienda, calculado a través del Índice de Precio de la Vivienda de Ventas Repetidas (según metodología Case & Shiller aplicada a España) ha presentado una ligera reducción intertrimestral (-0,3%), produciendo una moderación en la tasa interanual, que se ha situado en el 6,7%. El IPVVR muestra como, desde los precios mínimos registrados a finales de 2014, el precio de la vivienda se ha incrementado un 26,5%, por lo que el ajuste acumulado desde los máximos de mediados de 2007 se encuentra en poco más del -18%, habiendo llegado a superar el -35%.
Compraventas inscritas
Según la Estadística Registral Inmobiliaria del Colegio de Registradores correspondiente al tercer trimestre, entre julio y septiembre se inscribieron en los registros de la propiedad 133.295 compraventas de vivienda, un 0,7% menos que en el trimestre anterior, habiéndose registrado el segundo mayor número de compraventas trimestrales desde mediados de 2008. Con relación al mismo trimestre de 2017, se produce un aumento del 11,9%. En los últimos doce meses se han inscrito 508.402 compraventas, cifra que no se alcanzaba desde 2008.
El aumento del precio de la vivienda se modera hasta el 6,7%
Número de compraventas registradas. Tercer trimestre 2018
En vivienda nueva se registran en el tercer trimestre 23.420 compraventas, un 3,4% más que en el trimestre anterior, con lo que se intensifica el crecimiento del segundo trimestre (1,6%). En vivienda usada, sin embargo, se han registrado 109.875 compraventas, con un descenso del 1,5% sobre el segundo trimestre, resultado que contrasta con el crecimiento del trimestre anterior, que fue del 4,5%.
Compras de extranjeros
La demanda extranjera desciende en términos porcentuales y absolutos. El 12,1% de las compras del tercer trimestre han sido realizadas por extranjeros, frente al 12,9% del trimestre precedente, lo que ha supuesto algo menos de 16.000 operaciones inscritas, mientras que en el segundo trimestre se registraron algo más de 17.100. Las nacionalidades con mayor actividad de compra por extranjeros han sido británicos con un 16,2%, seguidos de franceses (7,7%), alemanes (6,8%), belgas (5,9%) y rumanos (5,9%). En los últimos doce meses, los extranjeros han registrado más de 65.500 compras de vivienda, el 12,9% del total.
Las comunidades autónomas que durante el trimestre han registrado un mayor número de compras de vivienda por ciudadanos extranjeros han sido Baleares, donde el 27,9% de las compraventas de la región han sido efectuadas por extranjeros, Canarias (25,3%) y Comunidad Valenciana (25%).
Características del crédito hipotecario
El endeudamiento hipotecario por vivienda continúa la tendencia al alza de los últimos trimestres y se ha visto incrementado un 3% durante el tercer trimestre con relación al segundo,alcanzando un resultado medio de 125.592 €. El incremento sobre el mismo trimestre de 2017 ha sido del 5,2%.
La contratación a tipo de interés fijo se incrementó hasta alcanzar el 40,7% de los nuevos créditos hipotecarios, desde el 39,7% del trimestre anterior, quedando la contratación a tipo de interés variable en el 59,3%, que casi en su totalidad (58,4% del total) utilizó como índice de referencia el Euríbor.
La duración media de los nuevos créditos hipotecarios se estabilizó durante el tercer trimestre, alcanzando los 23 años y 4 meses, misma cifra que el trimestre anterior.
Los indicadores de accesibilidad se han deteriorado de nuevo en el tercer trimestre del año. La cuota hipotecaria mensual media ha sido de 577,6 € (563,1€ en el segundo trimestre) y el porcentaje de dicha cuota con respecto al coste salarial ha sido del 30,3%. Con relación al trimestre anterior, la cuota hipotecaria mensual media se incrementa un 2,6% y el porcentaje de dicha cuota con respecto al coste salarial aumenta en 0,7pp. Estos resultados son consecuencia de que el aumento del endeudamiento hipotecario por vivienda (3%), no se ha compensado por la leve reducción de los tipos de interés (-0,04 pp) y el ascenso de los salarios (0,1%), permaneciendo sin modificación los plazos de contratación.
Impagos hipotecarios
Según la Estadística Registral Inmobiliaria, que también se puede consultar en el Portal de Precios de Vivienda (http://www.preciosdevivienda.es/registradores.html), las certificaciones de vivienda por inicio de ejecución de hipoteca del tercer trimestre han sido 4.831, con un incremento del 7,8% sobre el mismo trimestre de 2017. El peso de personas físicas sigue descendiendo y marca un nuevo mínimo histórico, con el 33,8%, con lo que el peso de las personas jurídicas sube hasta el 66,2%. En cuanto a la nacionalidad, el 3%, ha correspondido a extranjeros, frente al 97% de nacionales.
Las daciones en pago han sido 1.560 con un descenso del 2,3% sobre el mismo trimestre de 2017. El 86% afectó a personas físicas, frente al 14% de personas jurídicas. Con respecto a la nacionalidad, el 11% de las daciones en pago han correspondido a extranjeros, frente al 89% restante de nacionales.
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