El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación acaba de activar una nueva fase del Plan de Asistencia Consular para dar atención a la llegada al Puerto de San Juan de Terranova de los tres supervivientes y los nueve cuerpos recuperados tras el naufragio del barco Villa de Pitanxo. La Moncloa
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La vicepresidenta primera enfatiza el papel protagonista de las pymes y autónomos para lograr los objetivos del Plan de Recuperación
15 de febrero de 2022
La vicepresidenta primera enfatiza el papel protagonista de las pymes y autónomos para lograr los objetivos del Plan de Recuperación
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La vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, ha participado hoy en el acto ‘Fondos Europeos 2022: una oportunidad histórica para las pymes y los autónomos’ organizado por el grupo Prisa, para acercar a las pymes y autónomos el Plan de Recuperación.
Durante la inauguración, Calviño ha enfatizado el papel protagonista que pymes y autónomos para hacer realidad los objetivos de este plan, que supone una oportunidad extraordinaria para tener una salida muy diferente de la crisis.
La vicepresidenta primera ha destacado algunas de las herramientas que se han puesto a disposición de las pymes y autónomos para conocer y acceder a las convocatorias que se están lanzando. Así, se refirió a la página web www.planderecuperacion.gob.es, así como al despliegue de la red de oficinas Acelerapyme. También ha apuntado a la oportunidad de avanzar en la colaboración con Cepyme y las asociaciones sectoriales y la puesta en marcha de un nuevo servicio de asistencia telefónica a través del 060.
Pymes y autónomos, protagonistas del Plan de Recuperación
En su intervención, ha recordado que las pymes y autónomos, -que representan el 99% del tejido productivo-, tienen jugar un papel fundamental en hacer realidad los objetivos del Plan de Recuperación. Entre ellos, Calviño ha subrayado el impulso al emprendimiento, entendido como apoyo a la creación de empresas y a su crecimiento: “Necesitamos no sólo apoyar el emprendimiento sino apoyar la inversión en I+D, el capital humano, la formación de los empresarios de todos los trabajadores y el funcionamiento en red de estas pymes».
Esto redundará en una mayor productividad, en creación de empleo de calidad y en una mayor competitividad y un refuerzo de la presencia ya importante que tienen nuestras empresas pequeñas y medianas en el ámbito internacional.
El Plan de Recuperación dedica un componente específico para el impulso a las pymes, con una dotación de 5.000 millones de euros de inversión. También incluye reformas que favorecen el crecimiento empresarial como la Ley Crea y Crece, la Ley de Startups, la reforma de la Ley concursal, que actualmente se están tramitando en las Cortes.
Entre las inversiones destinadas a pymes y autónomos, la vicepresidenta ha destacado el Kit Digital, un programa innovador, gestionado por Red.es, con el que se van a invertir más de 3.000 millones de euros para la digitalización de pymes y autónomos. La primera convocatoria de ayudas estará dotada con 500 millones de euros y se lanzará en las próximas semanas para empresas de entre 10 y 49 empleados.
Puede consultar la intervención completa en el Foro ‘Fondos Europeos 2022: una oportunidad histórica para las pymes y los autónomos’ aquí
Durante el cuarto trimestre los deudores concursados aumentaron el 21,8% sobre el trimestre anterior.
Durante el cuarto trimestre los deudores concursados aumentaron el 21,8% sobre el trimestre anterior.
15/02/2022 Registradores
En el cuarto trimestre de 2021 el número de deudores concursados alcanza la cifra de 2.377, lo que supone una disminución del 20,4% respecto al mismo período del año anterior.
Por tipo de concurso, son voluntarios 1.182 (un 59,1% menos que en el cuarto trimestre de 2020), consecutivos 1.190 (nueva categorización en 2021), y necesarios 5 (un 94,9% menos que en el cuarto trimestre de 2020[1]). Por cuarto trimestre consecutivo se categorizan los procedimientos exprés (apertura y cierre simultáneos del mismo por insuficiencia de masa activa), que han sido 737. Siguiendo con la clase de procedimiento, los abreviados disminuyen un 44,9%, mientras que los ordinarios disminuyen un 49,6%.

Deudores concursados según naturaleza jurídica del concursado, tipo de concurso y clase de procedimiento. 4o Trimestre 2021.

Evolución de la tasa trimestral

Para contribuir al análisis e interpretación de los datos, el gráfico siguiente muestra la variación del número de deudores concursados entre el tercer y el cuarto trimestre del año corriente a lo largo de los últimos cinco años. En 2021 esta tasa ha sido del 21,8%.
Empresas concursadas por naturaleza jurídica y tramo de volumen de negocio
De los 2.377 deudores concursados en el cuarto trimestre, 929 son empresas personas jurídicas, 590 son personas físicas con actividad empresarial, y 858 son personas físicas sin actividad empresarial, lo que supone el 39,1%, 24,8% y 36,1% respectivamente, del total de deudores.
El número de empresas personas jurídicas concursadas disminuye un 26,27% en el cuarto trimestre de 2021 respecto al mismo periodo del año pasado.
Según la forma jurídica, el 91,5% de las empresas concursadas son Sociedades de Responsabilidad Limitada.
El 47,8% de las empresas concursadas se encuentra en el tramo más bajo de volumen de negocio (hasta 250.000 euros) y son, principalmente, Sociedades de Responsabilidad Limitada
EMPRESAS concursadas por forma social y tramo de volumen de negocio.

4º Trimestre 2021.
Empresas concursadas por actividad económica y tramo de asalariados
El 23,9% de las empresas concursadas tienen como actividad económica principal el Comercio, el 16,5% la Construcción, y el 13% la Industria manufacturera.
En cuanto al número de asalariados, el 54,3% del total de empresas concursadas tiene menos de seis. Y, entre éstas, el 23,9% no tiene asalariados.
EMPRESAS concursadas por tramo de asalariados y actividad económica principal.
4º Trimestre 2021.

Empresas concursadas por antigüedad
El 24,4% del total de empresas concursadas en el tercer trimestre tiene una antigüedad de 20 o más años. Por su parte, el 20,3% tiene cuatro o menos años de antigüedad.
El 19% de las empresas concursadas con cuatro o menos años de antigüedad pertenecen al sector Hostelería. Por su parte, el 26% de las concursadas con 20 o más años de antigüedad se dedican al Comercio.
EMPRESAS concursadas por antigüedad y actividad económica principal.
4º Trimestre 2021.

Resultados por comunidades autónomas
Las comunidades autónomas con mayor número de deudores concursados en el tercer trimestre de 2021 son Cataluña (780), Comunidad de Madrid (413) y Comunidad Valenciana (311), concentrando entre las tres el 63,3% del total de deudores concursados.
Deudores concursados según tipo de concurso y clase de procedimiento.
4º Trimestre 2021.

Andalucía, Asturias y Navarra presentan los únicos incrementos anuales en el tercer trimestre (0,8%, 21,1%, y 58,8% respectivamente); e Islas Baleares, La Rioja, y Ceuta y Melilla los mayores decrementos (un 79,1%, un 63,6%, y un 60% respectivamente).

Revisiones y actualizaciones de datos
Los datos del cuarto trimestre de 2021 son provisionales y se revisarán cuando se difundan los del mismo periodo del año próximo. Es decir, cuando se publiquen los datos del cuarto trimestre de 2022, se difundirán los definitivos del mismo trimestre de 2021.
Nota sobre las diferentes moratorias concursales motivadas por la pandemia
El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, en su artículo 43, procedió a suspender temporalmente el deber de solicitar la declaración de concurso por el deudor insolvente (mientras estuviere vigente el estado de alarma), a la vez que, también de forma temporal (durante el estado de alarma, hasta transcurrir dos meses a contar desde la finalización de este), se preveía la inadmisión a trámite de las solicitudes de concurso necesario. La norma fue derogada por otra posterior, Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, que extendía sus efectos hasta el 31 de diciembre de 2020. Posteriormente por medio de la Disposición Final Décima (tercer punto) del Real Decreto-Ley 34/2020, de 17 de noviembre, esta extensión se prorrogó hasta el 14 de marzo de 2021. En 2021, el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, en su apartado cuarto de la Disposición final séptima, habilitó una nueva prórroga hasta el 31 de diciembre de 2021. Y con posterioridad, el Real Decreto-ley 27/2021, de 23 de noviembre, por el que se prorrogan determinadas medidas económicas para apoyar la recuperación, se habilita una nueva moratoria hasta el próximo 30 de junio de 2022.
Nota: Las tablas completas, así como el informe metodológico estandarizado y la metodología se pueden descargar en el siguiente enlace del Portal Estadístico Registral en la web del Colegio de Registradores:
https://www.registradores.org/actualidad/portal-estadistico-registral/estadisticas-concursales.
[1] Esta disminución es consecuencia directa de las diferentes moratorias establecidas en sucesivos Reales Decretos aprobados a lo largo de 2020 y 2021, que suponen la inadmisión a trámite de las solicitudes de concurso necesario. Ver nota al final para más información.
Llop: “La inmediación digital será un instrumento necesario en esta etapa de cohesión social, territorial y digital”
Llop: “La inmediación digital será un instrumento necesario en esta etapa de cohesión social, territorial y digital”
14/02/2022 Ministerio de Justicia
Proyecto pionero en transformación digital
Llop: “La inmediación digital será un instrumento necesario en esta etapa de cohesión social, territorial y digital»
La ministra de Justicia ha intervenido hoy en una sesión informativa para explicar los proyectos de inmediación digital pioneros que lleva a cabo su cartera.
En la sesión han compartido casos prácticos el Principado de Asturias, la región de Murcia y la Abogacía.
La inmediación favorece la lucha contra la despoblación, impulsa el ahorro energético, favorece la universalidad del servicio y acerca la Administración de Justicia a la ciudadanía.
14 de febrero de 2022.- “La transformación digital no es un fin en sí mismo; es un medio para mejorar la vida de las personas y, en Justicia, va a mejorar, además, la prestación del Servicio Público de Justicia». Así lo ha dicho hoy la ministra de Justicia, Pilar Llop, en una sesión informativa organizada por su gabinete para explicar los proyectos de inmediación que está llevando a cabo y que son “únicos en el mundo».
El Ministerio de Justicia, junto a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial (SEDIA) y la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), ha desarrollado un conjunto de procedimientos técnicos y organizativos, así como herramientas asociadas a los mismos, para dar seguridad jurídica en la inmediación digital y los servicios no presenciales. El objetivo último es aportar confianza a los ciudadanos y profesionales del sector en su relación con la Administración de Justicia.
La inmediación digital se refiere a la posibilidad de que la ciudadanía, entidades privadas o administraciones públicas, así como los profesionales que les representan, puedan comparecer telemáticamente en vistas judiciales, actos de conciliación ante jueces o letrados de la Administración de Justicia, entre otros.
Así, el Ministerio de Justicia ha integrado el sistema Cl@ve de la AEAT, desarrollando una aplicación propia llamada ClaveJusticia, que actúa como interfaz para que el funcionario de la Administración de Justicia pueda identificar con seguridad a las personas que participan en actos a distancia.
Para el resto de actuaciones procesales, más allá de las vistas, se ha desarrollado la herramienta EVID, que dota de seguridad en la identificación de la persona usuaria del servicio público de Justicia.
Actualmente ya se están realizando algunas actuaciones judiciales mediante inmediación digital. Entre ellas: información general personalizada, apoderamientos apud acta, ratificaciones de mutuo acuerdo en materia de divorcio o separación o juntas de herederos.
En última instancia, “este proceso busca mejorar la vida de las personas, al no tener que desplazarse para realizar actuaciones judiciales, reduciendo gastos económicos y tiempo, especialmente aquellas que viven en lugares con una baja densidad de población y cuyo desplazamiento es especialmente costoso; también va a impactar positivamente en el medio ambiente», ha destacado Llop.
“Vamos a cuidar a las personas con dificultades para facilitar su acceso a estos instrumentos desde las Oficinas de Justicia en los municipios y la Oficina Judicial, o las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia. Las personas mayores o las personas con alguna discapacidad estarán debidamente atendidas para no dejar a nadie atrás», ha asegurado la ministra de Justicia.
Igualmente tendrá un impacto positivo en los profesionales -abogacía, procura, graduados sociales-, que, además, tendrán más tiempo para conciliar la vida laboral y personal.
En definitiva, este proyecto, en el que se trabaja en colaboración con todo el sector Justicia -órganos judiciales, trabajadores del sector, abogados, procura, las consejerías de Justicia de las 12 Comunidades Autónomas (CCAA) que tienen las competencias de Justicia transferidas, Consejo General del Poder Judicial y Fiscalía General del Estado, “será un instrumento necesario en esta etapa de cohesión social, territorial y digital», ha concluido Llop.
“Salto cualitativo»
Por su parte, el secretario general para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Manuel Olmedo, se ha referido a este proyecto de transformación digital como un magnífico ejemplo de las posibilidades brindadas por los Fondos Europeos de Recuperación, Transformación y Resiliencia. “Nos permiten contar con tecnología innovadora y emprender cambios organizativos e, incluso, culturales hacia una digitalización útil e inteligente que redunde en la ciudadanía, e incremente la competitividad del país».
Olmedo ha destacado el “salto cualitativo» que en este proceso de transformación digital van a suponer las tres leyes –de eficiencia procesal, organizativa y digital- que está llevando a cabo el Ministerio de Justicia, aportando una base legal común.
“La inmediación digital es un proyecto enmarcado en el plan Justicia 2030, que cuenta con un presupuesto, ya ejecutado de tres millones de euros, y aprobado por unanimidad por las CCAA», ha puesto en valor el secretario general.
“Creo que estamos en el buen camino para aportar calidad e innovación en el servicio público de Justicia de forma coordinada y compartida», ha concluido Olmedo.
Por su parte, el director general de Transformación Digital de la Administración de Justicia, Aitor Cubo, ha ahondado en los beneficios que supone la inmediación digital en las políticas contra la despoblación, al posibilitar el teletrabajo de funcionarios y la atención a la ciudadanía desde cualquier lugar. Asimismo, favorece la universalidad del servicio, ya que permite el uso desde cualquier dispositivo sin necesidad de un software específico, ha señalado. “Se trata de una medida que, en definitiva, acerca la Administración de Justicia al ciudadano, con una atención personalizada para cada trámite».
Cubo también ha querido destacar “la vertiente social de este proyecto, al permitir, por ejemplo, la declaración de las víctimas en entornos seguros», y “los beneficios claros en la lucha contra la brecha de género».
El subdirector general de Desarrollo e Implantación de Servicios Digitales, Javier Hernández, ha puesto en valor “las garantías de autenticidad, confidencialidad, integridad, disponibilidad y trazabilidad exhaustiva» que permite este sistema que trabaja desde la nube.
Ejemplos prácticos
En la sesión informativa, además han participado otros agentes de las administraciones públicas y del sector para explicar sus experiencias en la implementación del proyecto de inmediación digital.
Así, Miguel Ángel Soler, secretario coordinador del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, ha destacado las 183 actuaciones de inmediación llevadas a cabo hasta finales de 2021 en esta región que, junto a Palencia, han llevado a cabo los proyectos piloto. En ellas, “se ha impedido el desplazamiento de 350 personas, que son las que han intervenido en estas actuaciones, con los consiguientes ahorros que esto implica».
Miguel Hermosa, abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Palencia, ha señalado el valor de la inmediación en ahorro de tiempo, “pasando a 5-10 minutos para hacer un proceso de aceptación de cargo de perito que antes implicaba un desplazamiento de varios cientos de kilómetros».
Por su parte, desde la Consejería de Justicia de Asturias, se ha enfatizado que, además de la agilización de los procedimientos, existe un plan alternativo para quienes no cuenten con las herramientas digitales que se requieren. “Elimina brechas digitales, pero también de otro tipo, al poner el foco en las personas vulnerables», han concluido.
La constitución de sociedades aumentó el 27,5% en 2021
La constitución de sociedades aumentó el 27,5% en 2021
18/01/2022 | Registradores
Según la Estadística Mercantil del Colegio de Registradores el pasado año se constituyeron en España 102.135 sociedades, un incremento del 27,5% respecto a 2020 (80.134 constituidas) y del 7,7% frente a 2019 (94.840). Se vuelven a superar, por segundo trimestre consecutivo, las 100.000 operaciones en los últimos doce meses, cifra que no se veía desde el acumulado anual del primer trimestre de 2017.
Con relación al cuarto trimestre de 2021 respecto al mismo trimestre del año anterior, se constituyeron en España 24.107 sociedades mercantiles, mostrando un incremento del 5,6%. Si lo comparamos con el mismo trimestre de 2019, es decir, año anterior a la pandemia, se ha producido un incremento del 6,4%.

La Estadística Mercantil trimestral del Colegio de Registradores permite conocer información estructural básica de las empresas españolas y puede ser consultada, por meses, en el siguiente enlace: http://www.registradores.org/portal-estadistico-registral/estadisticas-mercantiles/estadistica-mercantil/

Por Comunidades Autónomas, en el cuarto trimestre, con relación al mismo período de 2020, la creación de sociedades mercantiles aumentó más en Baleares (39,7%), La Rioja (19,3%), y Cantabria (17,5%). En sentido contrario, descendió sobre todo en Extremadura (-16,8%), Murcia (-8,9%) y País Vasco (-8,4%).
Constituciones societarias según actividad (Ramas CNAE)

Analizando la proporción que tienen los diferentes sectores de actividad sobre los nuevos proyectos empresariales, se compara la dedicación actual de las empresas creadas con la dedicación de las que se creaban hace un año, mostrando la evolución de su peso relativo según ramas de la CNAE y durante el cuarto trimestre de 2021, respecto al mismo de 2020.
Los resultados revelan que sectores importantes vuelven paulatinamente a la cuota de actividad anterior a la pandemia. Destacan por su importancia: la Hostelería (rama I de la CNAE) que ocupa al 10,7% de las empresas creadas, incrementando su presencia el 26,0% anual. Otra actividad de gran importancia es Construcción (rama F), que aumenta hasta el 13,9%, con un incremento del 8,1% sobre el peso relativo del año anterior. También crecen Otros servicios (rama S), el 121,6%, la Energía eléctrica, gas, agua y saneamiento (ramas D-E), el 7,2%, Educación (rama P), el 6,7%, Financieras y Seguros (rama K), con el 0,5% anual. En la parte negativa desciende más el peso relativo anual en Agricultura y ganadería (rama A), el -23,8%, Actividades sanitarias y de servicios sociales (ramas Q-R), el -16,7%, Industrias extractivas y manufacturera (ramas B-C), el -13,8%, Comercio (rama G), el -12,7%, e Información y comunicaciones (rama J), -7,3%.
Operaciones de capitalización
En el cuarto trimestre se contabilizaron 7.108 ampliaciones de capital, con un aumento del 5,3% sobre el mismo periodo del año anterior. En términos de importe de capital aumentado se desembolsaron 5.181 millones de euros, con un descenso del 15,4% sobre el mismo período de 2020. Si se compara con el cuarto trimestre de 2019, las operaciones disminuyeron el 4,3%, mientras que el capital desembolsado disminuyó el 25,9%.

Extinciones
Las extinciones de sociedades alcanzaron las 9.836 sociedades durante el cuarto trimestre, un 6,3% más que en el mismo trimestre de 2020 y un 11,1% comparado con el mismo periodo de hace dos años.
Concursos de acreedores

Las empresas con serias dificultades financieras, que inscribieron concurso de acreedores entre octubre y diciembre fueron 1.238, un aumento del 0,6% en relación al mismo trimestre de 2020. Si lo comparamos con el mismo trimestre de 2019, los concursos se han incrementado un 20,2%. Durante 2021, se declararon en concurso 4.714 sociedades, un 37,5% más que en el acumulado del año anterior y 29,8% de incremento sobre 2019.

Traslados de sede social entre Comunidades Autónomas. 4T 2021(*).
Se indican en la siguiente tabla los datos sobre los traslados de sede social entre las diversas CC.AA. relativas al cuarto trimestre. Dichos movimientos no corresponden a solicitudes de traslado sino a confirmaciones de traslado inscritas en el registro de destino.
Entre las Comunidades de las que se van, destaca Madrid, con 362 salidas, seguido de Cataluña, 194, Andalucía, 120 y Comunidad Valenciana con 91. Sin embargo, si comparamos el saldo de entradas y salidas, Cataluña destaca con un saldo negativo de 81 empresas, y en el lado opuesto, Galicia, con un saldo positivo de 40 empresas y Baleares y Madrid con 26.

MES DE DICIEMBRE
Constituciones
La evolución de las constituciones durante el mes de diciembre. Fue también positiva, creándose 8.519 empresas, un 9,2% más que en el mismo periodo de 2020, y un 19,2% más que diciembre de 2019. Madrid y Cataluña, conjuntamente constituyeron el 42% de las empresas creadas.

En cuando a la evolución de las constituciones, se ha producido un incremento más moderado en el tercer trimestre (6,9%), con una ligera caída en octubre (-0,4%) y los datos positivos de noviembre (7,7%) y diciembre (9,2%), que muestran una tendencia de fondo positiva en el último periodo del año.
Ampliaciones de capital
Las operaciones de ampliación de capital inscritas en los RR.MM. reflejan de modo directo la apuesta de los propietarios por sus proyectos empresariales. En el mes de diciembre se incrementaron un 10,5%, mientras que respecto a diciembre de 2019 se mantienen estables, el incremento fue del 8,4%.
Concursos de acreedores
Los concursos de acreedores de sociedades mercantiles inscritos en diciembre fueron 411, mostrando un incremento del 4,1% anual comparado con el mismo mes del año anterior, mientras que si se comparan con el mismo mes de 2019, los datos muestran un incremento del 36,1%. En la segunda mitad del año se ha observado una estabilización, con oscilaciones mucho más suaves que las del primer semestre e incrementos anuales por debajo del 10%.
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital aborda con asociaciones de usuarios medidas para impulsar el acceso a los servicios bancarios
8 de febrero de 2022
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital aborda con asociaciones de usuarios medidas para impulsar el acceso a los servicios bancarios
Ha mantenido un encuentro con Carlos San Juan, promotor de la iniciativa para solicitar una atención personalizada de las entidades financieras a las personas mayores, que ha entregado en la sede del Ministerio las 600.000 firmas recogidas
El secretario general del Tesoro y Financiación Internacional, Carlos Cuerpo, también se reunió ayer con la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) y la Plataforma de Mayores
Estos encuentros tienen como objetivo identificar y analizar las medidas más eficaces para asegurar el acceso a los servicios bancarios de los mayores
La vicepresidenta primera ha declarado en un encuentro informal con Carlos San Juan que espera que a final de mes el Ministerio reciba de las patronales de los bancos un plan de medidas eficaces que se pongan en marcha inmediatamente y que den respuesta a esta situación
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital continúa analizando posibles ámbitos de mejora para impulsar la inclusión financiera, con especial atención a la preocupación de los servicios prestados a los mayores por parte de las entidades bancarias.
Con este objetivo, se han celebrado reuniones con representantes de estos colectivos para conocer de primera mano la situación en la que se encuentran. Estos encuentros se suman a la reunión mantenida el pasado 20 de enero por la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, con los representantes de las tres patronales bancarias (AEB, CECA y UNACC) en la que les emplazó a plantear medidas para garantizar la inclusión financiera de los mayores.
En el día de ayer el secretario general del Tesoro y Financiación Internacional, Carlos Cuerpo, mantuvo una reunión con la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) y con la Plataforma de Mayores, para abordar mejoras que favorezcan el acceso a los servicios bancarios de los mayores.
Asimismo, hoy ha mantenido una reunión con Carlos San Juan, promotor de la iniciativa “Soy mayor, no idiota” con la que reclama una atención personalizada de las entidades financieras a los mayores.
San Juan ha entregado en el registro del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital las 600.000 firmas recogidas.
Al finalizar el encuentro, el médico jubilado y la vicepresidenta primera, Nadia Calviño, se han encontrado a las puertas del Ministerio donde se han saludado e intercambiado unas palabras. “Es una prioridad para nosotros acompañar a las personas más vulnerables, especialmente a los mayores”, ha señalado la vicepresidenta primera.
San Juan ha expresado su agradecimiento a la ministra por “el trato muy cordial y muy cercano” que han mostrado en el Ministerio y ha señalado que sus demandas representan “a los ciudadanos de a pie”.
Calviño ha recordado que desde el Ministerio se lleva tiempo trabajando con las entidades financieras para garantizar que los servicios en el ámbito rural y ahora se ha puesto el foco en los mayores. “Espero que de aquí a final de mes podamos tener un plan de medidas eficaces que se pongan en marcha inmediatamente y que den respuesta a esta situación. No es una cuestión de las personas mayores, es de nuestra sociedad”.
Ribera anuncia nuevas actuaciones y un aumento de más de 100 millones para la regeneración ambiental en el entorno del Mar Menor
Ribera anuncia nuevas actuaciones y un aumento de más de 100 millones para la regeneración ambiental en el entorno del Mar Menor
Viernes 11 de febrero de 2022
La vicepresidenta y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, ha presentado en Murcia los avances en el Marco de Actuaciones Prioritarias para Recuperar el Mar Menor ante colectivos y organizaciones sociales, universidades y alcaldes de los ayuntamientos del Mar Menor.
Este plan para la regeneración de la laguna que «ha sido ampliado, mejorado y enriquecido con las aportaciones recogidas durante la fase de información pública», según ha señalado Ribera.
Fruto de este proceso participativo se han incorporado nuevos proyectos que suponen un incremento importante del presupuesto de partida, en concreto 102 millones de euros que se suman a la dotación inicial. Es decir, los 382,25 millones previstos inicialmente para actuaciones hasta el año 2026 se convierten en 484 millones de euros aproximadamente, lo que supone un aumento presupuestario del 26,7%.
Sin duda, ha recordado Ribera, «es el mayor esquema de actuaciones e inversiones diseñado desde el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para la recuperación de un enclave natural y contempla proyectos e intervenciones destinados a recuperar la integridad biológica de la laguna, contribuir a reordenar los usos socioeconómicos de su entorno y hacerlos más compatibles con la preservación del capital natural».
Los nuevos proyectos y actuaciones se concentran en los apartados dedicados a la restauración y mejora ambiental de la cuenca del Mar Menor mediante soluciones basadas en la naturaleza (67,9 millones) y a la gestión de inundaciones y actuaciones de reducción de la carga contaminante (14,6 millones). Por ejemplo, se incrementan sustancialmente las medidas de restauración de ecosistemas en la franja perimetral del Mar Menor y la creación del cinturón verde, pasando el presupuesto estimado de 32 a 52 millones de euros; y se refuerzan las medidas de saneamiento y depuración con 20 millones de euros adicionales para apoyar a los ayuntamientos de la zona en la mejora de las redes y sistemas de saneamiento que eviten vertidos al Mar Menor o a los acuíferos.
Otra parte de ese incremento presupuestario, en torno a 20 millones de euros, se destinará a actuaciones del MITECO destinadas específicamente a los agricultores del Campo de Cartagena. Esta línea, cuyo diseño se está ultimando, se materializará en convocatoria pública como un sistema de incentivos ambientales complementarios a la PAC para ayudar a reducir en origen la contaminación por nitratos y facilitar también la adaptación al cambio climático con soluciones basadas en la naturaleza. Prácticas de agricultura de conservación, de reducción de escorrentías y erosión en parcela, y otras que permitan recuperar o mejorar los servicios ambientales del territorio en la cuenca vertiente del Mar Menor entrarán dentro de las propuestas subvencionables por esta vía.
Una estrategia ampliamente participativa
Acto de presentación de los avances en el Marco de Actuaciones Prioritarias para recuperar el Mar MenorTeresa Ribera ha destacado y agradecido la alta participación ciudadana (51% de las observaciones recibidas) para mejorar y completar el Marco de Actuaciones Prioritarias, que durante el mes que ha estado en consulta pública ha recibido más de 600 observaciones procedentes de un total de 79 participantes, administraciones públicas, entidades privadas y particulares. «Desde el principio hemos insistido en que la estrategia para recuperar el Mar Menor debía ser ampliamente participativa, porque es un reto de las administraciones y también de la ciudadanía».
Asimismo, en las reuniones que ha mantenido con colectivos, organizaciones sociales y universidades y con alcaldes de los ayuntamientos del Mar Menor, la vicepresidenta ha expuesto los avances desde que visitó por última vez la zona el pasado 4 de noviembre. Entre ellas, el Gobierno ha declarado de interés general y utilidad pública las principales obras recogidas en el Marco de Actuaciones, paso necesario para que el Estado pueda iniciar las actuaciones de:
Restauración de ecosistemas en franja perimetral del Mar Menor y creación del Cinturón Verde.
Restauración de emplazamientos mineros peligrosos abandonados y restauración de zonas afectadas por la minería en la zona de influencia al Mar Menor.
Renaturalización y mejora ambiental de las ramblas y creación de corredores verdes que doten de conectividad a toda la red de drenaje, en especial en las ramblas afectadas por la minería.
Renovación de la impulsión de la rambla del Albujón (en diciembre se sacaron a información pública tres proyectos para sustituir otros tantos tramos en una primera fase, a la que seguirán pronto otras actuaciones para la mejora integral de la impulsión).
Actuaciones de corrección hidrológica y laminación de crecidas asociadas a las áreas de riesgo potencial significativo de inundación de la cuenca vertiente.
Identificación de zonas idóneas
En este sentido, los equipos de las diferentes Direcciones Generales y de la CHS han intensificado durante estos meses los trabajos para la identificación preliminar de zonas sobre el territorio en las que aplicar las diferentes actuaciones en función de su idoneidad y de los condicionantes que presenten para su ubicación.
Un trabajo que ha permitido avanzar a nivel técnico en un escenario de intervención donde desarrollar diferentes tipologías de actuaciones para cada una de las medidas relacionadas con la restauración, la renaturalización y la mejora ambiental; la prevención del riesgo de inundación y la conservación.
En este tiempo, también se han aprobado los Reales Decretos de protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias y la modificación del Reglamento de Planificación Hidrológica.
Vigilancia y control del dominio público hidráulico
Además, se ha continuado trabajando en la vigilancia y control del dominio público hidráulico. En este sentido, Ribera ha repasado la actividad de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) a enero de 2022. Así, desde 2018 se han iniciado 283 expedientes sancionadores por uso privativo de aguas sin autorizaciones en el ámbito del Mar Menor, con una superficie de 4.917 ha que ya ha sido objeto de resolución sancionadora (más de la mitad de las hectáreas de regadíos sin título legal identificadas en el Campo de Cartagena). La superficie de regadío con expediente sancionador abierto o pendiente de finalizar es de 2.437 ha.
La CHS ha remitido a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 203 expedientes en aplicación de la Ley 3/2020, que se corresponden con 3.000 ha, y a la Fiscalía, 249 expedientes sancionadores en el Mar Menor.
Estas actuaciones, ejecutadas en procedimientos administrativos con todas las garantías, culminan con el precintado y desconexión de las instalaciones de riego. A finales de enero de 2022, se han producido 144 apercibimientos de ejecución subsidiaria para precintado y desconexión, por un total de 2.141 ha. En 52 expedientes, por un total de 1.007 ha, se ha producido el cumplimiento voluntario del cese del uso privativo ordenado en la resolución sancionadora. Y se encuentra en trámite la ejecución subsidiaria en 628 ha, que pasarán a ejecución material de la medida de precintado y desconexión una vez que sea firme la resolución y se disponga, en su caso, de la autorización judicial para entrar en la finca.
Reforzar el trabajo de la comunidad científica
Asimismo, el Gobierno trabaja para reforzar y coordinar el esfuerzo de la comunidad científica (IEO, CSIC y universidades) en la mejora del conocimiento y el seguimiento de estado de la laguna, del acuífero y de la cuenca vertiente y de los efectos de las intervenciones. En este sentido, los informes del IEO nos ayudan a seguir al detalle el estado y evolución de la laguna.
Los últimos datos muestran claramente cómo en los meses de invierno se atenúan de forma progresiva los efectos del último episodio de proliferación fitoplanctónica y aguas turbias. Sin embrago, los expertos advierten de que se trata de una dinámica estacional, que no significa una mejora del estado del ecosistema laguna, ni la reducción de las presiones antropogénicas que lo fuerzan, en especial el exceso de nutrientes provocados por la agricultura y ganadería intensivas, o la presión urbanística, entre otras.
Ordenación de los usos
Todas estas actuaciones forman parte del Marco de Actuaciones prioritarias para recuperar el Mar Menor en el ámbito de las competencias del MITECO (medidas de control del dominio público hidráulico y del dominio público marítimo-terrestre y las obras de interés general), pero además la vicepresidenta ha insistido en la necesidad de que la actividad agraria y el desarrollo urbanístico, fundamentalmente, sean compatibles con la protección del Mar Menor.
NOTA ACLARATORIA: la cifra correcta del presupuesto total asignado por el MITECO al Marco de Actuaciones Prioritarias para la recuperación del Mar Menor es la consignada en esta nota de prensa, 484 millones de euros, una vez sumadas todas las nuevas líneas de actuación anunciadas hoy por la vicepresidenta en el transcurso de su viaje a Murcia.
En los materiales complementarios -presentación PPT y documento del Marco de Actuaciones- la cifra global que aparece es inferior -464 millones-, al no incluir los 20 millones previstos para la línea de actuaciones que el MITECO está ultimando destinadas específicamente a los agricultores del Campo de Cartagena como un sistema de incentivos ambientales complementarios a la PAC.
El Gobierno urge a los bancos a garantizar la inclusión financiera de los mayores
20 de enero de 2022
El Gobierno urge a los bancos a garantizar la inclusión financiera de los mayores
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
La vicepresidenta primera se reúne con los representantes de las tres patronales bancarias (AEB, CECA y UNACC) y el Banco de España para abordar la importancia de garantizar la inclusión financiera para el conjunto de la sociedad, incluyendo a nuestros mayores, y la urgencia de adoptar medidas en este sentido
En el encuentro, la vicepresidenta ha trasladado la inquietud del gobierno y ha solicitado información sobre la efectividad de las medidas que el sector bancario ya ha puesto en marcha
Se ha acordado que en el plazo de un mes las patronales bancarias revisarán su ‘Protocolo Estratégico para Reforzar el Compromiso Social y Sostenible de la Banca’, planteando así nuevas soluciones para garantizar la inclusión financiera de nuestros mayores
La vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, se ha reunido hoy con el presidente de la Asociación Española de Banca (AEB), José María Roldán, el director general de la CECA, José María Méndez, la secretaria general de la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito (UNACC), Cristina Freijanes, y el director de Conducta de entidades del Banco de España, Fernando Tejada, para abordar conjuntamente la urgencia e importancia de garantizar la inclusión financiera de toda la sociedad, incluyendo a nuestros mayores.
En el encuentro, en el que también han estado presentes el secretario de Estado de Economía, Gonzalo García de Andrés, y el secretario general del Tesoro, Carlos Cuerpo, la vicepresidenta ha traslado la inquietud del Gobierno sobre esta cuestión y ha solicitado información sobre la efectividad de las medidas que el sector bancario ya ha puesto en marcha. Asimismo, ha señalado la necesidad de adoptar medidas para asegurar el acceso de los mayores a los servicios financieros.
S?e ha acordado que el Observatorio para la Inclusión Financiera realizará un diagnóstico de la situación y en el plazo de un mes, las patronales bancarias revisarán su ‘Protocolo Estratégico para Reforzar el Compromiso Social y Sostenible de la Banca’, planteando así nuevas soluciones para garantizar la inclusión financiera de nuestros mayores.
Llop: “Vuestro trabajo es imprescindible para el desarrollo social y económico de un Estado social y democrático de Derecho”
Llop: “Vuestro trabajo es imprescindible para el desarrollo social y económico de un Estado social y democrático de Derecho”
10/02/2022 Ministerio de Justicia
Entrega de medallas en el Colegio de Registradores de la Propiedad de España
Llop: “Vuestro trabajo es imprescindible para el desarrollo social y económico de un Estado social y democrático de Derecho»
La ministra de Justicia ha clausurado hoy el acto de entrega de medallas de honor del Colegio de Registradores de la Propiedad.
Llop ha recordado que, además, la labor de estos profesionales contribuye también a la prevención del blanqueo de capitales y la lucha contra la delincuencia transfronteriza.
10 de febrero de 2022.- La ministra de Justicia, Pilar Llop, ha clausurado hoy el acto de entrega de medallas de honor del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España y de las placas homenaje a registradores que se jubilaron en 2021.
En el acto, celebrado en el Colegio de Registradores de la Propiedad de España, Llop ha destacado la labor de estos profesionales: “Vuestro trabajo es imprescindible para el desarrollo social y económico de un Estado social y democrático de Derecho, como es el nuestro».
La titular de Justicia ha recordado que, además, la labor de los registradores contribuye también a la prevención del blanqueo de capitales y la lucha contra la delincuencia transfronteriza, con herramientas como el Registro de Titularidades Reales que garantiza la transparencia.
Llop se ha referido a la “la estrecha y dilatada cooperación» del Colegio de Registradores con la Fiscalía General del Estado, como la interconexión del Registro con los países de la Unión Europea (UE), a través del proyecto BRIS, en el que se integra el Registro Mercantil español; o la colaboración con el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales. Según la ministra, esta cooperación “demuestra el compromiso del Registro con la transparencia y el orden público».
Finalmente, la ministra ha puesto en valor la colaboración de los registradores con RED.es, una plataforma gubernamental que tiene entre sus objetivos simplificar y agilizar los trámites para la resolución de las ayudas del Kit Digital con garantías. “Con ello se contribuye eficazmente a la asignación de los fondos de este programa para lograr el cumplimiento de los fines del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España», ha concluido Llop.
La ministra de Justicia ha estado acompañada por el secretario de estado de Justicia, Tontxu Rodríguez; el secretario general para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Manuel Olmedo; y la directora general de Seguridad y Fe Pública, Sofía Puente; así como por la decana y el secretario del Colegio de Registradores, Mª Emilia Adán y José Mª Rodríguez.
Las constituciones de empresas aumentan en enero el 3,7% anual
Las constituciones de empresas aumentan en enero el 3,7% anual
08/02/2022 | Registradores
El Colegio de Registradores informa sobre la evolución de la actividad del Registro Mercantil en enero, como avance sobre el informe trimestral.

Constituciones
La evolución de las constituciones durante el año comienza con datos positivos. En el mes de enero se crearon 8.241 empresas, un 3,7% más que en el mismo periodo de 2021. Los mayores volúmenes de empresas creadas correspondieron a Madrid, Cataluña y Andalucía, que conjuntamente constituyeron seis de cada diez empresas creadas.

En enero disminuyó la creación de empresas en cinco comunidades: Asturias, Murcia, Canarias, Cataluña y Castilla – La Mancha. Los crecimientos más importantes se produjeron en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, La Rioja, Aragón y Navarra.
Este indicador continúa la senda de moderación iniciada en 2021. La variación en relación al mismo periodo del año anterior muestra cómo, en el primer trimestre de 2021, las constituciones se incrementaron anualmente el 15,6%, llegando a incrementarse en el segundo trimestre hasta el 119%, como consecuencia de la comparación con el segundo trimestre de 2020, de confinamiento estricto. Los incrementos se moderaron con claridad durante el tercer trimestre (6,9%) y el cuarto (5,6%). En enero de 2022 continúa el crecimiento moderado iniciado durante el tercer trimestre, manteniendo hasta el momento la evolución positiva

Ampliaciones de capital
Las operaciones de ampliación de capital inscritas en los registros mercantiles reflejan de modo directo la apuesta de los propietarios por sus proyectos empresariales. En los últimos meses se observa una tendencia moderadamente positiva y en el mes de enero se incrementaron un 6,6% anual, lo que supone el tercer incremento mensual consecutivo.

Por CC.AA., las que presentan mayor volumen de actividad son Madrid con 873 ampliaciones, un 11,1% más que el mismo mes del año anterior y Cataluña con 677, un 10,3% más. Entrando al detalle, se observan descensos en seis territorios: Ceuta y Melilla, Navarra, Cantabria, Castilla y León, Murcia y Andalucía. Por otro lado, aumentan más, sobre todo en La Rioja, seguida de Aragón, Castilla – La Mancha, Baleares y Canarias.

Como sucedió con las constituciones, las tasas de variación trimestral en relación al mismo periodo del año anterior muestran el impacto de la crisis en el segundo trimestre de 2021, produciéndose un incremento del 72,6%, e igualmente se produjeron moderados incrementos en el tercer trimestre (4,5%) y cuarto trimestre (5,3%). En este mes de enero se incrementaron un (6,6%), en una evolución también positiva.
Concursos de acreedores
Los concursos de acreedores, en este avance del mes de enero, fueron 326, y comparados con el mismo mes del año anterior, muestran un incremento del 7,6%, con fuerte influencia de Madrid, Cataluña y la Comunidad Valenciana, que constituyeron por sí mismas más de la mitad de todos los concursos presentados a nivel nacional.
La tendencia de estabilización iniciada en el tercer trimestre de 2021, con el 12,5% de incremento anual seguida del 0,6% en el cuarto trimestre, muestra sin embargo un repunte en enero de este año, hasta situarse en el 7,6% anual. Hasta que no finalice la moratoria concursal vigente hasta el mes de junio, los concursos de acreedores no podrán mostrar con precisión la tendencia real.

En cuanto a su distinción entre voluntarios y necesarios, los primeros sumaron en enero 226 inscripciones, con una disminución del 27,6% frente al mes anterior, mientras los concursos necesarios quedan prácticamente igual, en enero se han inscrito 100, uno más que en el mes de diciembre.
El Tribunal Supremo confirma la anulación del acuerdo del Consejo General del Notariado sobre la digitalización del documento nacional de identidad
Martes, 8 de febrero de 2022
El Tribunal Supremo confirma la anulación del acuerdo del Consejo General del Notariado sobre la digitalización del documento nacional de identidad
El Supremo concluye que la aprobación del acuerdo comporta el ejercicio de una potestad reglamentaria que la mencionada Corporación no tiene atribuida
Autor Comunicación Poder Judicial
La Sala III del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso del Consejo General del Notariado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que anuló el acuerdo del Pleno de dicho Consejo, de 16 de diciembre de 2017, que aprueba la digitalización del documento nacional de identidad, a través de la creación en la plataforma SIGNO (Servicio Integrado de Gestión Notarial) de un servicio de digitalización y grabación centralizada y gratuita de los datos del índice informatizado relativo a la documentación mercantil que afecta a la titularidad real.
La sentencia del TSJ de Madrid ahora ratificada anuló el mencionado acuerdo corporativo y ordenó al Consejo General del Notariado la destrucción certificada de todos los datos y documentos que pudiera disponerse en su ejecución y estuvieran a su disposición directa o en poder de la mercantil interpuesta constituida por el mismo Consejo «Agencia Notarial de Certificación» («ANCERT SRLU»). El TSJ estimó un recurso del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España y de varios notarios.
Los magistrados de la Sección Quinta de la Sala III han analizado si el Consejo del Notariado tenía competencias para establecer nuevas obligaciones a los notarios, como las indicadas en el acuerdo, que afectaban a una pluralidad indeterminada de personas y al tratamiento de sus datos de carácter personal; o, por el contrario, si el referido acuerdo se limitaba a regular obligaciones previamente establecidas en la normativa reguladora de la prevención del blanqueo de capitales.
El Supremo concluye que la aprobación del acuerdo comporta el ejercicio de una potestad reglamentaria que la mencionada Corporación no tiene atribuida y que además su contenido no puede estimarse amparado en la normativa sobre prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
La sentencia subraya que el debate no es si la creación del nuevo fichero único sería más idónea para la lucha contra el blanqueo y la financiación del terrorismo, sino si, aun aceptando esa utilidad, “que no está acreditada”, la creación de dicho fichero puede hacerse ‘motu proprio’ por el Consejo y en ejercicio de una potestad, la de dictar circulares, con un contenido muy concreto y que a la vista de lo regulado excede de ese ámbito doméstico y constituye una auténtica norma reglamentaria.
La Sala destaca que lo establecido en el Acuerdo impugnado es la creación de un nuevo fichero a partir de los datos recogidos en cada Notaría, con la remisión obligatoria por cada Notario de su Índice informatizado, de modo que no solo se constituye en el Consejo un Índice Único Informatizado, sino que dicho Índice constituye un nuevo fichero en el cual se incluye el DNI, cuyo tratamiento se encomienda a una entidad sujeta al régimen del Derecho Privado (ANCERT).
“Es decir, si cada Notaría tiene su «fichero» y los ficheros de todas las Notarías se integran en uno diferente en el Consejo General del Notariado, es manifiesto que se trata de un nuevo fichero diferente de los existentes en las notarías, como pone de manifiesto el informe que obra en autos de la Agencia de Protección de Datos”, señalan los magistrados.
Asimismo, la sentencia indica que “no puede negarse que con la pretendida Circular, de una parte, se imponen específicas obligaciones a los Notarios, por cuanto, cuando menos, se amplía la forma en que han de remitir al Consejo sus particulares índices informatizados; pero, de otra parte, es indudable que la creación de ese nuevo fichero, cuyo tratamiento se encomienda a un ente sometido al Derecho Privado, afecta a todos los ciudadanos que concurren a una notaría a celebrar actos jurídicos que requieran una protocolización, que están sujetos a que sus datos obre en cada Notaría en sus respectivos índices, pero no que deban, además de ello, figurar en un nuevo fichero creado por el Consejo con la incorporación digitalizada de los DNI que contiene la más amplia información personal de cada ciudadano”.
El Tribunal Constitucional ampara a un sindicato al considerar que la administración vulneró su derecho a la huelga al establecer unos servicios mínimos abusivos por desproporcionados
El TC ampara a un sindicato al considerar que la administración vulneró su derecho a la huelga al establecer unos servicios mínimos abusivos por desproporcionados
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional en sentencia, cuyo ponente ha sido el Vicepresidente Juan Antonio Xiol Ríos, ha reconocido que se ha vulnerado el derecho a la huelga del sindicato Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores de España, al fijar la Administración unos servicios mínimos desproporcionados no debidamente justificados.
El caso estudiado por la Sala Segunda es el siguiente:
El comité de empresa de la entidad mercantil Áreas, S.A, que gestiona establecimientos de hostelería del Aeropuerto Internacional Adolfo Suárez Madrid-Barajas, entre ellos el 100% de los puntos de venta al público situados en el lado de aire (la que empieza superados los controles de seguridad) de las Terminales T1, T2, T3 y T4 Satélite, y la práctica totalidad de los puntos de restauración de la Terminal T4, convocó huelga para los días 4, 5, 22, 23, 29 y 30 de diciembre de 2017 en el horario de 13:00 a 15:00 horas. La empresa y el sindicato no llegaron a un acuerdo sobre la fijación de los servicios mínimos, sobre todo, con los puntos de venta situados en el denominado lado de aire , por lo que la Secretaria de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda del Ministerio de Fomento dictó una resolución de 30 de noviembre de 2017 en la que establecía que en las zonas restringidas del lado aire debían prestarse los servicios mínimos mediante la apertura de la totalidad de los 12 establecimientos gestionados por la empresa y que afectaba a la totalidad de su plantilla en esa zona.
El sindicato presentó un recurso contencioso-administrativo contra la citada resolución ante la Audiencia Nacional porque consideraba que los servicios mínimos fijados afectaban al 100% de la plantilla, lo que implicaba una vulneración de los derechos de huelga y libertad sindical. La Sala de lo Contencioso-administrativo desestimó el recurso concluyendo que la extensión de los servicios mínimos resultaba justificada y proporcionada.
Contra esta resolución se interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que fue inadmitido por providencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso de fecha 9 de mayo de 2019.
Finalizada la jurisdicción ordinaria, el sindicato demandante interpuso recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por vulneración de los derechos de huelga, libertad sindical y tutela judicial efectiva, que fue admitido a trámite al concurrir una especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina en este Tribunal.
La Sala Segunda del TC razona que la resolución administrativa impugnada no aporta ningún elemento, dato o hecho que permita poner en relación el derecho de huelga de los trabajadores y el derecho a la salud de los pasajeros con la decisión de que los servicios mínimos se fijaran para la llamada zona de aire en el 100% de los establecimientos de la empresa y de su plantilla.
La sentencia explica que “la resolución administrativa considera sin más que el nivel habitual de prestación de servicios coincide en su integridad con lo que debe considerarse como un elemento mínimo de prestación en función de las exigencias de la salud pública”. Por tanto, “esta apreciación supone no ya limitar sino privar íntegramente del ejercicio del derecho de huelga a los trabajadores de este sector de actividad”, que hubiera exigido una motivación específica sobre el carácter mínimo de los servicios.
Igualmente, destaca que si el servicio prestado por los establecimientos de restauración se mantiene en la franja horaria de la huelga en el 100 % del habitual y, simultáneamente, como se reconoce por la propia Administración, se ha obligado a reforzar el servicio prestado por las máquinas expendedoras para esa franja horaria, la prestación del servicio esencial para la comunidad se desarrolló con un nivel de prestación superior al habitual, lo que es incompatible con la lógica propia de un juicio de proporcionalidad.
En definitiva, el Tribunal concluye afirmando que “la motivación contenida en la decisión de la autoridad gubernativa pone de manifiesto que la fijación de los servicios mínimos acordados no resulta proporcionada a la resolución del conflicto de intereses que debía resolver”.
En consecuencia, se anula la resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda del Ministerio de Fomento de 30 de noviembre de 2017; la sentencia de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional y la providencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo.
Asimismo, se ordena la retroacción de las actuaciones al momento de pronunciarse la primera de las resoluciones anuladas para que, una vez declarada la nulidad de la resolución administrativa impugnada, se resuelva sobre el resto de pretensiones y, singularmente, sobre la petición indemnizatoria.
Madrid, de 1 febrero de 2022
Confirmada una multa a Banco Santander por infracción grave del Código de Buenas Prácticas del Real Decreto de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos
Jueves, 3 de febrero de 2022
Confirmada una multa a Banco Santander por infracción grave del Código de Buenas Prácticas del Real Decreto de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos
La sanción impuesta por el Banco de España es de 485.000 euros
Autor Comunicación Poder Judicial
La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que confirma una resolución del Banco de España que impuso una multa de 485.000 euros al Banco de Santander por una infracción grave del Código de Buenas Prácticas (CBP) del Real Decreto de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.
El Banco de España impuso la citada sanción a esta entidad tras realizar una inspección para comprobar la aplicación de las medidas de reestructuración de la deuda hipotecaria, en los términos del artículo 5.4 del Real Decreto, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2014.
De los 1.233 expedientes en los que se aplicó esta medida de reestructuración de la deuda hipotecaria durante 2014, la inspección comprobó una muestra aleatoria de 66 expedientes, de cuyo examen concluyó que en el 89% de los casos (59 de 66), la entidad no había situado los efectos de la reestructuración de la deuda hipotecaria en el momento en el que el deudor acreditó hallarse en el umbral de exclusión, sino que mantuvo las condiciones financieras del préstamo primitivo con posterioridad a dicho momento (en un 53% de los casos se mantuvieron hasta dos meses después, en un 42% la prolongación fue de entre 2 y 6 meses, y en el 5% restante excedió de los 6 meses).
La sentencia recoge que el informe de la inspección estimó que el importe de los intereses girados por encima del que correspondía si se hubieran aplicado los efectos de la reestructuración desde la acreditación del requisito de hallarse el deudor en situación de exclusión, ascendía a 239.000 euros en los expedientes tramitados en 2014 (solo valoró aquellos en los que el tiempo entre acreditación requisitos y fecha de aplicación de reestructuración fuera superior a un mes).
El tribunal concluye que en este caso la parte recurrente, “que no ha aplicado las medidas de reestructuración de las deudas hipotecarias establecidas por el CBP en el momento en que consideró que el deudor hipotecario había acreditado hallarse situado en el umbral de exclusión, sino que lo hizo en un momento posterior, normalmente en el momento de la formalización de la reestructuración o en el momento en que se giró la cuota anterior a dicha formalización, con un retraso de hasta 6 meses desde la acreditación de la situación de exclusión, ha incumplido el artículo 5.4 del RDL 6/2012, que dispone la obligada aplicación de las previsiones del CBP desde el primero de los momentos indicados”.
Como consecuencia, desestima el recurso de casación interpuesto por el Banco de Santander contra la sentencia de la Audiencia Nacional que confirmó la resolución sancionadora adoptada por el Consejo de Gobierno del Banco de España, de 24 de octubre de 2017, contra dicha entidad.
La Sala se pronuncia sobre el momento en que debe aplicarse dicha reestructuración –de forma inmediata una vez acreditada la situación del umbral de exclusión o, por el contrario, una vez realizada la novación del contrato de préstamo. También resuelve sobre cuándo se entiende que el deudor ha acreditado hallarse en ese umbral de exclusión y si ello depende de la aportación de todos y cada uno de los documentos previstos en el Real Decreto.
En su sentencia establece que “el momento temporal en que deben ser aplicadas las previsiones del Código de Buenas Prácticas, en lo que se refiere a las concretas medidas de reestructuración de la deuda, es el de la acreditación de encontrarse los deudores hipotecarios situados en el umbral de exclusión”.
Añade que aceptado por la entidad de crédito que el deudor hipotecario se halla en el umbral de exclusión, la falta de aportación de alguno de los documentos previstos en dicho Real Decreto “no exime a la entidad de aplicar las previsiones del artículo 5.4 del citado texto legal”.
La legislación nacional que obliga a los residentes fiscales en España a declarar sus bienes o derechos situados en el extranjero es contraria al Derecho de la Unión
Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Comunicado de prensa n.º 18/22
Luxemburgo, 27 de enero de 2022
Sentencia en el asunto C-788/19
Comisión/España (Obligación de información en materia tributaria)
La legislación nacional que obliga a los residentes fiscales en España a declarar sus bienes o derechos situados en el extranjero es contraria al Derecho de la Unión
Las restricciones a la libre circulación de capitales que impone son desproporcionadas
El 15 de febrero de 2017, la Comisión emitió un dictamen motivado en el que declaró la incompatibilidad con el Derecho de la Unión de determinados aspectos de la obligación de los residentes fiscales en España de declarar sus bienes o derechos situados en el extranjero (1) por medio de un formulario denominado «modelo 720». Según la Comisión, las consecuencias derivadas del incumplimiento de esta obligación son desproporcionadas atendiendo a los objetivos perseguidos por la legislación española, que son garantizar la eficacia de los controles fiscales y luchar contra el fraude y la evasión fiscales.
En virtud de la legislación nacional controvertida, (2) los residentes en España que no declaren o declaren de manera imperfecta o extemporánea los bienes y derechos que posean en el extranjero se exponen a la regularización del impuesto adeudado por las cantidades correspondientes al valor de dichos bienes o derechos, incluso cuando estos hayan sido adquiridos durante un período ya prescrito, así como a la imposición de una multa proporcional y de multas de cuantía fija específicas.
En su sentencia de hoy, el Tribunal de Justicia declara que España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del principio de libre circulación de capitales. En efecto, la obligación de presentación del «modelo 720» y las sanciones derivadas del incumplimiento o del cumplimiento imperfecto o extemporáneo de dicha obligación, que no tienen equivalente en lo que respecta a los bienes o derechos situados en España, establecen una diferencia de trato entre los residentes en España en función del lugar de localización de sus activos. Esta obligación puede disuadir a los residentes de ese Estado miembro de invertir en otros Estados miembros, impedirles hacerlo o limitar sus posibilidades de hacerlo, y constituye, por tanto, una restricción a la libre circulación de capitales.
El Tribunal de Justicia subraya que la legislación controvertida podría estar justificada por la realización de los objetivos antes mencionados ya que, pese a la existencia de mecanismos de intercambio de información o de asistencia administrativa entre los Estados miembros, la información de que estos disponen en relación con los activos que sus residentes fiscales poseen en el extranjero es, globalmente, inferior a la que poseen en relación con los activos situados en su territorio. No obstante, el examen del Tribunal de Justicia revela que esta legislación va más allá de lo necesario para alcanzar dichos objetivos, y ello en tres aspectos:
En primer lugar, considera que España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la libre circulación de capitales al disponer que el incumplimiento o el cumplimiento imperfecto o extemporáneo de la obligación informativa relativa a los bienes y derechos situados en el extranjero tiene como consecuencia la imposición de las rentas no declaradas correspondientes al valor de esos activos como «ganancias patrimoniales no justificadas», sin posibilidad, en la práctica, de ampararse en la prescripción.
Según el Tribunal de Justicia, la presunción de obtención de «ganancias patrimoniales no justificadas» establecida por el legislador español no resulta desproporcionada en relación con los objetivos de garantizar la eficacia de los controles fiscales y luchar contra el fraude y la evasión fiscales, puesto que, entre otros factores, puede ser destruida por el contribuyente. En cambio, las opciones elegidas en materia de prescripción son desproporcionadas atendiendo a esos objetivos, puesto que permiten a la Administración tributaria proceder sin limitación temporal a la regularización del impuesto adeudado por las cantidades correspondientes al valor de los bienes o derechos situados en el extranjero y no declarados, o declarados de manera imperfecta o extemporánea, mediante el «modelo 720».
Por lo tanto, el Tribunal de Justicia señala que la normativa adoptada por el legislador español, además de producir un efecto de imprescriptibilidad, permite también a la Administración tributaria cuestionar una prescripción ya consumada en favor del contribuyente, lo que vulnera la exigencia fundamental de seguridad jurídica. Al atribuir consecuencias de tal gravedad al incumplimiento de una obligación declarativa, el legislador español ha ido más allá de lo necesario para garantizar la eficacia de los controles fiscales y luchar contra el fraude y la evasión fiscales.
En segundo lugar, el Tribunal de Justicia estima que España también ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la libre circulación de capitales al sancionar el incumplimiento o el cumplimiento imperfecto o extemporáneo de la obligación informativa relativa a los bienes y derechos situados en el extranjero con una multa proporcional del 150 % del impuesto calculado sobre las cantidades correspondientes al valor de los bienes o derechos poseídos en el extranjero. Esta multa puede acumularse con multas de cuantía fija que se aplican a cada dato o conjunto de datos omitidos, incompletos, inexactos o falsos que deban incluirse en el «modelo 720».
El Tribunal de Justicia señala que la imposición de esta multa está directamente relacionada con el incumplimiento de obligaciones declarativas, puesto que solo se aplica a los contribuyentes que no hayan cumplido la obligación de información. Este incumplimiento basta para determinar la existencia de una infracción tributaria, que se considera muy grave y se sanciona con la imposición de la multa del 150 % del importe del impuesto eludido, porcentaje que no está formulado como un tipo máximo. El Tribunal de Justicia señala asimismo que el tipo muy elevado de esta multa le confiere un carácter extremadamente represivo y que su acumulación con las multas de cuantía fija previstas adicionalmente puede dar lugar, en muchos casos, a que el importe total de las cantidades adeudadas por el contribuyente supere el 100 % del valor de sus bienes o derechos en el extranjero. Ello constituye un menoscabo desproporcionado de la libre circulación de capitales.
En tercer lugar, el Tribunal de Justicia declara que el legislador español incumplió asimismo las obligaciones que le incumben en virtud de la libre circulación de capitales al sancionar el incumplimiento o el cumplimiento imperfecto o extemporáneo de la obligación informativa relativa a los bienes y derechos situados en el extranjero con multas de cuantía fija cuyo importe no guarda proporción alguna con las sanciones previstas para infracciones similares en un contexto puramente nacional y cuyo importe total no está limitado. El importe de estas multas es de 5 000 euros por cada dato o conjunto de datos omitido, incompleto, inexacto o falso, con un mínimo de 10 000 euros, y de 100 euros por cada dato o conjunto de datos declarado fuera de plazo o no declarado por medios electrónicos, informáticos o telemáticos cuando existía obligación de hacerlo, con un mínimo de 1 500 euros.
El Tribunal de Justicia señala a este respecto que la ley española sanciona el incumplimiento de meras obligaciones declarativas o puramente formales mediante la imposición de multas de cuantía fija muy elevadas, ya que se aplican a cada dato o conjunto de datos; van acompañadas, según los casos, de un importe mínimo de 1 500 o 10 000 euros y su importe total no está limitado. El Tribunal de Justicia tiene en cuenta asimismo que estas multas pecuniarias fijas se acumulan con la multa proporcional del 150 % y observa que su importe no guarda proporción alguna con el de las multas que sancionan el incumplimiento de obligaciones similares en un contexto puramente interno en España. Por consiguiente, esas multas pecuniarias fijas establecen una restricción desproporcionada de la libre circulación de capitales.
1 Entre ellos, bienes inmuebles, cuentas bancarias, títulos, activos, valores o derechos representativos del capital social, fondos propios o patrimonio de todo tipo de entidades, así como seguros de vida e invalidez de los que dispongan fuera del territorio español.
2 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE n.º 302, de 18.12.2003), en su versión modificada por la Ley 7/2012; Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE n.º 285, de 29.11.2006), en su versión modificada por la Ley 7/2012, y Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (BOE n.º 288, de 28.11.2014).
NOTA: El recurso por incumplimiento, dirigido contra un Estado miembro que ha incumplido sus obligaciones derivadas del Derecho de la Unión, puede ser interpuesto por la Comisión o por otro Estado miembro. Si el Tribunal de Justicia declara que existe incumplimiento, el Estado miembro de que se trate debe ajustarse a lo dispuesto en la sentencia con la mayor brevedad posible. Si la Comisión considera que el Estado miembro ha incumplido la sentencia, puede interponer un nuevo recurso solicitando que se le impongan sanciones pecuniarias. No obstante, en caso de que no se hayan comunicado a la Comisión las medidas tomadas para la adaptación del Derecho interno a una directiva, el Tribunal de Justicia, a propuesta de la Comisión, podrá imponer sanciones en la primera sentencia.
El Período Medio de Pago a Proveedores en las comunidades autónomas completa un año por debajo de 30 días
Período Medio de Pago a Proveedores de noviembre de 2021
El Período Medio de Pago a Proveedores en las comunidades autónomas completa un año por debajo de 30 días
Lunes 24 de enero de 2022 La Moncloa
El Período Medio de Pago a Proveedores (PMP) en las comunidades autónomas ha alcanzado en noviembre de 2021 los 26,6 días, con lo que las comunidades llevan ya un año completo con plazos de pago por debajo de los 30 días, que es el plazo máximo establecido en la normativa.
De esta forma, el PMP de las comunidades autónomas ha mantenido durante 12 meses consecutivos la tendencia de situarse por debajo del plazo marcado por la norma. Este dato histórico se debe, en gran parte, a los recursos transferidos por el Gobierno central a los gobiernos autonómicos, algo que ha permitido atenuar el impacto de la crisis en las empresas y pymes que son proveedoras de estos gobiernos.
Por su parte, el PMP de la Administración Central se sitúa en noviembre en 28,73 días, lo que supone un descenso de 7,19 días, mientras que las Entidades Locales tienen un plazo de pago a proveedores de 63,49 días en el undécimo mes de 2021, tras registrar una bajada de 2,61 días. Por su parte, el PMP registrado en los Fondos de la Seguridad Social también se reduce en 2,87 días, hasta 8,53 días.
Datos de la Administración Central
El PMP de la Administración Central se ha cifrado en 28,73 días en noviembre, lo que supone 7,19 días menos que en octubre de este mismo año.
La ratio de operaciones pagadas se ha situado en 23,89 días, mientras que la ratio de operaciones pendientes de pago ha alcanzado los 35,6 días.
Datos de las CCAA
En las comunidades autónomas, el Período Medio de Pago a Proveedores se sitúa en noviembre en 26,6 días, con lo que apenas experimenta variación con respecto al mes anterior, cuando se registró un PMP de 26,59 días, con lo cual la variación es de 0,01 días.
En relación a la composición del PMP, la ratio de operaciones pagadas se sitúa en 23,39 días y la de operaciones pendientes de pago en 31,20 días. Ello supone un aumento de 3,81 días de la ratio de operaciones pagadas y una disminución de 5,75 días en la ratio de operaciones pendientes de pago, respecto al mes anterior.
Ninguna comunidad presenta este mes un PMP superior al plazo de 60 días, límite a partir del cual el Ministerio de Hacienda y Función Pública comienza a aplicar las medidas previstas en la normativa de estabilidad.
Deuda comercial
En cuanto a la deuda comercial, ésta se cifra en 3.904,13 millones de euros, equivalente al 0,32% del PIB nacional. Ello supone un incremento de 407,32 millones de euros con respecto al mes anterior.
Como lleva ocurriendo desde el inicio de la crisis sanitaria, la evolución del PMP y de la deuda comercial están relacionadas con el aumento de la tramitación de las operaciones de naturaleza comercial, especialmente en el ámbito sanitario, como consecuencia de la pandemia de la COVID-19.
Las operaciones comerciales de naturaleza sanitaria generadas en los primeros once meses de 2021 se han incrementado en un 15,07% con respecto al mismo período de 2019, año previo a la crisis sanitaria.
Teniendo en cuenta el aumento del volumen de operaciones tramitadas, para contener la deuda comercial y el PMP ha sido básico el incremento del volumen de pagos efectuados por el conjunto de comunidades autónomas.
De esta forma, los pagos de naturaleza comercial realizados en los primeros once meses de 2021 han ascendido a 56.636,79 millones de euros. De ellos, corresponden a pagos de naturaleza sanitaria 36.582,86 millones de euros, produciéndose un incremento del 4,36% en los de naturaleza comercial y del 2,35% en los pagos sanitarios con respecto al mismo período del año anterior.
No obstante, en relación con el mismo periodo del ejercicio 2019, los pagos de operaciones comerciales se han incrementado un 12,95% y un 17,51% en el caso de las operaciones sanitarias.
Medidas por la COVID-19
Además, en la evolución de la deuda comercial y del incremento de pagos efectuados, han resultado determinantes las medidas de liquidez adoptadas por el Estado para hacer frente al impacto de la crisis sanitaria generada por la pandemia de la COVID-19.
De esta manera, para las comunidades autónomas de régimen común cabe destacar el abono en los meses de marzo y abril de 2020 de una cuantía global de 2.862,55 millones de euros correspondientes al mayor importe derivado de la actualización de las entregas a cuenta del sistema de financiación.
Además, a través del llamado Fondo COVID-19, en los meses de julio, septiembre, noviembre y diciembre de 2020 se distribuyeron fondos en favor de las comunidades autónomas y ciudades autónomas por un importe conjunto de 16.000 millones de euros.
En 2021 destaca la dotación extraordinaria prevista en la Ley de Presupuestos Generales del Estado por importe de 13.486 millones de euros, cuya distribución territorial se estableció el pasado mes de agosto, estableciendo un pago en el mes de septiembre de 2021 del 70% de la dotación asignada, que ascendió a 9.426,2 millones de euros para las comunidades autónomas, y un segundo pago, por el 30% restante, en este mes de noviembre, que ha ascendido a 4.039,8 millones de euros.
Finalmente, destacan las cantidades abonadas a terceros y proveedores en el ámbito del Fondo de Financiación de comunidades autónomas, que en el periodo comprendido entre marzo de 2020 y noviembre de 2021 han ascendido a un importe de 12.499,22 millones de euros.
Este conjunto de medidas está permitiendo que los niveles de deuda comercial y PMP de las CCAA no se hayan visto afectados por la crisis sanitaria. De hecho, con respecto a los datos de noviembre de 2020, la deuda comercial se ha reducido un 23,36%, mientras que la deuda comercial sanitaria presenta una disminución del 28,3%. El PMP también experimenta una evolución favorable, disminuyendo un 17,54% hasta los 26,6 días y se sitúa durante un año completo por debajo de los 30 días.
Datos de las Corporaciones Locales
Las entidades de cesión presentan en noviembre un Período Medio de Pago a Proveedores de 63,49 días, lo que supone, frente a octubre de 2021, una disminución de 2,61 días.
El dato de media del subsector está calculado conforme a la misma metodología establecida para cada corporación local a nivel individual, es decir, que se ponderan los días en función del volumen de deuda de cada entidad, de manera que en el cálculo del PMP tienen más peso aquellas entidades con mayor endeudamiento con los proveedores.
Si no se utilizara este método, la media simple de los PMP individuales muestra un dato de 37,57 días, alejado de los 63,49 días resultantes de aplicar la metodología como si el subsector fuera una sola entidad.
Además, de las 151 entidades que han presentado información, 118 cumplen con el Período Medio de Pago en noviembre, de forma que el 78,15% presentan en dicho mes un PMP igual o inferior a 30 días.
Si no se tienen en cuenta las entidades con un PMP excesivo (superior a 60 días), y que representan un 9,27% de las entidades que presentan información del subsector, el Período Medio de Pago se sitúa en los 22,69 días.
Principales ciudades, cuatro ciudades presentan un PMP superior a 30 días, y una de ellas supera los 60 días.
El PMP en los Fondos de la Seguridad Social
En el caso de los Fondos de la Seguridad Social, el PMP de noviembre se ha reducido en 2,87 días, y se ha situado en 8,53 días.
La ratio de operaciones pagadas se cifra en 9,35 días, mientras que la ratio de operaciones pendientes de pago se ha situado en 6,23 días.
El Tribunal Supremo se pronuncia sobre el control de transparencia y abusividad de la cláusula del préstamo hipotecario que incorpora el IRPH como índice de referencia del tipo de interés
Viernes, 28 de enero de 2022
El Tribunal Supremo se pronuncia sobre el control de transparencia y abusividad de la cláusula del préstamo hipotecario que incorpora el IRPH como índice de referencia del tipo de interés
La Sala Primera notifica las primeras sentencias sobre el índice IRPH tras el último pronunciamiento del TJUE
Autor: Comunicación Poder Judicial
La Sala Primera ha notificado las primeras sentencias dictadas sobre las cláusulas que incorporan el IRPH como índice de referencia de préstamos hipotecarios, tras los autos del TJUE de 17 de noviembre de 2021, que respondieron a las nuevas preguntas formuladas por dos Juzgados de Barcelona e Ibiza.
Se adjunta nota de la Sala de lo Civil.
Tribunal Supremo
Sala Civil
Gabinete Técnico
Sentencias 42, 43 y 44/2022, de 27 de enero.
Control de transparencia y abusividad de la cláusula del préstamo hipotecario que incorpora el IRPH como índice de referencia del tipo de interés
La Sala Primera ha notificado hoy las primeras sentencias dictadas sobre las cláusulas que incorporan el IRPH como índice de referencia de préstamos hipotecarios, tras los autos del TJUE de 17 de noviembre de 2021, que respondieron a las nuevas preguntas formuladas por dos Juzgados de Barcelona e Ibiza.
La Sala Primera ya se había pronunciado sobre estas mismas cláusulas en noviembre de 2020. Los autos del TJUE de 17 de noviembre de 2021, al responder a las cuestiones específicamente planteadas sobre este tema confirman la corrección de esta jurisprudencia de la Sala.
En primer lugar, el TJUE ha reiterado que si un órgano jurisdiccional nacional aprecia la falta de transparencia de las cláusulas que definen el objeto principal del contrato, como es el caso de las cláusulas que incorporan el IRPH como índice de referencia, debe examinar a continuación si tal cláusula es «abusiva» en el sentido de la Directiva 93/13, esto es, debe valorar si se trata de una cláusula que, en contra de las exigencias de la buena fe, causa, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.
El TJUE, en su sentencia de 3 de marzo, estableció dos parámetros de trasparencia de este tipo de cláusulas. Según el primero de ellos, la publicación del IRPH en el BOE permitía al consumidor medio comprender que el referido índice se calculaba según el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para la adquisición de vivienda, incluyendo así los diferenciales y gastos aplicados por tales entidades, de modo que esa publicación salva, para todos los casos, las exigencias de transparencia en cuanto a la composición y cálculo del IRPH.
El segundo parámetro de transparencia establecido por el TJUE fue la información que la entidad prestamista hubiera facilitado al consumidor sobre la evolución pasada del índice. Sin embargo, esta obligación de información ha sido matizada de forma significativa por los autos del TJUE de 17 de noviembre de 2021, ya que permiten no entregar al consumidor, antes de la celebración del contrato, un folleto informativo que recoja la evolución anterior de ese índice, por la razón de que la información relativa al mencionado índice es objeto de publicación oficial.
En todo caso, aunque se considerase que la ausencia de información directa sobre la evolución pasada del IRPH determina la falta de transparencia de la cláusula cuestionada, debe realizarse el juicio de abusividad. En este sentido, el ofrecimiento por la entidad bancaria de un índice oficial, aprobado por la autoridad bancaria, no puede vulnerar por sí mismo la buena fe.
Además, el Gobierno Central y varios Gobiernos autonómicos han venido considerando, a través de normas reglamentarias, que el índice IRPH era el más adecuado para utilizarlo como índice de referencia en el ámbito de la financiación de viviendas de protección oficial, por lo que resulta ilógico considerar como actuación contraria a la buena fe la incorporación de ese mismo índice a préstamos concertados fuera de ese ámbito de financiación oficial.
Desde el punto de vista del desequilibrio de los derechos y obligaciones de las partes, que debe ser valorado en el momento de suscripción del contrato, la evolución más o menos favorable del índice durante la vida del préstamo no puede ser determinante. Que en su desenvolvimiento posterior el préstamo resulte más caro que otros no supone desequilibrio determinante de abusividad, puesto que el control de contenido no puede derivar en un control de precios y el TJUE ha descartado que las entidades bancarias tuvieran obligación de facilitar información comparativa sobre los distintos índices oficiales, sobre su evolución futura o de asesorar a sus clientes sobre el mejor préstamo posible.
Por último, no se ha justificado que el índice IRPH, que está fiscalizado en todo caso por la administración pública, sea más fácilmente manipulable que el resto de los índices oficiales.
En aplicación de estos criterios, las sentencias hacen los pronunciamientos pertinentes sobre los recursos analizados en cada caso.
Gabinete Técnico, Área Civil
Enero, 2022
Raquel Sánchez visita la promoción de 80 viviendas de alquiler asequible en Badalona, financiadas con el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
En Badalona (Barcelona)
Raquel Sánchez visita la promoción de 80 viviendas de alquiler asequible en Badalona, financiadas con el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
Lunes 24 de enero de 2022
La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, ha visitado la promoción de 80 viviendas de alquiler asequible en la calle Gregal de Badalona, financiadas con el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
La ministra ha estado acompañada por la delegada del Gobierno en Catalunya, Maria Eugenia Gay, y el alcalde de la ciudad, Rubén Guijarro.
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha contribuido a este proyecto con una aportación de 1.6 millones de euros. Según ha afirmado la ministra, se trata de una obra en la que convergen los esfuerzos de tres administraciones, Ayuntamiento, Generalitat y Ministerio; y un promotor privado, la Cooperativa Arauca.
Raquel Sánchez destaca el éxito de este tipo de proyectos gracias a la co-gobernanza y colaboración entre administraciones, por lo que ha hecho una llamada a todos a sumarse a la recuperación justa, apelando a la responsabilidad para sumar consensos.
Con el nuevo Plan Estatal de Vivienda 2022-2025, que contará con una dotación superior a 1.700 millones de euros, la titular de Mitma afirma que el Gobierno tendrá una herramienta fundamental para fomentar y apoyar el alquiler desde una visión mucho más social, poniendo a las ciudadanas y ciudadanos en el centro de todas las líneas de trabajo, con especial atención a los colectivos más vulnerables, como las personas sin hogar, los afectados por desahucios o las víctimas de violencia de género.
La ministra ha iniciado la jornada con una visita a Marina Badalona, donde ha podido conocer de cerca el proyecto del viaducto del Canal del Gorg. Ha constatado que se trata de una obra que entraña cierta complejidad, al tratarse un puente que eleva una vía de tren por donde circulan cada día miles de personas. Pese a tratarse de un gran reto, la colaboración entre la Marina, ADIF y el ayuntamiento es garantía de éxito.
El TSJ de Galicia anula la autorización de la Xunta para repotenciar el parque eólico de Corme
Viernes, 21 de enero de 2022
El TSJ de Galicia anula la autorización de la Xunta para repotenciar el parque eólico de Corme
La Sala considera que la consulta pública sobre el impacto ambiental debió durar 30 días, no 15. Los jueces, además, destacan que el expediente que se sometió a exposición carecía de los informes sectoriales
Autor Comunicación Poder Judicial
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha anulado la repotenciación del parque eólico de O Roncudo, en Corme, autorizada por la Xunta debido a que redujo a la mitad -de 30 a 15 días- el plazo para consultar el informe del impacto ambiental del proyecto y presentar alegaciones. Además, los jueces destacan en la resolución, pionera en este ámbito, que, en contra de la directiva europea, el expediente que se sometió a exposición pública carecía de los informes sectoriales.
La Sala explica en la sentencia que el Gobierno gallego acordó, en febrero de 2018, declarar de “interés especial” la modificación sustancial del parque, lo que implicaba “tramitarla de forma prioritaria” y, por tanto, reducir de 30 a 15 días hábiles los plazos del procedimiento de autorización administrativa previa y de construcción, así como los del procedimiento de evaluación ambiental y del proyecto sectorial.
La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo, sin embargo, ha declarado que no procede aplicar la Ley 5/2017, que establece un plazo de 15 días para el trámite de informar a la ciudadanía sobre este tipo de proyectos. Los jueces destacan que esa ley es contraria a dos directivas europeas en materia de medio ambiente, las cuales fijan un plazo mínimo de 30 días para ese trámite.
De esta forma, los magistrados subrayan en el fallo que, si bien “nada impide reducir el plazo de información pública de 30 días a la mitad” en la actuación dirigida a obtener la autorización previa y de construcción del parque, aseguran que “no sucede lo mismo” en el trámite que concierne a la evaluación ambiental. Así, hacen referencia a la directiva europea de 16 de abril de 2014, que dispuso que el plazo fijado para la consulta del público interesado sobre el informe de evaluación del impacto ambiental no será inferior a 30 días.
El alto órgano judicial destaca que “la primacía del derecho comunitario sobre el autonómico no deja lugar a dudas”, al tiempo que recalca que, de ello, se concluye que, en este caso, no fue de acorde a derecho la reducción del plazo de información pública a 15 días en el procedimiento de evaluación del impacto ambiental. Además, indica que, aunque el trámite de exposición pública que concierne al proyecto de ejecución y el relativo al estudio de impacto ambiental deben realizarse conjuntamente, para el primero la ciudadanía dispone de un plazo de 15 días para presentar alegaciones y, para el segundo, de 30 días.
Además, el TSXG asegura que, según la directiva europea, antes de adoptar la decisión definitiva sobre el proyecto que se promovía, es decir, antes de someterlo a información pública, la Xunta debió presentar los informes sectoriales. Al no hacerlo, según la Sala, las personas interesadas “no pudieron ejercer de forma plena su derecho a participar de forma efectiva y con pleno conocimiento de todas las opciones que se presentaban”.
El TSXG resalta que la directiva europea establece que “el público interesado tendrá la posibilidad real de participar desde una fase temprana en los procedimientos de toma de decisiones ambientales”, a cuyo efecto “tendrá derecho a expresar observaciones y opiniones, cuando estén abiertas todas las opciones, a la autoridad o autoridades competentes, antes de que se adopte una decisión sobre la solicitud de autorización del proyecto”.
El Tribunal Superior rechaza que las vías pecuarias de las Bardenas pertenezcan a la Comunidad Foral de Navarra
Viernes, 21 de enero de 2022
El Tribunal Superior rechaza que las vías pecuarias de las Bardenas pertenezcan a la Comunidad Foral de Navarra
La Sala de lo Contencioso estima el recurso presentado por la Comunidad de Bardenas Reales contra el acuerdo del Gobierno de Navarra que pretendía declarar de dominio público esos pasos de ganado
Autor Comunicación Poder Judicial
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha estimado el recurso presentado por la Comunidad de Bardenas Reales y ha anulado el acuerdo del Gobierno foral que pretendía declarar de dominio público las vías de paso de ganado —denominadas cañadas— existentes en esa reserva natural.
En su sentencia, que puede ser recurrida en casación ante el propio órgano judicial, la Sala señala que “los pasos internos de ganado, cañadas, han sido definidos históricamente, declarados y deslindados por la Comunidad de Bardenas Reales, de manera que no cabe sostener que tales estén incluidos en la definición de vías pecuarias de la Ley Foral”, sin perjuicio de que deban conectar con las vías pecuarias exteriores a la Comunidad.
Es destacable, prosiguen los magistrados, que dentro de las Bardenas Reales no ha podido, ni puede, transitar el ganado libremente por vía pecuaria alguna y que, hasta la cesión de la nuda propiedad efectuada por el Estado en 2008, el territorio de las Bardenas Reales era propiedad del Estado, antes de la Corona, como bien patrimonial.
Este pleito tiene su origen en el acuerdo de 1 de julio de 2020, dictado por el Gobierno de Navarra, que declaraba la existencia de las vías pecuarias cuya anchura, trazado y demás características físicas generales figuran en el proyecto de clasificación y deslinde de las vías pecuarias de las Bardenas Reales.
El recurrente alegó que el territorio de la Comunidad de Bardenas Reales no forma parte del “patrimonio” de la Comunidad foral, “ni dentro de aquél existe, ni ha existido nunca, ninguna vía pecuaria que forme parte del patrimonio” de Navarra.
A juicio del demandante, lo que pretendía el Gobierno autonómico era iniciar un expediente administrativo para declarar de dominio público de esta Comunidad Foral parte del territorio de las Bardenas Reales de Navarra, “que nunca lo ha sido”.
En síntesis, la controversia descansa sobre quién ha de ser el titular de las vías que para el paso del ganado existen en las Bardenas. La entidad recurrente, la Comunidad de Bardenas Reales, afirma que “se trata de caminos de servicio, trazados desde muy antiguo, cuando la Comunidad tenía el usufructo de las Bardenas y la nuda propiedad correspondía primero a la Corona y, después, al Estado, y que únicamente pueden usarse por los miembros de la misma, los congozantes, por lo que se trataría de una servidumbre natural o pasos interiores para uso del ganado de los mismos”.
La Administración foral, por su parte, sostenía que “se trata de cañadas en el sentido contemplado por la normativa anteriormente expuesta y que, por tanto, tienen la naturaleza de bienes de dominio público, inembargables, imprescriptibles e inalienables y que, por ello, les asiste el derecho a determinar su existencia y trazado”.
El MITECO pone en marcha la redacción de proyectos para 1.700 piezómetros que mejoren el seguimiento y la gestión de las aguas subterráneas
El MITECO pone en marcha la redacción de proyectos para 1.700 piezómetros que mejoren el seguimiento y la gestión de las aguas subterráneas
Jueves 20 de enero de 2022 La Moncloa
Piezómetro para el control de acuíferos

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico pone en marcha la redacción de nuevos proyectos para la construcción de 1.200 piezómetros y 500 puntos de medida para mejorar el control sobre el estado cuantitativo y cualitativo de los acuíferos en España.
La redacción de estos proyectos, que cuenta con un presupuesto de 1.984.120 euros, es un primer paso para profundizar en el conocimiento del estado de las aguas subterráneas en nuestro país, pues permitirá aumentar en más de un 50% la red existente de control cuantitativo de los acuíferos y en un 15 % la red de control de su estado químico.
La red de control piezométrico de las masas de agua subterránea de las distintas demarcaciones hidrográficas es una de las principales fuentes de información sobre el estrés hidrológico al que están sometidos los acuíferos y de cómo el cambio climático está afectando a la recarga de los mismos. Los piezómetros proporcionan datos que abarcan tanto las diferencias topográficas, geológicas y climáticas, como los usos del terreno donde se sitúan las masas de agua subterráneas. Además, la distribución espacial y la profundidad de medición de los piezómetros permiten contemplar las fronteras físicas y la complejidad geológica de los acuíferos.
La ejecución de estos proyectos lleva asociada una inversión de más de 40 millones de euros, en el marco del Plan de Recuperación, Transición y Resiliencia. Se prevé que, una vez que se hayan construido todos estos piezómetros, la red de control del estado cuantitativo de las aguas subterráneas pase de los 2.300 puntos que hay actualmente a un total de 4.000. Por su parte, la red del estado cualitativo alcanzará los 3.500 puntos de medida de calidad del agua. La red piezométrica estará además conectada en tiempo real con los Sistemas Automáticos de Información Hidrológica (SAIHs) de las distintas Confederaciones Hidrográficas.
Línea de actuación
Estos proyectos complementan a los que se han venido ejecutando desde 2018, que han permitido la reparación y mejora de la red de piezometría existente y su integración en los sistemas automáticos de información hidrológica. La inversión hasta ahora asciende a alrededor de 20 millones de euros.
En concreto, en 2018 se comenzó a trabajar en el «Proyecto de modernización de la red piezométrica e integración en los sistemas de información hidrológica de los Organismos autónomos», con una inversión de 6,3 millones de euros. Este primer proyecto ha permitido reparar un total de 1.068 piezómetros y la instalación de sistemas de automatización de las lecturas de niveles en 1.000 piezómetros.
En esta misma línea, el pasado año se inició la ejecución de un proyecto constructivo de 93 piezómetros nuevos y la automatización de 500 piezómetros adicionales. El coste total de este proyecto es de 13,1 millones de euros con un plazo de ejecución de 30 meses.
Prioridad de la nueva planificación
Las aguas subterráneas constituyen un recurso esencial para atender las demandas hídricas, siendo de especial importancia en situaciones de sequía. En España se utilizan cerca de 7.000 hm3 al año, lo que supone prácticamente un cuarto del total del volumen de agua usada en nuestro país. De estos, alrededor de 1.200 hm3 se destinan al abastecimiento urbano y unos 5.100 hm3 a usos agrarios.
Sin embargo, el 40% de las masas de agua subterránea de nuestro país no se encuentra en buen estado. A pesar de los avances de los últimos años, los índices de explotación de acuíferos siguen siendo muy elevados, y persisten también los problemas de contaminación difusa por nitratos y plaguicidas y de salinización por cloruros y sulfatos.
Alcanzar el buen estado de las masas de agua subterránea y de sus zonas protegidas y ecosistemas asociados es una prioridad de la nueva planificación hidrológica. Para ello, los planes hidrológicos de tercer ciclo establecen objetivos ambientales en estas masas de agua y realizan la asignación de recursos a los distintos usos del agua. También, y gracias a la reciente aprobación de la actualización del real decreto de contaminación por nitratos, los planes hidrológicos de tercer ciclo podrán establecer los umbrales máximos de excedentes de nitrógeno para cada masa de agua afectada por nitratos, cuando se considere necesario para alcanzar los objetivos ambientales fijados.
El Tribunal Supremo confirma la extinción de la tarjeta de residencia temporal de una mujer al haberse acreditado que su matrimonio fue un fraude
Miércoles, 19 de enero de 2022
El Tribunal Supremo confirma la extinción de la tarjeta de residencia temporal de una mujer al haberse acreditado que su matrimonio fue un fraude
El TSJ de Cataluña entendió que había quedado suficientemente acreditada la falsedad del vínculo matrimonial mediante la actuación administrativa
Autor Comunicación Poder Judicial
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado la resolución que anuló la tarjeta de residencia temporal de familiar de residente comunitario de una mujer al haberse acreditado por la Administración que su matrimonio, que estaba inscrito en el Registro Civil y vigente, fue un fraude.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo desestima el recurso de casación interpuesto por la mujer, en el que sostenía que no es posible la extinción de una residencia mientras no exista declaración judicial previa que determine que el matrimonio no es válido.
La recurrente obtuvo una tarjeta de residencia temporal –con efectos 4 mayo de 2012 hasta 3 de mayo de 2017- después de presentar una certificación del Registro Civil en la que figuraba que se había casado en los Santos de la Humosa (Madrid).
Tras revisar la solicitud, la Subdelegación del Gobierno en Barcelona acordó extinguir dicha autorización en 2016 después de comprobar que la recurrente no cumplía las condiciones legales que le otorgaban ese derecho. Se basaba en un informe de la Dirección General de la Policía sobre una trama organizada dedicada a la falsedad de expedientes matrimoniales en dicha localidad madrileña, con la finalidad de solicitar las correspondientes tarjetas de residencia.
Un juzgado de Barcelona dio la razón a la mujer al considerar que la unión seguía vigente en el Registro Civil de los Santos de la Humosa. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña anuló esta sentencia y confirmó la resolución administrativa. Entendió que había quedado suficientemente acreditada la falsedad del vínculo matrimonial mediante la actuación administrativa.
En concreto, se refería a que se había iniciado una investigación judicial sobre una trama organizada de matrimonios de conveniencia celebrados en esa localidad, y que una de las uniones investigadas era la de la recurrente. La Policía entrevistó separadamente a ambos cónyuges, que incurrieron en contradicciones sobre el motivo por el que se casaron allí, a la vez que constató que el marido no había residido en el domicilio donde vivía la mujer y una tercera persona.
La Sala considera que “resulta factible proceder a la extinción, constante matrimonio, de la autorización de residencia temporal de familiar de residente comunitario expedida a favor de cónyuge, en supuestos en los que como consecuencia de actividad administrativa de carácter investigador y siguiendo el correspondiente procedimiento, quepa presumir la existencia de un matrimonio simulado o celebrado en fraude de ley, que se encuentra inscrito en el Registro Civil, sin que ello suponga un pronunciamiento sobre la validez del matrimonio ni la exactitud registral, que ha de plantearse, en su caso, en el correspondiente procedimiento ante la jurisdicción civil competente”.
En su sentencia, señala que, junto al control judicial, la legislación de extranjería reconoce a la Administración, facultades de comprobación de la realidad y exactitud de la situación alegada por el solicitante y le impone el deber de adoptar las medidas necesarias para denegar, extinguir o retirar cualquier derecho conferido por la Directiva 2004/38/CE en caso de abuso o fraude, como los matrimonios de conveniencia, sin que ello se supedite por dicha normativa nacional y comunitaria a la previa declaración judicial de nulidad a través del correspondiente proceso ante la jurisdicción civil.
Añade que se trata de la tutela por la propia Administración de la aplicación de la normativa sectorial de extranjería, evitando actuaciones en fraude de la norma y adoptando las medidas necesarias para propiciar su recta aplicación que se ha tratado de eludir mediante actos contrarios a la misma, que se lleva a cabo a través del correspondiente procedimiento con garantía de los derechos de los interesados, que pueden ejercitar las acciones que estimen convenientes frente a la resolución adoptada por la Administración.
La Sala indica que todo ello en el ámbito de normativa de extranjería y con efectos limitados al reconocimiento de los derechos derivados de la misma, sin que se efectúe pronunciamiento ni se resuelva sobre la validez del matrimonio en cuestión, que ha de dirimirse ante la jurisdicción civil competente.
Los agentes digitalizadores ya pueden adherirse al programa Kit Digital
11 de enero de 2022
Los agentes digitalizadores ya pueden adherirse al programa Kit Digital
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Las entidades interesadas en adquirir la condición de “agente digitalizador adherido” pueden presentar su solicitud en la sede electrónica de Red.es: https://sede.red.gob.es.
Serán los encargados de prestar a las pymes y autónomos beneficiarios las soluciones de digitalización que les permitan avanzar en su nivel de madurez digital en áreas clave como la presencia en internet, la venta electrónica, la gestión de clientes, la oficina virtual, la automatización de procesos y la ciberseguridad.
Más de 21.000 pymes y autónomos han realizado el autodiagnóstico de nivel de madurez digital desde que se lanzó el Kit Digital
Los agentes digitalizadores adheridos formarán parte del “catálogo de digitalizadores” que se podrá consultar en la web oficial www.acelerapyme.es. ?Además, serán los únicos habilitados para suscribir “acuerdos de prestación de soluciones de digitalización” con las empresas beneficiarias de las ayudas del programa Kit Digital
El programa Kit Digital está dotado con un presupuesto de 3.067 millones de euros, financiado por la Unión Europea a través de los fondos Next Generation EU, y tiene el objetivo de digitalizar a un millón de pymes y autónomos en todo el territorio nacional.
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Red.es -entidad adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial- ha publicado en su sede electrónica (http?s://sede.red.gob.es?) el Anuncio de Adhesión para ser agente digitalizador del programa Kit Digital.
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Las entidades interesadas en participar como “agente digitalizador adherido” pueden presentar desde este momento su solicitud en la sede de Red.es. Para ello, deberán reunir requisitos como estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no estar en situación de crisis, tener el domicilio fiscal y centro de prestación de las actividades en la UE, o haber alcanzado un determinado nivel de facturación, entre otros.
Catálogo de digitalizadores?
Los agentes digitalizadores adheridos formarán parte del “catálogo de digitalizadores” que se podrá consultar en la web oficial www.acelerapyme.es?. Serán además los únicos habilitados para suscribir “acuerdos de prestación de soluciones de digitalización” con las empresas beneficiarias de las ayudas del programa Kit Digital y titulares del bono digital.
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De esta manera, podrán acompañarlas en sus procesos de transformación digital y prestar las soluciones de digitalización que les permitan avanzar en su nivel de madurez digital, en áreas clave de digitalización empresarial. Algunas de estas áreas son: la presencia en internet, con la creación o mantenimiento de página web o la gestión de redes sociales; el comercio electrónico; la gestión de clientes; la oficina virtual; la inteligencia empresarial y analítica; la automatización de procesos como la contabilidad, facturación o inventario; la factura electrónica; las comunicaciones seguras; y la ciberseguridad.
Con el objetivo de facilitar a las pymes y los profesionales autónomos el acceso a las ayudas, los agentes digitalizadores adheridos podrán colaborar en las tareas de solicitud y actuaciones de control que se deriven de las mismas.
Además, serán ellos los que presenten toda la documentación justificativa y los que reciban el pago del bono digital cedido por el beneficiario, una vez se haya aceptado su justificación.
Para apoyar a los agentes digitalizadores adheridos que hayan suscrito acuerdos de prestación de soluciones de digitalización con los beneficiarios, se ha gestionado una línea de financiación de hasta el 100% con el Instituto de Crédito Oficial (ICO).
Programa Kit Digital para pequeñas empresas, micropymes y autónomos
El programa Kit Digital impulsado por el Gobierno de España y que fue presentado el pasado mes de noviembre por la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, tiene como objetivo promover la digitalización de pequeñas empresas, micropymes y autónomos, y contribuir a modernizar el tejido productivo español.
Está dotado con un presupuesto de 3.067 millones de euros, financiado por la Unión Europea a través de los fondos NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la agenda España Digital 2025 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025, y tiene el objetivo de digitalizar a cerca de un millón de pymes y autónomos en todo el territorio nacional de todos los sectores productivos durante los próximos tres años.
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La orden ministerial que constituye las bases reguladoras para la concesión de estas ayudas directas del programa Kit Digital se publicó en el Boletín Oficial del Estado el pasado 30 de diciembre y puede consultarse aquí https://boe.es/boe/dias/2021/12/30/pdfs/BOE-A-2021-21873.pdf??
Cabe destacar la colaboración estrecha de Cámara de España y Consejo General del Notariado, que con el fin de facilitar el acceso y hacer más sencilla la gestión de las ayudas y autónomos, y fomentar las medidas antifraude, colaborarán en su gestión.
Más de un millón de visitas a la plataforma Acelera pyme
El programa Acelera pyme es la iniciativa del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital destinada a construir el ecosistema de referencia de la transformación digital de las pymes. Está desarrollado por Red.es y se enmarca en el Plan de Digitalización de Pymes 2021–2025?, que cuenta con más de 4.000 millones de euros de presupuesto, y está compuesto por tres actuaciones diferentes: la red de oficinas Acelera pyme, los servicios de apoyo y asesoramiento y la plataforma Acelera pyme.
Hasta el momento, el portal ha recibido 1.258.329 visitas, más de 31.500 pymes y autónomos se han registrado en el portal acelerapyme.es? y más de 21.200 han realizado el autodiagnóstico de nivel de madurez digital.
Las empresas interesadas pueden comprobar en la web oficial www.acelerapyme.es? su nivel de digitalización a través de un “test de autodiagnóstico”, consultar el catálogo de digitalizadores, encontrar su oficina Acelera pyme más cercana y acceder a contenidos de utilidad para mejorar y potenciar su digitalización. También pueden acceder a toda la información y recibir asesoramiento en el teléfono 900 909 001, o presencialmente en las oficinas Acelera pyme distribuidas por toda la geografía española.
Más información: prensa@red.es
El IBEX 35 cumple 30 años y se consolida como marca líder de la economía y las empresas españolas
El IBEX 35 cumple 30 años y se consolida como marca líder de la economía y las empresas españolas
•El PIB español se ha triplicado en el periodo y el valor de las compañías es diez veces mayor
•La familia del índice se ha completado hasta contar ahora con más de 80 referencias
•BME trabaja ya en el lanzamiento de nuevos indicadores ligados a la inversión ESG
•El IBEX 35 con Dividendos rinde un 7,95% de media anual, 4 puntos más que la recogida solo por los precios en el IBEX 35®
El 14 de enero de 1992 nacía el IBEX 35® para servir de referencia al recién creado mercado de opciones y futuros. Durante este periodo, la economía española ha triplicado su tamaño en términos de PIB, al tiempo que el valor de las empresas del indicador se ha multiplicado por diez. El índice cumple así mañana 30 años consolidando su posición como marca líder de la economía y de las empresas cotizadas españolas y principal indicador de su transformación.
A lo largo de estas tres décadas, más de 60 compañías diferentes han pasado por el IBEX 35®, mientras que la familia de indicadores que gestiona BME supera ya los 80 índices que sirven de benchmark para multitud de productos financieros y estrategias de inversión.
Una de las incorporaciones reseñables fue la del IBEX 35 con Dividendos®, en abril de 2009. Este indicador incorpora los pagos de las compañías que forman parte del selectivo, un factor especialmente importante para el mercado español, en el que la retribución al accionista es una seña clara de identidad, que le diferencia de otros mercados de su entorno. La última ampliación de la familia se produjo el pasado 30 de noviembre, con el lanzamiento del IBEX Gender Equality®. BME trabaja ya en el lanzamiento de nuevos indicadores ligados a la sostenibilidad aplicando la metodología del operador suizo SIX Group, del que forma parte.
La representación sectorial ha variado también notablemente, lo que confirma al IBEX 35® como la principal referencia de los cambios en la estructura de la Bolsa y la economía española en estas tres décadas. La estructura actual es más diversificada y en ella la digitalización y las energías renovables han ganado peso (ver composición sectorial en los documentos adjuntos).
“Estamos muy satisfechos con el funcionamiento y transparencia en la formación del IBEX 35® a lo largo de los años, así como del seguimiento y mejoras que se han introducido en su vigilancia para que en todo momento se cumpla su finalidad como referencia del mercado y cálculo del subyacente para otros activos financieros”, apunta Carmen López, responsable de índices de BME.
Marion Leslie, directora de Información Financiera de SIX y consejera de BME, destaca que “La integración de BME en SIX refuerza la posición del Grupo como infraestructura de mercados, amplía nuestra gama de índices y mejora la información financiera que ofrecemos a nuestros clientes”.
La evolución del índice en estos 30 años recuerda la importante y estable rentabilidad que ofrece la Bolsa a largo plazo. Con los años, el efecto combinado de la diversificación y la reinversión del dividendo causan un positivo efecto en las carteras. Así, el IBEX 35 con Dividendos® presenta un rendimiento anual acumulado del 7,95%, 4 puntos superior a la recogida solo por los precios en el IBEX 35®.
Evolución histórica
Durante los diez primeros años del IBEX 35®, tanto la economía como la Bolsa española experimentaron un fuerte impulso y modernización impulsadas por la Reforma del Mercado de Valores, la extensión del sistema electrónico de negociación de los mercados y en última instancia la entrada de España en la primera fase de la Unión Monetaria Europea. El pinchazo de las “puntocom” puso fin a un intenso proceso de OPVs, privatizaciones y salidas a Bolsa de gran número de empresas privadas, que elevó a más de 4 millones el número de inversores minoristas directos, conocido como “Capitalismo Popular”.
Con el arranque del euro en 2002, se abre una etapa de expansión financiada a través del mercado bursátil para las grandes compañías españolas y también para la Bolsa, que multiplicó el número de productos e índices con el desarrollo de warrants, ETFs o futuros y opciones sobre nuevas acciones y vio nacer nuevos mercados (BME Growth, en 2006).
La quiebra de Lehman Brothers en 2008 marcó el punto álgido de una larga crisis financiera mundial, la Gran Recesión, y posteriormente de deuda soberana en el euro que provocó grandes cambios en el sistema financiero y correcciones en algunos desequilibrios estructurales de la economía española, como su excesiva dependencia del crédito bancario, en el que los mercados gestionados por BME están jugando un papel decisivo.
La llegada del Covid en marzo de 2020 supuso un nuevo reto y confirmó el papel de los mercados como generadores de financiación y liquidez para afrontar la recuperación y el crecimiento, en un nuevo entorno marcado por la sostenibilidad y la digitalización.
El origen de los índices bursátiles se atribuye al periodista estadounidense Charles Henry Dow, fundador del The Wall Street Journal, que el 3 de julio de 1884, al observar que la mayoría de las cotizaciones bajaban o subían de manera similar, decidió expresar esta tendencia con una selección de las compañías más representativas del mercado, a la que se denominó Dow Jones Transportation Average.
Desde entonces, los indicadores se utilizan en todo el mundo no solo para conocer el comportamiento de los mercados, sino también para la creación de carteras, definición de estrategias y contratación de productos que lo utilizan de referencia, como derivados financieros, ETF o warrants.
El Tribunal Supremo confirma la sanción a una empresa que concedió un microcrédito online a una persona que suplantó la identidad de un tercero
Viernes, 14 de enero de 2022
El Tribunal Supremo confirma la sanción a una empresa que concedió un microcrédito online a una persona que suplantó la identidad de un tercero
La Sala de lo Contencioso establece que la intervención fraudulenta de un tercero que suplanta la identidad de otra persona no excluye la infracción de la empresa por falta de consentimiento inequívoco para el tratamiento de datos personales que exige la Ley de Protección de Datos porque la intervención fraudulenta de un tercero no implica que la empresa contratante haya actuado con diligencia
Autor: Comunicación Poder Judicial
La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso ha confirmado una sanción de 80.000 euros que impuso la Agencia de Protección de datos a la empresa Dineo crédito S. L. por vulnerar la Ley de Protección de Datos al conceder un microcrédito online a una persona que aportó en la solicitud del crédito el DNI de otra persona. El dinero del crédito no se devolvió y Dineo incluyó al titular del DNI suplantado en una lista de morosos. La Sala rechaza el recurso de casación de la empresa y confirma la sentencia de la Audiencia Nacional que confirmó la sanción.
El hombre cuyo DNI fue suplantado denunció ante la Agencia de Protección de datos que Dineo trató sus datos personales sin su consentimiento, en relación con un contrato celebrado a su nombre por un tercero y que finalizó en una deuda que no le pertenecía por la que se le incluyó en un fichero de morosos.
La Agencia de Protección de Datos concluyó que la empresa denunciada había incurrido en dos infracciones graves de la Ley de Protección de Datos por tratar datos personales sin recabar el consentimiento de las personas afectadas y por vulnerar la exigencia de exactitud y veracidad de los datos, al haber incorporado en sus sistemas informáticos los datos del denunciante y dando traslado de ellos al fichero de solvencia patrimonial Asnef. Así, el nombre del denunciante figuraba en la lista de moroso asociado a una deuda de 161 euros, deuda que no era cierta, vencida ni exigible ya que el denunciante no había contratado el microcrédito.
La empresa no actuó con la diligencia necesaria
En su sentencia, el tribunal explica que comparte el criterio de la Audiencia Nacional sobre la insuficiencia de las medidas que aplicó la empresa en el procedimiento de contratación on line del microcrédito, en tanto que “se desentienden enteramente del objetivo de verificar la veracidad y la exactitud de los datos, y, en particular, de comprobar que quien solicita el crédito es precisamente quien dice ser”.
La sentencia de la Audiencia Nacional explicaba que en el proceso de contratación la plataforma de la empresa exigía determinados datos, como el número del DNI, dos teléfonos y el correo electrónico. Unos datos que se ignora si son del cliente que los facilita como suyos o si son de otras personas.
En relación con el DNI, su validación consistía en un algoritmo que permite determinar si el DNI facilitado por el cliente se corresponde o no con un DNI real o válido. Pero dicha medida “únicamente demuestra a la entidad que” alguien” es titular de ese DNI, por cuanto le confirma que es un número de documento que existe”.
La sentencia, ponencia del magistrado Eduardo Calvo, aprecia que de este modo, “ en cualquier caso en el que un tercero utilice indebidamente un DNI sustraído o extraviado para realizar una compra o solicitar un crédito online, siempre se consumaría el tratamiento inconsentido de los datos personales del titular del documento, aunque éste hubiese denunciado en su día ante las autoridades la pérdida o sustracción de su DNI, pues ninguna de las medidas anunciadas por la recurrente aparece mínimamente orientada a impedir o dificultar que ese resultado se produzca”.
Por último, el tribunal señala que lo anterior no significa que se haga recaer sobre la empresa contratante la responsabilidad de impedir que se produzca un hecho ilícito o delictivo como es el uso fraudulento de un DNI por parte de quien no es su titular, “ Pero sí es exigible a dicha empresa contratante, como diligencia necesaria para que no se le pueda reprochar el incumplimiento de sus obligaciones en materia de protección de datos de carácter personal- tanto en lo que se refiere a la exigencia de consentimiento del interesado como en lo relativo al principio de veracidad y exactitud de los datos- la implantación de medidas de control tendentes a verificar que la persona que pretende contratar es quien dice ser, esto es, que coincide con el titular del DNI aportado”.
Las compraventas de vivienda inscritas aumentan en noviembre el 23,2% sobre el mismo mes de 2020
Las compraventas de vivienda inscritas aumentan en noviembre el 23,2% sobre el mismo mes de 2020
11/01/2022 Registradores
El Colegio de Registradores informa sobre el avance de datos provisionales de la Estadística Registral Inmobiliaria del mes de noviembre, relativa a compraventas e hipotecas inscritas, en comparación con el mismo mes del año anterior. Se analiza también el dato mensual de noviembre de 2019 a efectos de comparar también con el mismo mes del año anterior al inicio de la pandemia.
Compraventas e hipotecas del mes de noviembre
En noviembre, el número de compraventas totales se ha incrementado un 18,7% respecto a noviembre de 2020. De las 78.511 operaciones realizadas en noviembre de 2020, se pasaron a las 93.178 en noviembre de 2021, un aumento de más de 14.600 operaciones. Con relación al mes de noviembre de 2019, en el que se registraron 74.573 operaciones, se constata un incremento incluso mayor, del 25,0%, cifra muy significativa al tratarse de un mes en circunstancias de ciclo económico pre-pandémico.
De igual forma, en noviembre del año pasado, la evolución positiva experimentada por el sector inmobiliario mostró un incremento en las compraventas de vivienda del 23,2% sobre noviembre de 2020 y del 26,7% sobre el mismo mes de 2019.

En cuanto al número de hipotecas totales en noviembre, se han incrementado un 23,3% respecto al mismo mes de 2020, con un aumento ligeramente inferior, del 23,1%, en las de vivienda. En número de operaciones, se han registrado 47.449, frente a las 38.474 del mismo mes del año anterior, lo que supone un aumento de cerca de 9.000 operaciones. Si se compara con el mes de noviembre de 2019, cuando se alcanzaron las 39.289 operaciones, se produce un aumento del 20,8%, siendo del 25,4% el crecimiento en las hipotecas sobre vivienda. La evolución de las hipotecas continúa mostrando una tendencia de crecimiento intenso en noviembre, similar a la mostrada por las compraventas.

Con relación a la evolución anual por CC.AA de las compraventas totales en noviembre respecto al mismo mes del año anterior, se incrementan en todos los territorios, excepto en Navarra. En siete de ellos con incrementos por encima del 20%, con Baleares a la cabeza (72,4% de aumento).

Por último, el análisis mensual de la evolución anual de compraventas e hipotecas inscritas en los registros de la propiedad durante los últimos doce meses, de diciembre de 2020 a noviembre de 2021, mediante la comparación con el mismo mes del año anterior, muestra los siguientes resultados:
Desde la subida de diciembre de 2020, el año 2021 comenzó con datos negativos, pero es a partir de marzo, por coincidir con los meses del primer estado de alarma y las restricciones económicas que llevó aparejadas, cuando la evolución anual muestra repuntes con mayor fuerza. En mayo se produjo el mayor incremento, del 145,9% en las compraventas totales, y el 108,4% para las compraventas de vivienda, ralentizándose hasta entornos superiores al 20% desde el mes de octubre, sostenidos en noviembre, con incrementos elevados, del 18,7% en las compraventas totales, y del 23,2% en las de vivienda. Contrariamente a lo que sucedió en la comparativa con los meses más duros de la pandemia, en los últimos cinco meses se ha producido un incremento anual mayor de compraventas de vivienda frente al de compraventas totales.

En cuanto a las hipotecas totales durante los últimos doce meses, las caídas terminaron en febrero de 2021 y desde momento registraron intensas subidas anuales, entre el 30 y el 40%, hasta el mes de julio, agudizándose dichos incrementos en agosto y septiembre, para estabilizarse alrededor de crecimientos anuales cercanos al 25%, al igual que sucedió con las compraventas, en octubre (26,4%) y noviembre (23,3%). Destaca durante toda la pandemia el crecimiento sostenido de las hipotecas, independiente de su concesión para financiar viviendas u otro tipo de fincas.

Absueltos de un delito continuado de prevaricación urbanística a los doce cargos públicos del ayuntamiento de Colmenar Viejo (Madrid)
Miércoles, 12 de enero de 2022
Absueltos de un delito continuado de prevaricación urbanística a los doce cargos públicos del ayuntamiento de Colmenar Viejo (Madrid)
La resolución indica que “no se ha podido aclarar” que los acusados, para los que se solicitaban penas de prisión que iban desde los dos años hasta los tres años y seis meses, lo hicieran “con ánimo de actuar de forma ilegal”
Autor Comunicación Poder Judicial
El juzgado de lo Penal nº 11 de Madrid ha absuelto del delito continuado de prevaricación urbanística a los doce cargos públicos de la corporación municipal de Colmenar Viejo que se sentaron en el banquillo por otorgar durante varios años consecutivos licencias urbanísticas a distintos promotores, al no haberse podido aclarar -y así consta en los hechos probados de la sentencia-, que los acusados, para los que se solicitaban penas de prisión que iban desde los dos años hasta los tres años y seis meses, lo hicieran “con ánimo de actuar de forma ilegal”.
La resolución indica que “para que el delito se entienda cometido, se requiere que el funcionario actúe ‘a sabiendas’ de la injusticia de la resolución, anteponiendo su voluntad a cualquier otra consideración”.
En el caso que nos ocupa, la sentencia añade que “si analizamos los hechos declarados probados, comprobaremos fácilmente que en los mismos no concurren los elementos del delito de prevaricación. En su esfuerzo acusador, la acusación no ha logrado designar un solo acto resolutivo que pueda ser considerado injusto, se ha limitado a poner de manifiesto las irregularidades o carencias de que adolecen los expedientes administrativos incorporados a las actuaciones. Pero los defectos o irregularidades señalados es claro que no equivalen -señala la sentencia que se acompaña en archivo adjunto-, a una resolución injusta o arbitraria”.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Asuntos Económicos y Transformación Digital impulsa la Educación Financiera en colaboración con el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado Valores
Asuntos Económicos y Transformación Digital impulsa la Educación Financiera en colaboración con el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado Valores
Viernes 14 de enero de 2022
Finanzas para todos
La vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, ha suscrito un convenio para mantener y desarrollar el Plan de Educación Financiera, durante el periodo 2022-2025.
La vicepresidenta Nadia Calviño, el gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos, y el presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Rodrigo Buenaventura, han suscrito un convenio para mantener y desarrollar el Plan de Educación Financiera, durante el periodo 2022-2025.
Dentro de la estrategia trazada por la OCDE para fomentar la educación financiera hace más de una década, los tres organismos colaboran activamente para impulsar las competencias financieras entre los ciudadanos. En esta ocasión, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Económica refuerza su participación en el Plan de Educación Financiera con la firma de un convenio con el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado Valores (CNMV) para fomentar la educación financiera, con especial atención a los estudiantes en sus diferentes grados -primaria, secundaria, formación profesional y universitarios- y a las personas más vulnerables, con el objetivo de favorecer la inclusión financiera y prevenir el fraude financiero.
El acuerdo también prevé la promoción de la web Finanzas para todos y la ampliación de la red de colaboradores del Plan de Educación Financiera, para trasladar a la población la importancia de la educación financiera atendiendo a los problemas de los colectivos más afectados.
Las actuaciones del Plan de Educación Financiera se centran, además, en la divulgación de la cultura financiera en el ámbito de la digitalización y de las finanzas sostenibles.
Para desarrollar las medidas e iniciativas previstas, el plan cuenta con un presupuesto de 900.000 euros anuales y con el apoyo material y humano de los expertos de las tres instituciones.
El acuerdo también instituye la creación de una comisión mixta de seguimiento para evaluar la aplicación del convenio.
El Tribunal Superior de Navarra anula el plan urbanístico de ampliación de la 4ª fase de la Ciudad del Transporte
Martes, 11 de enero de 2022
El Tribunal Superior de Navarra anula el plan urbanístico de ampliación de la 4ª fase de la Ciudad del Transporte
Considera que se produjo una modificación sustancial en la planificación al introducirse el trazado de una línea ferroviaria, lo que obligaba a abrir un plazo de alegaciones público para los posibles afectados
Autor: Comunicación Poder Judicial
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha anulado el acuerdo del Gobierno foral por el que se modificaba el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal (PSIS) de la ampliación de la Ciudad del Transporte en Noáin (Valle de Elorz).
El Tribunal aprecia un defecto procedimental referente a la exposición pública, un trámite consistente en que los posibles afectados pueden formular, con carácter previo a su elaboración, las consideraciones que estimen por conveniente.
La controversia tiene su origen en si la inclusión de la línea ferroviaria, no contemplada en el primer proyecto, pero sí en el segundo, debe ser considerada una modificación sustancial en los términos establecidos por la jurisprudencia y, por tanto, susceptible de ser objeto de exposición pública.
En la sentencia, que solo puede recurrirse en casación ante el propio órgano judicial, la Sala sostiene que “las modificaciones introducidas deben ser consideradas sustanciales por la incidencia que producen en el modelo de planeamiento elegido entre una y otra aprobación”.
En concreto, los magistrados señalan en primer lugar que “se introduce el trazado de la línea ferroviaria, que conlleva la modificación de determinaciones estructurales, cuando la modificación del PSIS previsto inicialmente eliminaba precisamente la línea ferroviaria”.
Y, en segundo término, añaden los jueces, porque “se sustituye el uso industrial logístico, con desglose de los usos compatibles y tolerados que no constaban anteriormente, con la posibilidad de implantar el centro de tratamiento de residuos de la Comarca de Pamplona”, al que se refiere el contrato de reserva de parcela futura en la 4ª fase del Área Industrial Ciudad del Transporte de Pamplona suscrito el 22 de octubre de 2018 entre Nasuvinsa y Servicios de la Comarca de Pamplona.
En definitiva, según constata la Sala, “se ha producido una modificación sustancial en la planificación de la 4ª fase de la Ciudad del Transporte de Pamplona, tanto respecto a la red ferroviaria, que se introduce como consecuencia del informe vinculante de Ferrocarriles, cuando en el proyecto inicial no existía”, como en los usos, “toda vez que con el segundo documento se introduce un uso completamente distinto a la actividad logística, lo que debió dar lugar a un nuevo trámite de información pública”.
Por tanto, el Tribunal estima el recurso interpuesto contra el acuerdo del Gobierno de Navarra, de 27 de diciembre de 2019, por el que se aprobó el expediente de modificación del citado PSIS relativo a las servidumbres aeronáuticas y la reordenación de la 4ª fase
La Audiencia Provincial de Badajoz aplica por primera vez la cláusula ‘rebus sic stantibus’ para rebajar el precio del alquiler durante la pandemia
Martes, 11 de enero de 2022
La Audiencia Provincial de Badajoz aplica por primera vez la cláusula ‘rebus sic stantibuis’ para rebajar el precio del alquiler durante la pandemia
Autor: Comunicación Poder Judicial
La Audiencia Provincial de Badajoz ha aplicado por primera vez la cláusula ‘rebus sic stantibus’ en el contrato de arrendamiento de una tienda de ropa, con la que se reduce la renta en el periodo donde obligatoriamente se cerraron los comercios no esenciales.
Esta cláusula se utiliza para afirmar que una norma será aplicable siempre que se mantengan las circunstancias para la situación que se dictó.
La reserva hídrica española se encuentra al 43,7 por ciento de su capacidad
Estado de los embalses
La reserva hídrica española se encuentra al 43,7 por ciento de su capacidad
Martes 4 de enero de 2022
Mapa de la reserva hídrica
La reserva hídrica española está al 43,7 por ciento de su capacidad total. Los embalses almacenan actualmente 24.545 hectómetros cúbicos (hm³) de agua, aumentando en la última semana en 585 hectómetros cúbicos (el 1,0 por ciento de la capacidad total actual de los embalses).
La reserva por ámbitos es la siguiente:
Cantábrico Oriental se encuentra al 84,9%
Cantábrico Occidental al 60,6%
Miño-Sil al 49,2%
Galicia Costa al 62,1%
Cuencas internas del País Vasco al 100,0%
Duero al 49,1%
Tajo al 46,2%
Guadiana al 30,6%
Tinto, Odiel y Piedras al 72,1%
Guadalete-Barbate al 30,3%
Guadalquivir al 28,2%
Cuenca Mediterránea Andaluza al 31,9%
Segura al 33,8%
Júcar al 53,2%
Ebro al 61,8%
Cuencas internas de Cataluña al 60,7%
Las precipitaciones han sido escasas en la vertiente Atlántica y prácticamente nulas en la vertiente Mediterránea. La máxima se ha producido en Santiago de Compostela con 39,0 mm (39,0 l/m²).
La situación de las cuencas, en hectómetros cúbicos, se detalla en el siguiente cuadro:
La CNMV publica el informe sobre la intermediación financiera no bancaria (IFNB) en España del año 2020
La CNMV publica el informe sobre la intermediación financiera no bancaria (IFNB) en España del año 2020
1 de diciembre de 2021
Los activos que conforman la IFNB en España se situaron en 303.600 millones de euros en 2020, un 2,3% menos que en 2019. La importancia relativa de este sector en el sistema financiero se redujo hasta el 5,8% (6,6% en 2019)
No se detectan amenazas relevantes para la estabilidad financiera y la evaluación de los riesgos asociados a la IFNB no revela ningún cambio sustancial respecto a los análisis anteriores
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha hecho público hoy el cuarto informe sobre la intermediación financiera no bancaria (IFNB) en España, que actualiza la información de este sector con datos de 20201.
Siguiendo la metodología del Consejo de Estabilidad Financiera (FSB), la medida relevante de la IFNB es la denominada “medida estrecha”, que trata de identificar aquellas entidades que pueden englobarse dentro de alguna de las cinco funciones económicas definidas por el mencionado FSB en 20132 y que asimilan las actividades de estas entidades a algunos de los riesgos típicamente bancarios. Esta medida considera como parte de la IFNB a determinadas tipologías de fondos de inversión, a las titulizaciones (o SFV), a los establecimientos financieros de crédito, a las sociedades de valores y a las entidades de garantía recíproca.
El importe conjunto de los activos de estas entidades, tras el descuento de aquellos que consolidan en grupos bancarios, fue de 303.600 millones de euros en 2020, un 2,3% menos que en 2019 y un 5,8% del sistema financiero total (6,6% en 2019), por debajo de la proporción de otras economías avanzadas (cercana al 15%). La disminución de la relevancia de la IFNB en 2020 se explica tanto por la caída de los activos de los establecimientos financieros de crédito como por el incremento de los activos totales del sistema financiero (originado por la expansión del crédito bancario durante la crisis).
Las entidades más relevantes de la medida estrecha de la IFNB en España continuaron siendo los fondos de inversión , que concentraron el 87,4% de los activos totales. A distancia se situaron los vehículos de titulización con el 7,6%. El resto de las entidades concentró el 5% en conjunto.
El análisis de los riesgos asociados a la IFNB sigue sin apuntar, por el momento, a la existencia de vulnerabilidades relevantes desde el punto de vista de la estabilidad financiera. Los riesgos más destacados continúan siendo los de crédito y de liquidez para la mayor parte de las entidades que forman parte de la IFNB, si bien en buena medida su intensidad responde a la propia naturaleza de las entidades y experimenta pocas variaciones en el tiempo. En el ámbito de los fondos de inversión que, como se ha apuntado, son las instituciones más relevantes de la IFNB, se observaron variaciones muy leves en sus indicadores de riesgo en 2020, relacionadas con el alargamiento del vencimiento medio de los activos en cartera de los fondos de renta fija y con el aumento de las inversiones en activos de deuda corporativa y en otras IIC de los fondos mixtos. El apalancamiento continúa en un nivel reducido tanto para el conjunto de los fondos como para cada categoría.
El informe incluye un epígrafe que describe las herramientas existentes en España para la gestión del riesgo de liquidez de las IIC y su uso en 2020, en el contexto de la crisis. En él se indica que ningún fondo español tuvo que activar ninguna medida extraordinaria de liquidez como las suspensiones de los reembolsos o los side pockets y que tan solo cinco fondos tuvieron que realizar reembolsos parciales. Por otra parte, durante la crisis la CNMV reforzó sus mecanismos de coordinación con las sociedades gestoras incentivando a estas instituciones a utilizar, en caso de ser adecuado, las herramientas disponibles. En particular, la CNMV recomendó la valoración de los activos en función de los precios bid y los esquemas de swing pricing.
Finalmente se ofrecen los resultados de las últimas pruebas de estrés semestrales realizadas por la CNMV sobre los fondos de inversión, que revelan que el sector continúa siendo resistente a los diferentes escenarios de shocks de reembolsos planteados sobre las diversas categorías de fondos. En el escenario más extremo, de probabilidad extremadamente baja y de severidad muy superior a la experimentada en los peores momentos de la crisis del COVID-19, el número de fondos que podrían experimentar problemas de liquidez es de diez en total (representan tan solo un 1,3% del patrimonio de la muestra de fondos del ejercicio).
Este informe incluye dos recuadros que tratan dos temas de especial interés:
El primero enumera las propuestas de reforma de los fondos del mercado monetario efectuadas a escala internacional a raíz de las vulnerabilidades identificadas en este tipo de fondos durante la crisis del COVID-19. La presencia de este tipo de fondos en el mercado español es prácticamente nula, de modo que el análisis de riesgos y el debate regulatorio tienen poca virtualidad en nuestro país. Estas vulnerabilidades surgen de la convivencia de elementos como la posibilidad de ofrecer reembolsos diarios, la existencia de fondos de valor constante (caso que no se da en España), el deterioro de la liquidez de la cartera en algunos momentos o la presencia de algunos umbrales que determinan el cambio de régimen del fondo. Las medidas propuestas hasta el momento tienen diferente naturaleza, siendo la más relevante, desde el punto de vista de la CNMV, la eliminación de la posibilidad de valorar los fondos a valor constante.
El segundo recuadro describe la consulta pública del proyecto de Guía Técnica sobre la gestión y el control de la liquidez de las IIC efectuado por la CNMV y publicado en septiembre de este año. Se trata de una iniciativa incluida en su plan de actuación de 2021 que tiene como objeto unificar todos los criterios supervisores relevantes aplicables en este ámbito y que la CNMV ha ido transmitiendo a las entidades en los últimos años. La Guía tiene en cuenta también los resultados de las recientes actuaciones llevadas a cabo a nivel nacional y europeo, destacando la Actuación de Convergencia Supervisora, o Common Supervisory Action, realizada por ESMA durante 2020.
1 El primer análisis en esta parcela fue publicado en el boletín de la CNMV correspondiente al primer trimestre de 2019.
2 Véase “Policy Framework for Strengthening Oversight and Regulation of Shadow Banking Entities” (2013).
La Bolsa negocia 378.121 millones de euros en 2021
La Bolsa negocia 378.121 millones de euros en 2021
3 de enero de 2022
Balance mensual de los mercados operados por BME
•Se cruzaron 45,1 millones de operaciones en el año
•Las admisiones a negociación en el mercado de Renta Fija ascienden a 393.416 millones
•La negociación en Futuros sobre IBEX 35 aumenta un 13,7% en diciembre
La Bolsa española negoció en Renta Variable 378.120,9 millones de euros en el conjunto de 2021, un 11,9% menos que el año anterior. El volumen efectivo contratado en diciembre fue de 27.766,9 millones de euros, un 29,6% inferior al de noviembre y un 23,5% menor al del mismo mes del año anterior. El número de negociaciones acumuladas hasta diciembre 2021 ascendió a 45,1 millones, un 19,0% menos que el año anterior, después de registrar 3,2 millones en el último mes del año, un 21,5% por debajo del mes anterior y un 28,5% menos que en diciembre de 2020.
Durante el ejercicio, BME alcanzó una cuota de mercado en la contratación de valores españoles del 71,56%. La horquilla media en el año fue de 5,82 puntos básicos en el primer nivel de precios (un 14,7% mejor que el siguiente centro de negociación) y de 8,55 puntos básicos con 25.000 euros de profundidad del libro de órdenes (un 33,9% mejor), según el informe independiente de LiquidMetrix, disponible en este enlace: www.bmerv.es/esp/Miembros/MIFID_II.aspx. Estas cifras incluyen la contratación realizada en los centros de negociación, tanto en el libro de órdenes transparente (LIT), incluyendo las subastas, como la negociación no transparente (dark) realizada fuera del libro.
El volumen contratado en los mercados de Renta Fija alcanzó los 234.019,8 millones de euros en 2021, tras recoger los 7.908,3 millones de euros de diciembre, lo que muestra un descenso anual acumulado del 16,2%. Las admisiones a negociación, incluyendo emisiones de Deuda Pública y de Renta Fija Privada, ascendieron a 393.415,6 millones de euros, lo que implica un descenso del 2,6% en comparación con el importe registrado en 2020. En diciembre el volumen admitido fue de 19.711,3 millones.
A cierre del año el saldo vivo se situó en 1,72 billones de euros, con un descenso del 0,6% en el mes, pero un incremento del 4,1% frente al mismo mes del año anterior.
En el mercado de Derivados Financieros, la negociación aumentó un 13,7% en diciembre en los contratos de Futuros sobre IBEX 35 respecto al mismo mes del año anterior. También se registró un incremento del 3,4% en la negociación en los contratos de Futuros sobre Acciones en el acumulado de 2021. La posición abierta finaliza el año con un aumento en los contratos de Futuros sobre acciones del 33% y en los contratos de Opciones sobre Mini IBEX del 4,6%.
Los mercados financieros españoles despiden 2021 con crecimiento en financiación y en valor bursátil
Los mercados financieros españoles despiden 2021 con crecimiento en financiación y en valor bursátil
•Los flujos de financiación canalizados a través de la Bolsa ascienden hasta noviembre a 22.700 millones de euros, un 42,4% más que en todo el año anterior
•La capitalización de las empresas cotizadas en la Bolsa española se incrementa un 7,5%, impulsada por las 17 incorporaciones al mercado, y recupera el billón de euros
•Las compañías de BME Growth captan cerca de 900 millones de euros, mientras que el saldo vivo del MARF se incrementa un 86% en el año
•El aumento de la emisión de bonos ESG, incluido el primer bono verde del Tesoro, y el lanzamiento del índice IBEX Gender Equality, principales hitos en materia de sostenibilidad
BME ha presentado hoy el Informe de Mercado 2021, en el que detalla lo más destacado del último año en los mercados financieros. Jos Dijsselhof, presidente de BME, y Javier Hernani, Consejero Delegado, explicaron en un encuentro con periodistas los principales hitos de un ejercicio marcado por la evolución del programa de vacunación contra el Covid-19, la recuperación económica y el crecimiento en los mercados.
Jos Dijsselhof destacó los avances y las oportunidades de la incorporación de BME al Grupo SIX. “La integración de nuestros productos y servicios nos permite generar valor, aumentar los ingresos y competir globalmente. Tras la adquisición de BME, SIX es ahora el tercer actor en la infraestructura de los mercados de capitales europeos, el cuarto en la negociación de valores, el cuarto en la postcontratación y el segundo en la información financiera”, indicó.
Por su parte, Javier Hernani afirmó que 2021 será recordado por la recuperación post Covid-19 gracias a la vacunación. Y añadió: “Si hay una palabra que ha marcado la agenda del 2021 esta es sostenibilidad. Los mercados de Renta Fija de BME registraron 27 emisiones ESG. De ellas la operación más relevante fue el primer bono verde soberano, por importe de 5.000 millones de euros. Otro de los hitos del año ha sido la creación del Ibex Gender Equality©”.
A lo largo del año 17 empresas se han unido a los mercados, de las cuales 3 lo han hecho en la Bolsa (Acciona Energía, Ecoener y Línea Directa). En total, las empresas han captado 2.902 millones de euros, frente a los importes inferiores a los 1.000 millones de euros de los tres ejercicios anteriores.
Las ampliaciones de capital han marcado su mejor año desde 2016. Hasta noviembre se registraron 86 operaciones, con más de 19.800 millones de euros captados, un 34,5% más.
Los mercados financieros han contribuido así a impulsar la recuperación económica y los planes de crecimiento de las empresas. Hasta noviembre, los flujos de financiación canalizados a las empresas a través de la Bolsa ascendieron a los 22.722 millones de euros, un 42,4% más que en todo 2020 y un 51,1% más que en el mismo periodo del año anterior. Estas cifras posicionan al mercado español entre los diez más importantes del mundo por este concepto.
2021 también ha sido un buen año en términos de creación de valor de las empresas cotizadas en la Bolsa española. Su capitalización bursátil volvió a superar el billón de euros (1,02 billones) a cierre de noviembre, lo que supone un crecimiento del 7,5%. El alza de las cotizaciones y las nuevas incorporaciones explican este aumento.
La financiación canalizada a través de los mercados financieros también ha llegado a las compañías de menor capitalización, gracias a BME Growth y al MARF. Ambos mercados de BME han vivido un año récord. BME Growth ha incorporado 14 empresas hasta noviembre, por lo que llega a las 127 compañías que suman una capitalización de 18.579 millones de euros, casi un 16% más que el año pasado y más del doble que hace cuatro años. Las empresas de este mercado han captado financiación por 880 millones de euros, un 79,4% más.
En Renta Fija, el MARF ha superado con creces este año la barrera de los 100 emisores, al llegar a los 114. El volumen de emisiones incorporadas a este mercado hasta noviembre ascendía a los 12.972 millones de euros, un 53% más, con un saldo vivo de 9.776 millones, que implica un crecimiento del 86%.
España se mantiene entre las diez mayores potencias del mundo en emisiones de deuda sostenible. En los mercados y plataformas de Renta Fija gestionados por BME se han admitido a negociación hasta noviembre 27 emisiones de renta fija verdes, sociales y sostenibles por un importe total de 12.260 millones de euros.
En Derivados Financieros ha destacado el crecimiento del 22,4% de los contratos negociados de Futuros sobre Acciones, con un incremento del 31,5% de la posición abierta. En el mercado de contratos de Futuros sobre Divisas xRolling FX®, el volumen efectivo negociado superó los 268 millones hasta noviembre, un 50% más.
Otro de los hitos del año fue el acuerdo por el cual Iberclear adquirió la participación del 50% de Clearstream (Deutsche Boerse) en REGIS-TR, por lo que se convirtió en único accionista e integró el negocio del repositorio, que en 2021 ha procesado más de 3.200 millones de operaciones, en SIX. Se espera que la transacción se cierre durante el primer semestre de 2022.
El déficit del Estado se sitúa en el 5,4% del PIB en noviembre y se reduce un 9,2% respecto al mismo periodo del año anterior
Publicación de los datos de ejecución presupuestaria
El déficit del Estado se sitúa en el 5,4% del PIB en noviembre y se reduce un 9,2% respecto al mismo periodo del año anterior
La Moncloa
Jueves 23 de diciembre de 2021
Continúa la senda de descenso del déficit del Estado iniciada en abril como consecuencia de la reactivación económica por el avance del proceso de vacunación.
El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha publicado hoy en su web una serie de datos correspondientes a la ejecución presupuestaria que recogen el impacto de la COVID-19 en las cuentas públicas, así como el efecto de las medidas aprobadas para combatir la emergencia sanitaria y mitigar las consecuencias económicas y sociales derivadas de la misma.
La evolución hasta noviembre muestra que el déficit del Estado continúa la senda descendente iniciada a partir del mes de abril respecto al mismo periodo del año anterior como consecuencia de la reactivación económica por el avance del proceso de vacunación. En concreto, el déficit del Estado en los diez primeros meses del año 2021 se ha reducido un 9,2%.
Asimismo, el Ministerio de Hacienda y Función Pública también ha publicado hoy en su web los datos de déficit consolidado de la Administración Central, Comunidades Autónomas y Seguridad Social del mes de octubre en términos de contabilidad nacional, que también se ha reducido un 41,4% respecto al mismo periodo del ejercicio anterior.
Déficit del Estado en noviembre
Hasta noviembre, el Estado ha registrado un déficit equivalente al 5,43% del PIB, frente al 6,45% existente en noviembre de 2020. De esta forma, el déficit se sitúa en 65.677 millones de euros, lo que supone un descenso del 9,2% respecto a los 72.365 millones del mismo periodo del ejercicio anterior. Este resultado se debe a un robusto incremento de los ingresos no financieros del 18,0%, frente al comportamiento de los gastos, que crecen a un menor ritmo del 9,6%.
A la hora de comparar entre ambos años hay que señalar que los datos se encuentran afectados en ambos, tanto en 2020 como en 2021, por la reversión al Estado de algunos tramos de autopistas de peaje al finalizar el periodo de concesión, cuyo mantenimiento posterior es asumido por el Estado. La reversión de 2020 y una parte de la reversión de este año no han tenido incidencia en el déficit, aunque sí han afectado al gasto y al ingreso por el mismo importe, 1.745 millones en 2020 y 985 millones en 2021.
Adicionalmente, la situación de pandemia internacional y la consecuente emergencia sanitaria que empezó en el primer trimestre de 2020 tienen también un impacto en las cuentas públicas de las Administraciones Públicas durante 2021. Un efecto provocado, no solo por la crisis sanitaria, sino por las medidas adoptadas para proteger las rentas y el tejido productivo que se han prorrogado durante este ejercicio.
Recursos no financieros del Estado
Los recursos no financieros se sitúan en 191.705 millones, lo que supone un 18,0% más respecto al mismo periodo de 2020. Los impuestos alcanzan los 161.227 millones y crecen un 19,4% respecto a noviembre de 2020.
Los impuestos sobre la producción y las importaciones aumentan un 15,4%. Los ingresos por IVA se elevan un 17,7%, mientras que el Impuesto sobre Primas de Seguro aumenta un 32,7%. Los impuestos corrientes sobre la renta y el patrimonio crecen un 25,2% debido al IRPF, que se incrementa un 21,8%. También influye el aumento del Impuesto sobre Sociedades, que se eleva un 30,7%, principalmente por el avance de los pagos fraccionados de 2021 superiores a los del 2020 en un 65%. Por su parte, los impuestos sobre el capital crecen un 112,0%, respecto al mismo periodo del año anterior. Los ingresos de las cotizaciones sociales descienden ligeramente un 1,7%.
Las rentas de la propiedad disminuyen un 6,2% respecto a 2020, como consecuencia del descenso del 15,7% de los ingresos por intereses. No obstante, se produce un incremento de los dividendos y otras rentas en un 5,0% debido, principalmente, al mayor dividendo recibido de Loterías y Apuestas del Estado, con 590 millones frente a 420 millones en 2020.
Los ingresos procedentes de la venta de bienes y servicios crecen un 43,3% hasta los 1.679 millones.
Los otros recursos no financieros aumentan un 17,6%. Esta evolución, además de estar afectada por la reversión de las autopistas mencionada, se debe, en parte, al incremento de las transferencias recibidas de otras administraciones públicas como consecuencia de la transferencia recibida del SEPE por 837 millones para la gestión de las competencias asumidas en materia de formación profesional, sin correspondencia en 2020.
Empleos no financieros del Estado
Hasta noviembre, los empleos no financieros del Estado se han situado en 257.382 millones, cifra superior en un 9,6% a la registrada en los once primeros meses de 2020.
La partida de mayor volumen, que son las transferencias entre administraciones públicas, ascienden a finales de noviembre a 167.203 millones, un 10,3% más que en el mismo periodo de 2020. Destacan las transferencias corrientes a las Comunidades Autónomas, que se han incrementado un 10,5%, hasta alcanzar los 163.618 millones. Un aumento debido, en gran parte, al mayor volumen de recursos transferidos para hacer frente a la pandemia.
Por su parte, los Fondos de la Seguridad Social han recibido 4.194 millones más de recursos que en 2020. Cabe destacar el aumento en un 56,3% de las dotaciones para la Dependencia, hasta alcanzar los 2.131 millones. También los mayores fondos empleados en la financiación del Ingreso Mínimo Vital, con 3.017 millones frente a 432 millones en 2020, así como los 2.785 millones destinados a la financiación de la prestación contributiva de nacimiento y cuidado del menor.
El importe de los gastos del Estado relacionados con la pandemia ha sido de 27.160 millones, de los que 20.889 millones son transferencias a las Comunidades Autónomas y a las Corporaciones Locales.
La remuneración de asalariados crece un 3,1%. Esta rúbrica, que asciende a 17.374 millones, incorpora la subida salarial para este ejercicio del 0,9% frente a un incremento salarial del 2% en 2020.
Los consumos intermedios han ascendido a 5.019 millones, un 23,4% más de gasto que en el mismo periodo de 2020 debido al gasto en vacunas por importe de 1.203 millones, sin correspondencia en 2020.
Por su parte, los intereses devengados crecen un 3,4% hasta situarse en 20.994 millones. Las prestaciones sociales distintas de las transferencias sociales aumentan un 3,4%, con un porcentaje de revalorización de las pensiones de Clases Pasivas para el ejercicio 2021 del 0,9% con carácter general, el mismo que en el año anterior.
Por último, destaca la formación bruta de capital fijo, que aumenta un 5,6% en 2021 hasta los 6.127 millones. Esta cifra incluye los importes correspondientes a la reversión al Estado de algunos tramos de autopistas de peaje al finalizar el periodo de concesión, cuyo mantenimiento posterior es asumido por el Estado.
Déficit conjunto de la Administración Central, Comunidades Autónomas y Seguridad Social (octubre)
Hasta octubre de 2021, el déficit conjunto de la Administración Central, los Fondos de la Seguridad Social y las Comunidades Autónomas, excluida la ayuda financiera, se sitúa en 47.536 millones, equivalente al 3,93% del PIB. Si se incluye el saldo de la ayuda a las instituciones financieras, el déficit se mantiene en el 3,94% del PIB.
Administración Central
El déficit de la Administración Central se sitúa en 54.053 millones a finales de octubre de 2021, lo que supone el 4,47% del PIB.
El déficit del Estado en octubre en términos de PIB equivale también al 4,48%, alcanzando la cifra de 54.202 millones, un 7,3% inferior al registrado en octubre de 2020.
Los Organismos de la Administración Central registran hasta septiembre de 2021 un superávit de 149 millones.
Comunidades Autónomas
La Administración regional registra un superávit hasta octubre de 2021 de 12.379 millones, lo que equivale al 1,02% del PIB. Este resultado obedece a un incremento de los gastos del 6,5%, frente a unos ingresos que crecen hasta un 14,4%.
Entre los mayores recursos caben mencionarse los impuestos sobre la producción y las importaciones, que aumentan un 35,5% alcanzando la cifra de 13.375 millones, destacando el crecimiento de ITP y AJD en un 49,1%.
También aumentan los ingresos por impuestos sobre el capital en un 65,8% hasta alcanzar los 2.661 millones. Por su parte, los ingresos por impuestos sobre la renta y patrimonio caen un 2,3% hasta los 44.827 millones.
Las transferencias entre AAPP crecen un 18,2% hasta los 107.452 millones. Las transferencias recibidas del Estado representan el 50,8% de los recursos del subsector. En el mes de octubre se han transferido 4.040 millones, completando así el 100% de la partida recogida en la Ley de PGE para 2021, por importe de 13.486 millones, destinada a dotar de mayor financiación a las CCAA para la cobertura de los servicios públicos fundamentales.
Los ingresos obtenidos del resto de recursos se sitúan en 15.551 millones de euros, creciendo un 25,5%, debido, principalmente, al crecimiento de los fondos FEDER y FSE.
Entre los gastos, la remuneración de asalariados crece un 6,4% debido, entre otras razones, al mayor número de efectivos en educación y sanidad. Los consumos intermedios crecen un 0,8% hasta los 27.291 millones, de los que 17.196 millones corresponden al ámbito sanitario.
Las subvenciones aumentan un 41,4% hasta los 3.546 millones por el incremento de las ayudas al transporte, lo que se compensa con el descenso de los intereses, que disminuyen un 15,8% hasta 2.478 millones.
Las transferencias sociales en especie se elevan un 4,0% hasta los 25.473 millones debido al mayor gasto en conciertos sanitarios y educativos y al incremento del gasto en farmacia. Por su parte, las prestaciones sociales distintas de las transferencias en especie aumentan un 6,0%. Por último, la inversión crece un 10,6% respecto a 2020 alcanzando los 11.645 millones.
De acuerdo con la información transmitida por las Comunidades Autónomas, 5.676 millones corresponden a gasto socio-sanitario de la COVID-19:
Fondos de la Seguridad Social
Los Fondos de la Seguridad Social hasta octubre de 2021 registran un déficit de 5.862 millones, lo que supone un descenso del 73,1% respecto a los 21.790 millones del mismo periodo de 2020. En términos de PIB el déficit de la Seguridad Social se sitúa en el 0,48%, frente al 1,94% del mismo periodo del año anterior. Este mejor comportamiento es consecuencia de un crecimiento de los ingresos del 5,6% (destaca el buen comportamiento de las cotizaciones con un crecimiento del 4,5%) frente al descenso registrado en los gastos de un 4,0%.
Las operaciones del subsector Fondos de la Seguridad Social siguen afectadas por la crisis sanitaria, social y económica derivada de la pandemia del COVID-19 y las numerosas medidas adoptadas para paliar sus efectos. No obstante, la favorable evolución alcanzada con la recuperación de la actividad y sobre todo desde que se inició el proceso de vacunación ha motivado una reducción del impacto económico de la pandemia en las operaciones de este subsector.
Las medidas más significativas se aprobaron en marzo de 2020 y se encuentran actualmente vigentes afectando a los trabajadores por cuenta propia o autónomos, con el establecimiento de una prestación por el cese de su actividad o la reducción de su facturación. También se adoptaron medidas para los trabajadores por cuenta ajena, a los que en caso de suspensión de contratos y reducción de jornada por fuerza mayor temporal (ERTES) se les reconoce la prestación contributiva por desempleo; en ambos casos se establece la exoneración de las cotizaciones sociales (cuotas mensuales de autónomos, aportación empresarial en el caso de empresas y cuotas por conceptos de recaudación conjunta en el caso de los trabajadores por cuenta ajena).
Estas medidas se han ido complementando con nuevas ayudas como las que posibilitan el cobro de la prestación por cese de actividad junto con el desempeño del trabajo por cuenta propia, la prestación especial para los trabajadores de temporada o la prestación extraordinaria por paralización o suspensión temporal obligatoria de la actividad. Asimismo, han ido apareciendo distintas modalidades de ERTE, de modo que el RD 30/2020, de 1 de octubre, incorpora el ERTE de impedimento, el de limitación o los que afectan a sectores ultraprotegidos y su cadena de valor, prestaciones que se han visto prorrogadas mediante los Reales Decretos -leyes 11/2021 y 18/2021.
El Sistema de Seguridad Social registra hasta octubre de 2021 un déficit de 4.438 millones, inferior en un 38,6% al registrado en el mismo periodo del año anterior. Los recursos han ascendido a 137.247 millones, registrándose un crecimiento del 4,3% de las cotizaciones sociales. En el mes de octubre el número de afiliaciones en el Sistema logra un incremento respecto a octubre de 2020 del 3,7%. Por su parte, el gasto alcanza los 141.685 millones y se corresponde en gran medida con el gasto en pensiones, que crece un 3,1%.
Al igual que en meses anteriores, destacan los datos registrados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que ha obtenido un déficit de 1.489 millones, inferior en un 89,9% al del año anterior. Este comportamiento se debe, en gran medida, al descenso del conjunto de prestaciones por desempleo vinculadas a los ERTES y otras medidas COVID que alcanzan los 4.904 millones, mientras que en 2020 el gasto se elevó en este periodo a los 12.800 millones. El resto de las prestaciones de desempleo se reduce en un 7,5% respecto al año anterior. El número de beneficiarios de las prestaciones de desempleo a finales de octubre se ha reducido un 28,7% respecto a 2020.
El FOGASA presenta un superávit de 65 millones, frente a los 115 millones registrados en el mismo periodo de 2020.
Déficit conjunto de las Administraciones Públicas (Tercer trimestre)
Finalmente, también se han publicado hoy los datos de ejecución de 2021 de las Corporaciones Locales correspondientes al tercer trimestre del año. Los datos muestran que las Entidades Locales han registrado un superávit de 2.839 millones, lo que equivale al 0,23% del PIB, frente al superávit de 1.577 millones correspondiente a tercer trimestre de 2020. Esta cifra supone un aumento del 80,0%.
Con estos datos de Corporaciones Locales, el déficit del conjunto de Administraciones Públicas en el tercer trimestre del año asciende al 4,0% del PIB, frente al 6,78% (sin ayuda financiera) registrado en mismo periodo de 2020.
El gasto consolidado asociado a la COVID-19 a finales de septiembre de 2021 se sitúa en 22.401 millones con una reducción del 27,8% respecto al mismo periodo de 2020 en el que ascendía a 31.031 millones.
Los gastos se han incrementado un 2,2%, mientras que el crecimiento de los ingresos ha sido muy superior (10,9%).
La Comisión Europea autoriza el desembolso de los 10.000 millones vinculados al cumplimiento de los primeros 52 hitos del Plan de Recuperación
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
La Comisión Europea autoriza el desembolso de los 10.000 millones vinculados al cumplimiento de los primeros 52 hitos del Plan de Recuperación
Miércoles 22 de diciembre de 2021

España culmina así el procedimiento del primer desembolso vinculado a hitos y objetivos, convirtiéndose en el primer país de la Unión Europea en conseguirlo, lo que demuestra el gran esfuerzo y rigor del Gobierno y la administración pública en la gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La Comisión Europea ha autorizado de manera definitiva el primer desembolso del Plan de Recuperación por un total de 10.000 millones de euros que el Gobierno español realizó formalmente el pasado 11 de noviembre a través de la Secretaría General de Fondos Europeos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
La Comisión, que ya había valorado positivamente de forma preliminar la documentación presentada por la Autoridad Responsable, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, aprueba de esta forma la ejecución del primer desembolso del Plan de Recuperación en un tiempo mucho menor que el estipulado en el propio Reglamento del Mecanismo de Recuperación, que contempla hasta un máximo de 3 meses para su autorización.
España, primer país en recibir el primer desembolso
España fue el primer país de la Unión Europea en efectuar esta solicitud y también ha sido el primer Estado en recibir esta evaluación favorable, que supone el aval comunitario a los 52 primeros hitos y objetivos del Plan de Recuperación español, lo que supone un paso importante en su implementación.
Este primer tramo de los recursos comunitarios está vinculado al cumplimiento de esos 52 hitos que cubren fundamentalmente reformas en ámbitos como la movilidad sostenible, la eficiencia energética, la descarbonización, la conectividad, la modernización de la Administración Pública o la I+D (investigación y desarrollo). Destacan, en particular, proyectos concretos como el Plan de Digitalización de las Pymes 2021-2025, la igualdad retributiva entre mujeres y hombres o la Ley de Cambio Climático y Transición Energética.
La Comisión Europea confirma que los objetivos y los hitos cumplidos vinculados a este primer desembolso demuestran los significativos pasos que España ha dado ya en el desarrollo del Plan de Recuperación y de la amplia agenda de reformas que lo componen.
Un procedimiento complejo que España ha cumplido paso a paso
La petición del primer desembolso de 10.000 millones de euros siguió a la firma y entrada en vigor el pasado mes de noviembre de las Disposiciones Operativas del Plan de Recuperación (OA, en sus siglas en inglés), que establece el modo en que se organizará el seguimiento del desarrollo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de manera bilateral entre España y la Comisión Europea.
El Gobierno español también fue el primero en suscribir este acuerdo, que han de firmar los 27 países de la Unión Europea acogidos al Mecanismo europeo de Recuperación y Resiliencia (MRR).
El ingreso de los 10.000 millones correspondientes al primer desembolso se sumará a los 9.036 millones de euros que España recibió el pasado mes de agosto como prefinanciación, cifra equivalente al 13% de los 69.500 millones de euros que el país percibirá en forma de subvenciones del MRR. En total se trata de más de 19.000 millones de transferencias de la Comisión Europea a España en este año vinculadas al Plan de Recuperación.
España ya ha autorizado más del 80% de los fondos de 2021
En relación a la gestión del Plan de Recuperación, a fecha de 20 de diciembre, el Gobierno ya ha autorizado más del 80% del total de los fondos del Plan de Recuperación de los PGE 2021, el equivalente a más de 20.000 millones de euros, de los cuales el 78% ya ha sido comprometido y el 60% ya ha sido reconocido como obligaciones o derechos de pago. Además, se han transferido a las Comunidades Autónomas un total de 11.247 millones que tendrán que ejecutar en el marco de sus competencias.
Estos datos, junto a la autorización para el primer desembolso, demuestran el gran esfuerzo realizado por el conjunto de las administraciones públicas y gestores del Plan y sitúan a nuestro país como país destacado en la gestión del Mecanismo de Recuperación a nivel europeo.
El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia aprobado por la Unión Europea es el mayor paquete de estímulos jamás financiado en el continente: supondrá una movilización total de 750.000 millones de euros que ayudarán a reconstruir la Europa posterior a la COVID-19 y hacerla más ecológica, más digital, más cohesionada y más resiliente. De ese volumen de recursos, a España le corresponden 140.000 millones de euros, sumando subvenciones y créditos.




