Incentivos para la contratación: ¿a quiénes se dirigen?

Incentivos para la contratación: ¿a quiénes se dirigen?

Trabajo y Economía Social – 13.2.2023

El Gobierno ha aprobado medidas para promocionar la contratación de personas desempleadas vulnerables o de baja empleabilidad e incentivar la transformación de los contratos indefinidos a tiempo parcial y fijos discontinuos en contratos a tiempo completo e indefinidos ordinarios.

El Real Decreto-ley de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas fue acordado en el Consejo de Ministros del 10 de enero.

Esta nueva norma forma parte de la reforma estructural sobre el mercado de trabajo contenida en el Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia y su objetivo es simplificar el sistema de incentivos a la contratación y aumentar su eficacia.

¿Qué personas son destinatarias de la contratación laboral incentivada?
Personas trabajadoras que vean transformados sus contratos en contratos indefinidos o que vean mejorada su contratación por conversión de contratos indefinidos a tiempo parcial en contratos indefinidos a tiempo completo, o de contratos fijos discontinuos en contratos indefinidos ordinarios.

Personas de atención prioritaria, que figuren registradas en los servicios públicos de empleo como demandantes de servicios de empleo en situación laboral de desempleadas. No obstante, no se requerirá la inscripción en los servicios públicos de empleo a:

Las mujeres víctimas de violencia de género, de violencias sexuales o de trata de seres humanos, de explotación sexual o laboral, y aquellas que se encuentren en contextos de prostitución
Las víctimas del terrorismo
Las personas trabajadoras con discapacidad que pasen a prestar sus servicios desde el mercado de trabajo protegido de los centros especiales de empleo o enclaves laborales al mercado de trabajo ordinario
Las personas en riesgo o situación de exclusión social que pasen a prestar sus servicios desde empresas de inserción a empresas del mercado ordinario
Los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
¿Qué bonificaciones de contratación se establecen?
La norma estipula que se financiará con bonificaciones en las cuotas empresariales a la Seguridad Social la contratación de:

Personas con capacidad intelectual límite o readmitidas tras cesar en la empresa por incapacidad permanente
Mujeres víctimas de violencia de género, de violencias sexuales y de trata de seres humanos y explotación sexual o laboral
Personas en situación de exclusión social, desempleadas de larga duración y víctimas del terrorismo
También serán contratos bonificados los relacionados con la actividad formativa:

Los contratos de formación en alternancia
La transformación en indefinidos de los contratos formativos, cuando estos finalicen, y de los contratos de relevo
La contratación indefinida o la incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de las personas que desarrollen formación práctica en las empresas, por parte de dicha empresa
La contratación de personal investigador bajo la modalidad de contrato predoctoral
Los contratos indefinidos a jóvenes menores de 30 años con baja cualificación y que sean beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil darán derecho a una bonificación en la cotización de 275 euros/mes, durante tres años.

Finalmente, la incorporación de personas trabajadoras desempleadas como socias trabajadoras o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales será también objeto de bonificación para favorecer el empleo en la economía social.

¿Qué empresas pueden beneficiarse de las ayudas a la contratación?
La aplicación de los beneficios en las cotizaciones sociales se dirige a empresas u otros empleadores, personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, sociedades laborales o cooperativas por la incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo, y entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro.

En cualquier caso, es obligatoria su inscripción en el sistema de la Seguridad Social en su condición de sujetos responsables del ingreso de cuotas y también deben cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 8 del Real Decreto-ley.

Asimismo, en relación al contrato indefinido bonificado, deberán mantener a la persona en situación de alta, o asimilada a la de alta con obligación de cotizar, en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, al menos 3 años desde su fecha de inicio.

¿Cuándo entrarán en vigor estas medidas?
Con carácter general, el Real Decreto-ley entrará en vigor el 1 de septiembre de 2023. No obstante, algunos artículos ya están en vigor y otros lo estarán antes de esa fecha, según establece la disposición final decimotercera.

Durante el cuarto trimestre el total de deudores concursados aumentó más del 86% respecto al año anterior.

Durante el cuarto trimestre el total de deudores concursados aumentó más del 86% respecto al año anterior.

13/02/2023 Registradores

En el cuarto trimestre de 2022 el número de deudores concursados alcanza la cifra de 5.544, lo que supone un aumento del 86,4% respecto al mismo período del año anterior, y un 78,4% respecto al trimestre anterior.

Por tipo de concurso, son voluntarios 4.148 (un 182,9% más que en el cuarto trimestre de 2021), consecutivos 1.361 (un 9,4% menos), y necesarios 35 (cuatro veces más que en el cuarto trimestre de 2021[1]). Por clase de procedimiento, los concursos exprés y sin masa (apertura y cierre simultáneos del mismo por insuficiencia de masa activa, y aperturas de concursos sin masa), han aumentado un 69%, mientras que los abreviados lo han hecho en un 11,5%, y los ordinarios a su vez un 21,1%.

Deudores concursados según naturaleza jurídica del concursado, tipo de concurso y clase de procedimiento. 4º Trimestre 2022.

Evolución de la tasa trimestral

Para contribuir al análisis e interpretación de los datos, el gráfico siguiente muestra la variación del número de deudores concursados entre el cuarto y el tercer trimestre del año a lo largo de los últimos seis años. En 2022 esta tasa ha sido del 78,4%.

Empresas concursadas por naturaleza jurídica y tramo de volumen de negocio

De los 5.544 deudores concursados en el tercer trimestre, 1.137 son empresas personas jurídicas, 4.407 son personas físicas [1], lo que supone el 20,5%, 79,5% respectivamente, del total de deudores.

El número de empresas personas jurídicas concursadas aumenta tan sólo un 1% en el cuarto trimestre de 2022 respecto al mismo periodo del año pasado.

Según la forma jurídica, el 91,6% de las empresas concursadas son Sociedades de Responsabilidad Limitada.

El 49,3% de las empresas concursadas se encuentra en el tramo más bajo de volumen de negocio (hasta 250.000 euros) y son, principalmente, Sociedades de Responsabilidad Limitada

EMPRESAS concursadas por forma social y tramo de volumen de negocio.

4º Trimestre 2022.

Empresas concursadas por actividad económica y tramo de asalariados

El 23,8% de las empresas concursadas tienen como actividad económica principal el Comercio, el 14,6% la Construcción, y el 12,2% la Industria manufacturera.

En cuanto al número de asalariados, el 53,6% del total de empresas concursadas tiene menos de seis. Y, entre éstas, el 46% no tiene asalariados.

EMPRESAS concursadas por tramo de asalariados y actividad económica principal.

4º Trimestre 2022.

Empresas concursadas por antigüedad

El 21,8% del total de empresas concursadas en el cuarto trimestre tiene una antigüedad de 20 o más años. Por otra parte, el 48,1% tiene ocho o menos años de antigüedad.

Por sectores, en el Comercio, el 23,2% tiene veinte o más años de antigüedad, y el 46,9% ocho o menos. Por su parte, en Actividades profesionales, el 51,6% de las concursadas tiene ocho o menos años de antigüedad.

EMPRESAS concursadas por antigüedad y actividad económica principal.

4º Trimestre 2022.

Resultados por comunidades autónomas

Las comunidades autónomas con mayor número de deudores concursados en el cuarto trimestre de 2022 son Cataluña (1.358), Comunidad de Madrid (1.000) y Comunidad Valenciana (744), concentrando entre las tres el 56% del total de deudores concursados.

Deudores concursados según tipo de concurso y clase de procedimiento.

4º Trimestre 2022.

Navarra es la única comunidad autónoma que registra un decremento anual en el cuarto trimestre (19,4%); y Murcia, La Rioja, Extremadura y Cantabria los mayores incrementos (322,2%, 300,0%, 260,9% y 260,0% respectivamente).

Revisiones y actualizaciones de datos

Los datos del cuarto trimestre de 2022 son provisionales y se revisarán cuando se difundan los del mismo periodo del año próximo. Es decir, cuando se publiquen los datos del cuarto trimestre de 2023, se difundirán los definitivos del mismo trimestre de 2022.

Nota sobre las diferentes moratorias concursales motivadas por la pandemia

El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, en su artículo 43, procedió a suspender temporalmente el deber de solicitar la declaración de concurso por el deudor insolvente (mientras estuviere vigente el estado de alarma), a la vez que, también de forma temporal (durante el estado de alarma, hasta transcurrir dos meses a contar desde la finalización de este), se preveía la inadmisión a trámite de las solicitudes de concurso necesario. La norma fue derogada por otra posterior, Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, que extendía sus efectos hasta el 31 de diciembre de 2020. Posteriormente por medio de la Disposición Final Décima (tercer punto) del Real Decreto-Ley 34/2020, de 17 de noviembre, esta extensión se prorrogó hasta el 14 de marzo de 2021. En 2021, el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, en su apartado cuarto de la Disposición final séptima, habilitó una nueva prórroga hasta el 31 de diciembre de 2021. Y con posterioridad, el Real Decreto-ley 27/2021, de 23 de noviembre, por el que se prorrogan determinadas medidas económicas para apoyar la recuperación, se habilitaba una nueva moratoria hasta el pasado 30 de junio. Por tanto, los datos de concursos necesarios de este cuarto trimestre ya reflejan el levantamiento de la moratoria concursal.

Nota: Las tablas completas, así como el informe metodológico estandarizado y la metodología se pueden descargar en el siguiente enlace del Portal Estadístico Registral en la web del Colegio de Registradores: https://www.registradores.org/actualidad/portal-estadistico-registral/estadisticas-concursales


[1] Este aumento puede estar influido por el levantamiento de la moratoria concursal el pasado 30 de junio; moratoria establecida en sucesivos Reales Decretos aprobados a lo largo de 2020 y 2021, que suponían la inadmisión a trámite de las solicitudes de concurso necesario. Ver nota al final para más información.

[2] Con la entrada en vigor el pasado 17 de agosto de la Ley Orgánica 7/2022, de 27 de julio, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en materia de Juzgados de lo Mercantil, se establece que los Juzgados de lo Mercantil conocerán de cuantas cuestiones sean de la competencia del orden jurisdiccional civil en materia de concurso de acreedores, cualquiera que sea la condición civil o mercantil del deudor, por lo que salvo indicación explícita en los autos correspondientes (muy poco frecuente) se hace imposible diferenciar entre personas físicas con y sin actividad empresarial.

El primer IPC de enero vuelve a subir, con la inflación subyacente disparada

El primer IPC de enero vuelve a subir, con la inflación subyacente disparada

15 febrero, 2023 USO

El primer dato de inflación de 2023 es de subida, 5,9 %, con algunos alimentos contenidos, pero otros que siguen encareciéndose

La inflación subyacente se dispara al 7,5 %, casi triplicando la subida salarial del 2,81 %

2023 comienza con una nueva subida del IPC, hasta el 5,9 %, tras la bajada iniciada en julio del año pasado desde el récord de 10,8 %. La ropa y el transporte lideran la subida este mes. Y, aunque la alimentación baja ligeramente, en las estadísticas mensuales comienzan a repuntar de nuevo algunos grupos, como el pescado.

Sigue disparada la inflación subyacente, que en diciembre pasó por primera vez por encima del IPC general y ahora se sitúa en 7,5 %. Esto es prácticamente tres veces la subida salarial media con la que terminó el año, 2,81 %.

“En España nos hemos empobrecido y nos seguimos empobreciendo mes a mes. Todas las estadísticas internacionales sitúan a nuestro país a la cola en la pérdida de rentas. De hecho, la OCDE destaca que, frente a una leve recuperación general, España ha perdido casi el 8 % de poder adquisitivo. Esto solo se recupera con una negociación colectiva fuerte y subida salarial”, pide Joaquín Pérez, secretario general de USO.

Además, las subidas “siguen dándose en productos imprescindibles para las familias. No es ni puede ser un lujo comer alimentos frescos ni calentar la casa en pleno invierno. La especulación con la alimentación tiene que ser perseguida porque la contención de los impuestos no está llegando a los bolsillos”, añade Joaquín Pérez.

El secretario general de USO, por último, llama la atención sobre la subida constante de la inflación subyacente porque “es la inflación que viene para quedarse, la que se cronifica, y un país con una subida salarial media de menos del 3 % no puede asumir una inflación permanente de más del 7 %”.

Hacienda aprueba la Orden que establece el listado de países, territorios y regímenes fiscales considerados paraísos fiscales

Publicación en el BOE

Hacienda aprueba la Orden que establece el listado de países, territorios y regímenes fiscales considerados paraísos fiscales


Hacienda y Función Pública – 10.2.2023

El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha aprobado la Orden por la que se determinan los países y territorios, así como los regímenes fiscales perjudiciales, que tienen la consideración de jurisdicciones no cooperativas.

Con esta Orden se actualiza el llamado listado de ‘paraísos fiscales’ y se cumple con lo establecido en la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Esta Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Con la finalidad de combatir más eficientemente el fraude fiscal, la citada Ley amplió el concepto de ‘paraíso fiscal’, adecuándolo al concepto internacional de jurisdicción no cooperativa, y fijó nuevos factores a tener en cuenta.

Esto implica una actualización de los criterios para la determinación de los países y territorios que tienen la consideración de jurisdicción no cooperativa, en línea con los trabajos desarrollados en el ámbito internacional, tanto en el marco de la Unión Europea como en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

Con ello se mejora la eficiencia en la lucha contra el fraude, la evasión fiscal y el blanqueo de capitales.

Nuevos criterios
Así, la Ley exige que se atienda a criterios no sólo de transparencia, sino también de equidad fiscal, identificando aquellos países y territorios caracterizados por facilitar la existencia de sociedades extraterritoriales dirigidas a la atracción de beneficios sin actividad económica real o por la existencia de baja o nula tributación, o bien por su opacidad y falta de transparencia, por la inexistencia con dicho país de normativa en materia de intercambio de información tributaria, por la ausencia de un efectivo intercambio de información con España o por los resultados de las evaluaciones realizadas por el Foro Global sobre la efectividad de los intercambios de información con dichos países y territorios.

Estos criterios, valorados de manera conjunta, son los que permiten actualizar la vigente lista de países y territorios, contemplada en el Real Decreto 1080/1991.

En esa lista publicada hace más de 30 años aparecían inicialmente 48 territorios, aunque a lo largo de los años se ha ido reduciendo a medida que se han firmado acuerdos específicos de intercambio de información o convenios para evitar la doble imposición con cláusula de intercambio de información. Ello demuestra que estos listados han sido efectivos para incentivar la colaboración fiscal entre Administraciones Tributarias.

Revisión de la lista
La lista que hoy sale publicada en el BOE se revisará a la vista de las actualizaciones internacionales y de los desarrollos y avances nacionales.

En particular, conciliándolo con el resto de los criterios, es importante tener en cuenta en la configuración de la lista qué países y territorios están intercambiando de forma efectiva información tributaria con España, puesto que la publicación de la lista debe operar como incentivo para intensificar esa colaboración entre países.

De esta forma, el establecimiento de listas es un instrumento adecuado para promover la transparencia y tributación justa. Y se ha demostrado, tanto a nivel nacional como internacional, que esta publicación constituye un incentivo para conseguir el intercambio de información fiscal con países y territorios con los que antes resultaba más complicado.

El listado
En la orden publicada en el BOE tienen la consideración de jurisdicciones no cooperativas los siguientes países y territorios, así como los siguientes regímenes fiscales perjudiciales:

Anguila
Bahréin
Barbados
Bermudas
Dominica
Fiji
Gibraltar Guam
Guernsey
Isla de Man
Islas Caimán
Islas MalvinaIslas Marianas
Islas Salomón
Islas Turcas y Caicos
Islas Vírgenes Británicas
Islas Vírgenes de Estados Unidos de América
Jersey
Palaos
Samoa, por lo que respecta al régimen fiscal perjudicial (‘offshore business’)
Samoa Americana
Seychelles
Trinidad y Tobago
Vanuatu

El TSJ de Madrid avala el plan urbanístico Madrid Nuevo Norte

Martes, 14 de febrero de 2023

El TSJ de Madrid avala el plan urbanístico Madrid Nuevo Norte
La Sala de lo Contencioso-Administrativo desestima en su integridad los recursos interpuestos por diferentes asociaciones, particulares y empresas contra los acuerdos de la Comunidad de Madrid que aprobaban definitivamente el macro proyecto.

Autor Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado los nueve recursos interpuestos por diferentes asociaciones, empresas y particulares (entre otros Ecologistas en Acción, la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid, Muñoyerro Desarrollos Urbanos y Propiedades Chamartín S.A.) contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 25 de marzo de 2020, que aprobó definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de la capital en relación a la Prolongación de la Castellana y la Colonia Campamento, lo que supone, a la espera del recurso de casación ante el Tribunal Supremo, el aval a la ordenación urbanística del espacio denominado Madrid Nuevo Norte.

Los demandantes solicitaban, en primer lugar, que se declarase nulo y se dejasen sin efecto los acuerdos adoptados por la Comunidad de Madrid cuando modificó el Plan General de Ordenación Urbana de 1997, ya que, según su criterio, era una medida llamada a encubrir una revisión del planeamiento urbanístico de la ciudad que se fraguó, además, decían, vulnerándose el principio del procedimiento.

Simultáneamente, solicitaban la nulidad radical del acuerdo por haber sido fruto de un pacto previo entre ADIF/DCN y el Ayuntamiento de Madrid, algo prohibido en virtud de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid (LSCM); además, también, porque según su opinión, el plan altera el equilibrio entre edificabilidad y cantidad y calidad de las dotaciones, adolece de la adecuada consideración de alternativas de desarrollo urbanístico en su tramitación y evaluación ambiental, o que se aprovecha urbanísticamente de los suelos actualmente afectados al dominio público ferroviario al colocar sobre ellos una enorme losa de hormigón en la que se implantará la mayor parte de las zonas verdes del desarrollo.

Así las cosas, los magistrados desestiman todas y cada una de las alegaciones presentadas por los demandantes, empezando por la primera, al considerar que la alteración urbanística llevada a cabo mediante la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana “siguió el procedimiento adecuado”, al tratarse de una “mera modificación del planeamiento vigente y no de una revisión del PGOUM de 1997”.

“La elección del procedimiento tramitado -dice la resolución-, está justificada de conformidad con lo dispuesto en los artículos 67.1, 68.1 y 69.1 de la LSCM, en primer lugar porque su ámbito territorial, que se circunscribe en su ordenación a dos áreas de planeamiento previas (el APR 08.03 “Prolongación de la Castellana” y el APE 05.27 “Colonia Campamento), en absoluto coincide con el de la integridad del espacio territorial del municipio de Madrid, constituyendo tan solo un espacio territorial muy reducido del municipio, teniendo en cuenta la dimensión global del territorio municipal”.

Y en segundo lugar, porque la modificación cuestionada “no supone un cambio de tal magnitud que afecte de manera tal a la ordenación global del POGOUM de 1997que haga necesario su total replanteamiento, incluso de la forma parcial que pretende el demandante”. “La alteración de los elementos de la ordenación estructurante que entraña –avanza la sentencia-, no suponen, en modo alguno, una modificación del modelo territorial adoptado, cuya concurrencia se exige tanto en el artículo 68.3 de la LSCM como en el artículo 154 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico (RPU)”.

‘Se mantienen los objetivos de regeneración’

Para finalizar su respuesta a la primera alegación de los demandantes, los magistrados señalan que “en la actuación de regeneración urbana que lleva a cabo la medida adoptada, se mantienen los objetivos de regeneración y rehabilitación urbana, de cosido urbano para cerrar la cicatriz generada por las infraestructuras en el tejido de la ciudad y, en definitiva, de integración de las infraestructuras ferroviarias en ésta, respecto de lo contemplado en el PGOUM de 1997, incluida la modificación del año 2002”.

La actual modificación –precisa la resolución-, no altera la clasificación del suelo; no conlleva un incremento significativo de la edificabilidad para actividades económicas; prevé una superficie edificable destinada a viviendas de protección en torno al 20,78 por ciento, cuando en el planeamiento general precedente no se establecía una reserva mínima para este régimen de vivienda; integra una estructura ferroviaria con la construcción de una nueva estación intermodal que no supone un cambio en el modelo urbano de la ciudad de madrid, ya que se contemplaba en el PGOUM de 1997 y su puesta en marcha tampoco supone un incremento de la población en el término municipal de madrid superior al 20 por ciento.

En relación a la segunda de las alegaciones, los magistrados aseguran que “la intervención de DCN, beneficiario de los aprovechamientos urbanísticos de ADIF, que reconoce la propia introducción de la modificación recurrida y que condujo a la elaboración del documento de bases de 2017, no determina que nos encontremos en modo alguno ante un convenio de planeamiento, posteriormente materializado en la modificación”.

Los jueces afirman que “no podemos deducir la existencia de desviación de poder o de actuación arbitraria en la aprobación de la modificación, porque basta con acudir a los antecedentes de planeamiento para advertir las razones de la necesaria y obligada colaboración de las administraciones en la ejecución y desarrollo del nuevo ámbito urbanístico, que no queda desdibujado por la integración de la empresa privada en la ejecución definitiva del mismo”.

Y añaden: “Aún cuando a efectos dialécticos pudiera entenderse que materialmente, que no formalmente, el alcance del acuerdo entre DCN y el Ayuntamiento pudiera tener una relación directa con la modificación del Plan General, y que ésta tuviera una concordancia con los puntos que en la misma se recogen, su eventual consideración como convenio de planeamiento no determinaría por sí mismo la nulidad de la modificación, pues tal hecho no significaría que la plasmación en el instrumento urbanístico fuera realizado contraviniendo el interés general”.

En cuanto a la alegación referida al aprovechamiento de los suelos actualmente afectados al dominio público ferroviario y a la colocación de una enorme losa de hormigón en la que se implantará la mayor parte de las zonas verdes del desarrollo, la Sala sostiene que “el nuevo suelo que genera el cubrimiento del sistema ferroviario resulta inscribible, de conformidad con el Real Decreto 1.1 1093/1997, sobre la inscripción en el registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística.”

Por lo tanto, los magistrados desestiman la alegación planteada al no incurrirse en infracción ni en desviación de poder, “encontrándose legal y urbanísticamente justificado el tratamiento que en la ordenación se atribuye a la llamada ‘losa’ de los suelos ferroviarios”.

Los concursos de acreedores de sociedades inscritas aumentan el 12,6% frente al mismo mes del año anterior.

Los concursos de acreedores de sociedades inscritas aumentan el 12,6% frente al mismo mes del año anterior.

09/02/2023 Registradores

El Colegio de Registradores informa sobre la evolución de la actividad del Registro Mercantil en enero, como avance sobre el informe trimestral.

Constituciones

Las constituciones en enero se incrementan el 14,9%, continuando la recuperación observada en el tercer cuatrimestre del año que alternó datos mensuales positivos y negativos, después de cinco meses de caídas consecutivas. Se han creado 9.470 empresas, frente a las 8.241 del mismo mes del año anterior. Las CC.AA. de Andalucía, Cataluña y Madrid, constituyeron conjuntamente casi seis de cada diez empresas creadas.

En enero aumentó la creación de empresas en la mayoría de los territorios, sobre todo en La Rioja, Asturias, Baleares, Castilla-La Mancha y Cataluña, con incrementos por encima del 20%.

Ampliaciones de capital

Las operaciones de ampliación de capital inscritas en los RR.MM. se han incrementado en enero el 8,1%. A excepción del mes de diciembre, en que cayeron el 2,3%, se observan cinco meses consecutivos de crecimientos, mejorando significativamente los datos negativos observados en el primer semestre de 2022.

Por Comunidades Autónomas, destacan por su mayor volumen, Madrid con 1.060 ampliaciones, un 21,4% más que en 2022 y Cataluña con 682, un ligero 0,7% más. Globalmente, se han incrementado más en las Cuidades Autónomas de Ceuta y Melilla, Extremadura, Cantabria, Castilla y León, y Navarra.

Concursos de acreedores

Los concursos de acreedores, en este avance de enero, fueron 367, con un incremento del 12,6% sobre el mismo mes de 2022, con fuerte influencia de Madrid, Cataluña y la Comunidad Valenciana, que conjuntamente muestran más de siete de cada diez concursos presentados.

Durante 2022, los concursos de acreedores mostraron altibajos en los datos hasta junio, destacando el importante descenso del 16,8% en abril. En junio finalizó la moratoria concursal, que ha marcado la tendencia real en los últimos meses con incrementos significativos, destacando el aumento del 42,2% en el cuarto trimestre. Los datos más moderados del mes de enero parecen mostrar una desaceleración del efecto de la moratoria que se tendrá que confirmar en los próximos meses.

En cuanto a su distinción entre concursos voluntarios y necesarios, los primeros sumaron 254 inscripciones en enero, 12,4% de incremento sobre enero de 2022, mientras los necesarios fueron 113, con un incremento anual del 13,0%.

CEOE considera necesario impulsar la flexibilidad en el cumplimiento de los hitos de los fondos europeos y en el marco europeo de ayudas de Estado

CEOE considera necesario impulsar la flexibilidad en el cumplimiento de los hitos de los fondos europeos y en el marco europeo de ayudas de Estado

Madrid, 7 de febrero de 2023

La Oficina de Proyectos Europeos de CEOE ha elaborado su cuarto informe de seguimiento de los Fondos Europeos Next Generation EU, en el que se concluye que, si bien España se sitúa a la cabeza en la recepción de fondos transferidos por la UE, es necesario trasladar la misma velocidad en la llegada de fondos a la economía real.

Concretamente, España ha recibido 31.000 millones de fondos en concepto de subvenciones del total del Plan que, incluyendo la Adenda al Plan de Recuperación prevista, engloba una cantidad total de 164.000 millones de euros.
Sin embargo, a nivel de ejecución, los datos oficiales del 20 de diciembre de 2022 señalan que se ha producido un despliegue de 22.000 millones de euros en convocatorias hasta la fecha, con datos de la Administración General del Estado (AGE). Más aún, de esta cantidad, solo 9.500 millones de euros están destinados al sector privado, alrededor de un 43% del total.

Esta situación es especialmente preocupante en tanto que el año 2023 va a ser clave para la ejecución de los PERTES. Dicho de otro modo, este año debe ser el de la consolidación de la mayor adjudicación de fondos de la historia de España.

Por ello, insistimos en que las grandes líneas de ayudas para proyectos tractores, englobadas en los PERTES y de impacto transformador, deben terminar de aterrizar en el sector privado.

En este sentido, es imprescindible seguir aumentando el ritmo en la publicación y resolución, especialmente en ciertos sectores vinculados con la autonomía estratégica de España.

Adicionalmente, las empresas (grandes, pymes y autónomos) necesitan mayor flexibilidad en el acceso a las convocatorias, así como un esfuerzo adicional del sector público para eliminar la burocracia y reforzar la agilidad administrativa.

En concreto, observamos que existe margen de maniobra para incentivar la participación de las pymes en las convocatorias de proyectos plurales y variados (grandes empresas, pymes, universidades, centros…) frente a las ayudas para proyectos individuales.

Finalmente, dentro de esta visión global, consideramos importante avanzar en la publicación de información actualizada por parte del Gobierno sobre los datos reales de llegada de fondos a la economía real, al estilo de países como Portugal.

Mayor flexibilidad en el cumplimiento de los hitos

El informe resalta también que, aunque muchos de los hitos de inversiones dentro del ‘Plan España Puede’, especialmente los PERTES, tienen un alto impacto transformador en la economía, al mismo tiempo presentan unos procedimientos de puesta en marcha complejos, que generan procedimientos administrativos y empresariales largos.

Por ello, consideramos necesario poder flexibilizar algunos de los hitos de inversiones del Plan, para que puedan iniciarse antes de 2026, pero su finalización pueda prolongarse varios años.

La oportunidad de la Adenda

Por otro lado, la Adenda al Plan de Recuperación aún pendiente de resolución supone una nueva oportunidad para mejorar y agilizar la gestión de los fondos europeos.

Insistimos también en apostar, en este marco, por el desarrollo eficiente de proyectos estratégicos y por el refuerzo de la autonomía estratégica (española y europea) en las áreas de energía, agroalimentación, industria, tecnología y digitalización.

Creemos importante flexibilizar las condiciones de acceso de las empresas a las convocatorias, especialmente en los casos de pymes y autónomos para los consorcios de los PERTES. Por ejemplo, rebajando las exigencias de garantías.

Entendemos que es importante reforzar la colaboración con el sector financiero para asegurar la máxima celeridad y capilaridad de las ayudas; y consideramos necesario incorporar incentivos fiscales con cargo a los fondos europeos, como ya hacen otros países como Francia, Portugal, Italia o Dinamarca.

Marco europeo de ayudas de Estado

Finalmente, es importante tener presente que los fondos europeos que recibe España tienen la consideración, en la práctica totalidad de las inversiones, de ayudas de Estado.

Por lo tanto, quedan sometidas al régimen de notificación ex ante de ayudas de Estado de la UE, un marco que entendemos debería flexibilizarse dado el momento en el que nos encontramos, respetando siempre el mercado interior.

Por otro lado, la Unión Europea debería hacer más sencillos los trámites de comunicación de las ayudas de Estado, así como agilizar los aspectos burocráticos en la gestión de los Planes nacionales.

Por último, estamos comprometidos con que España refuerce su presencia en los Proyectos Importantes de Interés Común Europeo (IPCEIS), como ha quedado acreditado últimamente con la presencia de España en el IPCEI de hidrógeno.

Visión sectorial: rehabilitación de viviendas y edificios

Asimismo, el informe recoge un análisis de los fondos destinados a la rehabilitación de viviendas y edificios. Dicho estudio concluye que desde los distintos niveles de la Administración Pública se debería reforzar la labor de información y didáctica acerca de los programas de rehabilitación. De igual forma, en relación a la presentación de solicitudes de ayuda, el procedimiento es complejo, aspecto que desanima a potenciales beneficiarios, particularmente a comunidades de propietarios.

Además, de cara a la Adenda, una de las propuestas es la aceleración del ritmo de rehabilitación de viviendas y su industrialización (construcción sostenible, verde y circular), a través de la creación de una línea de apoyo de préstamos a tipo cero o concesional, dirigido a la financiación de proyectos de rehabilitación energética. Todo ello debería llevarse a cabo con la colaboración de las entidades financieras.

El Gobierno aprueba el Anteproyecto de Ley de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles

El Gobierno aprueba el Anteproyecto de Ley de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles

14/02/2023

Ministerio de Justicia

Entre los objetivos de la norma está establecer un marco jurídico armonizado con los socios de la UE para mejorar la transparencia, la seguridad jurídica y la agilidad de las operaciones de modificación estructural de las empresas.

También consolida los derechos de socios, acreedores y trabajadores de las empresas involucradas.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Justicia que dirige Pilar Llop, el Anteproyecto de Ley de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles. Con esta nueva norma se transpone la Directiva (UE) 2019/2121 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 en lo que atañe a las transformaciones, fusiones y escisiones transfronterizas de empresas.

Entre los objetivos del anteproyecto está establecer un marco jurídico armonizado con los socios de la UE para mejorar la transparencia en este tipo de operaciones; consolidar los derechos de socios, acreedores y trabajadores de las empresas involucradas; y obliga a publicitar este tipo de procedimientos; así como a proteger y a dar seguridad a acreedores y trabajadores antes de que se inicie el procedimiento.

La nueva norma también facilita y simplifica el trabajo jurídico a la hora de analizar las operaciones de modificación estructural de sociedades mercantiles en operaciones internas europeas y extraeuropeas; fomenta el diálogo social; y contempla los intereses de todas las partes interesadas.

La trasposición de esta directiva está alineada con la libertad de establecimiento para la sociedades y empresas; y constituye uno de los principios fundamentales del Derecho europeos recogido en los artículos 49 y 54 del Tratado de Funcionamiento de la UE.

Además, comprende tanto la creación como la administración de las sociedades en las condiciones fijadas por la legislación del correspondiente Estado miembro, así como su movilidad intraeuropea. Según contempla la nueva norma, esta movilidad dentro de la UE ha de ser promovida con el fin de mejorar el funcionamiento del mercado interior, en el marco creciente de internacionalización de los operadores económicos.

?Para abordar la norma, se ha integrado todo el régimen de modificaciones estructurales, internas y transfronterizas, en un marco normativo único, extendiendo el régimen de las operaciones intraeuropeas, en la medida de lo posible, a las operaciones internas para evitar asimetrías y diferencias, que en su caso pudieran favorecer un riesgo de búsqueda de una jurisdicción de conveniencia en un ámbito interno y transfronterizo.

El teléfono de ayuda 017 del Gobierno atendió más de 67.000 consultas sobre ciberseguridad en 2022

14 febrero 2023

El teléfono de ayuda 017 del Gobierno atendió más de 67.000 consultas sobre ciberseguridad en 2022

Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Este servicio, financiado con fondos europeos del Plan de Recuperación, alcanza la cifra de 184.199 consultas desde su puesta en marcha hace 3 años.
Los fraudes online relacionados con phishing, smishing y extorsión, y la privacidad y reputación en las redes sociales e Internet, son los temas que más preocupan a sus usuarios.

El Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE), entidad dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, ha atendido más de 67.000 consultas durante 2022 en su teléfono de ayuda 017 y sus diferentes canales de contacto de WhatsApp, Telegram y formulario web. En concreto, 44.331 se gestionaron por vía telefónica, 17.014 a través de los canales de chat y 5.977 mediante correo electrónico.
El 017 es un servicio, gratuito y confidencial, financiado con fondos europeos del Plan de Recuperación, que está disponible en horario de 8 de la mañana a 11 de la noche, los 365 días del año. Está gestionado por profesionales que ofrecen asesoramiento técnico, psicosocial y legal, dependiendo de la temática de cada consulta y dirigido a las empresas y a la ciudadanía haciendo especial hincapié en los menores. En 2023 este servicio seguirá incrementando sus capacidades para aumentar el número de beneficiarios a los que puede diariamente.
Desde que se puso en marcha este número corto de ayuda en ciberseguridad, en febrero de 2020, el servicio ha atendido más de 184.000 consultas, de las cuales más de 113.000 son de usuarios preocupados por su ciberseguridad. Así, se ha alcanzado un promedio de más de 1.295 consultas semanales a lo largo de 2022. La mitad recibieron ayuda preventiva (resolviendo dudas) y la otra mitad asesoramiento reactivo (ya habían sido víctimas de un incidente), con una pequeña proporción que contactó para recibir información en ciberseguridad.

Consultas de menores y su entorno

Entre los menores y su entorno (padres y educadores) destaca la creciente preocupación por la privacidad y reputación en las redes sociales e Internet (32,4%), los fraudes online (14%) y el ciberacoso escolar (10,1%). Completan el ranking: el sexting, la protección de dispositivos, los contenidos perjudiciales y la mediación parental, entre otras temáticas.

Por otro lado, casi la mitad de las consultas (un 46%), las realizaron las familias, seguidas de los adolescentes de 12 a 18 años (21%), y de los educadores, con un 11%. El resto de dudas procedieron de profesionales del ámbito del menor y otros colectivos.

Consultas de la ciudadanía

Entre la ciudadanía, los tres temas que más les preocuparon durante 2022 han sido: los fraudes online relacionados principalmente con phishing y smishing (19,1%), la suplantación de identidad (11,8%) y otras estafas relacionadas con ella (10,9%). Además, completan la lista: el vishing (llamadas fraudulentas), la intrusión y la privacidad, entre otras.

Consultas de empresas

Las empresas recurrieron a este servicio para preguntar dudas sobre phishing, smishing o extorsión (20,8%), el Business Email Compromise, BEC, o del fraude del CEO (15,3%) y la concienciación de los empleados y las buenas prácticas en ciberseguridad (12,5%). Completan la lista de los temas más recurrentes: las llamadas fraudulentas, tanto de extorsión, como de estafas; el ciberataque tipo ransomware; la suplantación en redes sociales y los asuntos legales, entre otras.

Finalmente, el 33% de las consultas se centraron en los servicios profesionales, seguido en menor medida por el comercio minorista (11%), la industria (3%) y la educación (3%). Otros sectores con preocupaciones sobre ciberseguridad fueron la Administración, el ocio, las asociaciones, la salud, el comercio mayorista, las empresas de ciberseguridad, la logística y la construcción.

Qué es INCIBE
El Instituto Nacional de Ciberseguridad es una entidad dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, consolidado como entidad de referencia para el desarrollo de la ciberseguridad y de la confianza digital de los ciudadanos y las empresas. Además, es un motor de transformación.

Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-555/21 | UniCredit Bank Austria

Luxemburgo, 9 de febrero de 2023

Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-555/21 | UniCredit Bank Austria

El derecho del consumidor a gozar de una reducción del coste total del crédito en caso de reembolso anticipado de su crédito inmobiliario no incluye los gastos que no dependen de la duración del contrato

Por lo tanto, el consumidor solo podrá reclamar una reducción de los intereses y de los gastos dependientes de la duración del crédito

Verein für Konsumenteninformation (VKI), una asociación para la protección de los intereses de los consumidores, impugna ante los órganos jurisdiccionales austriacos una cláusula tipo utilizada por UniCredit Bank Austria en sus contratos de crédito inmobiliario relativa al reembolso anticipado del crédito por parte del consumidor. Según esta cláusula, en ese supuesto, los intereses y los gastos dependientes de la duración del crédito se reducirán proporcionalmente, mientras que «los gastos de tramitación que no dependen de la duración del crédito no se reembolsarán, ni siquiera proporcionalmente».

VKI considera que los gastos que no dependen de la duración del crédito deben también reducirse proporcionalmente. A este respecto, invoca la Directiva 2014/17 sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial. Esta obliga a los Estados miembros a velar por que el consumidor goce del derecho de liquidar total o parcialmente las obligaciones derivadas del contrato de crédito antes de la fecha de expiración de este. Establece que, en tal caso, el consumidor tiene derecho a una reducción del coste total del crédito que comprenderá los intereses y costes correspondientes al tiempo de contrato que quede por transcurrir.

El Tribunal Supremo de lo Civil y Penal austríaco ha preguntado al Tribunal de Justicia al respecto. Desea saber si la Directiva 2014/17 se opone a una normativa nacional que establece que el derecho del consumidor a la reducción del coste total del crédito en caso de reembolso anticipado de este solo incluye los intereses y gastos que dependen de la duración del contrato.

El Tribunal de Justicia responde a esta cuestión prejudicial que la Directiva 2014/17 no se opone a una normativa de esa índole.

En efecto, según el Tribunal de Justicia, el derecho a reducción controvertido pretende adaptar dicho contrato en función de las circunstancias del reembolso anticipado. Ese derecho no incluye, por tanto, los gastos que, con independencia de la duración del contrato, corran a cargo del consumidor en favor del prestamista o de terceros en concepto de prestaciones que ya hayan sido ejecutadas íntegramente cuando tenga lugar el reembolso anticipado.

Sin embargo, para proteger a los consumidores de abusos, corresponde a los órganos jurisdiccionales nacionales velar por que los gastos que se impongan al consumidor con independencia de la duración del contrato de crédito no constituyan objetivamente una remuneración del prestamista por la utilización temporal del capital objeto de dicho contrato, o por prestaciones que aún deban prestarse al consumidor en el momento del reembolso anticipado. A este respecto, el prestamista está obligado a acreditar el carácter recurrente o no de los gastos de que se trate

Raquel Sánchez acuerda con la Junta de Andalucía impulsar la construcción de 1.039 viviendas para alquiler asequible y social

En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Raquel Sánchez acuerda con la Junta de Andalucía impulsar la construcción de 1.039 viviendas para alquiler asequible y social


Transportes, Movilidad y Agenda Urbana – 9.2.2023

La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, ha formalizado con la Junta de Andalucía un acuerdo para la construcción de 1.039 viviendas públicas en alquiler social o asequible en edificios energéticamente eficientes.

Las actuaciones cuentan con una aportación por parte de Mitma de más de 50 millones de euros que se financiarán con cargo a los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Las promociones se levantarán en régimen de colaboración público-privada a través de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA) en el ámbito de seis municipios: (Jerez de la Frontera (Cádiz), San Roque (Cádiz), Granada, Huelva, Lepe (Huelva) y Algarrobo (Málaga).

En su intervención, Raquel Sánchez ha reiterado su apuesta por garantizar el acceso a la vivienda, y ofrecer así «esperanza y una mejor calidad de vida» a la ciudadanía. En este sentido, ha recordado que la vivienda «es una de las piedras angulares» de la acción política del Ministerio que dirige, así como su objetivo de incrementar el parque público para alquiler asequible.

«Debemos asegurar la función social de la vivienda, atender las necesidades más urgentes y proteger y ampliar la vivienda pública, que es el gran agujero negro de nuestro mercado inmobiliario», ha remarcado, recordando que ese es el objetivo de la futura ley de Vivienda.

Casi 3.500 viviendas en Andalucía en 2026

Tal y como ha explicado, las 1.039 nuevas viviendas tendrán que estar terminadas antes de julio de 2026. Según ha destacado la ministra, a lo largo de dicho periodo se prevé edificar en Andalucía un total de 3.474 viviendas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que contempla una dotación de 1.000 millones de euros de los fondos europeos para financiar la construcción de 20.000 viviendas en alquiler social o asequible en toda España.

En este contexto, ha asegurado que ya se ha alcanzado el 47% de ese objetivo en la comunidad andaluza, ya que, si se suman las actuaciones del acuerdo firmado hoy y el de antes de las Navidades para la promoción de otras 597 viviendas, el resultado son 1.636 viviendas.

De hecho, la ministra ha destacado que el programa avanza a muy buen ritmo en todo el país y ha avanzado que antes de primavera se habrá firmado con las CCAA, Ceuta y Melilla todos los acuerdos para la construcción de las 20.000 viviendas comprometidas en el marco del Plan de Recuperación. Asimismo, ha asegurado que, a lo largo del año, estarán licitados todos los proyectos y los derechos de superficie o concesiones demaniales que se decidan.

Plan de Vivienda en Alquiler Asequible

Estas 20.000 viviendas también forman parte del Plan de Vivienda en Alquiler Asequible (PVAA) puesto en marcha para garantizar la función social de la vivienda y para incrementar hasta las 100.000 el parque público en alquiler. «Tenemos más de 60.000 viviendas ya en marcha o tramitación», ha apostillado la responsable de Mitma. En concreto, ha asegurado que, en Andalucía, con la firma de hoy, ya hay comprometidas e impulsadas cerca de 6.500 viviendas.

Así, aparte de las viviendas promovidas con fondos europeos del Plan de Recuperación, el parque se nutrirá de viviendas impulsadas en coordinación con comunidades autónomas y ayuntamientos en el marco de los Planes Estatales de Vivienda. Asimismo, el PVAA recoge otras que son fruto del acuerdo directo con las administraciones autonómicas y locales, entre las que se ubican las 585 pactadas con el Ayuntamiento de Sevilla.

También forman parte del PVAA las que desarrolla la Entidad Pública Estatal del Suelo, Sepes, como es el caso de las 1.245 que se construirán en el antiguo Regimiento de Artillería de Sevilla. El resto de las viviendas proceden de la SAREB y del Fondo Social de Viviendas.

Más inversiones

Por otro lado, la ministra se ha referido a las actuaciones para rehabilitar barrios, edificios, viviendas y edificios públicos contempladas en el Plan de Recuperación, el cual también «contribuye al despegue del sector de la rehabilitación y de la construcción sostenible». Concretamente, la ministra ha dicho que calcula que podrá generar 400.000 nuevos empleos, más de 50.000 de ellos en Andalucía con el conjunto de inversiones previstas.

Por último, la ministra ha reafirmado el compromiso del Ministerio y el Gobierno con el desarrollo de las infraestructuras de Andalucía y Sevilla. Así, tras recordar el convenio firmado con la Junta para cofinanciar al 50% la construcción del tramo norte de la línea 3 del Metro, Raquel Sánchez ha anunciado que hoy mismo se ha adjudicado por 642.000 euros (IVA incluido) el contrato de redacción del estudio informativo de la conexión ferroviaria entre la estación de Santa Justa y el aeropuerto de Sevilla.

El objetivo es elegir la alternativa óptima para la conexión ferroviaria de viajeros entre la estación y el aeropuerto. Para ello, se analizará, con el grado de definición y precisión acorde a este tipo de estudios, un número suficiente de alternativas de trazado, que posteriormente serán comparadas bajo consideraciones técnicas, económicas, medioambientales y de explotación.

La Confederación Europea de Sindicatos cumple 50 años

La Confederación Europea de Sindicatos cumple 50 años

09 febrero 2023 UGT

La Unión General de Trabajadoras y Trabajadores se congratula de celebrar hoy, 9 de febrero, el 50 Aniversario de la Confederación Europea de Sindicatos (CES), y renueva su voluntad para seguir avanzando hacia una integración aún mayor, hacia un sindicato europeo con fuerza, competencias y autonomía, que sea la voz y fuerza de las y los trabajadores del continente

El 8 de febrero de 1973, en la Maison des Huit Heures (sede de los sindicatos de servicios públicos de la confederación FGTB belga), tenía lugar la asamblea constituyente y el día 9 se celebraba el congreso fundacional de la CES. Georges Debunne, Secretario General de la FGTB, presidía una asamblea en la que participaban 17 confederaciones sindicales nacionales. UGT, una organización en el exilio, era una de ellas. Así, una organización clandestina se convertía en una de las fundadoras de la CES, la única organización sindical española en serlo.

El congreso constituyente aprobaba el nombre de la nueva organización y su ámbito de organización: no sólo la entonces conocidas como Comunidades Europeas (génesis de la hoy Unión Europea), sino también la EFTA y el Consejo de Europa.

La génesis histórica de la CES

Tras la segunda guerra mundial, la progresiva organización del continente europeo a nivel político y económico, con la creación de las Comunidades Europeas en la década de los cincuenta del pasado siglo y el establecimiento de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) en 1960, hace que UGT y varias organizaciones sindicales europeas se planteen la necesidad de una organización sindical específicamente europea. Pero la división ideológica de las organizaciones internacionales, así como la diferenciación geográfica de las estructuras políticas emergentes (los seis países de la CEE y los siete países de la AELC) hacían difícil este proceso. Las dos grandes Internacionales obreras también crearán inicialmente su propia organización regional europea (ORE-CISL y OE-CISC).

Tan pronto como se crearon las primeras instituciones europeas, nacen estructuras sindicales de carácter específicamente europeo en conexión con estas nuevas instituciones. El insuficiente grado de integración entre las organizaciones sindicales nacionales y la falta de cohesión en las posiciones asumidas debilitaban el movimiento sindical europeo.

Otro factor que incidió a favor de una mayor unidad sindical fue el «Informe Werner» de 1970 (llamado así por el primer ministro de Luxemburgo) para la realización por etapas de la unión económica y monetaria prevista para 1980 y destacaba claramente la necesidad de involucrar sistemáticamente a los interlocutores sociales en el proceso de consulta comunitaria.

En el espíritu de los fundadores de la CES, la lucha sindical debía dirigirse contra el creciente poder de las multinacionales y el cambiante entorno económico internacional; y desde este punto de vista, el desarrollo de la CEE, ahora Unión Europea, constituirá un motor fundamental. Sigue siendo hoy nuestra realidad.

En este sentido, se vio la necesidad de establecer una organización supraeuropea dedicada a llevar la voz del mundo del trabajo en el desarrollo de las decisiones comunitarias que estaban, y siguen estando, en juego y para dar al proceso de construcción europea un carácter social. La Europa social y la lucha por los derechos de las trabajadoras y trabajadores estaban ya en los primeros momentos de la historia de la CES.

Tras la fundación de la CES se vivió un largo camino hacia la unificación del sindicalismo europeo plagado de obstáculos: la integración de los sindicatos cristianos, también la integración de los sindicatos británicos (TUC) que se resistieron a entrar, las primeras grandes crisis económicas como la crisis del petróleo, organizaciones sindicales antes que dudaban -o no apoyaban- el proyecto europeo…

Papel fundamental en el desarrollo social europeo

Estos sucesivos procesos de apertura han sido desafíos que han hecho más potente e integrador al movimiento sindical, que ha jugado la carta de la unidad sindical a través de la unidad europea. A lo largo de estos años, la CES ha fortalecido su estructura contando hoy con 93 confederaciones sindicales nacionales en 41 países del continente europeo y 10 federaciones sectoriales europeas. Tiene un papel fundamental como interlocutor social europeo, participando en el diálogo social europeo y como organización de propuestas frente a las instituciones europeas.

La CES se ha comprometido con una de las cuestiones que más han cambiado nuestras sociedades: la integración de las mujeres en el mercado laboral con sucesivas campañas por la brecha salarial, y al ser la primera organización sindical con secretariados paritarios, evidencias del compromiso por la igualdad de todo el movimiento sindical europeo. Basta comparar las fotos de los primeros 30 ó 35 años de la CES con la Ejecutiva que se votará en el congreso de Berlín en mayo de este año.

UGT es la segunda confederación sindical más antigua del mundo. Su fundación, hace casi 135 años se basó en principios internacionalistas, principios que nos llevaron a ser otra vez parte de la historia hace hoy cincuenta años: fundando un gran proyecto europeo, único y singular para las trabajadores y trabajadoras europeos.

¿En qué consisten las las nuevas reglas de la UE sobre la publicidad política?

¿En qué consisten las las nuevas reglas de la UE sobre la publicidad política?

Parlamento Europeo

Las tecnologías digitales y las redes sociales han revolucionado la publicidad política que, si no se regula, podrían dañar los derechos democráticos de los ciudadanos.

La publicidad política patrocinada aplicable tanto a los entornos en línea como fuera de línea juega un papel fundamental al influenciar las percepciones sobre los sistemas políticos, los líderes electos y las opiniones, sobre todo en el período previo a las elecciones.

Las tecnologías digitales y las redes sociales ofrecen a los agentes políticos un enorme alcance a muy bajo coste. Aunque tienen el potencial de escuchar a más personas, a veces se utilizan para difundir información falsa, fragmentar el debate político y manipular a los votantes.

En el contexto de la publicidad política, se utilizan con frecuencia técnicas de segmentación. Las técnicas de segmentación o amplificación deben entenderse como técnicas que se utilizan para dirigir un anuncio político personalizado únicamente a una persona o grupo de personas específicos o para aumentar la circulación, el alcance o la visibilidad de un anuncio político. Dado el poder de la segmentación y el potencial de uso indebido de los datos personales que esta entraña, en particular mediante la microsegmentación y otras técnicas avanzadas, tales técnicas pueden plantear graves amenazas para intereses públicos legítimos, como la equidad, la igualdad de oportunidades y la transparencia en los procesos electorales y el derecho fundamental a ser informado de manera objetiva, transparente y plural.

Las diferentes posibilidades y los retos de los macrodatos juegan un papel clave. Las plataformas de redes sociales y otros proveedores de servicios digitales pueden recopilar los datos personales de sus usuarios y utilizarlos para la microsegmentación, una estrategia que usa los datos de consumo y demográficos para identificar los intereses, estilos de vida y preferencias de los usuarios.

La microsegmentación puede utilizarse para incrementar la difusión de la desinformación y crear cámaras de eco, que se producen cuando informaciones o ideas concretas se difunden una y otra vez. El uso de datos personales confidenciales para prácticas publicitarias como la microsegmentación tiene efectos negativos en los derechos de los ciudadanos, incluida la libertad de opinión, el acceso a información objetiva, transparente y pluralista y su capacidad para tomar decisiones políticas.

Transparencia sobre el origen de los anuncios
Los ciudadanos pueden tener información errónea o falta de información sobre quién está detrás del contenido que reciben. Por ejemplo, detrás de una información aparentemente neutra puede haber una entidad de un país extranjero que esté intentando influenciar en las elecciones.

Alcance transfronterizo y falta de reglas comunes
Aquellos que no exploten tales prácticas podrían estar en desventaja, dañando la equidad y la igualdad de oportunidades, especialmente durante las elecciones.

Si bien la publicidad en línea y fuera de línea es transfronteriza, no existe una legislación a nivel de la UE en esta área.

Las reglas tradicionales pueden ser ineficaces, ya que a menudo son difíciles de hacer cumplir cuando se aplican en línea, donde las nuevas tecnologías y herramientas crean oportunidades para influir y dirigirse a los votantes.

La manipulación de la microsegmentación provoca situaciones de desventaja y afectan a la igualdad de oportunidades, especialmente durante las elecciones.

A pesar de que la publicidad en línea y fuera de ella es transfronteriza, no existe legislación comunitaria que la regule.

Las reglas tradicionales pueden ser ineficaces y a menudo son difíciles de hacer cumplir cuando se aplican en línea, donde las nuevas tecnologías crean oportunidades para influir y dirigirse a los votantes.

Nuevas reglas europeas sobre publicidad política
Con el objetivo de crear un entorno digital más seguro y justo, el Parlamento Europeo adoptó la Ley de Servicios Digitales (DSA) y la Ley de Mercados Digitales en 2022.

En febrero de 2023, el Parlamento apoyó una propuesta de normas destinadas a prevenir la publicidad política abusiva, en línea y fuera de línea. El objetivo de los negociadores del Parlamento es llegar a un acuerdo sobre las reglas con los países de la UE a tiempo para las elecciones europeas de 2024. En el debate plenario previo a la votación, el eurodiputado francé Sandro Gozi, del grupo Renew, responsable de la propuesta en el Parlamento, dijo: «Queremos más transparencia, queremos una mejor protección contra la desinformación y la interferencia extranjera, queremos un verdadero y genuino mercado único de políticas publicidad».

Impulso a la construcción en alquiler asequible y rehabilitación de 1.640 viviendas en 7 comunidades autónomas

Impulso a la construcción en alquiler asequible y rehabilitación de 1.640 viviendas en 7 comunidades autónomas

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana – 8.2.2023

La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, ha presidido la firma de varios acuerdos con Canarias, Castilla y León, Extremadura, La Rioja, Madrid, Murcia y Navarra y varios ayuntamientos para construir y rehabilitar 1640 viviendas y facilitar el acceso a una vivienda digna, sostenible y asequible.

En concreto, con estos acuerdos enmarcados en el marco Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), se impulsa la construcción de más de 688 viviendas en alquiler social o asequible en edificios energéticamente eficientes en varios municipios de Castilla y León, Extremadura, La Rioja y Navarra, y la rehabilitación a nivel barrio para regenerar hasta 952 viviendas en diferentes municipios canarios, madrileños y murcianos. Estas subvenciones, según ha apuntado la ministra, «podrán llegar hasta 21.400 euros por vivienda y ser del 100%» en el caso de propietarios o usufructuarios en situación de vulnerabilidad.

Al acto ha asistido el secretario general de Agenda Urbana y Vivienda, David Lucas, el consejero de Fomento e Infraestructuras de la Región de Murcia, José Ramón Díez de Revenga; Consejero de Obras Públicas, Transportes y Vivienda del Gobierno de Canarias, Sebastián Franquis; Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población del Gobierno de La Rioja, Eva María Hita Lorite; Vicepresidente Segundo y Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos de la Comunidad Foral de Navarra, José María Aierdi Fernández De Barrena; el Consejero de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León, Juan Carlos Suárez-Quiñones, y representantes de los ayuntamientos.

Durante su intervención, Raquel Sánchez ha recordado la importancia de ampliar el parque de vivienda pública y mejorar habitabilidad y sostenibilidad del ya existente para contribuir así a garantizar el derecho constitucional a la vivienda. «Durante demasiado tiempo se ha mirado hacia otro lado. Se ha evitado enfocar la vivienda bajo el prisma de los derechos humanos. Y eso ha provocado que el concepto de vivienda como derecho fuera sustituido por el de vivienda como bien especulativo», ha asegurado.

En este sentido, ha aprovechado para destacar la necesidad de tener una Ley de Vivienda llamada a ayudar a consagrar el derecho a la vivienda, proteger la vivienda pública existente, aumentar la oferta de pisos en alquiler a precios reducidos y controlar las rentas en las zonas más tensionadas. Todo ello dentro de un Plan Estatal de Vivienda que nace con la intención de atender las necesidades más urgentes y que «incluye ayudas al alquiler habitual a ciudadanos con escasos recursos, a víctimas de violencia de género, a afectados por desahucios; a personas sin hogar; a otras especialmente vulnerables; y, por supuesto, a los jóvenes», ha apuntado.

En palabras de la ministra, «la ausencia de una política de Vivienda digna nos ha conducido hasta aquí y ha propiciado buena parte de los efectos que ahora sufrimos. Hablo de subidas abusivas de precios, de tensiones en determinadas zonas de las grandes ciudades y de una intensa especulación que ha expulsado del mercado a las clases menos pudientes». Para poner coto a esta situación, el Gobierno ha establecido como punto de partida en su plan de acción que el acceso a la vivienda no esté supeditado a los ingresos de las familias ni reste recursos de manera desproporcionada. «Nuestro empeño ha sido asegurar la función social de la vivienda, o lo que es lo mismo, configurarla como un servicio público de interés general».

Foto de familia tras la firma de acuerdos en la sede del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda UrbanaFoto de familia tras la firma, presidida por la ministra Raquel Sánchez, de los convenios para construir y rehabilitar 1.640 viviendas en siete comunidades autónomas.

327 viviendas sociales y asequibles en Castilla y León
En el acto de hoy, Mitma y la Junta de Castilla y León han firmado tres acuerdos para financiar la construcción de 327 viviendas de protección pública en alquiler social o a precio asequible en edificios energéticamente eficientes. El Ministerio aportará algo más de 14 millones euros con cargo a los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Estas viviendas se ubicarán en Salamanca, Valladolid y Miranda de Ebro, se desarrollarán en régimen de promoción pública y suman una inversión total estimada de 38,4 millones de euros.

Más de 130 nuevas viviendas en Extremadura
Por otra parte, con Extremadura, Mitma ha firmado un acuerdo para financiar con 6,5 millones de euros del Plan de Recuperación la promoción de 131 viviendas públicas en alquiler social o asequible en edificios energéticamente eficientes. Este convenio recoge tres actuaciones que desarrollará la Junta de Extremadura a través de la concesión de derechos de superficie, mediante licitación pública en la que se adjudicará la promoción, construcción y posterior gestión de las viviendas, de las que 45 estarán ubicadas en Mérida (Badajoz); 70 en Cáceres y 16 en Montijo (Badajoz). La inversión total estimada en estas promociones es de 16,4 millones de euros.

72 nuevas viviendas en La Rioja
En tercer lugar, el Ministerio ha suscrito un acuerdo con la Comunidad Autónoma de La Rioja para la promoción de 72 viviendas de protección pública en alquiler social, con una aportación por parte del Mitma de 3,4 millones de euros. El texto firmado por las partes contempla ayudas para la promoción de viviendas en tres municipios de La Rioja: Alfaro, Calahorra y Torrecilla de los Cameros, con 40, 8 y 24 viviendas respectivamente. Las promociones serán ejecutadas directamente por la propia comunidad a través del IRVI, en suelos propios o cedidos en convenio por los ayuntamientos. La inversión total alcanzará los 11,4 millones de euros.

Casi 160 viviendas en la Comunidad Foral de Navarra
Por último, Mitma financiará con 6,3 millones de euros de los fondos europeos NextGeneratioNEU la construcción de 158 viviendas de protección pública para alquiler social. En virtud del acuerdo rubricado con la Comunidad Foral de Navarra, 47 de estas viviendas se encontrarán en Pamplona/Iruña; 58 en Barañáin/Barañain; 21 en Altsasu/Alsasua; 20 en Sangüesa/Zangoza; 8 en Bera y 4 viviendas en Garralda. La inversión total estimada en estas promociones es de 36,3 millones de euros.

Los acuerdos con estas cuatro comunidades autónomas se enmarcan en el Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). El objetivo es financiar la promoción de viviendas de nueva construcción sobre terrenos de titularidad pública, que incrementen el parque público de vivienda en alquiler asequible, durante un período mínimo de 50 años y con un consumo de energía primaria no renovable inferior en un 20% como mínimo a los requisitos exigidos en el Código Técnico de Edificación.

Para ejecutar este programa, dotado con 1.000 millones de euros de los fondos europeos, Mitma ha trasferido ya a la Comunidad de Madrid más de 70 millones de euros; a la Comunidad Autónoma Baleares,12,3 millones; a la Comunidad Autónoma de Galicia 29,2 millones; estando prevista para todas ellas una transferencia adicional del mismo importe en 2023. La ayuda es de hasta 700 euros por metro cuadrado de superficie útil de vivienda con un máximo de 50.000 euros por vivienda.

Todas estas iniciativas se suman al objetivo del Gobierno para facilitar el acceso a una vivienda digna y accesible. «Hemos querido proteger y ampliar la vivienda pública, el gran agujero negro de nuestro mercado inmobiliario. El parque de vivienda social en alquiler en España ofrecía cobertura únicamente al 1,6% de los hogares frente a las tasas del 15% que exhiben algunos países de nuestro entorno», ha explicado Raquel Sánchez durante su intervención. «Para remediar esta carencia lanzamos el Plan de Vivienda para el Alquiler Asequible con el que vamos a construir alrededor de 100.000 viviendas», ha concluido.

Ayudas para rehabilitación a nivel de barrio
Asimismo, en el acto que ha presidido hoy la ministra, también se han suscrito acuerdos para acometer actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en localidades de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Comunidad de Madrid y de la Región de Murcia, en el marco del Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales del PRTR. En total, el Ministerio invertirá más de 17,6 millones de euros para rehabilitar entornos residenciales que afectarán a 952 viviendas en distintos municipios.

Rehabilitación de 380 viviendas en Canarias
El primero de estos acuerdos ha sido ratificado por el Mitma con el Gobierno de Canarias y el Instituto Canario de la Vivienda para la recuperación de 5 entornos residenciales en los municipios de Las Palmas de Gran Canaria y Telde (Gran Canaria) y Adeje, el Rosario y Candelaria en Santa Cruz de Tenerife. Este acuerdo permitirá la rehabilitación de entornos residenciales que afectarán a unas 380 viviendas y que tienen prevista una inversión total de 16,3 millones de euros, de los que 8,13 millones euros serán aportados por Mitma.

8,3 millones para rehabilitar viviendas en la Comunidad de Madrid
El Ministerio, la Comunidad de Madrid y dos ayuntamientos madrileños (Las Rozas y San Lorenzo del Escorial) también han consensuado hoy actuaciones para la rehabilitación de tres entornos residenciales de rehabilitación programada y que afectarán a 445 viviendas. El importe asciende a más de 13,4 millones de euros, de los Mitma aporta 8,3 millones de euros con cargo a los fondos europeos del PRTR.

En todos los casos, las entidades locales ejecutarán por sí mismos, o a través de sus respectivas empresas municipales, las obras de regeneración urbana y prestarán los servicios de oficina de rehabilitación, que facilite la gestión y ejecución de todas las actuaciones previstas.

Acuerdo con la Región de Murcia
Asimismo, la ministra ha firmado hoy seis acuerdos con la Región de Murcia y los ayuntamientos de Alhama de Murcia, Blanca, Bullas, Calasparra, Cehegín y San Javier para impulsar la rehabilitación de entornos residenciales que afectarán 127 viviendas, todas ellas de titularidad privada. Las actuaciones suponen una inversión de 2,14 millones de euros, de los que Mitma aportará 1,25 millones de euros con cargo a los fondos europeos del PRTR.

Para todas estas actuaciones, Murcia concederá de forma directa las subvenciones a los ayuntamientos murcianos, de forma que las ayudas para la rehabilitación de edificios serán publicadas y concedidas por estos a los propietarios de las viviendas mediante convocatoria pública en concurrencia simple. También se contempla la creación de una oficina de rehabilitación que facilite la gestión y el desarrollo de las actuaciones.

El Tribunal Supremo estima el recurso de ENCE y avala la prórroga de la concesión para su fábrica en Pontevedra

Martes, 7 de febrero de 2023

El Tribunal Supremo estima el recurso de ENCE y avala la prórroga de la concesión para su fábrica en Pontevedra

La Sala considera que se pueden prorrogar las concesiones anteriores a la Ley General de Costas de 1988, como es el caso, siempre que consten informes medioambientales favorables

Autor: Comunicación Poder Judicial

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha estimado los recursos presentados por ENCE y otras entidades contra las sentencias de la Audiencia Nacional que anularon la Resolución, de 20 de enero de 2016, de la Directora General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, que otorgó a ENCE una prórroga de 60 años de la concesión de ocupación de una franja de dominio público marítimo terrestre destinada a fábrica de pasta de celulosa en Pontevedra.

La Sala considera que se pueden prorrogar las concesiones anteriores a la Ley General de Costas de 1988, como es el caso, siempre que consten informes medioambientales favorables. En el asunto analizado, constaban informes favorables de la Administración en esa materia.

En otros recursos analizados en la reunión de hoy, también relativos a la prórroga de concesiones de dominio público marítimo terrestre pero referentes a viviendas, la misma Sección ha ratificado la resolución de la Administración, también apoyada por la Audiencia Nacional, de denegar la prórroga porque en esos casos la denegación venía amparada con informes medioambientales desfavorables. Se trataba de viviendas ubicadas en la playa Babilonia en Guardamar del Segura (Alicante).

El contenido íntegro de las sentencias, que contarán con el voto particular de la magistrada Ángeles Huet, se conocerá en los próximos días.

Ayudas de Estado: el Tribunal de Justicia anula parcialmente la Decisión de la Comisión relativa al «sistema español de arrendamiento fiscal»

Luxemburgo, 2 de febrero de 2023

Sentencia del Tribunal de Justicia en los asuntos acumulados C-649/20 P | España/Comisión,

C-658/20 P | Lico Leasing y Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión/Comisión y

C-662/20 P | Caixabank y otros/Comisión

Ayudas de Estado: el Tribunal de Justicia anula parcialmente la Decisión de la Comisión relativa al «sistema español de arrendamiento fiscal»

La recuperación de la totalidad del importe de la ayuda contemplada en dicha Decisión fue ordenada sobre la base de una identificación errónea de los beneficiarios

En 2006, la Comisión Europea recibió varias denuncias acerca de la aplicación del «sistema español de arrendamiento fiscal» (en lo sucesivo, «SEAF») a determinados contratos de arrendamiento financiero, en la medida en que este régimen permitía que las empresas navieras obtuvieran unos descuentos de entre un 20 % y un 30 %del precio al adquirir buques construidos por astilleros españoles, en detrimento de las ventas de los astilleros de otros Estados miembros. Según la Comisión el objetivo del SEAF consistía en proporcionar ventajas fiscales a las agrupaciones de interés económico (en lo sucesivo, «AIE») y a los inversores que participaban en ellas, las cuales transferían posteriormente una parte de tales ventajas a las empresas navieras que compraban un buque nuevo.

En la Decisión controvertida, (1), adoptada en julio de 2013, la Comisión estimó que tres de las cinco medidas fiscales que conformaban el SEAF constituían una ayuda estatal, en el sentido del artículo 107 TFUE, apartado 1, que revestía la forma de ventaja fiscal selectiva, parcialmente incompatible con el mercado interior. Dado que la ayuda en cuestión se había ejecutado desde el 1 de enero de 2002 sin haberse cumplido la obligación de notificación, (2) la Comisión instó a las autoridades nacionales a recuperarla de los inversores, esto es, de los miembros de las AIE.

En septiembre de 2013, el Reino de España, Lico Leasing, S. A., y Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión (PYMAR), S. A., presentaron recursos de anulación contra la Decisión controvertida. En su sentencia España y otros/Comisión (3) el Tribunal resolvió que la ventaja percibida por los inversores de las AIE no tenía carácter selectivo y que la motivación de esta Decisión acerca de los criterios de distorsión de la competencia y de la afectación de los intercambios era insuficiente.

El Tribunal de Justicia, tras interponer la Comisión un recurso de casación contra la sentencia del Tribunal General, la anuló mediante su sentencia Comisión/España y otros (C-128/16 P) (4) al considerar, en particular, que la aplicación del requisito relativo al carácter selectivo en el que la Comisión basó su análisis había sido errónea. El Tribunal de Justicia estimó, no obstante, que, dado que el Tribunal General no se había pronunciado sobre la totalidad de los motivos formulados ante él, el estado del litigio no permitía resolverlo y, por lo tanto, devolvió los asuntos al Tribunal General.

En su sentencia dictada tras la devolución del asunto España y otros/Comisión (en lo sucesivo, «sentencia recurrida»), el Tribunal General desestimó los recursos presentados por el Reino de España, Lico Leasing y PYMAR, apoyadas en sus pretensiones por 34 entidades que fueron admitidas a intervenir con ese mismo fin en el marco del asunto C-128/16 P (en lo sucesivo, «coadyuvantes en el primer recurso de casación»).

En esa sentencia, el Tribunal General desestimó el motivo por el que se cuestionaba el carácter selectivo del SEAF al apreciar, fundamentalmente, que la existencia de una facultad discrecional amplia de la Administración tributaria para autorizar la amortización anticipada bastaba para considerar que el SEAF, tomado en su conjunto, tenía carácter selectivo. El Tribunal General desestimó igualmente los motivos basados en un defecto de motivación de la Decisión controvertida, en la vulneración del principio de igualdad de trato, y en la vulneración de los principios de protección de la confianza legítima y de seguridad jurídica y de los principios aplicables a la recuperación de la ayuda. Por lo que se refiere a esta última, el Tribunal General consideró que la Comisión no había incurrido en error de Derecho al ordenar la recuperación de la totalidad de la ayuda en cuestión exclusivamente de los inversores de las AIE, pese a que una parte de la ventaja fiscal obtenida hubiera sido transferida a terceros, esto es, las empresas navieras.

El Reino de España, Lico Leasing y PYMAR, así como las coadyuvantes en el primer recurso de casación interpusieron tres recursos de casación distintos contra la sentencia recurrida mediante los que solicitaban la anulación de esta sentencia y, consiguientemente, de la Decisión controvertida.

En su sentencia, el Tribunal de Justicia estima el motivo de casación formulado por el Reino de España y basado en un defecto de motivación de la sentencia recurrida en lo que se refiere a la recuperación de la ayuda en cuestión y desestima los recursos de casación en lo demás. De este modo, al anular parcialmente la sentencia recurrida y considerar que el estado de la parte de esos recursos pendiente de examen permite resolver definitivamente el litigio, el Tribunal de Justicia declara que, tras el análisis que lleva a cabo, procede anular la Decisión controvertida en la medida en que ordena que se recupere íntegramente el importe de la ayuda contemplada en esa misma Decisión de sus beneficiarios, identificados de forma errónea.

Apreciación del Tribunal de Justicia

En primer término, el Tribunal de Justicia examina la excepción de inadmisibilidad propuesta por la Comisión contra el recurso de casación interpuesto por las coadyuvantes en el primer recurso de casación, basada en un error de Derecho en que, según la Comisión, se basa su reconocimiento como coadyuvantes en el marco del procedimiento posterior a la devolución. A este respecto, el Tribunal de Justicia considera que el artículo 40 del Estatuto del Tribunal de Justicia, el respeto de los derechos procesales garantizados a los coadyuvantes por el Reglamento de Procedimiento del Tribunal General y el principio de buena administración de la justicia obligan, en el marco de una articulación coherente de los procedimientos ante el Tribunal de Justicia y ante el Tribunal General, a que un coadyuvante en casación goce de pleno derecho de la condición de coadyuvante ante el Tribunal General cuando se devuelva un asunto a este órgano jurisdiccional tras la anulación por el Tribunal de Justicia de una resolución del Tribunal General. Así pues, en contra de lo sostenido por la Comisión, el Tribunal General no incurrió en error de Derecho al reconocer que las interesadas tuvieran tal condición en esas circunstancias. En consecuencia, las interesadas pueden, como tales, interponer un recurso de casación contra la sentencia recurrida, dado que esta les afecta directamente, (5) ya que la desestimación de los recursos implica que puedan verse obligadas a devolver las ayudas que percibieron. En consecuencia, su recurso de casación es admisible.

En segundo término, el Tribunal de Justicia examina los motivos de los recursos de casación relativos, por una parte, al análisis del carácter selectivo del SEAF y, por otra parte, a la obligación de recuperación.

Por lo que se refiere, en primer lugar, al análisis del requisito de selectividad, el Tribunal de Justicia comienza destacando que no cabe considerar que una medida fiscal ventajosa cuya concesión depende de la facultad discrecional de la Administración tributaria tenga carácter general. De ello se deduce que el carácter selectivo de esa medida no puede apreciarse a partir de un método concebido con el fin de poner de manifiesto la selectividad que ocultan medidas fiscales ventajosas de alcance general. 6 Ahora bien, en este caso, el Tribunal General debía pronunciarse sobre una medida cuya concesión dependía de la facultad discrecional de las autoridades competentes, de modo que no cabe censurarle no haberla analizado a la luz del método que resulta válido para las medidas fiscales de carácter general.

En el análisis de los criterios de apreciación pertinentes en el caso de una medida fiscal ventajosa concedida discrecionalmente, el Tribunal de Justicia coincide con el Tribunal General en que la existencia de un sistema de autorización no implica por sí misma que la medida en cuestión tenga carácter selectivo. Así, para que esa medida merezca tal calificación, es necesario demostrar que las autoridades competentes disponen de una facultad discrecional amplia para determinar los beneficiarios y los requisitos de la medida concedida, de modo que deba considerarse que el ejercicio de dicha facultad favorece a determinadas empresas o producciones en relación con otras, no beneficiarias de ella, que se encuentran, habida cuenta del objetivo perseguido, en una situación comparable.

En el presente caso, el Tribunal de Justicia considera que el Tribunal General podía apreciar, en el marco de su apreciación soberana del Derecho nacional, cuya desnaturalización no fue alegada, por otra parte, que ese derecho confería a la Administración tributaria un amplio margen de discreción para autorizar la amortización anticipada,habida cuenta, en particular, de la imprecisión de los criterios aplicados y de la falta de regulación de la interpretación que estos exigen. A este respecto, el Tribunal General no estaba obligado a examinar si, de hecho, el ejercicio de esta facultad discrecional de iure había dado lugar efectivamente a un trato favorable injustificado a determinados operadores económicos respecto de otros que se encontraban en una situación comparable.

En consecuencia, el Tribunal General no incurrió en error de Derecho al considerar, para sostener que la medida consistente en la amortización anticipada tenía carácter selectivo, que la existencia de aspectos discrecionales podía favorecer a los beneficiarios respecto de otros sujetos pasivos que se encontrasen en una situación fáctica y jurídica comparable.

Asimismo, el Tribunal General podía fundadamente concluir que la Comisión no incurrió en error de Derecho al deducir del carácter selectivo de la amortización anticipada que el SEAF era selectivo en su conjunto, ya que resulta pacífico que las demás medidas controvertidas que conforman el SEAF dependían de la autorización previa de la amortización anticipada. En consecuencia, el Tribunal de Justicia desestima por infundados todos los motivos relativos al carácter selectivo del SEAF.

En segundo lugar y por lo que se refiere a la recuperación de las ayudas ilegales, el Tribunal de Justicia resuelve que la aplicación de los principios de confianza legítima y de seguridad jurídica en la sentencia recurrida no tenía más errores que uno que, no obstante, no tenía incidencia en la apreciación del Tribunal General, de modo que las alegaciones invocadas en este sentido deben igualmente desestimarse.

En tercer y último lugar, el Tribunal de Justicia se pronuncia sobre un motivo basado en un defecto de motivación de la sentencia recurrida. A este respecto, el Tribunal de Justicia resuelve que, si bien esa sentencia está motivada de forma suficiente en Derecho en lo que respecta al carácter selectivo del SEAF, no sucede lo mismo por lo que se refiere a la recuperación de la ayuda en cuestión.

Así, el Tribunal de Justicia señala que, para dar respuesta a un motivo por el que se impugnaba la orden de recuperación contenida en la Decisión controvertida, en la medida en que imponía la recuperación de la totalidad de la ayuda en cuestión de los inversores, a pesar de que una gran parte de la ayuda así concedida se transfería sistemáticamente a las empresas navieras, el Tribunal General se limitó a señalar que en la Decisión controvertida se identificaba a los inversores como únicos beneficiarios de la ayuda y que esta pretensión no constituía el objeto del litigio. Ahora bien, según el Tribunal de Justicia, a pesar de que las partes afectadas no hubieran cuestionado la identidad de los beneficiarios, a través de su motivo estas partes, no obstante, alegaban, implícita pero necesariamente, que no habían sido las únicas beneficiarias de la ayuda en cuestión. Dado que, el Tribunal General no había dado respuesta a este motivo, no se pronunció sobre el mismo, lo cual constituye un incumplimiento de la obligación de motivación.

En estas circunstancias, el Tribunal de Justicia anula la sentencia recurrida en tanto en cuanto, mediante la misma, el Tribunal General desestimó los recursos por cuanto tenían por objeto la anulación de la Decisión controvertida en la medida en que designa a las AIE y sus inversores como únicos beneficiarios de la ayuda contemplada en dicha Decisión, y en la medida en que ordena al Reino de España que recupere íntegramente el importe de la ayuda contemplada en esa misma Decisión de los inversores de las AIE. Se desestiman los recursos de casación en todo lo demás.


En tercer término, al estimar que el estado de la parte de los recursos de anulación pendiente de análisis tras la anulación parcial de la sentencia recurrida, parte que guardaba relación con la fundamentación de la obligación de recuperación de la ayuda en cuestión de sus beneficiarios, permitía que quedara resuelta, el Tribunal de Justicia decidió resolver definitivamente este punto. A este respecto, comienza desestimando por infundados los motivos y alegaciones basados en la vulneración de los principios de protección de la confianza legítima y de seguridad jurídica, así como del principio de igualdad de trato, haciendo suya la mayor parte de la correspondiente motivación de la sentencia recurrida.


Seguidamente el Tribunal de Justicia aborda, en el marco del examen del motivo sobre el que el Tribunal General no se pronunció, la cuestión de la identificación de los beneficiarios de la ayuda en cuestión y recuerda que la obligación de recuperar una ayuda que la Comisión considera incompatible con el mercado único tiene por objeto restablecer la situación anterior a la concesión de la ayuda privando a sus beneficiarios, esto es, las empresas que la han disfrutado efectivamente, de la ventaja competitiva que la ayuda les ha reportado.

Pues bien, en el presente caso, resulta de las propias apreciaciones de la Comisión que el SEAF constituía, en su conjunto, un dispositivo fiscal destinado a generar una ventaja no solo en beneficio de los inversores que formaban parte de una AIE, sino también de las empresas navieras. Asimismo, de los elementos expuestos por la Comisión resulta que el reparto de esta ventaja fiscal entre una empresa naviera y los inversores de una AIE estaba previsto en contratos jurídicamente vinculantes, aportados a las autoridades tributarias y que estas tenían en cuenta para autorizar, en el ejercicio de la facultad discrecional de que disponían a este respecto, la amortización anticipada. A la luz de estos elementos, el Tribunal de Justicia resuelve que la Comisión incurrió en un error de Derecho, habida cuenta del objetivo perseguido por la recuperación, al designar a los inversores de las AIE como únicos beneficiarios de la ayuda en cuestión por considerar, fundamentalmente, que la ventaja obtenida por las empresas navieras gracias a la transferencia de una parte de la ventaja fiscal concedida a los AIE era el resultado de una combinación de transacciones jurídicas entre entidades privadas y que, por ese motivo, no era imputable al Estado, a pesar de que las AIE estaban, no obstante, obligadas, en virtud de las reglas aplicables, a transferir a esas empresas navieras una parte de la ventaja fiscal obtenida.

En consecuencia, el Tribunal de Justicia anula en parte la Decisión controvertida, esto es, en la medida en que designa a las AIE y sus inversores como únicos beneficiarios de la ayuda contemplada en dicha Decisión, y, en consecuencia, en la medida en que ordena la recuperación de la totalidad de su importe exclusivamente de los inversores de las AIE.

1 Decisión 2014/200/UE de la Comisión, de 17 de julio de 2013, relativa a la ayuda estatal SA.21233 C/11 (ex NN/11, ex CP 137/06) ejecutada por España — Régimen fiscal aplicable a determinados acuerdos de arrendamiento financiero, también conocidos como sistema español de arrendamiento fiscal (DO 2014, L 114, p. 1).

2 Obligación prevista en el artículo 108 TFUE, apartado 3.

3 Sentencia de 17 de diciembre de 2015, España y otros/Comisión, T-515/13 y T-719/13 (véase asimismo el CP 150/15).

4 Sentencia de 25 de julio de 2018, Comisión/España y otros, C-128/16 P (véase asimismo el CP 115/18).

5 Este requisito se contempla en el artículo 56, párrafo segundo, segunda frase, del Estatuto del Tribunal de Justicia.

6 Según este método, conocido como método «en tres fases», la apreciación del carácter selectivo de una medida general que establece un régimen tributario ventajoso exige, en primer lugar, identificar el régimen tributario común; en segundo lugar, determinar si el régimen supone una excepción al régimen común, como marco de referencia, al deparar a operadores económicos que se encuentran en una situación fáctica y jurídica comparable un trato fiscal diferente y, en este caso y en tercer lugar, apreciar si tal diferencia puede estar justificada por la naturaleza o la estructura del sistema tributario.

El Gobierno adjudica a Hispasat la extensión de la banda ancha a todas las zonas rurales con una tarifa plana de 35 € al mes

El Gobierno adjudica a Hispasat la extensión de la banda ancha a todas las zonas rurales con una tarifa plana de 35 € al mes

Asuntos Económicos y Transformación Digital – 7.2.2023

El objetivo es llevar la conexión al 100% de las zonas rurales, remotas y poco pobladas de todo el territorio a un precio de asequible, cerrando la brecha digital.

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha publicado la resolución provisional de la convocatoria de ayudas para garantizar el acceso a conexión de banda ancha de al menos 100 Mbps y a un precio de 35 euros mensuales para el usuario final, con el objetivo de cerrar la brecha digital en las zonas rurales, remotas y poco pobladas de todo el territorio.

Tras el análisis de las diez solicitudes presentadas, la Comisión de Evaluación de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales ha resuelto provisionalmente la concesión de las ayudas 76,3 millones de euros del programa UNICO Demanda Rural a Hispasat.

Como adjudicatario, Hispasat desplegará mediante tecnología satelital las infraestructuras necesarias para proveer de conectividad ultrarrápida a las zonas de toda España en las que no hay cobertura con tecnología fija a un mínimo de 50 Mbps y proporcionará un servicio asequible de al menos 100 Mbps hasta el 31 de diciembre de 2027.

También sufragará el coste del establecimiento de una plataforma e instalación del equipamiento asociado al alta del usuario final.

Por ello, la ayuda concedida a Hispasat se distribuye en 40,3 millones de euros para la configuración del servicio y el establecimiento de una plataforma con recursos de red, y 36 millones para sufragar el alta del usuario final.

Programa de Universalización de Infraestructuras Digitales para la Cohesión (UNICO)

El Programa de Universalización de Infraestructuras Digitales para la Cohesión (UNICO) sirve de marco para diferentes convocatorias de ayudas, entre las que se enmarca UNICO Demanda Rural, que facilitan la universalización del acceso a la banda ancha ultrarrápida y la extensión de 5G en España.

Alcanzar cobertura de banda ancha a 100 Mbps para el 100% de la población es uno de los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y de la Agenda España Digital 2026.

El Tribunal Supremo establece que los listados de morosos sólo pueden incluir deudas firmes

Martes, 7 de febrero de 2023

El Tribunal Supremo establece que los listados de morosos sólo pueden incluir deudas firmes

El Tribunal Supremo fija jurisprudencia sobre el denominado listado de morosos a través de cuatro recursos de casación deliberados el pasado 17 de enero

Autor: Comunicación Poder Judicial

A través de cuatro recursos de casación, deliberados el pasado 17 de enero, el Tribunal Supremo se ha pronunciado, por primera vez, sobre el alcance e interpretación de la denominada lista de morosos del artículo 95 bis de la LGT.

En dos de estos asuntos se encontraban implicadas, exclusivamente, Administraciones públicas: la Tesorería General de la Seguridad Social consideraba improcedente que el Ayuntamiento de Madrid la hubiera incluido en el listado de deudores de la Hacienda Pública municipal a los efectos de su ulterior publicación.

El Tribunal Supremo anula la decisión municipal y concluye que sólo podrán ser incluidas en los listados de morosos aquellas personas físicas o jurídicas que ostenten la condición de deudores a la Hacienda Pública por deudas o sanciones tributarias firmes. En el presente caso, no se respetó dicha premisa en la medida que, en el momento que se acordó su inclusión en el listado de morosos, la TGSS estaba discutiendo judicialmente su condición de deudor tributario frente al Ayuntamiento.

El Tribunal Supremo analiza desde la perspectiva nacional como desde la ofrecida por la Convención Europea de Derechos Humanos y por el Derecho de la Unión Europea, el carácter reservado de los datos fiscales y el respeto a la privacidad, matizando, no obstante, que no resulta aplicable a una persona jurídico-publica, como la TGSS.

Censura que “pese a no existir certeza jurídica en torno a su condición de deudora por los conceptos tributarios objeto de publicación, pese a que, incluso, ya había pronunciamientos del TSJ de Madrid anulando la deuda de la TGSS por no tener la condición de “deudora”, el Ayuntamiento de Madrid decidió incluir a la TGSS en su acuerdo de publicación”, conducta que considera de “gravedad extrema”, al ser la condición de deudor un elemento vertebral de toda relación jurídico-tributaria.

Para el Tribunal Supremo, en estas circunstancias, incluir en la lista de morosos a una Administración servidora de intereses públicos “genera una justificada alarma social si la ciudadanía percibe como mensaje que la TGSS es una entidad morosa.” Añade que, “el demérito y el descrédito del así incluido, de resultar a posteriori incorrecta su publicación, con el consiguiente quebranto reputacional […] difícilmente podrían ser suficientemente reparados por la sola declaración de la incorrecta inclusión en la citada lista”.

Las sentencias proclaman que “las Administraciones Públicas deben hacer un uso extraordinariamente prudente, ponderado y diligente” del listado de morosos, lo que impide una aplicación automática de esta figura y, ante los “graves peligros” que comporta, establece “la necesidad de una interpretación, acorde con las libertades y derechos de los contribuyentes.” De no actuar de esta manera -se advierte por el Tribunal Supremo-, se abriría la puerta “a la más absoluta arbitrariedad”.

Concluyen las sentencias, finalmente, que el interesado podrá alegar ante la Administración que no concurren los requisitos y presupuestos, exigidos para su inclusión en dichos listados, invocando, en su caso, en el seno del proceso judicial ulterior, cualquier motivo, constituya o no una mera cuestión de error de hecho o material, incluidas cuestiones de índole jurídica relacionadas con los requisitos y presupuestos para acordar su inclusión en el listado y la subsiguiente publicación.

  • En los otros dos asuntos, se trataba de ciudadanos que, en relación con deudas por el IRPF, discutían el acuerdo del director general de la AEAT que autorizó la publicación del listado de deudores en el que se encontraban incluidos. Ambos casos son idénticos.

El Tribunal Supremo anula, también en estos dos recursos, la inclusión en la lista de deudores. Además de los motivos que sirven para moderar el uso de la citada lista a casos de definitivo establecimiento de la deuda, cuando haya obtenido firmeza, en estos otros dos casos se trataba de las denominadas “liquidaciones vinculadas a delito”, es decir, las que se producen en los casos en que la Administración aprecie indicios de delito contra la Hacienda Pública.

En tal caso, se puede fijar provisionalmente la deuda en relación con aquellos aspectos que la Administración considera “vinculados a delito”, sin poder operar del mismo modo en caso de deudas que no guarden esa vinculación penal. Esas liquidaciones no son recurribles ante la Administración ni ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Precisamente por esa vocación finalista de vinculación al delito y porque tales liquidaciones se remiten al juez penal y, en su caso, se integran en la causa que se pudiera abrir, se trata de estimaciones con el objeto de integrarse en el proceso penal y bajo la potestad del juez, por lo que no generan deudas tributarias aptas para que los afectados puedan figurar en la lista de morosos del artículo 95 bis, pues tal inclusión, de una parte, colisionaría frontalmente con el principio de presunción de inocencia, que solo se puede destruir mediante sentencia judicial condenatoria firme, no antes, ni por quien no es juez.

Tampoco puede presumirse, en esa fase de instrucción o juicio, la existencia de una defraudación fiscal o de una conducta socialmente reprobable, condiciones a que la Ley General Tributaria somete la inclusión en la lista de morosos, porque tales factores aun no se han determinado.

Finalmente, el régimen legal de publicidad de la identidad de los deudores, en caso de delito fiscal, queda reservado a las situaciones de sentencia firme condenatoria, sin que baste por tanto la mera liquidación de la deuda expresada en esa “liquidación vinculada a delito”.

El enfoque transversal de la movilidad urbana será fundamental para conseguir ciudades más seguras, saludables y sostenibles

El enfoque transversal de la movilidad urbana será fundamental para conseguir ciudades más seguras, saludables y sostenibles

Interior – 3.2.2023

El VII Encuentro de Ciudades para la Seguridad Vial y la Movilidad Sostenible ha sido clausurado con el firme compromiso de los participantes de continuar trabajando para hacer de las ciudades unos entornos más saludables, seguros y sostenibles gracias a la colaboración entre administraciones, sector privado y ciudadanos.

Esta séptima edición del Encuentro, que nuevamente ha generado un espacio único para el intercambio de experiencias y buenas prácticas que luego permitan responder con medidas concretas a los cambios que están viviendo las ciudades, ha congregado de manera presencial a lo largo de sus dos días de duración a más de 350 expertos en movilidad urbana y a otro centenar de personas que lo han seguido a través del canal de YouTube de la Dirección General de Tráfico.

Durante los dos días de ponencias, los expertos que se han desplazado hasta la ciudad vallisoletana han abordado, entre otros, temas de actualidad como las políticas de movilidad urbana, las zonas de bajas emisiones, la distribución urbana de mercancías o la movilidad compartida. Además, los asistentes han podido escuchar el testimonio «en primera persona» de María Paz Gómez, lesionada medular en sinestro vial y delegada de AESLEME en Castilla y León, quien ha querido con su testimonio remarcar las consecuencias que sobre la vida de las personas tienen los siniestros de tráfico para que algún día entre todos consigamos el objetivo de la Visión Cero.

El encuentro ha finalizado con la lectura de la Declaración del VII Encuentro de ciudades por parte del director del Observatorio Nacional de Seguridad Vial, Álvaro Gómez, quien ha resaltado que «este encuentro ha puesto de manifiesto que las ciudades comparten la visión de avanzar hacia espacios públicos de convivencia y una movilidad más segura, saludable y sostenible. El encuentro ha permitido intercambiar opiniones y experiencias en algunos ámbitos decisivos para hacer realidad esa visión. Agradecemos su implicación y compromiso a todos los representantes de entidades locales».

Declaración aprobada en el VII Encuentro de Ciudades

Intensificar nuestros esfuerzos para cumplir la meta de reducir en un 50% el número de personas fallecidas y hospitalizadas en nuestras ciudades, así como los objetivos en otros ámbitos vinculados a la movilidad.

Potenciar los Planes de Movilidad Urbana Sostenible y las Ordenanzas de Movilidad como instrumentos fundamentales de planificación y concebir la movilidad desde un enfoque transversal que tenga en cuenta sus impactos sobre la seguridad, la sostenibilidad, la salud pública, el bienestar y la eficiencia productiva.
Continuar el trabajo que se viene haciendo para humanizar las ciudades e impulsar el desplazamiento peatonal y en bicicleta, como forma de mejorar la calidad del aire, reducir la emisión de ruido y mejorar nuestra salud, y aprovechar el potencial que en estos ámbitos tienen las Zonas de Bajas Emisiones.

Reforzar los instrumentos en materia de gobernanza, participación pública y comunicación, con el fin de hacer que el camino hacia un nuevo modelo de movilidad sea un proyecto compartido por la ciudadanía.

Avanzar en un modelo de gestión de la movilidad que combine la segregación de espacios para diferentes medios, como forma de proteger a los medios vulnerables y promover la movilidad activa, con espacios públicos de convivencia entre todos los medios a velocidades seguras.
Potenciar la concienciación y la educación vial en las etapas escolares, en el marco de los nuevos decretos educativos, así como la seguridad en los entornos de colegios.

Continuar avanzando en un modelo inclusivo, basado en la accesibilidad universal, particularmente, para las personas mayores y con discapacidad.

Destacar la importancia de la vigilancia y control de los comportamientos de riesgo en la mejora de la seguridad vial, manifestando la necesidad de reforzar los recursos disponibles y la capacitación de los policías locales y agentes de movilidad en esta materia.
Reconocer la contribución del transporte público a la movilidad urbana y su elevado nivel de seguridad.

Reducir el impacto sobre la seguridad y el medio ambiente de las operaciones de todos los proveedores de servicios de movilidad, a través de un modelo basado en la implantación de buenas prácticas, la innovación tecnológica y el incentivo a los servicios con menos impacto en las cláusulas de concesiones y autorizaciones.

Hacer un llamamiento a todos los poderes y administraciones públicas para que impulsen las políticas y medidas legislativas y normativas necesarias para el cumplimiento de los importantes objetivos que tenemos para esta década en nuestras ciudades.

Las diecinueve entidades firmantes del Plan de Acción contra el Fraude Financiero acuerdan nuevas medidas

2 de febrero de 2023

Las diecinueve entidades firmantes del Plan de Acción contra el Fraude Financiero acuerdan nuevas medidas

• Los integrantes del Plan diseñarán mecanismos de intercambio de información para dificultar e impedir las estafas financieras

• Se crearán puntos informativos de control en la creación y registro de entidades para detectar posibles fraudes

• Habrá campañas conjuntas de comunicación y divulgación para prevenir e informar a las posibles víctimas

• La CNMV promueve mejoras en los sistemas internacionales de alertas de chiringuitos financieros

Representantes de las 19 entidades públicas y privadas firmantes del Protocolo general de colaboración del Plan de Acción contra el Fraude Financiero (PAFF) han mantenido una reunión de su Comisión de Seguimiento en la sede de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, CNMV. En la reunión se han repasado las principales acciones llevadas a cabo por todos los miembros desde la firma del Plan el pasado mes de abril y se han adoptado nuevas medidas que se pondrán en marcha de forma inmediata.

Entre las decisiones adoptadas destacan la creación de varios grupos de trabajo para el estudio y desarrollo de nuevas medidas dirigidas a los siguientes objetivos:
• Mecanismos de intercambio de información sobre posibles fraudes financieros que mejoren su detección, investigación y prevención;
• Definición y diseño de puntos de control de detección de actividades fraudulentas en los procesos de creación, publicidad y actuación de entidades no autorizadas a prestar servicios de inversión y financieros, utilizando para ello el análisis y gestión de los datos e información de los que disponen los integrantes del PAFF;
• Y elaboración y desarrollo de acciones y campañas de formación y comunicación para que los ciudadanos cuenten con los conocimientos necesarios para evitar incurrir en este tipo de engaños.

Las diecinueve entidades firmantes del Plan de Acción contra el Fraude Financiero acuerdan nuevas medidas

Además, la CNMV ha informado sobre los acuerdos alcanzados con algunos proveedores de servicios de internet y redes sociales para eliminar la publicidad de entidades no registradas y ha recordado la próxima entrada en vigor de la nueva Ley del Mercado de Valores (actualmente en trámite parlamentario) que incorpora al ordenamiento jurídico la obligación de estas empresas de limitar la actividad publicitaria de las entidades pirata o chiringuitos financieros.

Igualmente, la CNMV ha explicado que promoverá mejoras en los sistemas internacionales de alertas sobre chiringuitos financieros para que sean más eficientes y homogéneos.

En la reunión han participado representantes de todas las entidades firmantes del PAFF y ha asistido el presidente de la CNMV, Rodrigo Buenaventura. Los integrantes del Comité son:
• Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones (INVERCO)
• Asociación de Medios de Información (AMI)
• Asociación Española de Banca (AEB)
• Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (AUTOCONTROL)
• Banco de España
• Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España
• Comisaría General de Investigación Criminal de la Generalitat de Catalunya
• Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)
• Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA)
• Consejo General del Notariado
• Ertzaintza
• Fiscalía General del Estado
• Fondo General de Garantía de Inversiones (FOGAIN)
• Guardia Civil
• Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
• Policía Foral de Navarra
• Policía Nacional
• SEPBLAC
• Unión de Televisiones Comerciales en Abierto (UTECA)

UGT reclama una lucha decidida contra el cáncer de origen laboral

UGT reclama una lucha decidida contra el cáncer de origen laboral

04 febrero 2023

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Con motivo del Día Mundial contra el Cáncer, que se celebra hoy, 4 de febrero, la Unión General de Trabajadoras y Trabajadores exige mayor prevención contra el cáncer en el trabajo, que provoca anualmente el fallecimiento de 80.000 personas en Europa, y denuncia las brechas que existen entre las personas trabajadoras en relación a la atención oncológica que reciben

El lema elegido para este año es: “Por unos cuidados más justos”, con el que se busca poner el foco en los problemas que se encuentran las personas enfermas de cáncer para recibir atención oncológica dependiendo de los ingresos, la educación, la localización geográfica y la discriminación por etnia, raza edad, orientación sexual, género o estilo de vida.

UGT llama la atención sobre el enorme problema que suponen los cánceres de origen laboral. Se estima que en la Unión Europea son la principal causa de muerte relacionada con el trabajo ya que, cada año, 120.000 personas en Europa desarrollan cáncer debido a la exposición a los carcinógenos en el trabajo, lo que provoca aproximadamente 80.000 muertes. Además, se estima que 1 de cada 5 personas trabajadoras del continente están expuestas a carcinógenos laborales. En España, el cáncer es la segunda causa de muerte en la población general. En el entorno laboral se estima que fallecen anualmente 8.700 hombres y 850 mujeres por cánceres debidos a exposiciones laborales. Sin embargo, su declaración y reconocimiento es ínfima, ya que en 2022 únicamente se reconocieron 107 enfermedades profesionales causadas por agentes cancerígenos, de las cuales 99 fueron entre hombres y 8 en mujeres, siendo 76 del total, debidas al amianto.

Para UGT, el infrareconocimiento del origen profesional de un cáncer es un enorme problema, principalmente para la persona enferma que, además del gran sufrimiento tanto físico como psíquico que supone el padecer esta enfermedad, hay que sumar que no genera el derecho a la prestación correspondiente, suponiendo un perjuicio económico. En segundo lugar, también supone un perjuicio económico para la sociedad ya que, al no reconocerse como profesional, su tratamiento y asistencia se deriva al Sistema Público de Salud, en lugar de a la Mutua, por lo que el coste económico derivado lo soportamos todos los ciudadanos con nuestros impuestos. Estos costes se han estimado en casi 157 millones de euros para el año 2015.

En tercer lugar, si no se identifica el cáncer como de origen profesional, es como si no existiera a los ojos de la prevención de riesgos laborales, por lo que el riesgo seguirá presente en el centro de trabajo, pudiendo desencadenar más cánceres entre el resto de personas trabajadoras de esa empresa.

En este sentido, el sindicato exige que las empresas cumplan con la normativa en prevención de riesgos laborales, ya que muchas de estas enfermedades y muertes podrían evitarse si las exposiciones a cancerígenos en los lugares de trabajo fueran controladas y minimizadas, y es que ciertas condiciones de trabajo, como la subcontratación o el trabajo temporal, dificultan la adopción de medidas efectivas de prevención.

Los enfermos de cáncer deben volver a su puesto de trabajo de forma segura

UGT considera también importante avanzar para conseguir que las personas trabajadoras enfermas de cáncer o que han superado un cáncer, retornen a su puesto de trabajo de forma segura, sin poner en riesgo su seguridad y salud, incluyendo los aspectos psicosociales. Para ello las empresas deben negociar con la representación de las personas trabajadoras, protocolos de retorno al puesto de trabajo que establezcan medidas para flexibilizar este proceso.

Para el sindicato es indispensable alcanzar puestos de trabajo libres de riesgos laborales. Por ello, UGT considera poco ambiciosa la actual revisión de la Directiva europea que regula el valor límite de exposición profesional al amianto, en la que la Comisión Europea propone un valor límite de 0,01 fibras por cm3. Para UGT este valor es insuficiente y deja desprotegidas a las personas trabajadoras que estén expuestas a este cancerígeno, por lo que instamos a la Comisión a rectificar y adoptar la propuesta del Parlamento, de 0,001 fibras por cm3, que garantiza una mayor protección de las personas trabajadoras.

Fin de las mascarillas: dejan de ser obligatorias en el transporte público el 8 de febrero

Fin de las mascarillas: dejan de ser obligatorias en el transporte público el 8 de febrero

Sanidad – 7.2.2023

El Gobierno pone fin a la obligación de llevar mascarilla en el transporte público, pero se mantiene en los establecimientos y servicios sanitarios y para trabajadores y visitantes de los centros sociosanitarios.

La ministra de Sanidad, Carolina Darias, anuncia el acuerdo del Consejo de Ministros que pone fin a las mascarillas obligatorias en el transporte públicoPool Moncloa/Jorge Villar

7/02/2023. Fin de las mascarillas00:49La ministra de Sanidad, Carolina Darias, anuncia el acuerdo del Consejo de Ministros que…
El Consejo de Ministros ha aprobado la eliminación del uso obligatorio de las mascarillas en los medios de transporte. La ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha explicado que la decisión se produce con el informe favorable de los expertos de la Ponencia de Alertas, Planes de Preparación y Respuestas y tras escuchar al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

La eliminación se adopta en un momento de estabilidad de los casos de COVID-19, con una clara tendencia a la baja. Según el último informe, del viernes pasado, la incidencia acumulada a 14 días en mayores de 60 años es de 50,76 casos por 100.000 habitantes. Además, las camas ocupadas por pacientes COVID representan el 1,64% del total y en las UCI, el 1,70%. Se trata de las cifras más bajas de toda la pandemia.

En cuanto a la vacunación, un 93% de la población mayor de 12 años cuenta con dosis completa. Ya hay más de 110 millones de dosis administradas y más del 75% de los mayores de 80 años tienen la segunda dosis de recuerdo.

¿Habrá que seguir llevando mascarilla en farmacias y centros sanitarios?
Sí. El uso obligatorio de la mascarilla se mantiene en centros y servicios sanitarios y en las oficinas de farmacia y botiquines, así como en los centros sociosanitarios, para las personas que trabajen en ellos y los visitantes.

¿Cuándo dejará de ser obligatoria la mascarilla en el transporte público?
El fin de la mascarilla en el transporte público, aprobado en el Consejo de Ministros del martes 7 de febrero, entra en vigor al día siguiente, el miércoles 8.

¿Es recomendable seguir usando la mascarilla donde no es obligatoria?
Se aconseja el uso de la mascarilla a las personas que presentan sintomatología compatible con una infección respiratoria aguda y a las personas vulnerables.

También en espacios cerrados y en eventos multitudinarios, así como en el entorno familiar y en reuniones o celebraciones privadas, en función de la vulnerabilidad de los participantes.

Raquel Sánchez firma acuerdos para rehabilitar 7.158 viviendas en 23 municipios de la Comunidad Valenciana

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Raquel Sánchez firma acuerdos para rehabilitar 7.158 viviendas en 23 municipios de la Comunidad Valenciana

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana – 6.2.2023

La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, ha firmado varios acuerdos con la Generalitat Valenciana y ayuntamientos de la región para impulsar la rehabilitación de un total de 7.158 viviendas en 23 municipios.

De esas más de 7.100 viviendas afectadas por esta rehabilitación, 196 son de titularidad pública y 6.962 de titularidad privada, y se ubican en 31 entornos residenciales de 23 municipios de las provincias de Castellón, Valencia y Alicante.

Estos convenios permitirán la rehabilitación de barrios que, tal y como ha apuntado Sánchez, «necesitan mejoras que repercutirán en la calidad de vida de quienes los habitan», especialmente teniendo en cuenta que, mejorando los edificios y viviendas de estos barrios es uno de los objetivos que se persiguen, para que puedan tener una mejor eficiencia energética y un mayor bienestar gracias a las ayudas que pueden obtener. «Apostamos también por la lucha contra el cambio climático, la disminución de energía primaria no renovable y la reducción de emisiones de CO2 en los edificios y viviendas».

En ocasiones, han sufrido la ampliación de espacios para el vehículo privado, incrementando el ruido y la contaminación, y reduciendo el espacio de los vecinos. «Apostamos por ciudades y barrios cohesionados de los que vecinos y vecinas puedan sentirse parte», ha agregado, abogando también por «barrios más verdes, más sostenibles, con mejores entornos, mejores edificios y mejores viviendas».

Mitma aporta más del 70% de la inversión para las actuaciones
Estas actuaciones cuentan con una inversión total de más de 186,1 millones de euros, de los que Mitma aportará más de 135,1 millones, lo que supone más del 70% del total, con cargo al Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

«Este plan es la hoja de ruta para modernizar nuestra economía y el fruto de un trabajo riguroso también en Europa, que está logrando responder a la crisis bajo unos principios de solidaridad y protección que nada tienen que ver con lo que ocurrió en las crisis anteriores», ha remarcado la responsable de Mitma durante su intervención.

En concreto, se han firmado 26 acuerdos con los siguientes ayuntamientos:

Provincia de Castellón: Almassora, Castellón de la Plana, Morella, La Val d`Uixó. (Cinco acuerdos; dos de ellos con Castellón de la Plana).
Provincia de Valencia: Alberic, Burjassot, l´Ènova, Gandía, Mislata, Oliva, Picanya, Picassent, Rafelbunyol, Sagunto y València. (Doce acuerdos, dos de ellos con València).
Provincia de Alicante: Alcoy/Alcoi, Alicante/Alacant, Altea, Aspe, Elche/Elx, Petrer, Sant Joan d´Alacant y Torrevieja. (Nueve acuerdos; dos de ellos con Alcoy).
La firma, que ha sido presidida por la ministra Raquel Sánchez, se ha realizado en presencia del vicepresidente segundo y consejero de Ordenación de Vivienda y Arquitectura Bioclimática de la Generalitat, Héctor Illueca, y el secretario general de Agenda Urbana y Vivienda, David Lucas. Al acto también ha asistido la delegada del Gobierno en el territorio, Pilar Bernabé; y el alcalde de Valencia, Joan Ribó.

Ley de Vivienda y Plan de Alquiler Asequible
Por otro lado, Sánchez se ha referido a la Ley de Vivienda, que está en la etapa final de su tramitación, y cuyo objetivo principal es hacer la vivienda accesible.

Asimismo, ha recordado el Plan de Vivienda de Alquiler Asequible, en el que ya hay más de 50.000 viviendas en marcha o tramitación, al tiempo que ha incidido en el objetivo de alcanzar hasta 100.000 viviendas en alquiler asequible.

En el contexto de este Plan de Vivienda de Alquiler Asequible, la ministra ha explicado que, por un lado, se impulsarán viviendas a través de los planes estatales; concretamente, con el correspondiente a 2022-2025, que se podrán lograr alrededor de 7.000 viviendas. En este punto, ha remarcado que el marco del plan anterior 2018-2021, más de 400 están en la Comunidad Valenciana y 7.000 en el resto del país.

Por otro lado, mediante acuerdos con entidades locales, se han firmado convenios para la construcción de casi 10.000 viviendas en zonas tensionadas hasta el año 2024.

Además, por otra parte, están las viviendas destinadas al alquiler en desarrollo y que se ejecutan en suelo urbanizado por SEPES, la Entidad Pública Empresarial de Suelo, en concreto, en el Cuartel Ingenieros y en Parque Artillería.

Asimismo, ha apuntado que habrá viviendas de nueva construcción a cargo del Plan de Recuperación; de ellas, más de 2.000 en la Comunitat Valenciana. Y, además, hay que sumar el fondo social de viviendas procedentes de entidades bancarias o la cesión de viviendas por particulares incluida en el plan estatal 2022-2025.

Anexo con el desglose de los acuerdosProvincia de Castellón

  1. El acuerdo con el Ayuntamiento de Almassora recoge las actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Boqueres» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 232 viviendas, todas de titularidad privada, para una única fase de actuaciones. La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 3.710.646,43 euros.
  2. Con el Ayuntamiento de Castelló de la Plana se firmarán dos acuerdos, que recogen las siguientes actuaciones:

a. Actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Sequiol-Grau» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 154 viviendas, todas de titularidad privada, para una única fase de actuaciones.La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 3.891.758,18 euros.

b. Actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «25 de noviembre-Cernuda y Velasco» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 440 viviendas, todas de titularidad privada, para una primera fase de actuaciones. La aportación del Mitma prevista en este acuerdo es de 9.411.600,00 euros.

  1. El acuerdo con el Ayuntamiento de Morella recoge las actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Casco Urbano Recinto Amurallado» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 24 viviendas, (una de titularidad pública y el resto de titularidad privada), para una única fase de actuaciones. La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 492.540,00 euros.
  2. El acuerdo con el Ayuntamiento de La Vall d´Uixó recoge las actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Barrio de San Antonio» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 95 viviendas, todas de titularidad privada, para una única fase de actuaciones. La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 2.370.990,15 euros.

Provincia de Valencia

  1. El acuerdo con el Ayuntamiento de Alberic recoge las actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «La Muntanyeta» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 171 viviendas, todas de titularidad privada, para una única fase de actuaciones. La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 4.068.796,47 euros.
  2. El acuerdo con el Ayuntamiento de Burjassot recoge las actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Barrio Pintor Goya (Fincas Amarillas)» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 100 viviendas, todas de titularidad privada, para una única fase de actuaciones. La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 2.604.578,69 euros.
  3. El acuerdo con el Ayuntamiento de L´Enova recoge las actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Calle Major» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 50 viviendas, todas de titularidad privada, para una única fase de actuaciones. La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 1.280.125,79 euros.
  4. El acuerdo con el Ayuntamiento de Gandía recoge las siguientes actuaciones:

a. Actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Zonas vulnerables Benicanena» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 32 viviendas, (una de titularidad pública y el resto de titularidad privada), para una única fase de actuaciones (aportación del Mitma prevista en este ERRP de 862.500,00 euros).

b. Actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Zonas vulnerables Ferroviaris-Safor» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 319 viviendas, (5 de titularidad pública y 314 de titularidad privada), para una única fase de actuaciones (aportación del Mitma prevista en este ERRP de 7.108.353,78 euros). La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 7.970.853,78 euros.

  1. El acuerdo con el Ayuntamiento de Mislata recoge las siguientes actuaciones:

a. Actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Barrio del Quint y Barrio Nou. Fase I» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 300 viviendas, todas de titularidad privada, para una primera fase de actuaciones (aportación del Mitma prevista en este ERRP de 4.718.829,80 euros).

b. Actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Barrio del Quint y Barrio Nou. Fase II» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 286 viviendas, todas de titularidad privada, para una segunda fase de actuaciones (aportación de Mitma prevista en este ERRP de 4.733.625,64 euros). La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 9.452.455,44 euros.

  1. El acuerdo con el Ayuntamiento de Oliva recoge las actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Zona Institut Vell» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 359 viviendas, todas de titularidad privada, para una primera fase de actuaciones. La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 3.545.929,35 euros.
  2. El acuerdo con el Ayuntamiento de Picanya recoge las actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Calle Valencia y Avenida Santa María del Puig» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 169 viviendas, (3 de titularidad pública y 166 de titularidad privada), para una única fase de actuaciones. La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 3.996.010,27 euros.
  3. El acuerdo con el Ayuntamiento de Picassent recoge las actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Virgen Vallivana y Torres del Carmen» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 72 viviendas, (7 de titularidad pública y 65 de titularidad privada) para una única fase de actuaciones. La aportación del Mitma prevista en este acuerdo es de 2.214.916,82 euros.
  4. El acuerdo con el Ayuntamiento de Rafelbunyol recoge las actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Barrio de Sant Pere» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 138 viviendas, todas de titularidad privada, para una única fase de actuaciones. La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 2.312.414,68 euros.
  5. El acuerdo con el Ayuntamiento de Sagunto/Sagunt recoge las actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Baladre I» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 704 viviendas (166 de titularidad pública y 538 de titularidad privada) para una única fase de actuaciones. La aportación del Mitma prevista en este acuerdo es de 7.112.744,21 euros.
  6. Con el Ayuntamiento de València se firmarán dos acuerdos, que recogen las siguientes actuaciones:

a. Actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Grupo Virgen de los Desamparados (Tres Forques). Fase I» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 310 viviendas, todas de titularidad privada, para una primera fase de actuaciones. La aportación de Mitma prevista en este primer acuerdo es de 9.225.072,61 euros.

b. Actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Grupo Virgen de los Desamparados (Tres Forques). Fase II» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 56 viviendas, todas de titularidad privada, para una segunda fase de actuaciones (aportación de Mitma prevista en este ERRP de 1.611.859,48 euros).

c. Actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Polígono de Campanar (Tendetes). Fase I» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 323 viviendas, todas de titularidad privada, para una primera fase de actuaciones (aportación de Mitma prevista en este ERRP de 9.416.145,47 euros).

d. Actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Polígono de Campanar (Tendetes). Fase II» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 40 viviendas, todas de titularidad privada, para una segunda fase de actuaciones (aportación de Mitma prevista en este ERRP de 1.204.099,90 euros). La aportación de Mitma prevista en este segundo acuerdo es de 12.232.104,85 euros.

Provincia de Alicante

  1. Con el Ayuntamiento de Alcoy/Alcoi se firmarán dos acuerdos, que recogen las siguientes actuaciones:

a. Actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Sagrat Cor-Font Dolça. Fase I» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 308 viviendas, todas de titularidad privada, para una primera fase de actuaciones. La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 7.113.308,80 euros.

b. Actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Sagrat Cor-Font Dolça. Fase II» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 66 viviendas, todas de titularidad privada, para una segunda fase de actuaciones. La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 1.614.605,30 euros.

  1. El acuerdo con el Ayuntamiento de Alicante/Alacant recoge las actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Virgen del Remedio» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 456 viviendas (6 de titularidad pública y 450 de titularidad privada) para una única fase de actuaciones. La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 9.357.612 euros.
  2. El acuerdo con el Ayuntamiento de Altea recoge las actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Ensanches de Altea» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 346 viviendas, todas de titularidad privada, para una primera fase de actuaciones. La aportación del Mitma prevista en este acuerdo es de 4.653.124,86 euros.
  3. El acuerdo con el Ayuntamiento de Aspe recoge las siguientes actuaciones:

a. Actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Calle Azorín y edificio residencial en calle Santander n.º 2» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 47 viviendas (7 de titularidad pública y 40 titularidad privada) para una única fase de actuaciones (aportación de Mitma prevista en este ERRP de 1.268.910,85 euros).

b. Actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Calle Kennedy» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 61 viviendas, todas de titularidad privada, para una única fase de actuaciones (aportación de Mitma prevista en este acuerdo de 1.738.185,28 euros). La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 3.007.096,13 euros.

  1. El acuerdo con el Ayuntamiento de Elche/Elx recoge las actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Barrio Porfirio Pascual» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 302 viviendas, todas de titularidad privada, para una única fase de actuaciones. La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 9.385.931,17 euros.
  2. El acuerdo con el Ayuntamiento de Petrer recoge las actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Calle Galicia y adyacentes» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 105 viviendas, todas de titularidad privada, para una única fase de actuaciones. La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 2.319.388,03 euros.
  3. El acuerdo con el Ayuntamiento de Sant Joan d´Alacant recoge las actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Barrios Niza y Navarregui» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 353 viviendas, todas de titularidad privada, para una única fase de actuaciones. La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 4.693.602 euros.
  4. Finalmente, el acuerdo con el Ayuntamiento de Torrevieja recoge las actuaciones en el entorno residencial de rehabilitación programada de «Colonia San Esteban y Torresal» donde está prevista la rehabilitación de un número estimado de 740 viviendas, todas de titularidad privada, para una primera fase de actuaciones. La aportación de Mitma prevista en este acuerdo es de 7.115.379,81 euros.

Para todas las actuaciones, la Generalitat Valenciana publicó la Resolución de 8 de abril de 2022, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia 2021-2026.

Así, se procede a su convocatoria para el año 2022 concediendo, mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, las ayudas del mencionado Programa a los ayuntamientos de Almassora, Castelló de la Plana, Morella, La Val d`Uixó (Castellón); Alberic, Burjassot, L´Ènova, Gandía, Mislata, Oliva, Picanya, Picassent, Rafelbunyol, Sagunto y València (Valencia); Alcoy/Alcoi, Alicante/Alacant, Altea, Aspe, Elche/Elx, Petrer, Sant Joan d´Alacant y Torrevieja (Alicante) para el desarrollo de los mencionados entornos residenciales.

Estos ayuntamientos actúan como entidades gestoras de la subvención y en calidad de beneficiarios: se encargan tanto de proponer el ámbito de los entornos de rehabilitación como de la elección de los edificios sobre los que se van a realizar las intervenciones dentro de dichos entornos.

Asimismo, los consistorios harán de gestor público de rehabilitación y prestarán los servicios de oficina de rehabilitación, cuyo alcance será el de facilitar la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas, informar y asesorar a las comunidades de propietarios, así como gestionar los expedientes de cada uno de los edificios que se van a rehabilitar, entre otros cometidos. Finalmente, las mencionadas entidades locales asumen las obras de regeneración urbana.

La reserva hídrica española se encuentra al 51 por ciento de su capacidad

Estado de los embalses

La reserva hídrica española se encuentra al 51 por ciento de su capacidad

Transición Ecológica y el Reto Demográfico – 7.2.2023

Mapa de la reserva hídrica

La reserva hídrica española está al 51 por ciento de su capacidad total. Los embalses almacenan actualmente 28.590 hectómetros cúbicos (hm³) de agua, disminuye en la última semana en 185 hectómetros cúbicos (el 0,3 por ciento de la capacidad total actual de los embalses).

La reserva por ámbitos es la siguiente:

Cantábrico Oriental se encuentra al 84,9%
Cantábrico Occidental al 77,8%
Miño-Sil al 81,3%
Galicia Costa al 89,3%
Cuencas internas del País Vasco al 81%
Duero al 64%
Tajo al 65%
Guadiana al 34,5%
Tinto, Odiel y Piedras al 81,2%
Guadalete-Barbate al 30,3%
Guadalquivir al 25,4%
Cuenca Mediterránea Andaluza al 37,6%
Segura al 33,7%
Júcar al 60,1%
Ebro al 54,3%
Cuencas internas de Cataluña al 29,1%
Las precipitaciones han sido prácticamente nulas en toda España. La máxima se ha producido en Melilla con 13,0 mm (13,0 l/m²).

La situación de las cuencas, en hectómetros cúbicos, se detalla en el siguiente cuadro:

344 millones de euros en ayudas públicas facilitaron el despliegue de banda ancha en más del 40% de municipios españoles entre 2013 y 2020

344 millones de euros en ayudas públicas facilitaron el despliegue de banda ancha en más del 40% de municipios españoles entre 2013 y 2020

30 Ene 2023 CNMC

Promoción de Competencia

El 95% de los expedientes finalizados a cierre de 2020 fueron para desplegar fibra óptica.

El número de municipios con fibra se multiplicó por 15 (de 270 a 4.000) en este período.

El 92% de los 4.167 municipios sin conexiones activas de fibra tenía menos de 1.000 habitantes en 2020.

Telefónica ejecutó el 42% de las ayudas finalizadas a cierre de 2020, seguida de Orange y MásMóvil, con un 7% cada uno.

España, que se sitúa entre los países líderes en conectividad de la Unión Europea, subvencionó con 344 millones de euros el despliegue de banda ancha entre 2013 y 2020 en más del 40% de municipios españoles (3.500), con un peso predominante del despliegue de redes de fibra óptica, según el Análisis cuantitativo de las ayudas públicas para el despliegue de redes de banda ancha en España, publicado por la CNMC (EI/01/2022).

Efectos en la competencia

Durante los ocho años analizados, el número de municipios con fibra óptica se multiplicó por 15 (de 270 a 4.000), entraron nuevos operadores en el mercado y los consumidores tuvieron más ofertas a su disposición.

En 2020, el 91% de los municipios contaba con dos o más compañías que ofrecían fibra óptica. Telefónica, a pesar de tener el mayor número de accesos activos, perdió doce puntos de cuota de mercado desde 2013.

Reparto de ayudas

Las ayudas públicas han facilitado que la banda ancha llegue a las zonas menos conectadas de España, donde los operadores no tienen incentivos para invertir. Se han centrado, sobre todo, en las poblaciones de menos de 5.000 habitantes.

Entre 2013 y 2020, las comunidades autónomas con menos accesos activos de fibra (como Extremadura, Galicia, Castilla-La Mancha o Castilla y León) fueron las que más ayudas recibieron. Telefónica fue el operador que ejecutó más proyectos de ayudas (42%), seguido de Orange y MásMóvil, con un 7% cada uno.

La Comisión Europea ha subrayado en sus últimos informes la brecha digital que existe todavía entre las zonas urbanas y rurales de España. En 2020, 4.167 municipios carecían de acceso activos de fibra óptica, de los cuales el 92% tenían menos de 1.000 habitantes.

En los últimos años, se han puesto en marcha varios programas nacionales y autonómicos de ayudas para eliminar la brecha digital entre las zonas rurales y las urbanas, como el programa UNICO.

Recomendaciones

La CNMC insiste en varios puntos para que la intervención pública en los programas de ayudas al despliegue de banda ancha sea más eficaz:

Se coordine la actuación de las administraciones nacional y autonómicas para evitar solapamientos y duplicidades.
Se persiga el efecto incentivador de las ayudas públicas, de modo que impulsen cambios de comportamiento de la inversión privada.
Se fomente el efecto procompetitivo de las subvenciones y la neutralidad tecnológica, aprovechando las infraestructuras existentes, e imponiendo condiciones de acceso de terceros a las redes subvencionadas.
Se extienda la cultura de evaluación a posteriori (ex post) de los programas de ayudas públicas.

Índice de precios al consumo

30 de enero de 2023

Indicador adelantado del Índice de Precios de Consumo (IPC)
Indicador adelantado del Índice de Precios de Consumo Armonizado (IPCA)

Enero 2023 INE

El indicador adelantado del IPC sitúa su variación anual en el 5,8% en enero, una décima por encima de la registrada en diciembre

La tasa anual del indicador adelantado de la inflación subyacente aumenta cinco décimas, hasta el 7,5%

La variación anual del indicador adelantado del IPCA es del 5,8%
Evolución de la tasa anual

La inflación anual estimada del IPC en enero de 2023 es del 5,8%, de acuerdo con el indicador adelantado elaborado por el INE.

Este indicador proporciona un avance del IPC que, en caso de confirmarse, supondría un aumento de una décima en su tasa anual, ya que en el mes de diciembre esta variación fue del 5,7%.
Esta evolución es debida, principalmente, a que los precios de los carburantes suben más que en enero de 2022, y a que el descenso de los precios del vestido y calzado es menor que en el año pasado.

En sentido contrario, destaca la bajada de los precios de la electricidad, mayor que en enero de 2022.

La tasa de variación anual estimada de la inflación subyacente (índice general sin alimentos no elaborados ni productos energéticos) aumenta cinco décimas, hasta el 7,5%.

El IPC de enero de 2023 utiliza, por primera vez, ponderaciones procedentes de la Contabilidad Nacional e incorpora los mercados libres del gas y la electricidad. Estas novedades metodológicas y más información se comentan en una nota de prensa que se publica hoy a la misma hora que ésta.

Evolución de la tasa mensual

Los precios de consumo registran en enero una tasa del –0,3% respecto al mes de diciembre, según el indicador adelantado del IPC.

Índice de Precios de Consumo Armonizado (IPCA)

En el mes de enero la tasa de variación anual estimada del IPCA se sitúa en el 5,8%, tres décimas superior a la registrada el mes anterior.

Por su parte, la variación mensual estimada del IPCA es del –0,5%.

Revisiones y actualización de datos

Los datos difundidos hoy son un avance de los datos definitivos del IPC y del IPCA que se publicarán el próximo mes. Hasta entonces, los resultados están disponibles en INEbase.

Enero 2023. Sube el paro en 70.744 habiendo firmado 530.306 contratos indefinidos

Enero 2023. Sube el paro en 70.744 habiendo firmado 530.306 contratos indefinidos

2 febrero, 2023 USO

Los datos de contratación no cuadran con los efectos en el empleo, con la Seguridad Social perdiendo 215.047 afiliados
El paro, que siempre sube en enero, lo ha hecho por encima de las subidas de años sin crisis

El paro ha subido en enero en 70.744 personas, y lo ha hecho en todas las comunidades, salvo una mínima bajada en Baleares. La Comunidad de Madrid y el Principado de Asturias lideran esa subida del paro porcentual, como ya venía anticipando la última EPA. Servicios, con el fin de las campañas comerciales que empezaron en noviembre, se lleva la peor parte de la subida, con un aumento del 3,51 %. Solo en la construcción se reduce ligeramente el desempleo.

“No hay un solo mes de enero en el que baje el paro en toda la serie histórica. Somos un país de servicios y enero es un mal mes para ello. Por lo tanto, el análisis tiene que centrarse más en la cuantía que en el hecho de la subida en sí. Mirando la serie histórica, se ven claramente los períodos de crisis, con subidas desorbitadas de parados en los meses de enero. Sin embargo, en los momentos de mayor tranquilidad económica, las subidas estaban casi siempre por debajo de las 60.000 personas”, analiza Joaquín Pérez, secretario general de USO. “Con esto, debemos estar alerta, porque se parece más a un enero de crisis o ralentización de empleo que a la pretendida recuperación”.

En cuanto a la distribución por sexos, “ambos datos perjudican más a las mujeres. De la subida de enero, casi 50.000 nuevos parados son mujeres. Y, en el paro interanual, que ha bajado, son menos las mujeres que han encontrado empleo. También los jóvenes salen más perjudicados, con una subida por encima de la media, que tiene que ver con el fin de los contratos en logística y comercio de las campañas comerciales”, expone Pérez.

La contratación no cuadra
En cuanto a los contratos formalizados, “siguen sin cuadrar los datos del paro con los contratos indefinidos suscritos. 530.306 contratos de este tipo se firmaron en enero, mientras el paro creció en casi 71.000 personas y la Seguridad Social perdió 215.047 afiliados”, detalla el secretario general de USO.

“No podemos pasar por la tesis de que un contrato indefinido es un empleo estable, sino una obligación formal de contratar y un despido barato en semanas o días. Además, de ellos, los de jornada completa no llegan al 40 %, sino que se son parciales o discontinuos. Ese es el núcleo sobre el que actuar: contratación indefinida real y jornadas completas. La gran reforma que, gobierno tras gobierno, se pospone en aras de salvar sus legislaturas, la reforma real, la de la estructura productiva y del mercado laboral”, concluye Joaquín Pérez.

UGT reclama una mayor protección y gestión sostenible de los humedales

UGT reclama una mayor protección y gestión sostenible de los humedales

02 febrero 2023

Con motivo del 2 de febrero, Día Mundial de los Humedales, la Unión General de Trabajadoras y Trabajadores reclama la necesidad de proteger estos valiosos ecosistemas y establecer una gestión sostenible de los humedales, así como una mayor protección y restauración a través de soluciones basadas en la naturaleza

UGT recuerda que los humedales están desapareciendo tres veces más rápido que los bosques, que el mundo ha perdido el 85 % de sus humedales desde el siglo XVIII y el 35% en apenas 55 años, y que el 25% de todas las especies que habitan en los humedales están en peligro de extinción.

El lema para 2023 es “Revitalizar y restaurar los humedales degradados” y destaca la importancia de restaurar los humedales y de que se tomen medidas y se invierta capital financiero, humano y político para evitar que los humedales del mundo desaparezcan por completo, así como restaurar los que ya se han perdido.

Hay varias actividades humanas que provocan la pérdida y el deterioro de los humedales, como el drenaje y relleno para usarlos para agricultura y construcción, la contaminación, la pesca excesiva y la sobreexplotación de recursos, la introducción de especies invasoras o el cambio climático. Un grave problema que estamos causando los seres humanos y que es necesario atajar de forma urgente debido al gran valor y servicios que ofrecen estos ecosistemas únicos y vitales: crean empleo e impulsan el desarrollo social y económico a través de diversos servicios que aportan (pesca, acuicultura, turismo, etc.); presentan una gran capacidad para almacenar y depurar el agua; tienen un papel fundamental en la mitigación y la adaptación del cambio climático, al actuar como los sumideros de carbono más eficaces del Planeta, y mitigan los efectos de las inundaciones y las tormentas; además, ayudan a la protección de la biodiversidad, ya que el 40% de las especies del planeta viven y se reproducen en humedales.

España es de los países con mayor diversidad de zonas húmedas de la Unión Europea, pero nuestros humedales se están enfrentando a múltiples presiones y amenazas que los impactan y degradan. Por ello, UGT valora el Plan Estratégico de Humedales a 2030 aprobado recientemente por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, que establece una hoja de ruta para impulsar y orientar un cambio de rumbo que resulta indispensable para revertir la tendencia de degradación y pérdida de humedales en nuestro país. Además, el sindicato insta al cumplimiento de todas las medidas incluidas dentro de sus 6 líneas de actuación, especialmente las iniciativas de fomento del empleo verde en el ámbito de la conservación, gestión y restauración de humedales, así como demanda reforzar el sistema de gobernanza y participación y contar con informes de seguimiento precisos y rigurosos para poder valorar el grado de cumplimiento del Plan.