El pleno del Tribunal Constitucional admite a trámite los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por la Generalitat de Cataluña y la Xunta de Galicia contra varios artículos de la ley 12/2023 por el derecho a la vivienda
El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña y por la Xunta de Galicia contra diversos preceptos de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
El Gobierno de la Generalitat de Cataluña ha impugnado los artículos 2, letras c), d), e), f), g), h), i), j), m), n), o), p), q), r) y s); 12; 15, apartados 1 d) y 4; 16; 17; 18, apartados 1, 4, 5 y 6; 27, apartados 1, párrafo tercero, 2 y 3; disposición transitoria primera, párrafo segundo; y disposición final séptima, apartado 1, de la citada norma.
Por su parte, la Xunta de Galicia ha interpuesto el recurso de inconstitucionalidad contra los artículos 3; 11.2; 16; 18, apartados 2, 3 y 4; 19, apartados 2 y 3; 27, apartado 3; la disposición adicional tercera; la disposición transitoria segunda, apartado 1; la disposición transitoria tercera; la disposición final quinta; y la disposición final séptima de la Ley 12/2023.
En sus recursos, la Generalitat de Cataluña y la Xunta de Galicia alegan que estos preceptos podrían vulnerar sus competencias autonómicas en materia de vivienda.
La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda es objeto de ocho recursos de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. Además de estos dos, la norma ha sido recurrida por cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, por el Parlamento de Cataluña y por los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Illes Balears y Madrid (admitidos a trámite en el Pleno del 26 de septiembre de 2023 – ver nota de prensa 74/2023) y por el Gobierno vasco (admitido a trámite en el Pleno del 12 de marzo – ver nota de prensa 26/2024).
Madrid, 9 de abril de 2024